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Documento BOE-A-2022-13164

Resolución de 27 de julio de 2022, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, sobre delegación de competencias en materia de contratación.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 4 de agosto de 2022, páginas 114100 a 114101 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2022-13164
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/07/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

Mediante el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y a la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, se establecen una serie de medidas urgentes y de carácter excepcional para permitir una revisión excepcional de los precios de los contratos de obras del sector público.

A fin de asegurar que la tramitación de los procedimientos y actuaciones previstos en dicha normativa pueda realizarse en los plazos establecidos y con la urgencia que requiere la actual situación, sin afectar a la seguridad jurídica, procede la adopción de determinadas delegaciones en materia de contratación, para su ejercicio en el ámbito de la Dirección General de Servicios del Banco de España.

La vigencia de dichas delegaciones está ligada a la de la normativa dictada en la actual situación de excepcionalidad del incremento extraordinario de ciertos costes. Por ello, se ha optado por la adopción de una resolución independiente, sin afectar la vigencia del acuerdo que establece el actual régimen general de delegaciones de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, aprobado mediante la Resolución del 10 de diciembre de 2019 (BOE del 27 de diciembre de 2019).

Por todo ello, la Comisión Ejecutiva, en su sesión del 27 de julio de 2022, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 en relación con el 60, ambos del Reglamento Interno del Banco de España, aprobado por la Resolución del Consejo de Gobierno del 28 de marzo de 2000, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero. Delegaciones en materia de contratación del Banco de España ligadas a la situación de excepcionalidad prevista en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo.

Se delega en el director general de Servicios la adopción de todas las decisiones en relación con las medidas excepcionales de revisión de precios en los contratos de obras del Banco de España en los que la Comisión Ejecutiva tenga la condición de órgano de contratación y que vengan determinadas por el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y a la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, o por la normativa posterior que lo modifique o complemente.

Segundo. Actos de trámite.

Las delegaciones que se prevén en esta resolución comprenden la emisión de los actos de trámite necesarios para su ejercicio.

Tercero. Avocación.

La Comisión Ejecutiva podrá avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto cuya resolución haya sido delegada en virtud del presente acuerdo cuando circunstancias de índole técnica, económica, social o jurídica lo hagan conveniente.

Cuarto. Dación de cuenta a la Comisión Ejecutiva.

El director general de Servicios dará cuenta a la Comisión Ejecutiva, trimestralmente, del ejercicio de las anteriores delegaciones.

Quinto. Carácter de las delegaciones efectuadas.

El presente régimen de delegaciones de competencias tiene carácter permanente, en tanto siga en vigor el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo.

Sexto. Referencia a la Ley Orgánica 3/2007.

A los efectos de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las referencias efectuadas en el presente acuerdo a cargos del Banco de España se entenderán hechas sin perjuicio del concreto género de quienes en cada momento ocupen tales cargos.

Séptimo. Publicación.

El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Octavo. Entrada en vigor.

El presente acuerdo de delegación de funciones surtirá efectos el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de julio de 2022.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/07/2022
  • Fecha de publicación: 04/08/2022
  • Efectos desde el 4 de agosto de 2022.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 60 y 68 del Reglamento aprobado por Resolución de 28 de marzo de 2000 (Ref. BOE-A-2000-6533).
  • CITA Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2022-3290).
Materias
  • Banco de España
  • Delegación de atribuciones

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