Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-11212

Resolución de 28 de junio de 2022, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao, para un programa de intercambio de las personas titulares de la beca de la Fundación Iberdrola España.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2022, páginas 95464 a 95465 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-11212

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao han suscrito una Adenda de prórroga, por un periodo de cuatro años, al Convenio de 25 de septiembre de 2018, del programa de intercambio de las personas titulares de la beca de la Fundación Iberdrola España, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al convenio inicial, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de junio de 2022.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Adenda de prorroga al Convenio suscrito con fecha 25 de septiembre de 2018 entre el Museo Nacional del Prado y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao para un programa de intercambio de las personas titulares de la beca de la Fundación Iberdrola España

En Madrid, a 27 de junio de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, como institución de acogida y procedencia (en adelante Museo del Prado), don Miguel Falomir Faus, con DNI n.º ***9655**, nombrado por Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, (BOE de núm. 66 de 18 de marzo) con domicilio en Madrid, Paseo del Prado, s/n y NIF 2828018-H, en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004 de 12 de marzo, en su artículo 7.2.l).

De otra parte, el director de la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, (en adelante Museo), don Miguel Zugaza Miranda, con DNI n.º ***6671**, interviene en nombre y representación del Museo, domiciliada en Bilbao (48009), Museo Plaza, n.º 2, y CIF G-95122321. Su representación para este acto deriva de la escritura de designación de director y delegación de facultades otorgada con fecha 22 de marzo de 2017 ante el notario de Bilbao, don Andrés María Urrutia Badiola, número 431 de su protocolo.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para este acto, en la representación que ostentan, y

MANIFIESTAN

I. Que el pasado 25 de septiembre de 2018 el Museo Nacional del Prado (en adelante el Museo del Prado) y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, (en lo sucesivo El Museo), formalizaron un convenio para promover la cooperación entre ambas instituciones, a través de la puesta en marcha de un programa de intercambio de las personas becadas por la Fundación Iberdrola España y que desarrollan su beca en los departamentos de restauración y conservación del Museo del Prado y del Museo.

II. Que estando vigente el compromiso de las partes en su desarrollo y continuación, las partes han decidido acordar su prórroga expresa para dar cumplimiento a lo pactado, y a tal fin;

ACUERDAN

Primero. Prorrogar el Convenio de 25 de septiembre de 2018 (REOICO de 10 de octubre de 2018 y BOE núm. 253, de 19 de octubre de 2018).

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en la letra h) punto 2.º del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y clausula decimosexta del convenio, el convenio entre el Museo del Prado y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao queda prorrogado por un periodo de cuatro años.

Segundo. Permanencia inalterada del resto del clausulado del Convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio formalizado por ambas partes con fecha 25 de septiembre de 2018.

Tercero. Validez y eficacia de la presente adenda.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad las partes firman la presente Adenda por duplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional del Prado, el Director, Miguel Falomir Faus.–Por el Museo de Bellas Artes de Bilbao, el Director, Miguel Zugaza Miranda.

La presente adenda al Convenio ha sido informada favorablemente por los Servicios Jurídicos del Estado con fecha 11 de mayo de 2022 y Autorizado por la SGT del Ministerio de Hacienda, el 31 de mayo de 2022, de acuerdo con los preceptos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid