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Documento BOE-A-2022-11805

Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la realización de proyectos en las áreas temáticas de los objetivos de desarrollo sostenible 2030 y migraciones, hecho en Madrid el 30 de junio y 1 de julio de 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 16 de julio de 2022, páginas 101121 a 101135 (15 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2022-11805
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2022/07/01/(1)

TEXTO ORIGINAL

ACUERDO SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030 DEL REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS EN LAS ÁREAS TEMÁTICAS DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE 2030 Y MIGRACIONES

El presente Acuerdo (el «Acuerdo») se establece entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 del Reino de España (en adelante, «el Donante»), Paseo del Prado, 18, 28014 Madrid, representado por doña Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, y la Organización Internacional para las Migraciones (en adelante, «la OIM»), una organización que forma parte del sistema de las Naciones Unidas, Calle Fernando el Católico, 10, 1.º B, 28015 Madrid, representada por doña María Jesús Herrera Ceballos, Jefa de Misión de la OIM en España. La OIM y el Donante también se denominarán individualmente como una «Parte» y conjuntamente como las «Partes».

En desarrollo del Acuerdo Marco entre el Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones, hecho en Madrid el 17 de diciembre de 2009, con el fin de realizar programas, proyectos y actividades para establecer una colaboración continúa en ámbitos de interés común como es la gestión ordenada y humana de las migraciones. Este Acuerdo Marco es de aplicación a todos los programas, proyectos y actividades que OIM emprenda con financiación de las distintas administraciones públicas españolas.

Los firmantes acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

1. Introducción y documentos constitutivos del Acuerdo

1.1 El Donante se compromete a prestar apoyo financiero a la OIM para la realización de proyectos que se enmarcan en las áreas temáticas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas y migraciones, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Acuerdo y en sus anexos.

1.2 Podrán introducirse, de mutuo acuerdo entre las partes y por escrito, modificaciones y ajustes en relación con las actividades y términos de los proyectos, siempre y cuando dichas modificaciones respeten el importe máximo de la aportación establecida en el apartado 2.1 del presente Acuerdo.

Por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el órgano competente para autorizar las modificaciones previstas en este apartado y en el apartado 4.4 del presente Acuerdo será el titular de la Secretaría de Estado de Agenda 2030.

1.3 Los documentos en formato OIM, que se enumeran a continuación, forman parte del presente Acuerdo:

a) Anexo A Documento de Proyecto NEX-O-DS: Logrando las dimensiones migratorias de los ODS en España.

b) Anexo B Presupuesto para el Proyecto.

2. Aportación

2.1 A tenor de lo dispuesto en el presente Acuerdo, el Donante se compromete a aportar ayuda financiera para la realización del Proyecto NEX-O-DS: Logrando las dimensiones migratorias de los ODS en España. (el «Proyecto») por un valor total de euros 150,000.00 (ciento cincuenta mil euros) (la «Aportación»).

2.2 La OIM utilizará la Aportación para financiar los costos del Proyecto que se enumeran en el Documento del Proyecto (Anexo A) y el Presupuesto (Anexo B). La Aportación deberá incluir el cargo de operación de proyectos obligatorio de la OIM de 7 %, tal y como fue aprobado por los Estados miembros de la OIM a través de Resolución del Consejo.

2.3 El Donante abonará la Aportación a través de un solo desembolso, en Euros (EUR), según lo indica la cláusula 2.1, a la cuenta bancaria que se indica a continuación, dentro de los 15 (quince) días siguientes a la fecha de firma del presente Acuerdo, indicando el número de referencia de la OIM indicado en la cláusula 2.4 del presente Acuerdo, para facilitar el registro de la Aportación en las cuentas de la OIM.

Entidad bancaria: Banco Santander.

Dirección: Rodríguez San Pedro, 8, 28015 Madrid.

Titular: OIM España.

Número de cuenta bancaria: ES1300495974132793101278.

Código SWIFT: BSCHESMMXXX.

2.4 El Donante notificará a la OIM por correo electrónico en revenue@iom.int y jherrera@iom.int lo siguiente: a) la suma transferida; b) la fecha efectiva de la transferencia y; c) que el remitente de la transferencia es el Donante de conformidad con el presente Acuerdo incluyendo el siguiente número de referencia: (ES/C/2021/021).

2.5 Si el pago de la Aportación es realizado o si la misma Aportación es confirmada en una moneda diferente a la Moneda de los Proyectos indicada en el artículo 4.2, el valor de la Aportación en la moneda del proyecto será determinado por la tasa operacional de las Naciones Unidas para la tasa de cambio que prevalece al momento de la recepción de la Aportación por la OIM. Cualquier incremento o reducción en el valor de la Aportación, tal y como se expresa en la moneda de los proyectos, producto de cambios en la tasa de cambio operacional de las NU entre la fecha de firma del presente Acuerdo y la fecha de la recepción de la Aportación por la OIM, incrementará o reducirá los fondos puestos a disposición para la implementación de la actividad. En caso de que aplique, la OIM podrá informar al Donante de cualquier reducción en el valor de la Aportación, tal y como se expresó en la moneda de los proyectos, con la finalidad de que se determine si el Donante puede proporcionar un financiamiento adicional. En caso de que un financiamiento adicional no sea disponible, las actividades realizadas por la OIM podrán ser reducidas, suspendidas o terminadas con la notificación escrita enviada por la OIM al Donante con el fin de ajustar la reducción en el valor de la Aportación.

