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Documento BOE-A-2022-11995

Resolución de 11 de julio de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Xinzo de Limia, para la financiación, ejecución y entrega de las obras "Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al Monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)".

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2022, páginas 102898 a 102900 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-11995

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la segunda Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)», otorgada el 8 de julio de 2022, que se anexa a esta Resolución.

Ourense, 11 de julio de 2022.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Segunda Adenda modificativa del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)»

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, doña Elvira Lama Fernández, Alcaldesa del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, nombrada en Pleno de 15 de junio de 2019, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 10 de febrero de 2021 (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2021), se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)», con un importe estimado para la actuación de 350.000 euros a ejecutar durante las anualidades 2021, 2022 y 2023.

II. Que en fecha 29 de diciembre de 2021 (BOE núm. 8, de 10 de enero de 2022), atendiendo al estado de las actuaciones, se otorgó una adenda por la que se modificaban las anualidades inicialmente establecidas.

III. Que una vez redactado el estudio «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al Monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)» se ha concluido la necesidad de llevar a cabo una inversión superior a la prevista en el convenio original.

IV. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

V. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

El objeto de la presente adenda es modificar el importe, el porcentaje de financiación y la distribución de las anualidades establecidas en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Xinzo de Limia para la financiación, ejecución y entrega de las obras de «Análisis y actuaciones de consolidación de las infraestructuras hidráulicas asociadas al monasterio del Buen Jesús de Trandeiras (Xinzo de Limia, Ourense)».

Segunda. Modificación de la cláusula cuarta del convenio.

Se modifica la cláusula cuarta del convenio que queda redactada del siguiente modo:

«1. La inversión total para la ejecución de las obras se ha estimado en 915.000 euros, Impuesto del Valor Añadido Incluido.

2. El coste de la inversión se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 23.108.452A.610, código de superproyecto 2015 23 108 8001, código de proyecto 2020 23 108 0002 del presupuesto de gastos del Organismo de cuenca, de conformidad con la siguiente fórmula:

– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 823.500,00 euros del coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 90% de la inversión.

– El Ayuntamiento de Xinzo de Limia aportará 91.500,00 euros del coste inicialmente previsto con cargo a su aplicación presupuestaria 153/61900, lo que supone un porcentaje del 10% de la inversión.

3. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. afrontará tanto el coste de ejecución de la obra como el de la dirección y vigilancia de la misma, además de los gastos correspondientes a las medidas de seguridad y salud.»

Tercera. Modificación del anexo «Anualidades previstas».

Se modifica el anexo «Anualidades previstas», de acuerdo con los siguientes importes:

Administración 2021 2022 2023 2024 Total
CHMS, O.A. 7.179,87 16.760,99 727.559,14 72.000,00 823.500,00
Ayuntamiento de Xinzo de Limia. 1.794,97 602,51 81.102,52 8.000,00 91.500,00
 Total. 8.974,84 17.363,50 808.661,66 80.000,00 915.000,00
Cuarta. Eficacia.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman por el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, Elvira Lama Fernández.

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