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Documento BOE-A-2022-12626

Orden PCM/719/2022, de 23 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 21 de junio de 2022, por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de una nueva Estrategia Nacional contra el Terrorismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 28 de julio de 2022, páginas 108587 a 108589 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-12626
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2022/07/23/pcm719

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión de 21 de junio de 2022, ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de una nueva Estrategia Nacional contra el Terrorismo.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24.1.e) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Acuerdo como anejo a la presente Orden.

Madrid, 23 de julio de 2022.–El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños García.

ANEJO
Acuerdo por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de una nueva Estrategia Nacional contra el Terrorismo

EXPOSICIÓN

La actual Estrategia Nacional contra el Terrorismo (ENCOT) fue aprobada en enero de 2019 y constituye el marco político-estratégico de la lucha contra el terrorismo y el extremismo violento. Una de sus principales novedades fue la creación en marzo de 2020 del Comité Especializado contra el Terrorismo (CECT) como órgano de apoyo del Consejo de Seguridad Nacional en el marco del Sistema de Seguridad Nacional, teniendo este comité entre sus funciones la de verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia Nacional Contra el Terrorismo y realizar aportaciones a los procesos de elaboración de los planes estratégicos definidos en la misma. En el marco de la ENCOT se ha procedido a aprobar el Plan Estratégico Nacional de Prevención y Lucha contra la Radicalización Violenta y el Plan Estratégico Nacional contra la Financiación del Terrorismo en octubre de 2020. Además, también en el seno del CECT se han realizado dos evaluaciones de la estrategia y se ha aprobado el Protocolo Interinstitucional de respuesta ante atentados terroristas.

La presente Estrategia Nacional contra el Terrorismo de 2019 marca en su capítulo 6 un periodo de vigencia de cuatro años, que finaliza en enero 2023. Tras haber transcurrido más tres años desde la publicación de la Estrategia Nacional contra el Terrorismo, se identifican algunos elementos que recomiendan su actualización:

El primero se refiere a los cambios experimentados en el contexto estratégico. En particular, se identifican los siguientes:

– La expansión del terrorismo yihadista en África y la vuelta al poder del movimiento Talibán en Afganistán representan una seria amenaza para la paz y la seguridad, y un reto de primer orden para España y la UE, especialmente en el Sahel y Norte de África.

– La invasión rusa de Ucrania, con sus ulteriores consecuencias, ha dado un vuelco al tablero geoestratégico mundial reforzando el papel de la OTAN en la lucha de la Comunidad Internacional contra el Terrorismo, ya relevante con la actualización, en noviembre de 2021, del Plan de Acción Final con hasta 26 acciones en la lucha global de la OTAN contra el terrorismo.

El segundo de los cambios radica en la necesidad de adaptar la ENCOT al nuevo marco que configura la reciente Estrategia de Seguridad Nacional 2021, aprobada el pasado mes de diciembre, que sigue considerando el Terrorismo y la radicalización violenta como una de las Amenazas a la Seguridad Nacional.

A la vista de los motivos expresados anteriormente, en su virtud, el Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión del día 21 de junio de 2022, acordó revisar la Estrategia Nacional contra el Terrorismo. El procedimiento de revisión se articularía conforme a las siguientes normas.

ACUERDO

Único.

Se aprueba la revisión de la Estrategia Nacional contra el Terrorismo conforme al procedimiento que figura como anexo a este acuerdo.

ANEXO
Procedimiento para la elaboración de la Estrategia Nacional contra el Terrorismo

1. Responsable de su elaboración: el Comité Especializado Contra el Terrorismo.

2. Estructura funcional:

a) El Comité Especializado Contra el Terrorismo iniciará el proceso de elaboración de la nueva estrategia. Será apoyado por el Departamento de Seguridad Nacional en su condición de Secretaría Técnica y órgano de apoyo del Consejo.

b) Las Comunidades y las Ciudades Autónomas participarán en el proceso a través de la Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional.

c) Se recabarán aportaciones de aquellos expertos procedentes de la sociedad civil, el sector privado y el académico que, por su conocimiento y formación científico-técnica en la materia, contribuyan a la mejora de los contenidos de la estrategia.

3. Mandato: elaborar la nueva Estrategia Nacional contra el Terrorismo con arreglo a las fases y las directrices que a continuación se determinan.

4. Fases del proceso de elaboración:

a) El Comité Especializado Contra el Terrorismo impartirá las directrices oportunas para la constitución, organización y funcionamiento de un grupo de trabajo constituido al efecto, que será el encargado de la realización de los borradores de la Estrategia que se estimen pertinentes, los cuales serán debatidos en el seno de dicho Comité.

b) El borrador será enviado a la Conferencia Sectorial para Asuntos de la Seguridad Nacional con el fin de recabar las aportaciones de las Comunidades y Ciudades Autónomas al texto de trabajo.

c) De forma simultánea, se contará con la colaboración de expertos independientes, compuesto por representantes de los sectores público y de la sociedad civil, a los efectos de enriquecer los contenidos con su conocimiento y experiencia.

d) Finalmente, el borrador definitivo será elevado por el Comité Especializado Contra el Terrorismo, a través de su presidente, como propuesta de la nueva Estrategia Nacional Contra el Terrorismo al Consejo de Seguridad Nacional, para su aprobación.

5. Directrices de elaboración:

La elaboración de la nueva Estrategia Nacional Contra el Terrorismo:

a) Desarrollará el análisis de contexto en el ámbito terrorista que la Estrategia de Seguridad Nacional 2021 articula.

b) Evaluará los riesgos y las amenazas contenidos en la Estrategia Nacional Contra el Terrorismo de 2019, para su actualización, reconfiguración, eliminación de aquellos factores que se consideren poco relevantes o incorporación de aquellos otros que resulte procedente.

c) Tendrá como objetivo principal impulsar una política integral en seguridad contraterrorista y deberá estar alineada con la Estrategia Contraterrorista de la Unión Europea.

d) Irá debidamente acompañada de indicadores de rendimiento que permitan evaluar el grado de consecución de cada medida concreta.

e) Será concebida y redactada con el ánimo de alcanzar el consenso más amplio posible.

f) Deberá ser acompañada de la necesaria divulgación, toda vez que resulta prioritario acercar esta materia a la sociedad en general. Una Seguridad Nacional eficaz requiere tanto la sensibilización social de los ciudadanos como la participación de sus representantes.

6. Tramitación de este acuerdo.

El contenido de este acuerdo será tramitado por el Departamento de Seguridad Nacional en calidad de Secretaría Técnica y órgano de trabajo permanente del Consejo de Seguridad Nacional.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/07/2022
  • Fecha de publicación: 28/07/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 24.1.e) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1997-25336).
Materias
  • Administración General del Estado
  • Consejos consultivos
  • Procedimiento administrativo
  • Programas
  • Terrorismo

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