2.6 Las actividades del Proyecto que deben ser realizadas por la OIM en el marco del presente Acuerdo, sólo comenzarán al momento en que la OIM reciba la totalidad del pago tal y como se establece en el artículo 2.3. Si la fecha de inicio del Proyecto se aplaza por ese motivo, la fecha de finalización se ampliará en igual medida. En el caso de que la OIM no reciba la Aportación según lo descrito en el artículo 2.3, la OIM podrá contactar al Donante quien deberá mantener conversaciones con la OIM con el objetivo de determinar el momento en que el pago de la Aportación se haya hecho efectivo. En el caso de que no se reciba la Aportación en su totalidad de conformidad con lo descrito en el artículo 2.3, las actividades realizadas por la OIM bajo el Proyecto podrán ser suspendidas, pospuestas o terminadas por la OIM por medio de notificación escrita enviada por la OIM al Donante con efecto inmediato.

2.7 La obligación del Donante bajo la cláusula 2.1 arriba mencionada no se verá afectada por o será dependiente de (i) cualquier derecho u obligación del Donante o de la OIM bajo cualquier otro contrato o acuerdo ente la OIM y el Donante, o (ii) la implementación por la OIM de otras actividades en el contexto de otros proyectos o de cualquier resultado de auditorías, evaluaciones y monitoreos que no se relacionen directamente con el presente Acuerdo.

2.8 La OIM no será responsable de ningún retraso en el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del presente Acuerdo, siempre que la OIM no haya recibido la totalidad de la Aportación de conformidad con lo acordado en la cláusula 2.3 del presente Acuerdo.

3. Duración de los proyectos

3.1 El presente Acuerdo entrará en vigor una vez se firme por ambas Partes, tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2022 y, en cualquier caso, se mantendrá vigente hasta la finalización del Proyecto y actividades, de conformidad con el Artículo 17.1. La duración del Proyecto, incluyendo la fecha de inicio y finalización, será aquella que OIM indique en los Documentos de Proyecto.

3.2 La OIM podrá extender la duración del proyecto con miras a finalizarlo, siempre que dicha extensión no implique gastos que superen el monto de la Aportación indicada en la cláusula 2. La extensión se hará efectiva para el Proyecto, por la duración y en la fecha en que la OIM la notifique por escrito al Donante; es más, la notificación deberá efectuarse 2 meses antes de la fecha de conclusión del Proyecto fijada inicialmente. La notificación deberá consignar el justificativo para la extensión y la información relativa a la nueva fecha en que se completará el Proyecto, así como las fechas de presentación de los informes financieros y narrativos pendientes.

4. Administración de la aportación

4.1 La OIM recibirá y administrará la Aportación con arreglo a su reglamento, normas y directrices. La Aportación estará sujeta exclusivamente a los procedimientos de auditoría externa e interna previstos en el reglamento, las normas y las directrices financieras de la OIM.

4.2 Las actividades administradas bajo el presente Acuerdo son presupuestadas y reportadas en EUR (la «Moneda de los Proyectos»).

4.3 La OIM asignará, con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos, un código específico a cada uno de los Proyectos para administrar y realizar el seguimiento de todas las transacciones financieras relacionadas con los Proyectos, a las que se aplicará el tipo de cambio operacional de las Naciones Unidas en vigor para su conversión de conformidad con las políticas de la OIM.

4.4 Cualquier parte de la Aportación que no haya sido utilizada al finalizar el Proyecto, con arreglo a lo que figure en los informes financieros finales, será reembolsada al Donante, salvo que las Partes acuerden otra cosa. Cualquier interés que genere la aportación, si existiere, será acreditado en las cuentas de la OIM como ingresos misceláneos.

4.5 El personal para el Proyecto será reclutado, empleado y supervisado por la OIM con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos.

4.6 Las adquisiciones para el Proyecto deberán ser realizadas por la OIM con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos.

4.7 La OIM, desde el 1 de marzo de 2017, es miembro de la International Aid Transparency Initiative (IATI), y trabaja en aras de que los estándares de la IATI se apliquen con miras a que se incremente la publicación de información en la plataforma de la IATI. De conformidad con los compromisos hacia la transparencia de las Partes, el Donante por este medio otorga su consentimiento para que la OIM publique información relacionada con el presente Acuerdo (y con cualquier Enmienda subsiguiente), y con el financiamiento asociado, por medio de su sitio web y por medio de la plataforma de la IATI. La OIM por este medio otorga su consentimiento para que la información relacionada con el presente Acuerdo (y con cualquier Enmienda subsiguiente), y con el financiamiento asociado, sea publicada por medio del sitio web del Donante y por medio de la IATI.

Identificadores del publicador de la IATI: IOM: XM-DAC-47066.

