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Documento BOE-A-2022-10963

Resolución de 30 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Entidad Pública Empresarial Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para la organización de un evento postal y filatélico internacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 2 de julio de 2022, páginas 93347 a 93360 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2022-10963

TEXTO ORIGINAL

El Subsecretario del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Directora General de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda Entidad Pública Empresarial M.P., han suscrito un convenio para la organización de un evento postal y filatélico internacional.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 30 de junio de 2022.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Entidad Pública Empresarial Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para la organización de un evento postal y filatélico internacional

30 de mayo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, don Jesús M. Gómez García, Subsecretario del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, nombrado para dicho cargo en virtud del Real Decreto 513/2018, de 18 de junio, y actuando en el ejercicio de las competencias que le delega la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el apartado quinto.1.A) de la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.

Y de otra parte, doña María Isabel Valldecabres Ortiz, como Directora General, cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 726/2021, de 3 de agosto, BOE núm. 185, de 4 de agosto de 2021, en nombre y representación de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda Entidad Pública Empresarial Medio Propio (en adelante, FNMT–RCM), según resulta del artículo 19 de su Estatuto, teniendo esta Entidad su domicilio institucional en Madrid, calle Jorge Juan, número 106, y código de identificación Q28/26004–J.

La Entidad está regulada por la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 1114/1999, de 25 de junio, y modificado por el Real Decreto 199/2009, de 23 de febrero; por el Real Decreto 390/2011, de 18 de marzo, y por el Real Decreto 336/2014, de 9 de mayo; estando adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, en virtud del artículo 18.12.b) del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad para obligarse y convenir y actuando en virtud de las competencias que cada uno ostenta y legitimados para la firma del presente convenio

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 90.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas permite el uso de bienes del Patrimonio del Estado por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, por plazo inferior a treinta días, sin necesidad de recabar el previo informe favorable de la Dirección General del Patrimonio, o cuando sean destinados a la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos.

Segundo.

Que, la Entidad Pública Empresarial Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), organismo público, entidad pública empresarial, que realiza actividades de interés general, dispone de espacios susceptibles de utilización temporal para el cumplimiento de fines o funciones públicas entre los que se encuentran diversas salas, auditorios y otras dependencias situadas en la superficie no industrial del edificio de dominio público de la FNMT-RCM, sito en la calle Jorge Juan, núm. 106 de Madrid.

Tercero.

Que la Dirección General de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda aprobó mediante Acuerdo las condiciones de utilización para la explotación marginal de espacios ocasionalmente no necesarios para los servicios de la FNMT-RCM, en el edificio público de su domicilio institucional: Calle Jorge Juan, n.º 106, de Madrid, que se adjuntan como anexo I y que serán de aplicación al presente Convenio.

Cuarto.

Que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda tiene una vinculación importante con el sector postal, particularmente en lo que se refiere al diseño y fabricación de sellos y demás productos filatélicos que requieren de un alto grado de seguridad, tanto en cuanto a las características de su fabricación y tecnología empleada, como en lo concerniente a la seguridad de sus instalaciones.

Quinto.

Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (el Ministerio) tiene entre sus competencias, la definición de las políticas de desarrollo del servicio postal universal; la elaboración de las disposiciones de carácter general en materia postal; el seguimiento e información sobre las políticas comunitarias y las de cooperación al desarrollo en materia postal y la participación en organizaciones postales nacionales e internacionales.

Sexto.

Que en el ejercicio de estas funciones el Ministerio tiene previsto organizar un evento postal y filatélico internacional que reunirá a la Unión Postal para las Américas, España y Portugal (UPAEP) y al European Committee for Postal Regulation (CERP) en Madrid los días 28, 29 y 30 de junio y el 1 de julio del presente año.

Séptimo.

Que el Ministerio está interesado en utilizar las instalaciones, equipamientos y servicios disponibles de la FNMT-RCM en las condiciones establecidas en el Acuerdo de la Dirección General de Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda anteriormente citado.

