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Documento BOE-A-2022-12784

Resolución de 22 de julio de 2022, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, de plazas de personal laboral (Grupo IV).

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 30 de julio de 2022, páginas 110270 a 110278 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-12784

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en adelante BOJA, número 152, de 8 de agosto de 2003, reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio, del citado órgano de gobierno autonómico (BOJA número 147, de 28 de julio de 2011); en la resolución de la Universidad de Jaén por la que se publica Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Personal de Administración y Servicios para el año 2021 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de fecha 8 de octubre de 2021), y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en relación con el artículo 2.2.e), de la misma norma, así como en el artículo 45 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar con carácter excepcional el presente proceso selectivo de acceso libre para la provisión de plazas que se detallan el anexo I, que se encuentran dotadas en el estado de gastos del Presupuesto de la Universidad de Jaén, e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo de Personal de Administración y Servicios, con sujeción a la siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

Se convoca proceso selectivo para cubrir en la Universidad de Jaén, 2 plazas vacantes correspondientes al grupo IV del IV Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, que se detallan en el anexo I, por el sistema general de acceso libre, por concurso y por una sola vez por el procedimiento de consolidación de empleo temporal establecido en la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

1.1 Al presente proceso selectivo le serán aplicables la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; así como en lo que proceda, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el IV Convenio Colectivo de las Universidades Públicas de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Jaén; así como demás normativa de aplicación y lo dispuesto en las presentes bases de convocatoria.

1.2 El procedimiento de selección será el de concurso, que se desarrollará conforme a lo dispuesto en el anexo III de la presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo.

1.3 El proceso selectivo se desarrollará quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de las personas candidatas y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.

1.4 Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario. La jornada de trabajo será la fijada con carácter general para la Universidad de Jaén, y el horario en que esta se desarrollará será el establecido en la unidad funcional en la que se ubica cada puesto de trabajo, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente y en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

1.5 El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y su normativa de desarrollo.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir los requisitos generales de acceso al empleo público y, en particular:

a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los/as españoles/as y de los/las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Asimismo, podrán participar los extranjeros no incluidos en los párrafos anteriores con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría laboral objeto de esta convocatoria.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de la titulación exigida en el anexo I de esta convocatoria para la categoría profesional convocada, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia.

2.2 Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la firma del correspondiente contrato laboral con la Universidad de Jaén.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo telemáticamente, cumplimentando, obligatoriamente, la solicitud a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página Web del Servicio de Personal de la Universidad de Jaén en la siguiente URL: https://www.ujaen.es/servicios/servpod/inscripcion-procesos-selectivos

Se habrá de presentar una única solicitud para las dos plazas convocadas.

3.2 Posteriormente a la realización de la solicitud telemática, se deberá firmar el documento de solicitud definitiva generado por la aplicación, y una vez firmado se presentará junto con la documentación anexa, preferentemente de forma telemática en el Registro Electrónico Común (REC) a través de la siguiente dirección web:

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Para ello es necesario disponer del correspondiente certificado electrónico. Si la persona interesada en el procedimiento no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el mismo solicitándolo con los requisitos exigidos por la FNMT, a través del siguiente enlace: http://administracionelectronica.ujaen.es/firma_digital

También se podrá presentar de forma presencial en el Registro General de la Universidad de Jaén o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud de participación en este proceso selectivo, así como cualquier escrito de alegaciones, reclamación, recurso administrativo o cualquier otra actuación del/de la interesado/a que presenten las personas aspirantes de forma presencial en otro Registro diferente al general de la Universidad de Jaén, al amparo de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán ser comunicadas en el mismo día de presentación, mediante telegrama o a la dirección (secpas@ujaen.es), indicando la fecha de presentación, lugar donde se ha presentado, número de teléfono de contacto para el seguimiento de la solicitud y referencia de la plaza que se solicita. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilita el número de teléfono referenciado en la 5.7. de la presente convocatoria.

3.3 Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.4 A la instancia se acompañará, necesariamente:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI). La persona aspirante que no posea el DNI, deberá aportar junto a su solicitud copia de su documento de identificación o pasaporte.

b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria.

c) Justificante de haber abonado los derechos de participación que figuran en el anexo I de la presente convocatoria.

d) Acreditación documental de los méritos establecidos en el baremo del anexo III de esta convocatoria.

La no acreditación documental de los méritos no supondrá la exclusión del concurso, pero conllevará su no consideración por parte del tribunal calificador.

3.5 Los méritos a valorar serán, en todo caso, los alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo.

3.6 La acreditación de los mismos se realizará adjuntando la documentación que se determina en el anexo III. Aquellos aspirantes que presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Jaén deberán hacerlo constar en la solicitud y sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del personal.

No se valorarán los méritos que, habiéndose alegado, no hayan sido debidamente acreditados.