5. Informes

5.1 Para el Proyecto de este Acuerdo, la OIM proporcionará al Donante los siguientes informes en formato OIM:

– Informe técnico final que abarcará el periodo completo de implementación del proyecto y se presentará antes del 30 de junio de 2023.

– Informe financiero final que abarcará el periodo completo de implementación del proyecto y se presentará antes del 30 de junio de 2023.

5.2 Todos los informes del Proyecto deberán ser realizados por la OIM en la Moneda de los Proyectos como se determina en la cláusula 4.2 y con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos y deberá utilizar los modelos de los informes de proyectos estándar de la OIM.

6. Titularidad de los bienes financiados mediante la Aportación

Los equipos, suministros y bienes de otro tipo que hayan sido adquiridos con fondos de la Aportación serán propiedad de la OIM. Se deberá disponer de dicha propiedad con arreglo a los reglamentos, normas, directrices y procedimientos de la OIM, salvo que el Donante y la OIM acuerden algo diferente por escrito.

7. Fuerza mayor

7.1 La OIM no será responsable de cualquier retraso en el desempeño o incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contraídas en el marco del presente Acuerdo si dicho retraso o incumplimiento se debe a causas de fuerza mayor, a saber: un evento natural imprevisible e invencible, un acto de guerra (bien sea declarada o no), invasión, revolución, insurrección, terrorismo, bloqueo o embargo, huelga, restricciones gubernamentales o estatales, desastre natural, epidemia, crisis de salud pública, u otras circunstancias que no sean causadas por o, que no pudiesen ser controladas por la OIM.

7.2 Tan pronto como sea posible luego de la ocurrencia del evento de fuerza mayor que impacte la capacidad de la OIM para cumplir con sus obligaciones bajo el presente Acuerdo, la OIM le notificará y le proporcionará al Donante los detalles inmediatamente y por escrito de la existencia de dicho evento de fuerza mayor y de la probabilidad de que se produzca un retraso. Al recibir dicha notificación, la OIM y el Donante deberán mantener conversaciones con el objetivo de reanudar las actividades afectadas bajo el Acuerdo, asegurando la cobertura por parte del Donante de los costos inevitables e incurridos por la OIM durante el periodo de fuerza mayor. Luego de las conversaciones con el Donante y sin que le sea imputable responsabilidad alguna, la OIM tendrá derecho a suspender la implementación de algunas o todas las actividades bajo el presente Acuerdo, en la medida en que no sea posible para la OIM implementar tales actividades a causa de fuerza mayor.

8. Confidencialidad

Cualquier información, incluida aquélla de carácter personal, sobre los beneficiarios que esté en posesión o conocimiento de las Partes con relación al presente Acuerdo o a los Proyectos deberá ser tratada con estricta confidencialidad. No se comunicará dicha información a terceros sin la previa autorización escrita de la OIM. La OIM se atendrá a sus Principios de Protección de Datos en caso de que reúna, reciba, utilice, transfiera o almacene cualquier dato personal en el cumplimiento del presente Acuerdo. Esta obligación perdurará tras la expiración o rescisión del presente Acuerdo.

9. Propiedad intelectual

Toda la propiedad intelectual u otros derechos de propiedad que incluyan, pero no se limiten únicamente a patentes, derechos de autor, marcas registradas y propiedad de los datos, dimanantes de los proyectos deberán concederse a la OIM, con inclusión, y sin restricción alguna, de los derechos a utilizar, reproducir, adaptar, publicar y distribuir cualquier rubro o parte del mismo.

10. Notificaciones

10.1 Cualquier notificación efectuada en cumplimiento del presente Acuerdo será suficiente si la Otra Parte la recibe por escrito, para ello se enviará a la siguiente dirección:

Organización Internacional para las Migraciones (OIM): A la atención de María Jesús Herrera Ceballos. Calle Fernando el Católico, 10, 1.º B, 28015 Madrid (España). Correo electrónico: jherrera@iom.int.

Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030: A la atención de Secretario de Estado para la Agenda 2030. Dirección: Paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid (España). Correo electrónico: seagenda2030@mdsocialesa2030.gob.es.

11. Solución de conflictos

11.1 Todo conflicto, controversia o reclamación derivada del presente Acuerdo o relacionada con este, así como el incumplimiento, rescisión o nulidad del mismo se resolverá de forma amistosa mediante negociación entre las Partes.

11.2 En el supuesto de que el conflicto, controversia o reclamación no se resuelva mediante negociación en los 3 (tres) meses siguientes a la recepción de la notificación enviada por una de las Partes a fin de señalar la existencia del conflicto, controversia o reclamación, cualquiera de las Partes podrá solicitar la resolución del conflicto, controversia o reclamación mediante un proceso de conciliación dirigido por un conciliador, de conformidad con el Reglamento de Conciliación de 1980 de la CNUDMI. No es aplicable el Artículo 16 del Reglamento de Conciliación de la CNUDMI.