Por cuanto antecede, ambas partes formalizan el presente convenio para la organización de un evento postal y filatélico de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El objeto del presente convenio es la celebración en las instalaciones de la FNMT-RCM de eventos postales y filatélicos durante los días 28, 29 y 30 de junio y 1 de julio de conformidad con lo establecido en las siguientes cláusulas y el Programa de actos propuesto por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, como organizador, promoverá y coordinará a su cargo el diseño del Programa, que se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

– Día 28 de junio: Sesión plenaria del Comité Europeo para la Regulación Postal, en horario de 9:00 a 18:00, con una asistencia aproximada de 90 personas.

– Día 29 de junio: Sesión conjunta del Comité Europeo para la Regulación Postal, Unión Postal Universal, Unión Postal de las Américas, España y Portugal y Grupo Europeo de Reguladores Postales, en horario de 9:00 a 18:00, con una asistencia aproximada de 180 personas.

– Día 30 de junio: Foro de Regulación Postal de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal, en horario de 9:00 a 18:00, con una asistencia aproximada de 60 personas.

– Día 1 de julio: Foro de Regulación Postal de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal, en horario de 9:00 a 14:30, con una asistencia aproximada de 60 personas.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana gestionará el Programa y asumirá los gastos de las contrataciones necesarias que la FNMT-RCM realizará con terceros. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana coordinará y/o acordará los textos e imágenes necesarios para la realización de los avisos, carteles y demás documentación relacionada con el Programa de eventos, para lo cual podrá contar con la colaboración de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana responderá y exonerará de responsabilidad a la FNMT-RCM, frente a cualesquiera reclamaciones realizadas por terceros relacionadas con el Programa y la actividad a desarrollar y, en especial, las relacionadas con los contenidos, así como frente a posibles reclamaciones referidas a derechos de propiedad industrial o intelectual.

Segunda.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda autoriza y cede el uso de las instalaciones y los equipamientos necesarios para la organización del evento postal y filatélico indicado en el expositivo sexto y en la cláusula primera de este Convenio, aportando la logística, los servicios y los medios humanos de acuerdo con las especificaciones que se indican en el anexo II del presente Acuerdo.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana acepta, como interesado, de forma incondicionada y sin reserva alguna, las condiciones de utilización de las Salas que la FNMT-RCM pone a disposición, para la realización del evento que se unen a este convenio como anexo I.

Tercera.

La FNMT-RCM se compromete a colaborar para el adecuado desarrollo del evento y a adoptar cuantas medidas de seguridad y vigilancia sean necesarias durante la celebración del mismo, en particular las referidas al control y prevención del COVID-19 de acuerdo con las medidas sanitarias establecidas en el momento de la celebración.

Cuarta.

La FNMT-RCM organizará una visita a sus instalaciones para todos los asistentes al evento en la que se explique el proceso de fabricación de sellos y demás efectos de franqueo con el fin de promover y promocionar la filatelia como elemento distintivo del sector postal. La realización de esta visita queda limitada a las áreas de acceso que sea posible la visita de acuerdo con el Protocolo de Seguridad establecido al efecto y las normas del Departamento productivo, y sometida al obligado cumplimiento de la normativa de Seguridad de la FNMT-RCM sobre acceso a las instalaciones y tránsito de personal ajeno.

Quinta.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana asumirá los gastos que se generen en la organización y desarrollo del evento. El importe de la contraprestación se determinará en función de los precios detallados en el anexo III y del número de asistentes, sin que pueda exceder de 29.297,70 euros. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 17.03.451N.226.06, a cuyo cargo se ha efectuado la oportuna retención de crédito.

Una vez finalizado el evento la FNMT-RCM emitirá una factura detallada correspondiente a los gastos asumidos por la celebración de este para su abono por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Sexta.

El Ministerio, a través de la Subdirección General de Régimen Postal, colaborará con la FNMT-RCM en el desarrollo de los eventos aportando cuanta información sea necesaria en relación con los asistentes a los distintos actos y con el desarrollo de las reuniones, según el Programa propuesto.

