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Documento BOE-A-2022-12152

Resolución de 8 de julio de 2022, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, SA, para la organización del ciclo audiovisual del cineasta Gonzalo García-Pelayo, en el marco del festival internacional de cine Documenta Madrid 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 2022, páginas 105098 a 105104 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-12152

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A. han suscrito, con fecha 13 de junio de 2022, un Convenio cuyo objeto es establecer las condiciones de colaboración entre el MNCARS y MADRID DESTINO para la organización del ciclo audiovisual «Gonzalo García-Pelayo. La inecuación de los números primos», por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de julio de 2022.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel Jesús Borja-Villel.

ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, SA para la organización del ciclo audiovisual del cineasta Gonzalo García-Pelayo en el marco del festival internacional de cine Documenta Madrid 2022

En Madrid, a 13 de junio de 2022.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, actuando en nombre y representación del organismo, en virtud del del contrato de alta dirección suscrito con fecha 19 de enero de 2008, actuando conforme a las competencias atribuidas por el artículo 11 la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011) y el artículo 9.2, letra c) del Estatuto del Museo Reina Sofía aprobado por Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo (BOE de 6 de abril de 2013).

En adelante, MNCARS.

De otra parte, don Ángel Martín Vizcaíno, con NIF ***0206**, en nombre y representación de la empresa municipal MADRID DESTINO CULTURA TURISMO Y NEGOCIO, S.A. con CIF A-84073105 y domicilio social en calle Conde Duque, 9-11 de Madrid (C.P. 28015), en su condición de Consejero Delegado según escritura otorgada el día 16 de septiembre de 2021, ante el notario de Madrid don Antonio de la Esperanza Rodríguez, con el número 4566 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 41138, folio 23, inscripción 145, hoja M 360295.

En adelante MADRID DESTINO.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas y en nombre de las instituciones que representan, reconociéndose mutua capacidad legal para intervenir en este acto

EXPONEN

I. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en lo sucesivo, MNCARS) es un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, entre cuyos objetivos se encuentran –conforme al artículo 3. a) de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía–, el de promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño. Para la consecución de estos objetivos, el MNCARS fomenta el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones culturales, nacionales o extranjeras, para la organización conjunta de proyectos culturales.

II. Que MADRID DESTINO, es una sociedad mercantil municipal dependiente del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid que tiene atribuida, entre otras competencias, de conformidad con su objeto social, así como con lo establecido por el Convenio del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 25 de febrero de 2011, la gestión del servicio cultural de Cineteca, ubicada en Matadero Madrid. Cineteca acoge una programación audiovisual atenta al desarrollo cultural de la sociedad contemporánea, prestando especial atención al cine de no ficción y a las formas limítrofes con el documental, el cine más alternativo e independiente y la colaboración con festivales y propuestas culturales que tienen lugar en la ciudad de Madrid y con un fuerte acento en el apoyo al pensamiento, la creación y la formación crítica y audiovisual y, dentro de esta amplia línea de trabajo, MADRID DESTINO organiza en Cineteca, como producción propia, el XIX Festival Internacional de Cine Documental, Documenta Madrid 2022 (en adelante, «DOCUMENTA» y/o «DOCUMENTA MADRID»).

III. Que el MNCARS desarrolla una programación audiovisual amplia que aborda las relaciones entre cine y arte contemporáneo; los límites y ampliaciones del cine de lo real a partir de las distintas manifestaciones del cine-ensayo y de la no-ficción contemporánea; las historias alternativas del audiovisual y la capacidad del cine en reformular colectivamente narraciones críticas del presente.

IV. Que, en virtud de estos ejes de trabajo, el MNCARS desarrolla el ciclo retrospectivo de la obra del cineasta Gonzalo García-Pelayo con el título «La inecuación de los números primos», en el marco de su programación, (en adelante el Ciclo) y que MADRID DESTINO participa en la co-organización del mismo y que dicho Ciclo tendrá lugar en las dependencias del MNCARS, del 25 de mayo al 25 de junio de 2022, sumándose a la programación del festival DOCUMENTA MADRID 22.