11.3 En el supuesto de que la conciliación fracasase, cualquiera de las Partes podrá someter el conflicto, controversia o reclamación a arbitraje, a más tardar 3 (tres) meses después de la fecha de conclusión del proceso de conciliación, de conformidad con el Artículo 15 del Reglamento de Conciliación de la CNUDMI. El arbitraje se realizará de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de 2010 de la CNUDMI, en su forma aprobada en 2013. Habrá únicamente un árbitro y el idioma del proceso de arbitraje será el inglés, a menos que las Partes acuerden lo contrario por escrito. El tribunal de arbitraje no tendrá autoridad para conceder indemnizaciones punitivas. El laudo arbitral será definitivo y obligatorio.

12. Régimen jurídico

El presente Acuerdo, así como el acuerdo de arbitraje anterior, se regirán por los términos del presente Acuerdo, complementados por los principios generales del derecho aceptados internacionalmente para los asuntos que no estén cubiertos por el Acuerdo, con exclusión de cualquier sistema jurídico nacional individual que someta el Acuerdo a las leyes de una jurisdicción específica. Se considerará que los principios generales del derecho aceptados internacionalmente comprenden los Principios UNIDROIT sobre los Contratos Comerciales Internacionales. Ambas Partes mantendrán la confidencialidad en la solución de controversias. Esta Cláusula permanecerá vigente tras el vencimiento o la rescisión del presente Acuerdo.

13. Estatus de la OIM

Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo, o que esté relacionado con él, se podrá considerar una renuncia explícita o implícita de cualquiera de los privilegios e inmunidades de la Organización Internacional para las Migraciones en su calidad de organización intergubernamental.

14. Exención de obligaciones

El hecho de que ninguna de las Partes insista en una o más instancias sobre el estricto cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente Acuerdo no constituirá una exoneración o renuncia del derecho a aplicar las disposiciones del presente Acuerdo en futuras instancias, más bien este derecho continuará y seguirá estando en vigor y siendo plenamente efectivo.

15. Rescisión

Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente Acuerdo mediante una notificación por escrito a la otra Parte, con 3 (tres) meses de antelación. Si este Acuerdo se rescindiera antes de la conclusión de los Proyectos, la OIM podrá seguir disponiendo de la parte de la Aportación que no haya sido utilizada hasta haber satisfecho todos los compromisos y deudas para la ejecución de los Proyectos, adquiridos antes de la fecha de conclusión, y se hayan realizado en debida forma las actividades de los Proyectos. La OIM no estará obligada a reembolsar los fondos que hubiera podido comprometer de forma irrevocable y de buena fe antes de la fecha de notificación de dicha rescisión.

16. Divisibilidad

Si cualquier parte del presente Acuerdo fuese inválida o inaplicable, dicha parte será extraída del mismo mientras que el resto del Acuerdo seguirá plenamente en vigor.

17. Indivisibilidad

El presente Acuerdo encarna la totalidad del acuerdo entre las Partes y reemplaza cualquier acuerdo o arreglo anterior que hubiere con relación al tema de que es objeto este Acuerdo.

18. Cláusulas finales

18.1 Este Acuerdo entrará en vigor una vez firmado por los representantes de ambas Partes. El mismo permanecerá vigente hasta la finalización de todas las obligaciones de las Partes en virtud del presente Acuerdo.

18.2 Las Partes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito.

Firmado en español, en la fecha y lugar indicados abajo.

En nombre del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 del Reino de España, En nombre de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM),
Firma Firma

Ione Belarra Urteaga,

Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030,

Madrid 30 de junio de 2022

María Jesús Herrera Ceballos,

Jefa de Misión,

Madrid 1 de julio de 2022

ANEXO A
Documento de Proyecto: NEX-O-DS: Logrando las dimensiones migratorias de los ODS en España

Tipo de Proyecto principal: MD–Mainstreaming Migration into Development.

Tipo de Proyecto secundario: PR–Migration Research and Publications.

Alcance geográfico: España.

Organismo que ejecuta el Proyecto: Organización Internacional para las Migraciones (IOM).

Beneficiarios: Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Asociados: N/A.

Centro de Gestión: Spain-CO-Madrid-ES10.

Duración: 10 meses.

Presupuesto: 150.000 euros.

Resumen

El año 2020 fue el inicio de una Década de Acción para alcanzar los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y las 169 metas planteadas en la Agenda 2030. Naciones Unidas ha hecho un llamamiento a distintos niveles (global, local y por parte de las personas) en la movilización y la promoción del conocimiento de los ODS, y en la búsqueda de soluciones globales y locales sin dejar a nadie atrás. Gobiernos, universidades, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos, empresas, medios de comunicación, entre otros, forman parte de este llamamiento global, local e individual.

Los compromisos de España con la Agenda 2030 y sus objetivos, se muestran a través de la adopción de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, aprobada por Consejo de Ministros el 8 de junio de 2021 y presentada ante las Naciones Unidas con ocasión del segundo Examen Nacional Voluntario al que se sometió España en julio de 2021 en el marco del Foro Político de Alto Nivel para el Desarrollo Sostenible.

Con el objetivo de contribuir a los objetivos y prioridades definidas por el Gobierno de España en la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030 dirigidos a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el ámbito de la migración, la OIM plantea la elaboración de un estudio sobre la identificación de los principales desafíos y vulnerabilidades a las que se enfrenta la población migrante en España, desde la propia mirada de las personas migrantes. El estudio se pretende realizar a través de encuestas individualizadas y anónimas con personas migrantes que residen en España tanto de manera regular, como irregular. Por otra parte, y con el objetivo de dar una mayor participación a la población migrante en España, la OIM involucrará a las asociaciones de migrantes en el componente de recopilación de datos y realización de encuestas.