3.7 Los derechos de participación de este proceso selectivo serán de 18 euros, que se ingresarán por los/as solicitantes en la cuenta a nombre de la Universidad de Jaén abierta en la entidad bancaria Caja Rural de Jaén, número de cuenta ES79 3067 0109 33 1150653028, indicando en el correspondiente ingreso: Concurso Estabilización PAS laboral; o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de participación supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo expresado en la presente convocatoria.

3.8 La devolución de los derechos de participación procederá cuando las personas aspirantes hayan sido excluidas definitivamente del proceso selectivo. A tal efecto, será necesario solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria en la que ha de realizarse la transferencia de devolución.

3.9 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas interesadas se practicarán, preferentemente, a través de la dirección de correo electrónico señalada en la solicitud.

3.10 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. Expresamente mediante su puesta de manifiesto en al apartado habilitado para tal finalidad en el modelo de solicitud de participación en este proceso selectivo.

4. Admisión de personas aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad de Jaén dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión.

Serán excluidos/as aquellos/as aspirantes que no aporten la documentación detallada en la base 3.7 de esta convocatoria o presenten la solicitud fuera de plazo.

4.2 Las personas que figuren excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la subsanación de errores mediante la realización de las alegaciones y presentación de documentación acreditativa que a su derecho convenga.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas.

Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

4.3 Transcurrido el plazo de alegaciones y presentación de documentación acreditativa, el rector de la Universidad de Jaén dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, la cual se publicará en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios) y, a título informativo, en la página web del Servicio de Personal.

En la resolución por la que se aprueba la lista definitiva se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en la lista provisional, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho dichas alegaciones.

4.4 La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa.

Contra la citada resolución, de acuerdo con los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 196.1 del Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén, podrá interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, recurso de reposición ante el rector de la Universidad de Jaén, de acuerdo a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación, recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.

5. Tribunal calificador

5.1 El tribunal calificador de este proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, estará compuesto por seis miembros y sus respectivos suplentes conforme a los recogido en el anexo II de la presente convocatoria.

5.2 Los/as miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento selectivo, notificándolo en su caso al rector de la Universidad de Jaén, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

El presidente o la presidenta podrá solicitar de los/as miembros del tribunal declaración expresa de no hallarse incursos/as en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los/las miembros del tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3 Previa convocatoria del/de la presidente/a se constituirá el tribunal con la asistencia, presencial o a distancia, de todos/as sus miembros. Las personas designadas como titulares que no concurran al citado acto constitutivo serán sustituidas por sus respectivos/as suplentes. En la sesión de constitución el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del concurso.

5.4 Una vez constituido, el tribunal, para actuar válidamente a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos, requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del/de la presidente/a y secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.5 Durante el desarrollo del proceso selectivo, el tribunal calificador resolverá cuantas dudas puedan surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. En cualquier caso, el procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6 El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de especialistas para el asesoramiento, limitándose éstos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores o asesoras deberá comunicarse al rector de la Universidad a fin de que sea formulada la oportuna resolución de nombramiento.

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal de la Universidad de Jaén, Edificio B1-Rectorado, del Campus de Las Lagunillas de Jaén, teléfonos 953 212277/953 212285; e-mail: secpas@ujaen.es

El tribunal dispondrá que, en dicha sede, al menos una persona, que podrá pertenecer o no al tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.8 El tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, cualquier propuesta que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Finalizada la baremación de los méritos por parte del tribunal calificador, se harán públicas en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios) y, a título informativo, en la página web del Servicio de Personal, la lista con las puntuaciones provisionales otorgadas a las personas aspirantes. Contra este acuerdo se podrán presentar alegaciones en el plazo de tres días hábiles.

6.2 Una vez resueltas las alegaciones presentadas, y dirimidos lo posibles empates que pudieran producirse en las puntuaciones otorgadas conforme a lo establecido en el anexo III de la presente convocatoria, el tribunal hará públicas las puntuaciones correspondientes especificando la relación de personas que superan el proceso selectivo y que se propondrán al rector para la adjudicación de las plazas convocadas.

6.3 El orden de adjudicación de las plazas será el establecido, a elección de las personas adjudicatarias, de acuerdo con la mayor puntuación obtenida en el concurso.

7. Formalización de los contratos laborales

7.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios) de la relación de personas que superan el proceso selectivo a que se refiere la base anterior, las personas aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Personal de la Universidad de Jaén, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la presente convocatoria.

7.2 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no podrán ser propuestos para la formalización del correspondiente contrato laboral y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.3 Acreditados los requisitos exigidos en la convocatoria, la autoridad convocante dictará resolución en virtud de la cual se adjudicará a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, las plazas convocadas. La citada resolución se hará pública en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios) y, a título informativo, en la página web del Servicio de Personal. En ella se establecerá para cada persona aspirante la fecha de incorporación al puesto de trabajo obtenido. A estos efectos, y con anterioridad a la fecha de incorporación fijada, las personas aspirantes se personarán en el Servicio de Personal de esta universidad a fin de formalizar los correspondientes contratos laborales.

7.4 Hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, las personas aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna. Aquel aspirante que no se incorpore al puesto de trabajo en la fecha acordada, se entenderá que ha efectuado la renuncia a la plaza obtenida.