V. Que por todo lo anterior, y coincidiendo las Partes en los fines expuestos y en objetivos comunes, en la condición y representación que ostentan, convienen en formalizar el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre el MNCARS y MADRID DESTINO para la organización del ciclo audiovisual «Gonzalo García-Pelayo. La inecuación de los números primos» (en adelante, el Ciclo) del 25 de mayo al 25 de junio de 2022 y dos actividades perfomáticas los días 25 y 28 de mayo de 2022, que tendrán lugar en las dependencias del MNCARS.

Segunda. Compromisos de las partes.

2.1 El MNCARS asume, en virtud del presente Convenio, los siguientes compromisos:

2.1.1 El MNCARS se ocupará de desarrollar el programa del Ciclo y de la selección de las películas y material audiovisual que lo integre, en colaboración con el director artístico de Cineteca Madrid y los dos comisarios de DOCUMENTA MADRID 2022.

El MNCARS asumirá y coordinará el ciclo y será responsable del trabajo de descarga de las películas y material audiovisual seleccionado y de la gestión y pago de los derechos de proyección detallados en este convenio, con excepción de la gestión y pago de los derechos de proyección que corresponden a MADRID DESTINO, según se especifica en el apartado 2.2.2 de la presente cláusula.

En ningún caso MADRID DESTINO se hará cargo de ningún gasto derivados del transporte o los derechos de los largometrajes, salvo lo indicado en el apartado 2.2.2 de la presente cláusula en relación con los derechos de proyección.

2.1.2 Tanto el ciclo audiovisual como las dos actividades previstas en la cláusula 1 del presente Convenio, se desarrollarán en los espacios del MNCARS siempre y cuando los indicados espacios no deban destinarse a otras actividades de mayor interés público. La utilización de los espacios se efectuará de forma que no afecte a la debida conservación de los fondos que alberga el MNCARS ni a sus instalaciones, ni impida el normal desarrollo y funcionamiento de las actividades del organismo.

2.1.3 El presupuesto máximo total de los gastos asumidos por el MNCARS para la ejecución de los compromisos previstos en la presente cláusula se estima en un total de 6000 euros (IVA incluido). El MNCARS abonará los referidos costes con cargo a la aplicación presupuestaria de Programas culturales y audiovisuales del presupuesto del organismo para el ejercicio 2022.

2.1.4 Difundir la celebración del Ciclo y su participación en el mismo a través de sus Departamentos de Programas Virtuales, de Difusión y de Prensa.

2.1.5 Incluir el logotipo de DOCUMENTA MADRID y hacer mención expresa a su colaboración en los materiales de difusión y prensa que se pudieran editar, con motivo de la celebración del Ciclo, a través de la mención: «Organización: Museo Reina Sofía y Documenta Madrid».

2.1.6 Ofrecer a MADRID DESTINO treinta (30) invitaciones de cada pase en el MNCARS.

2.2 MADRID DESTINO asume, en virtud del presente Convenio, los siguientes compromisos:

2.2.1 MADRID DESTINO se ocupará de desarrollar el programa del Ciclo y la selección de películas y material audiovisual que lo integre, en colaboración con el MNCARS.

2.2.2 MADRID DESTINO cubrirá el pago de las sesiones de Juana Dolores y Marta Valverde consistentes en la cesión de los derechos de exhibición de sus películas y los honorarios de las performances que acompañaran las proyecciones. MADRID DESTINO también cubrirá el pago de derechos de exhibición del resto de los cortometrajes integrados en la retrospectiva (José Luis Tirado, Ian de la Rosa, Ignacio Guarderas, Concha Barquero y Alejandro Alvarado)

En ningún caso el MNCARS se hará cargo de ningún gasto derivado de los honorarios de los artistas citados en el párrafo anterior, ni del viaje o de la estancia ni del comisario/a ni del artista en Madrid con motivo de la celebración de Documenta Madrid 2022. El presupuesto máximo total de los gastos asumidos por el MADRID DESTINO se estima en un total de 2900 euros (IVA no incluido).

