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Documento BOE-A-2022-14144

Orden TMA/821/2022, de 22 de agosto, por la que se resuelve la concesión de la condición de entidad colaboradora dentro del programa de eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 26 de agosto de 2022, páginas 120711 a 120713 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-14144

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TMA/391/2022 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de 26 de abril, publicada en el BOE de 5 de mayo de 2022, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la concesión de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– NextGenerationEU, así como el procedimiento y la convocatoria para la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión.

El 4 de agosto de 2022 se reunió el órgano instructor, la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y, en su nombre, por la resolución de delegación de competencias del día 1 de agosto de 2022 publicada en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 4 de agosto de 2022, la Subdirección General de Planificación, Red Transeuropea y Logística, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 de la orden ministerial referenciada, con el objeto de tomar en consideración la valoración técnica de todas las solicitudes presentadas por las potenciales entidades colaboradoras, efectuada por el Comité Técnico definido en el artículo 15 de la orden ministerial y que dejó dicho comité plasmadas en un Informe de admisibilidad y validación de acuerdo a las condiciones impuestas en el artículo 10 de la orden ministerial para adquirir la condición de entidad colaboradora. Fruto de dicha reunión y a la vista del expediente y del informe del Comité Técnico, el órgano instructor formuló en esta reunión una Propuesta que tendrá el carácter de definitiva, al no ser tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.

De conformidad con todo lo expuesto, dispongo:

1. De entre las entidades que han presentado una solicitud para obtener la condición de entidad colaboradora y que figuran en el anexo I, admitir las entidades que se detallan en el anexo II.

2. Conceder la condición de entidad colaboradora a las entidades que figuran en el Anexo III de la presente orden, sin perjuicio de la firma del correspondiente convenio de colaboración exigida de conformidad con el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La presente Orden se notificará a los interesados mediante su publicación en el BOE, surtiendo dicha publicación los efectos de la notificación, y en el portal de subvenciones de la sede electrónica del MITMA en el plazo de diez (10) días a partir de la fecha en que haya sido dictada, en los términos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, sin perjuicio de la remisión de la información correspondiente a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

3. Desestimar la condición de entidad colaboradora a las entidades que figuran en el Anexo IV, por no presentar ningún servicio elegible.

4. Según lo establecido en el artículo 11.d y 18.11 de la Orden TMA/391/2022 las entidades colaboradoras deberán facilitar, previa solicitud del órgano instructor, la información necesaria para comprobar el cumplimiento y la efectividad de la orden y, de acuerdo con el artículo 11.c, deberán comunicar de inmediato al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones establecidas en el convenio y, en particular, cualquier cambio en las condiciones declaradas para los servicios propuestos que pueda afectar a su desempeño ambiental.

5. Todas las actuaciones llevadas a cabo en el marco de esta convocatoria de ayudas conllevan la obligación, por parte de las entidades colaboradoras, de respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente y cumplir con las condiciones del etiquetado climático previstas por el apartado 6 del artículo 2 del reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, así como al resto de la normativa que los desarrolle y que se establezcan en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Esta orden ministerial pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación de acuerdo con lo establecido por el artículo 123 y siguientes de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de junio, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 22 de agosto de 2022.–La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. (Orden TMA/1007/2021 y Orden TMA/221/2022), la Secretaria General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.

ANEXO I
Listado de entidades presentadas
Entidad NIF
BRITTANY FERRIES BILBAO SL. B95648200
SUARDIAZ ATLÁNTICA SL. B86798816
FLOTA SUARDIAZ SL. B80504301
CLDN RORO SA. 20042220818
GRIMALDI EUROMED SPA. IT00278730825
FINNLINES Oyi. FI102011539
TRASMED GLE SL. B05405105
ANEXO II
Listado de entidades admitidas
Entidad NIF
BRITTANY FERRIES BILBAO SL. B95648200
SUARDIAZ ATLÁNTICA SL. B86798816
FLOTA SUARDIAZ SL. B80504301
CLDN RORO SA. 20042220818
GRIMALDI EUROMED SPA. IT00278730825
FINNLINES Oyi. FI102011539
ANEXO III
Listado de entidades colaboradoras seleccionadas
Entidad colaboradora NIF
BRITTANY FERRIES BILBAO SL. B95648200
SUARDIAZ ATLÁNTICA SL. B86798816
FLOTA SUARDIAZ SL. B80504301
CLDN RORO SA. 20042220818
GRIMALDI EUROMED SPA. IT00278730825
FINNLINES Oyi. FI102011539
ANEXO IV
Listado de entidades colaboradoras desestimadas
Entidad colaboradora NIF Causa inadmisión
TRASMED GLE SL. B05405105 No presenta servicios elegibles.

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