Por último, el proyecto prevé la celebración de un acto internacional durante el cual se presentarán los resultados del estudio realizado en base a las encuestas realizadas con población migrante.

1. Justificación

Es la Agenda 2030 la que por primera vez incluye y reconoce a la migración de manera explícita en la agenda mundial de desarrollo. Interpretar la Agenda 2030 desde el prisma de la migración, es entender la importancia de incluir a la población migrante en las políticas públicas, teniendo presente la interseccionalidad característica de las personas y las sociedades.

Con el objetivo de no dejar a nadie atrás, la población migrante debe de ser considerada de manera transversal para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Actualmente, en el mundo hay más de 280 migrantes internacionales que se presentan como actores clave en el desarrollo sostenible, realizando contribuciones vitales en todo el mundo que contribuyen a la consecución de los ODS, ya sea esto a través de servicios que ofrecen para garantizar una atención médica de alta calidad, aumentar los ingresos familiares o aumentar la productividad en las economías en los países de acogida.

Comprender los numerosos vínculos positivos entre la migración y los ODS puede ser complejo, pero es imprescindible para poder trabajar hacia la creación de una gobernanza migratoria que impulse el desarrollo.

Por ello, contar con datos desagregados es clave para conseguir este objetivo. La meta 17.18 de los ODS insta a aumentar la disponibilidad de «datos fiables, oportunos y de alta calidad desglosados por ingresos, género, edad, raza, etnia [y] estatus migratorio». Esto refleja una comprensión cada vez mayor de que la disponibilidad de datos desglosados y fiables es una forma importante de garantizar la inclusión de subgrupos de población específicos y también permite identificar las numerosas contribuciones de los migrantes al desarrollo sostenible.

Debido a la falta de datos desglosados sobre la población migrante, estos tienden a quedar excluidos del acceso a servicios básicos, que, según el contexto de cada país, pueden incluir el acceso a la educación, acceso al mercado laboral, a la vivienda y otros servicios básicos.

La falta de datos sólidos desglosados de la población migrante exacerba las vulnerabilidades a las que estos puedan estar enfrentándose. Como resultado, la planificación y la presupuestación de muchos servicios básicos puede quedar excluida en la planificación eficaz de las políticas públicas.

A nivel nacional, el compromiso del Gobierno de España por la aplicación de la Agenda 2030 se inicia con la aprobación por parte del Consejo de Ministros del «Plan de Acción para la Implementación de la Agenda 2030. Hacia una Estrategia Española de Desarrollo Sostenible»(1) en junio de 2018. Dicho Plan se concibe, desde sus inicios como un plan de transición hasta la aprobación de una Estrategia de Desarrollo Sostenible capaz de orientar las transformaciones estructurales que España debe abordar para hacer realidad los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el año 2030.

(1) Plan de Acción para la Implementación de la Agenda 2030. Hacia una Estrategia Española de Desarrollo Sostenible (2018). Gobierno de España. Consultar: http://www.exteriores.gob.es/portal/es/saladeprensa/multimedia/publicaciones/documents/plan%20de%20accion%20para%20la%20implementacion%20de%20la%20agenda%202030.pdf

El impulso que supuso el Plan de Acción es asumido por el nuevo Ejecutivo con el compromiso renovado de situar la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible en el centro de la acción del Gobierno. Prueba de ello es la definición de una arquitectura ministerial que otorga un rol preeminente a la Agenda 2030, a través de la creación de «una Secretaría de Estado con competencias ejecutivas y mandato para el diseño, elaboración, desarrollo y evaluación de los planes y estrategias necesarios para el cumplimiento por España de la Agenda 2030 y, en concreto, la Estrategia de Desarrollo Sostenible, en colaboración con los órganos competentes de la Administración General del Estado, con el resto de Administraciones públicas competentes, con la sociedad civil organizada, el sector privado, las instituciones académicas y la sociedad en su conjunto»(2).

(2) Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En la misma línea de compromiso renovado y reforzado, el Gobierno de España ha aprobado la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030 (EDS 2030)(3), concebida como una estrategia de país que identifica ocho Retos País, configurados como los principales desafíos a enfrentar, cuyo abordaje es articulado a través de ocho Políticas Aceleradoras del Desarrollo Sostenible, definidas desde una perspectiva multidimensional y multinivel con el objeto de posibilitar un impacto sostenido de medio y largo plazo. Las políticas aceleradoras han sido diseñadas para posibilitar un abordaje integral de grandes problemáticas como la pobreza y la desigualdad en sus distintas expresiones –con un foco particular en la desigualdad y discriminaciones que afectan a las mujeres, las personas migrantes, la infancia y las personas LGTBIQ, entre otros colectivos vulnerables–, la falta de garantía y acceso efectivo a los derechos sociales o el fin de la precariedad laboral a través de la generación de empleo de calidad. Compromete una acción decidida en materia ambiental y climática, en cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos, especialmente el Acuerdo de París, impulsando la transformación del sistema económico y productivo, así como actuaciones dirigidas al fortalecimiento de los servicios públicos, afianzando y generando nuevos derechos para no dejar a nadie atrás. Igualmente establece compromisos destinados a reforzar la contribución de España a la construcción de una globalización más justa, democrática y sostenible, a través de la apuesta por un multilateralismo reforzado con Naciones Unidas en el centro de estos esfuerzos.