2.2.3 Difundir, durante toda su duración, la celebración del Ciclo y su participación en este a través de sus canales habituales de difusión, bajo la fórmula «Organización: Museo Reina Sofía y Documenta Madrid», con la inclusión de los logos de ambas instituciones.

2.2.4 Incluir el logotipo del MNCARS como entidad coorganizadora del Ciclo en los materiales de difusión, tanto impreso como digital y online, que se pudieran editar con motivo de la celebración del Ciclo.

2.2.5 MADRID DESTINO incluirá al MNCARS como sede colaboradora en los soportes publicitarios generales de DOCUMENTA MADRID (página web, señalización de Matadero y programa digital).

2.2.6 Ofrecer a MNCARS tres (3) acreditaciones de entrada libre a todas las sesiones de DOCUMENTA MADRID 22 que se realicen en Cineteca Madrid.

2.2.7 Ofrecer a MNCARS dos (2) invitaciones dobles para asistir a las Gala de inauguración y de clausura y entrega de premios del Festival DOCUMENTA MADRID 2022.

Tercera. Imagen y difusión.

3.1 Los textos y el diseño del material de difusión que se edite con motivo de la celebración del Ciclo serán elaborados por el Departamento de Actividades Culturales y Programas Audiovisuales del MNCARS.

3.2 En el material de difusión, tanto impreso como digital y online, que se edite, se hará referencia al MNCARS y DOCUMENTA MADRID, y figurará la siguiente línea de crédito:

Organiza: Museo Reina Sofía y Documenta Madrid.

3.3 El material de difusión que pueda editar MADRID DESTINO en torno al Ciclo, tanto impreso como digital y online, deberá ser validado por el Departamento de Actividades Culturales y Programas Audiovisuales del MNCARS y necesitará el visto bueno del Museo antes de cualquier envío o publicación.

3.4 Asimismo, los textos dirigidos a difundir el Ciclo en los medios de comunicación por parte de MADRID DESTINO serán supervisados previamente por el Departamento de Prensa del MNCARS, en lo que se refiere a la forma en que aparezca mencionado el Museo.

3.5 En el material de difusión, tanto impreso como digital y online, que se edite, figurarán sus respectivos logotipos. En el caso del MNCARS, la inclusión de su logotipo, por parte de MADRID DESTINO, requerirá la previa y expresa autorización de su Departamento de Prensa. A tal fin, y con antelación suficiente con respecto a su edición y publicación, se remitirán al MNCARS las pruebas de los referidos materiales. El mismo protocolo de actuación se aplicará para la inclusión por parte del MNCARS del logotipo de DOCUMENTA MADRID en el material de difusión que edite.

3.6 El MNCARS y MADRID DESTINO podrán incluir en el material de difusión los logotipos de otras instituciones, públicas y/o privadas, que colaboren en la celebración del Ciclo, previo acuerdo y revisión de ambas partes. En el caso del MNCARS, la revisión y aprobación del material se hará por su Departamento de Desarrollo Estratégico, Comercial y Públicos. Será motivo para denegar dicha inclusión el posible conflicto con patrocinadores o colaboradores propios, por motivos de exclusividad o de pertenencia a un mismo sector de actividad.

3.7 Conforme a lo indicado en los apartados anteriores, las partes no podrán utilizar los respectivos logotipos para fines distintos a los pactados en el Convenio.

Cuarta. Vigencia.

El presente convenio surtirá efectos a partir de que una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización y se publicará asimismo en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Estará en vigor durante un plazo de 6 meses desde la fecha en la que adquiera eficacia. En cualquier momento antes de la finalización del plazo anterior, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, que se tramitará de conformidad con lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Quinta. Modificaciones.

El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes. La modificación se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Sexta. Causas de resolución.

6.1 El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

6.2 Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso de su plazo de vigencia.

b) El acuerdo mutuo entre las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión mixta de vigilancia y seguimiento prevista en la cláusula octava. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las otras partes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados teniendo en cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos por la/s parte/s perjudicada/s a consecuencia del incumplimiento y hasta el momento de resolución del Convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Séptima. Fuerza mayor.

