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Documento BOE-A-2022-15158

Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las Directrices revisadas de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación sobre los límites contractuales.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 16 de septiembre de 2022, páginas 127967 a 127968 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2022-15158

TEXTO ORIGINAL

El 2 de febrero de 2015 la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) publicó las Directrices sobre los límites contractuales (EIOPA-BoS-14/165 ES). Estas Directrices persiguen promover una aplicación coherente del límite contractual de un seguro o reaseguro con el fin de diferenciar entre las actividades existentes y las futuras y proporcionar una orientación para determinar qué obligaciones de seguro o reaseguro relativas a las primas futuras se presentan con relación a un contrato de conformidad con los artículos 17 y 18 de las medidas de ejecución (Reglamento Delegado UE 2015/35).

En su disposición final se señala que dichas Directrices están sujetas a revisión por parte de EIOPA. A estos efectos, se analizó la aplicación de las Directrices, identificándose prácticas divergentes por parte de los Estados miembros en relación con la evaluación de los límites contractuales, siendo, por tanto, necesario el establecimiento de directrices adicionales para garantizar una aplicación convergente de la regulación existente.

Esta revisión incorpora nuevas directrices y modifica algunas de las ya existentes en temas que son relevantes para la determinación de los límites contractuales, en particular en lo relativo a la evaluación sobre si la cobertura o la garantía financiera tiene un efecto discernible en el contrato, así como la identificación de aquellos contratos que pueden ser desagregados.

Como consecuencia, de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación), se modifica la Decisión número 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/79/CE de la Comisión, y dentro de las funciones que se le atribuyen, EIOPA ha emitido las Directrices revisadas sobre los límites contractuales.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 111.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Objeto.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones hace suyas las Directrices revisadas sobre los límites contractuales (EIOPA-BoS-22/218), elaboradas por la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) de acuerdo con el artículo 16 del Reglamento UE 1094/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010 que son de aplicación desde el 1 de enero de 2023, y que modifican parcialmente las Directrices sobre los límites contractuales (EIOPA-BoS-14/165 ES).

Segundo. Publicidad.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones da publicidad a las citadas Directrices, mediante su publicación en el sitio web de dicha Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158.3 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Tercero. Régimen de recursos.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, que podrá presentarse ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o ante la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, siendo este órgano el competente para resolverlo, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 6 de septiembre de 2022.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Álvarez Camiña.

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