Asimismo, el Ministerio, al objeto de una mejor coordinación, informará oportunamente a la FNMT-RCM de cualquier modificación que pudiera producirse sobre la previsión de los eventos, particularmente en lo que se refiere al número de asistentes, a los servicios de atención protocolaria, azafatas, interpretación simultánea y cualquier otro servicio conexo que pudiera afectar al normal desarrollo de la organización del evento postal y filatélico indicado en el expositivo sexto.

Séptima.

Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de lo establecido en el presente Convenio se creará una Comisión de Seguimiento que estará constituida por dos representantes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y dos representantes de la FNMT-RCM, que se comunicarán por ambas partes en el plazo de cinco días posteriores a la firma del presente Convenio.

Esta Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces sea necesario, a solicitud de cualquiera de sus miembros, para el seguimiento de las actuaciones y para resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de las cláusulas del convenio.

Octava.

El presente convenio se regirá por lo dispuesto en este documento y en el acuerdo de la Dirección General de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), por el que se aprueban las condiciones de utilización para la explotación marginal de espacios ocasionalmente no necesarios para los servicios de la FNMT-RCM, en el edificio público de su domicilio institucional: Calle Jorge Juan, n.º 106, de Madrid.

Novena.

El presente convenio podrá ser resuelto por mutuo acuerdo de las partes o por incumplimiento grave por cualquiera de las mismas de las obligaciones establecidas en este convenio, previamente puesto de manifiesto mediante comunicación escrita fehaciente.

Décima.

Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del contenido del presente convenio, serán resueltas, en el seno de la Comisión de Seguimiento.

Si no hubiera acuerdo, las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Undécima.

Este Convenio, que tiene naturaleza administrativa, entrará en vigor el mismo día de su firma, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y estará vigente mientras subsistan obligaciones de las partes.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana gestionará la publicación del presente convenio en el «Boletín Oficial del Estado» y su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público, de acuerdo con lo establecido en la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre.

En prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Subsecretario del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús M. Gómez García.–La Directora General de la Entidad Pública Empresarial Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, María Isabel Valldecabres Ortiz.

ANEXO I

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ANEXO II
Condiciones del convenio de prestación de servicios para la organización de un evento postal y filatélico internacional

El evento se celebrará los días 28, 29 y 30 de junio y 1 de julio, en los horarios y con el número de asistentes que se indican seguidamente:

– Día 28 de junio: 9:00 h-18:00 h (asistencia: 90 personas aproximadamente).

– Día 29 de junio: 9:00 h-18:00 h (asistencia: 180 personas aproximadamente).

– Día 30 junio: 9:00 h-18:00 h (asistencia: 60 personas aproximadamente).

– Día 1 julio: 9:00 h-14:30 h (asistencia: 60 personas aproximadamente).

I. Salas y espacios para la celebración del evento. Los espacios necesarios para la celebración del evento durante las cuatro jornadas serán los siguientes:

– Sala «Auditorio» para la celebración de las reuniones.

– Sala Goya para las pausas del café y almuerzo de trabajo incluyendo el uso de la cocina y de la zona office para la preparación del catering.

– Sala Colón o Sala del Consejo, los días 29 y 30 de junio para reuniones restringidas puntuales de no más de quince participantes.

– Zona de entrada. Se incluirán aquellos servicios y medios que permitan gestionar el control de acceso.

– Zona de información, asistencia, registro y acreditaciones. Debe disponer de espacio suficiente para la acreditación en tiempo real y la recepción/recogida de acreditaciones previas. Incluirá un puesto de registro compuesto por un ordenador, una impresora, y los correspondientes suministros de electricidad y conexiones (cable de comunicación/WiFi).

– Zona de guardarropía. Espacio disponible para dejar los enseres personales (maletas, bolsos, mochilas, etc.).

II. Disposición y servicios audiovisuales de la sala Auditorio durante los eventos. La sala Auditorio será donde se celebren las reuniones principales del evento. Su configuración variará según el día y asistentes:

Durante las jornadas de los días 28, 30 y 1 de julio, la disposición será la siguiente:

– Mesa individual o la equivalente corrida con silla para cada participante.

– Mesa de ponencia sobre tarima con siete puestos con micrófono.

– Atril individual anexo a la zona de ponentes con micrófono.