(3) Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030 (2021). Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Consultar: https://www.mdsocialesa2030.gob.es/agenda2030/documentos/eds-cast-acce.pdf

Para la consecución de los retos planteados por la Estrategia de Desarrollo Sostenible es necesario tener presente la diversidad característica de la sociedad española, donde la población migrante representa más del 11 % de la población(4). Las personas migrantes resultan ser un factor clave en el desarrollo social, cultural y económico de las sociedades, y especialmente en España donde estos cuentan con una alta tasa de ocupación en sectores como la hostelería, la construcción o la agricultura, además de contribuir a revertir la estancada pirámide poblacional. Aun así, pese a resultar clave para el desarrollo del país, resulta también uno de los colectivos más vulnerables en España. Factores relacionados con el acceso al mercado laboral, a la vivienda o a los servicios públicos condicionan la inclusión social y calidad de vida de estos, generando situaciones de desigualdad, pobreza y exclusión social.

(4) Población total inscrita en el padrón. Estadísticas del Padrón Continuo. Datos provisionales a 1 de enero de 2021. Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Consultar: https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736177012&idp=1254734710990

El presente proyecto se enmarca en el desarrollo de diversas estrategias internacionales y nacionales, como es la Agenda 2030, la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030 y el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular(5). En este sentido cabe destacar que el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, suscrito por España, proporciona una hoja de ruta para ayudar a lograr las dimensiones migratorias de los ODS. Su adopción, que tiene sus raíces en la Agenda 2030, y la creación de la Red de las Naciones Unidas sobre Migración crean un nuevo impulso para lograr los ODS relacionados con la migración.

(5) Pacto Mundial sobre Migración. OIM (2018) Consultar: https://www.iom.int/global-compact-migration

2. Descripción del Proyecto

A través del presente proyecto, la OIM apoyará al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de su Secretaría de Estado para la Agenda 2030 a promover la generación de conocimiento para la formulación de políticas basadas en datos empíricos, contribuyendo de esta manera a una mejor comprensión de los vínculos entre la migración y los ODS, así como al cumplimiento de las prioridades establecidas en la EDS 2030 que afectan a la población migrante.

Para ello, la OIM desarrollará un estudio cuyo objetivo principal será identificar los principales desafíos y vulnerabilidades a las que se enfrenta la población migrante en España y en concreto, aquellos vinculados a las metas de los ODS y la Agenda 2030.

En concreto, el proyecto contempla la realización de las siguientes actividades:

Producto 1.1 Realización de encuestas con población migrante residente en España de manera regular, que identifican sus principales desafíos y vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS

La OIM España, con el apoyo de la oficina de GMDAC (Global Migration Data Analysis Centre) y expertos de la organización en los vínculos entre ODS y migración, diseñará una encuesta especifica que tratará de identificar los perfiles de la población migrante residente en España, su estatus socioeconómico, el acceso a los servicios básicos, la vivienda, acceso al mercado laboral, condiciones de vida y por ende, todos aquellos indicadores que presentan un vínculo entre los ODS y con los objetivos de la EDS 2030.

Antes de estructurar la encuesta, el equipo de la OIM realizará un «desk research» sobre datos previamente recopilados sobre la materia (datos estadísticos del INE, las encuestas nacionales, datos y encuestas previamente generadas por organismos estatales u autonómicos, como pueden ser el OBERAXE u OPAM). Partiendo de esta primera aproximación, la encuesta se centrará en abordar aquellos aspectos que permitan identificar mejor el vínculo entre los ODS y las características, necesidades y vulnerabilidades de la población migrante residente en España de manera regular.

En este ejercicio, la OIM contará con el apoyo de diversas asociaciones de migrantes que estarán involucrados en la realización de las encuestas, cuya identificación y selección se realizará a través de una Comisión Mixta compuesta por miembros de la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Para la realización de las encuestas, el equipo técnico de la OIM España, llevará a cabo unas sesiones de preparación técnica dirigida a los/las encuestadores/as con el fin de garantizar el cumplimiento con los estándares éticos de sondeo y también para estandarizar los criterios de la recopilación y el registro de la información recibida.

Resultado 1.2 Realización de encuestas con población migrante en situación administrativa irregular, que buscan identificar sus perfiles y las principales vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS

Para poder obtener una visión y conocimiento más profundo sobre los perfiles de la población migrante recién llegada a las costas españolas, en términos de nacionalidad, género y edad, niveles de educación, antecedentes profesionales, países y rutas de tránsito, cómo también las experiencias vividas antes de llegar a España y las principales vulnerabilidades, el equipo de la OIM llevará a cabo encuestas con población recién llegada de manera anónima y voluntaria. Para poder obtener una imagen completa, la OIM garantizará que la muestra sea representativa en términos de nacionalidades y género.