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del convenio cuando dicho incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor. Esto incluye (a título enunciativo, pero no limitativo) incendios, inundaciones, actos gubernamentales, emergencias nacionales, motines o guerras, huelgas, cierres, interrupción del trabajo u otras dificultades laborales, y siempre que la circunstancia no pueda atribuirse a la voluntad, negligencia o falta de medidas de precaución razonables por la parte afectada.

Octava. Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.

8.1 Se constituye una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento del presente convenio, a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo, así como la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste pudieran derivarse. La Comisión, de composición paritaria, está compuesta por los siguientes representantes:

– Por parte del MNCARS: el jefe de programas culturales.

– Por parte de MADRID DESTINO: técnico de gestión cultural de Cineteca.

8.2 La Comisión se reunirá tantas veces como sus miembros estimen conveniente y estará integrada por dos representantes de cada institución, designados al efecto por cada parte. La Comisión de Seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico, respecto a lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Novena. Protección de datos de carácter personal.

9.1 En el tratamiento de datos personales que se realice con la finalidad de suscribir y ejecutar el presente Convenio, ambas partes adecuarán sus actuaciones al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

9.2 Los datos de carácter personal de los firmantes del convenio serán tratados por el MNCARS y MADRID DESTINO e incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento, cuya base legal es la suscripción y ejecución del convenio.

Responsable del tratamiento:

– En el caso del MNCARS: Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, con domicilio en la Calle Santa Isabel n.º 52, 28012 Madrid.

– En el caso de MADRID DESTINO: MADRID DESTINO CULTURA TURISMO Y NEGOCIO, S.A., con domicilio en Madrid, calle Conde Duque, 9-11, 28015 Madrid.

Delegado de Protección de Datos: el delegado de Protección de Datos es una figura legalmente prevista cuyas funciones principales son las de informar y asesorar a la entidad sobre las obligaciones que le afectan en materia de protección de datos personales y supervisar su cumplimiento. Además, el Delegado de Protección de Datos actúa como punto de contacto con la entidad para cualquier cuestión relativa al tratamiento de datos personales, por lo que los interesados pueden dirigirse a él:

– En el caso del MNCARS: dpd@museoreinasofia.es

– En el caso de MADRID DESTINO: dpd@madrid-destino.com.

Finalidades: la suscripción y ejecución de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte MNCARS, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y, en el caso del Museo, su Ley reguladora y Estatuto. El suministro de los datos con este fin es obligado e impediría el cumplimiento del convenio en caso contrario.

Plazo de conservación: los datos se tratarán durante todo el tiempo que dure la relación mantenida entre las partes. Finalizada dicha relación, se procederá al bloqueo de los datos durante el periodo en que se pueda derivar cualquier tipo de responsabilidad como consecuencia del presente convenio. Una vez finalice el plazo de prescripción legal y expiren tales responsabilidades, los datos serán eliminados.

Destinatarios: los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas competentes, en los casos previstos en la Ley y para los fines en ella definidos y a las correspondientes entidades financieras, para la gestión de cobros y pagos, en su caso.

Derechos de los afectados: Los afectados tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, así como a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo y a la portabilidad de sus datos dirigiéndose respectivamente al responsable del tratamiento que corresponda, en la siguiente dirección de correo electrónico:

– En el caso del MNCARS: infoderechos@museoreinasofia.es

– En el caso de MADRID DESTINO: dpd@madrid-destino.com, con referencia a «CINETECA/DOCUMENTA» e identificación de la persona solicitante mediante documento oficial.

Así mismo, pueden poner en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o, en su caso, la autoridad autonómica de control, cualquier situación que considere que vulnera sus derechos.

Décima. Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

10.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige, en primer término, por lo previsto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

10.2 Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes, en el seno de la Comisión mixta prevista en la cláusula octava, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. Si ello no fuera posible, los jueces y tribunales españoles del orden contencioso-administrativo serán los competentes para resolver cualquier litigio.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS, el director, Manuel J. Borja-Villel.–Por MADRID DESTINO, el Consejero Delegado,  Ángel Martín Vizcaíno. 

El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado con fecha de 12 de mayo de 2022 y autorizado por el Ministerio de Hacienda con fecha de 31 de mayo de 2022.

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