– Un monitor, sincronizado con el ordenador portátil que se utilizará para las presentaciones, visible desde la mesa de ponencia.

– Pantalla de proyección, sincronizado con el ordenador portátil que se utilizará para las presentaciones, visible por todos los asistentes en el Auditorio.

– Tres micrófonos de lápiz y un puntero láser.

– Puntos conexión eléctrica individuales o en regleta disponibles desde cada mesa.

– Wifi para los asistentes.

– Un técnico de soporte presencial técnico.

Para la jornada del día 29, la configuración será como la anterior excepto en los siguientes aspectos:

– La mesa de ponencia será sustituida por una formación de siete sillones y mesas bajas (formación tipo Davos), con un atril a un lado. Para esta mesa habrá disponibles siete micrófonos de «pinza» y uno fijo en el atril.

– Dependiendo del número de asistentes las mesas individuales podrán ser sustituidas por sillas pupitre.

III. Otros servicios conexos y de atención protocolaria:

a) Habrá una pausa café por la mañana y otra por la tarde durante los cuatro días del evento, excepto el último día (1 de julio) que será sólo por la mañana, y un almuerzo de trabajo que se servirá en las mismas instalaciones.

A tal efecto se habilitarán los espacios necesarios debidamente equipados con mesas y sillas para los asistentes y con los elementos adecuados para su preparación.

Se suministrarán los siguientes alimentos y bebidas:

– Pausa-café: Incluirá café, leche, fruta, bollería variada por la mañana y pastas variadas por la tarde. Se dispondrá del personal suficiente para su servicio y colocación en el espacio habilitado para ello.

– Almuerzos: Se realizarán cuatro almuerzos de tipo cóctel con gran variedad de canapés fríos y calientes. Se dispondrá del personal suficiente para su servicio y colocación en el espacio habilitado para ello.

– Provisión de botellas de agua y vasos para cada sesión de mañana y tarde en el espacio habilitado para ello.

b) Será necesaria la presencia de azafatas con dominio del idioma inglés. Los días 28 y 29 de junio se necesitarán tres azafatas y los días 30 de junio y 1 de julio se necesitará una azafata.

c) Será preciso contar con un servicio de traducción de francés a inglés el día 28 de junio y de español a inglés y viceversa el día 29 de junio. El servicio incluirá cabinas insonorizadas para el servicio de interpretación con los transmisores necesarios y los cascos auriculares suficientes en función del número de asistentes.

d) Se facilitarán tarjetas de identificación con su correa a cada participante y se instalarán carteles indicativos del evento. Además, en cada mesa y jornada, serán colocados carteles con el nombre del país u organización.

e) Cada mesa dispondrá, al comienzo de cada jornada, de un cuaderno de notas y un bolígrafo. Los asistentes recibirán, además, en el momento de la inscripción una carpeta con un cuaderno y bolígrafo en su interior junto con un pendrive.

f) Se dispondrá de un servicio de seguridad adecuado al número y posición de los participantes al evento.

ANEXO III
Costes del convenio de prestación de servicios para la organización de un evento postal y filatélico internacional

Los costes del convenio de prestación de servicios para la realización del evento postal según las condiciones establecidas en el anexo II serán:

Concepto

Precio (importes máximos)

Euros

Importe total

Euros

Cesión de salas y espacios para la celebración del evento. 0,00 0,00
Servicios audiovisuales. 4.660,00 4.660,00
Servicios de traducción. 5.342,00 5.342,00
Servicios atención protocolaria:    
– Día 28 junio (90 personas). 38,17 por persona. 3.435,30
– Día 29 junio (180 personas). 38,17 por persona. 6.870,60
– Día 30 junio (60 personas). 42,57 por persona. 2.554,20
– Día 1 Julio (60 personas). 34,76 por persona. 2.085,60
Servicio de azafatas. 1.550,00 1.550,00
Tarjetas identificativas, cartelería y material de escritura. 2.800,00 2.800,00
Servicio de seguridad. 0,00 0,00
Otros servicios (Seguro de responsabilidad civil, limpieza…). 0,00 0,00
  Total.   29.297,70

Importes en euros, IVA incluido.

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