Las encuestas se realizarán con población adulta que no lleva más de un año y solamente con aquellas personas que han dado su consentimiento en participar en las mismas de manera voluntaria, garantizando en todo momento la anonimidad del/la encuestado/a.

Para la realización de esta actividad, la oficina de la OIM en España se coordinará con la Oficina Regional de la OIM en Viena y precisamente con el departamento de coordinación del «DTM Displacement Tracking Matrix» (Matriz de Seguimiento de Flujos Migratorios) para Europa.

Resultado 1.3 Elaboración del estudio y presentación de este en un acto institucional

La última fase del proyecto se centrará en la elaboración de un estudio basado en el análisis de las encuestas previamente elaboradas, haciendo distinción entre las respuestas obtenidas entre los dos grupos encuestados.

La presentación del estudio se realizará en un acto institucional y contará con la participación de expertos nacionales e internacionales que cuentan con una demostrada trayectoria en el ámbito de la migración, así como de representantes de las asociaciones de personas migrantes participantes en la iniciativa. Este encuentro será espacio donde todos los presentes tendrán la oportunidad de debatir y reflexionar sobre las conclusiones del trabajo presentado.

Este ejercicio tendrá una doble finalidad: por un lado, mostrar que los datos oportunos, fiables y comparables sobre la migración ayudan a los responsables en la formulación de políticas, programas, proyectos sociales, entre otros, a diseñar estos en base a la evidencia para abordar los aspectos migratorios de los ODS; y por otro, transmitir la importancia de actuar ahora para asegurarnos de que nuestras políticas se basen en datos empíricos, estén en consonancia con objetivos de desarrollo más amplios y tengan una perspectiva a largo plazo.

Sin duda, todo este conjunto de actividades impactará en un mayor reconocimiento, apropiación e incorporación de los ODS en la práctica diaria de los profesionales que trabajan y desarrollan iniciativas y/o políticas dirigidas al colectivo migrante.

3. Asociaciones y coordinación

La OIM España actuará como oficina coordinadora, administradora y ejecutora de las actividades del presente proyecto y se encargará de llevar a cabo todas las gestiones necesarias relativas a lograr la consecución de los objetivos planteados dentro de este proyecto.

Para garantizar que todas las actividades estén desarrolladas en línea con los indicadores sobre migración y las metas y Objetivos de la Agenda 2030, la oficina de la OIM España se coordinará con la Oficina Regional de la OIM en Bruselas, con la oficina de GMDAC (Global Migration Data Analysis Centre) en Berlín y con el equipo de DTM (Displacement Tracking Matrix) de la OIM.

Por último, la Oficina de la OIM en España estará colaborando de manera estrecha con varias Asociaciones de Migrantes y en concreto, estará coordinando la implementación de las encuestas llevadas a cabo por estas.

4. Supervisión

La OIM aplicará los procedimientos e instrumentos estándar para el monitoreo de los resultados, las actividades, el presupuesto y los riesgos del proyecto de acuerdo con el Manual de Proyectos y la Política de Gestión de Riesgos de la Organización, en particular aquellos que permiten generar tableros de control sobre el estado de la ejecución técnica y financiera de cada una de las líneas definidas en la iniciativa. Las principales estrategias de monitoreo previstas en este proyecto son:

Respecto a la parte técnica: tanto para el desarrollo de las actividades como para los resultados esperados se empleará como guía la matriz del proyecto la cual contará con un monitoreo continuo de las actividades.

Respecto a la parte financiera: el seguimiento financiero se realizará a través de la plataforma institucional de la OIM la cual permite tener una visión detallada de cada uno de los gastos ligados a la implementación del proyecto garantizando que los fondos se ejecuten oportunamente mediante revisiones periódicas.

Ante la necesidad de mitigar ciertos riesgos durante el desarrollo del proyecto se definirá un plan de gestión de riesgos del cual la persona Coordinadora del Proyecto podrá valorar la efectividad de las medidas de control y tomar acciones cuando se consideren oportunas.

5. Evaluación

El personal técnico encargado de la gestión del proyecto realizará evaluaciones internas periódicamente lo que permitirá realizar mejoras que influyan en una eficacia de los resultados esperados.

Teniendo como marco de actuación la matriz del proyecto, se realizarán evaluaciones continuas que aseguren el cumplimiento de los objetivos establecidos internamente para el desarrollo del proyecto.