7.5 Igualmente, en el contrato se establecerá el período de prueba establecido, de conformidad con el artículo 22.5 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Superado satisfactoria, los interesados adquirirán la condición de personal laboral fijo.

8. Norma final

8.1 Las personas aspirantes, por el hecho de participar en este proceso selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten, así como para la adopción interpretativa de los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las bases de la convocatoria.

8.2 Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de acuerdo con los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 196.1 del Decreto 230/2003, de 29 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén, podrá interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación oficial, recurso de reposición ante el rector de la Universidad de Jaén, de acuerdo a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación oficial, recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.

8.3 Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, las personas que tengan la consideración de interesadas en el procedimiento podrán interponer recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador ante el rector de la Universidad de Jaén, en los términos previstos en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.4 El rector de la Universidad de Jaén podrá, en su caso, proceder a la revisión de los acuerdos del tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 22 de julio de 2022.–El Rector, Juan Gómez Ortega.

ANEXO I
Relación de plazas

IDENTIFICACIÓN DE PLAZA: CL-TAC-22.

Número de plazas: 2.

Categoría profesional: Técnico Auxiliar de Conserjería.

Unidad: Servicio de Personal (Unidad de Conserjerías).

Código RPT PAS laboral:

C0B49240 (Linares).

C0B49230 (Linares).

Grupo según IV Convenio del PAS Laboral Universidad Públicas de Andalucía: IV.

Jornada: Tarde.

Localidad: Linares.

Derechos de participación: 18 euros.

Titulación exigida: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o cualquier otra titulación o estudios de nivel equivalente, de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

ANEXO II
Tribunal Calificador

Presidente/a Titular: Don Emilio Valenzuela Cárdenas. Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Vocales Titulares:

Don Eduardo Domínguez Maeso. Técnico Especialista de Laboratorio de la Universidad de Jaén.

Don David Vega Sabariego. Técnico Especialista de Artes Gráficas de la Universidad de Jaén.

Doña Catalina Jiménez López. Escala Administrativa de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Don Jesús David Orta Ortega. Escala de Gestión de la Universidad de Jaén.

Secretario/a Titular: Doña María del Carmen Higueras Herrador. Escala de Gestión de la Universidad de Jaén.

Presidente/a Suplente: Don José Alejandro Castillo López. Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Vocales Suplentes:

Don José Carlos Díez Sánchez. Encargado de Equipo. Universidad de Jaén.

Don Juan Antonio Linares Lendínez. Encargado de Equipo. Universidad de Jaén.

Doña Ana María García Díaz. Escala Administrativa de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Doña Sofía Cabrera López. Escala Administrativa de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Secretario/a Suplente: Doña Virginia África Polaina Fernández. Escala de Gestión de la Universidad de Jaén.

ANEXO III
Baremo del concurso

Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará para su cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación en el presente proceso de selección.

La valoración máxima en la fase de concurso (100 puntos) se realizará con sujeción al siguiente baremo:

A. Experiencia profesional (60 % del concurso, máximo 60 puntos):

1) Por servicios prestados como personal laboral en la Universidad de Jaén en la misma categoría profesional objeto de la convocatoria hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes: 0,016 puntos por día de servicio.

2) Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en otras universidades públicas en cuerpos, escalas o categorías profesionales análogas a la convocada hasta el último día del plazo de presentación solicitudes: 0,008 puntos por día de servicio.

3) Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en otras administraciones públicas en cuerpos, escalas o categorías profesionales análogas a la convocada hasta el último día del plazo de presentación solicitudes: 0,004 puntos por día de servicio.

B. Superación de exámenes de la última convocatoria de la categoría profesional objeto de la convocatoria (40 % del concurso, máximo 40 puntos):

1) Por haber superado el total de los ejercicios de la oposición de la última convocatoria realizada por la Universidad de Jaén, en turno libre, en la misma categoría profesional objeto de la convocatoria: 40 puntos.

2) Por haber superado un ejercicio de la oposición, en turno libre, de la última convocatoria realizada por la Universidad de Jaén, en la misma categoría profesional objeto de la convocatoria: 20 puntos.

Para superar el proceso selectivo será necesario obtener un mínimo del 30 % de la puntuación total del concurso. Asimismo, estos procesos selectivos no supondrán en ningún caso la creación de una bolsa de trabajo.

Criterios de desempate:

En caso de empate en la calificación final, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, a efectos de determinar las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación obtenida en el apartado A) del baremo y, en segundo lugar, en el apartado B) del baremo. Si tras aplicar estos criterios no se hubiera resuelto el empate, prevalecerá la mayor antigüedad acreditada en la categoría profesional objeto de la convocatoria en la Universidad de Jaén. De persistir el empate, éste se dirimirá por sorteo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/07/2022
  • Fecha de publicación: 30/07/2022
  • Convocatoria. Estabilización de empleo temporal: personal laboral. Técnico Auxiliar de Conserjería 2 plazas.

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