6. Matriz de resultados

  Indicador Fuente de datos y método de recopilación Referencia Meta Supuestos
Objetivo: Contribuir hacia una mejor comprensión sobre los vínculos entre la migración y los ODS. % de personas que declaran haber obtenido un mayor conocimiento sobre los vínculos entre la migración y los ODS. Cuestionarios de evaluación. 0.00 70.00  
Efecto 1: El proyecto contribuye hacia una mejor formulación de políticas migratorias basadas en datos empíricos sobre los desafíos de la población migrante en España. Numero de estudios producidos que analizan los principales desafíos de la población migrante en España y sus vínculos con los ODS. Numero de estudios producidos. 0.00 1.00 El estudio elaborado por la OIM incorpora parámetros que visibilizan de manera clara el vínculo entre la migración y los ODS
Producto 1.1: Se realizan encuestas con población migrante residente en España de manera regular, que identifican sus principales desafíos y vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS. # encuestas realizadas con población migrante en situación administrativa regular. Numero de encuestas realizadas. 0.00 1000.00 Se forma un Comité de Selección Mixto entre SEA2030 y OIM España para la identificación y selección de las asociaciones de migrantes.
# de sesiones formativas dirigidas a asociaciones de migrantes sobre la metodología de trabajo y técnicas para la realización de encuestas. Numero de sesiones formativas llevadas a cabo. 0.00 1.00
Actividades que conducen al Producto 1.1:

– OIM España se coordina con la oficina de GMDAC para el desarrollo de la encuesta y la metodología.

– OIM España desarrolla unos TdR para la selección y subcontratación de asociaciones de migrantes, que apoyarán la realización de encuestas.

1.1.1 Elaboración de la encuesta y la metodología de trabajo.
1.1.2 Selección y subcontratación de asociaciones de inmigrantes.
1.1.3 Sesiones formativas dirigida a las asociaciones de inmigrantes seleccionadas.
1.1.4 Realización de las encuestas.
1.1.5 Análisis de los resultados.
Producto 1.2: Se realizan encuestas con población migrante en situación administrativa irregular, que buscan identificar sus perfiles y las principales vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS. # encuestas realizadas con población migrante en situación administrativa irregular. Numero de encuestas realizadas. 0.00 1000.00 La oficina de la OIM lleva a cabo la realización de las encuestas con personas migrantes en situación administrativa irregular.
Actividades que conducen al Producto 1.2: – OIM España se coordina con los equipos de DTM para adaptar el contenido de la encuesta para los fines del proyecto.
1.2.1 Adaptación de la encuesta y la metodología de trabajo.
1.2.2 Realización de las encuestas.
1.2.3 Análisis de los datos.
Producto 1.3: El estudio producido, se presenta en un acto institucional con la participación de expertos internacionales en la materia. # de personas que acuden al acto de presentación del estudio. Listado de participantes. 0.00 30.00 La OIM España y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, se coordinan para la celebración del acto.
Actividades que conducen al Producto 1.3: – La Oficina de la OIM España gestiona la participación de expertos internacionales en este acto.
1.3.1 Preparación y celebración de un acto de presentación del informe.

7. Plan de Trabajo

Actividad Parte responsable Calendario - Meses
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
Producto 1.1: Se realizan encuestas con población migrante residente en España de manera regular, que identifican sus principales desafíos y vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS.
1.1.1 Elaboración de la encuesta y la metodología de trabajo. OIM. X X                
1.1.2 Selección y subcontratación de asociaciones demigrantes. OIM y SEA 2030. X X                
1.1.3 Sesiones formativas dirigida a las asociaciones de inmigrantes seleccionadas. OIM.     X              
1.1.4 Realización de las encuestas. OIM + Asoc. de migrantes.       X X X X      
1.1.5 Análisis de los resultados. OIM.               X X  
Producto 1.2: Se realizan encuestas con población migrante en situación administrativa irregular, que buscan identificar sus perfiles y las principales vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS.
1.2.1 Adaptación de la encuesta y la metodología de trabajo. OIM. X X                
1.2.2 Realización de las encuestas. OIM.     X X X X X      
1.2.3 Análisis de los datos. OIM.               X X  
Producto 1.3: El estudio producido, se presenta en un acto institucional con la participación de expertos internacionales en la materia.
1.3.1 Preparación y celebración de un acto de presentación del informe. OIM y Donante.                   X
ANEXO B
Presupuesto
Descripción Unidad Núm. de unidades Costo unitario

Total parcial

Euros

A. Gastos de Personal.        
Gastos de personal técnico y finanzas.       71.721,90
B. Gastos de Oficina.        
Gastos de oficina, material, suministros, servicios y gastos de viaje y oficina.       14.765,02
C. Gastos Operativos.        
Resultado 1.1 Se realizan encuestas con población migrante residente en España de manera regular, que identifican sus principales desafíos y vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS. 50.000,00
Resultado 1.2 Se realizan encuestas con población migrante en situación administrativa irregular, que buscan identificar sus perfiles y las principales vulnerabilidades y su vínculo con los ODS y la EDS.
Resultado 1.3 El estudio producido, se presenta en un acto institucional con la participación de expertos internacionales en la materia. 3.700,00
        53.700,00
      Total (A+B+C): 140.186,92
  Ingresos por gastos generales a cargo de proyectos (7%): 9.813,08
    Total de los gastos: 150.000,00

El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 1 de julio de 2022, fecha de la última de sus firmas, según se establece en su Cláusula 18.

Madrid, 7 de julio de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 01/07/2022
  • Fecha de publicación: 16/07/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/2022
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 7 de julio de 2022.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Acuerdo de 17 de diciembre de 2009 (Ref. BOE-A-2012-5237).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Donaciones
  • Estadística
  • Extranjeros
  • Inmigración
  • Migraciones
  • Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
  • Organización de las Naciones Unidas
  • Programas

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