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Documento BOE-A-2022-10580

Resolución de 16 de junio de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en la Dirección General de la Policía.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 27 de junio de 2022, páginas 89930 a 89998 (69 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2022-10580

TEXTO ORIGINAL

Existiendo puestos de trabajo vacantes en la Dirección General de la Policía, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a cabo por el procedimiento de concurso de méritos, esta Subsecretaría, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como en cumplimiento de lo dispuesto en el I Acuerdo de movilidad del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado, publicado por Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE del 20 de noviembre de 2018), previa aprobación de la Secretaría de Estado de Función Pública, ha dispuesto convocar concurso general para cubrir las vacantes que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases.

El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 (BOE 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

Bases de la convocatoria

Primera. Participación.

De acuerdo con lo dispuesto en los apartados a) y c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, así como el artículo 41.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el suspenso en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúna el resto de los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de toma de posesión en el puesto adjudicado.

Los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos.

En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos que hace especialmente necesario atender criterios de eficiencia en la distribución del personal:

– Los funcionarios y las funcionarias que presten servicio en las Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal o en el Fondo de Garantía Salarial, solo podrán participar en el presente concurso cuando cuenten con al menos, un periodo de seis años de servicios en dichos destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

– Los funcionarios y las funcionarias destinados en las Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal que realicen funciones relacionadas con la gestión y/o reconocimiento de las prestaciones por desempleo, solo podrán participar en el presente concurso cuando cuenten con al menos, un periodo de seis años de servicios en dichos destinos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A efectos del cómputo del período de seis años de servicios, se acumulará, en su caso, el tiempo de desempeño de puestos en los ámbitos señalados del Servicio Público de Empleo Estatal y en el Fondo de Garantía Salarial.

Lo establecido en los apartados anteriores será de aplicación también a las personas que se encuentren en situación administrativa distinta al servicio activo pero tengan su puesto de reserva en los citados destinos.

– Los funcionarios y las funcionarias que presten servicios o que, encontrándose en situación administrativa distinta al servicio activo, tengan reservado alguno de los siguientes puestos del Ministerio de Política Territorial, solo podrán participar en la presente convocatoria de concurso cuando cuenten con al menos un período de seis años de servicios en dichos destinos, anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

• Jefe/Jefa de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de Drogas en las Áreas y Dependencias de Sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

• Inspector/Inspectora de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

• Coordinador/Coordinadora de Inspección de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Los funcionarios y las funcionarias, aun perteneciendo a Cuerpos o Escalas de determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).

Los funcionarios y las funcionarias de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o Escalas.

Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá a ese Departamento conceder la referida autorización.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuarto.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la previa autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.

Segunda. Situaciones administrativas de los participantes.

1. Los funcionarios y las funcionarias deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de aquélla, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública y en el de supresión de su puesto de trabajo.

2. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicio en otras Administraciones Públicas, artículo 88 Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado, hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto.

3. Los funcionarios y las funcionarias en excedencia voluntaria por interés particular (art. 89.2 del Estatuto Básico del Empleado Público) y en excedencia voluntaria por agrupación familiar (art. 89.3 del citado Estatuto), sólo podrán participar si al término del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido al menos dos años desde el inicio en dicha situación.

4. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia por cuidado de familiares y en servicios especiales con derecho a reserva de puesto (arts. 89.4 y 87 del Estatuto Básico del Empleado Público), sólo podrán participar si a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 20.1.f de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

5. Los funcionarios y las funcionarias que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en destino definitivo para poder concursar.

6. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren ocupando puestos en adscripción provisional, ya sea por reingreso, cese, remoción o supresión del puesto que venían ocupando, estarán obligados a participar en este concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos, el puesto que ocupan en adscripción provisional, de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En el caso de que no solicite el puesto que ocupa en adscripción provisional, el Ministerio no estará obligado a asignarle un puesto de trabajo en la misma localidad si el puesto fuera adjudicado en este concurso.

7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia forzosa está obligado a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.

Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, ajustándose a los modelos publicados como Anexos a esta Resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona (Recursos Humanos/Mis servicios de RR.HH.), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.

En el caso de que la persona concursante no pueda acceder en su puesto de trabajo a estos medios, lo pondrá en conocimiento de la Unidad de Personal del Ministerio u Organismo donde presta servicios, la cual le deberá facilitar dicho acceso. Si ello no resultara posible por causas técnicas o de otra índole, la citada Unidad de Personal informará a la persona concursante que la instancia la puede presentar cumplimentando el Anexo II que aparece publicado en la página web del Ministerio del Interior y dirigirlo a dicha Unidad de Personal, la cual asumirá la tramitación de la solicitud. En todo caso, se garantizará el derecho de las personas concursantes a presentar su solicitud de participación en el concurso.

Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal será admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso, podrá presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud electrónica.

El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de exclusión de la participación en el concurso.

Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser tenidos en cuenta.

La participación en este concurso requerirá la presentación de los siguientes documentos:

– Anexo II: Solicitud de participación.

– Anexo III: Certificado de méritos generales, expedido por el órgano competente en materia de personal.

– Anexo IV: Certificado/s de méritos específicos expedido/s por el/los Centro/s de trabajo donde el candidato o candidata haya prestado sus servicios.

– Anexo V: Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al Sistema de Verificación de Datos de Residencia (conciliación por cuidado de familiar).

– Anexo V bis: Consentimiento del funcionario o funcionaria en nombre del hijo/a menor para realizar consultas al Sistema de Verificación de Datos de Residencia (conciliación por cuidado de hijos e hijas).

Los modelos de los anexos II, III, IV, V y V bis para imprimir y cumplimentar se encuentran disponibles en la página web del Departamento

http://www.interior.gob.es/es/web/servicios-al-ciudadano/procesos-selectivos (apartado concurso de traslados personal funcionario).

Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que en ellos se contienen.

2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.

3. En el supuesto de estar interesadas dos personas que reúnan los requisitos exigidos en las vacantes anunciadas para un mismo municipio, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyan en sus solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus solicitudes.

Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su solicitud (Anexo II) y, en su caso, acompañar fotocopia de la petición de la otra persona solicitante.

Cuarta. Baremo de valoración.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos (Anexo III) podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el justificante de su solicitud formulada en plazo.

La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo, de 25 puntos.

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

I. Méritos generales.

La valoración máxima de esta primera fase no podrá ser superior a 80 puntos.

1. Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma:

– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.

– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.

– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 6 puntos.

– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 4 puntos.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario, cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.

En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.

El funcionario o la funcionaria que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la Base Quinta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el Anexo III.

2. Valoración del trabajo desarrollado.

Por el desempeño de puestos de trabajo en el Cuerpo o Escala desde el que se participa durante los últimos cinco años (sesenta meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, se valorará hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,4 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,3 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,2 puntos por mes trabajado.

Por el desempeño de puestos de trabajo en la misma área funcional que aquella a la que se encuentra adscrita la plaza o plazas solicitadas, se otorgará una puntuación adicional de 1 punto. A efectos de la valoración del mérito de trabajo desarrollado, se considerará misma área funcional los puestos de trabajo pertenecientes a la Dirección General de la Policía.

A efectos de la valoración del mérito trabajo desarrollado:

– Se valorarán únicamente los puestos desempeñados como personal funcionario de carrera del Cuerpo o Escala desde el que se concursa.

– Al personal funcionario cesado en puestos de libre designación, removido de puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre pendiente de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a su grado personal consolidado.

– A los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas (artículo 88 del Estatuto Básico del Empleado Público), se les considerará, durante el tiempo de permanencia en dicha situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participan, se les valorará el nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.

El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares regulado en el artículo 89.4 del Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.

3. Cursos de formación o perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento ya sean recibidos y/o impartidos se valorarán hasta un máximo de 10 puntos.

Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, no pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración, no serán objeto de valoración.

Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, se otorgará hasta 9 puntos con la siguiente distribución:

– Para cursos de formación con una duración de 15 a 29 horas: 3 puntos.

– Para cursos de formación con una duración de 30 a 59 horas: 4 puntos.

– Para cursos de formación con una duración de 60 o más horas: 6 puntos.

Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento siempre que ésta haya sido acreditada, hasta 6 puntos, con la siguiente distribución:

– Inferior a 2 horas: 2 puntos.

– Igual o superior a 2 horas: 3 puntos.

– Igual o superior a 5 horas: 4 puntos.

– Igual o superior a 8 horas: 6 puntos.

En cada puesto serán valorados un máximo de tres cursos. Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado o impartido.

No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que pueda corresponder.

– Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su duración sea de 15 o más horas.

– El plazo máximo de validez de los cursos relacionados con las tecnologías de la información y ofimática, así como de aquellos relativos a materias en las que la obsolescencia de los contenidos así lo recomiende, será de 8 años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4. Antigüedad.

Se valorará a razón de 0,84 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 25 puntos.

Computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera, al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.

No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

5. Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral sólo serán objeto de valoración cuando se concurse desde la situación de servicio activo o desde otra situación distinta en la que se tenga derecho a reserva de puesto.

En el caso de que se aleguen causas relativas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral para la adjudicación de un puesto en distinta localidad, se deberán solicitar la totalidad de los puestos de trabajo que se convocan en esa localidad, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo.

En caso contrario, esto es, si no se solicitan todos los puestos de esa localidad, los supuestos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral sólo serán objeto de valoración para la posible adjudicación de las plazas que tengan igual o inferior nivel de complemento de destino que el puesto que se está desempeñando o aquel que se tenga reservado, en caso de que se concurse desde situación distinta al servicio activo con derecho a reserva de puesto.

De no existir cambio de localidad, habrán de solicitarse todos los puestos que se convoquen en el mismo centro de trabajo (cuando se alegue cercanía) o con la misma jornada u horario (cuando se alegue esta circunstancia), y para los que se cumplan los requisitos.

En caso contrario, esto es, si no se solicitan todos los puestos adscritos al mismo centro de trabajo o con la misma jornada u horario, los supuestos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral sólo serán objeto de valoración para la posible adjudicación de las plazas que tengan igual o inferior nivel de complemento de destino que el puesto desempeñado o aquel que se tenga reservado, en caso de que se concurse desde situación administrativa distinta a la de servicio activo con derecho a reserva de puesto.

Los supuestos relativos a esta materia se valorarán con un máximo de 10 puntos, de acuerdo con la distribución que se recoge a continuación:

5.1 Destino previo del cónyuge funcionario o de la cónyuge funcionaria.

Cuando el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria haya obtenido destino definitivo mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto, se valorará en sentido positivo en función del tiempo de separación de los cónyuges, con un máximo de 5 puntos, de la siguiente forma:

– Si han transcurrido más de 5 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 5 puntos.

– Si han transcurrido más de 4 y hasta 5 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 4 puntos.

– Si han transcurrido más de 3 y hasta 4 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 3 puntos.

– Si han transcurrido más de 2 y hasta 3 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 2 puntos.

– Si han transcurrido más de 1 y hasta 2 años desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 1 punto.

– Si ha transcurrido hasta 1 año desde la obtención del destino definitivo, se valorará con 0,5 puntos.

A estos efectos, no se otorgará puntuación a aquellos supuestos en los que el participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde tiene destino el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria.

En el caso de que el destino definitivo del cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria se haya obtenido con anterioridad a la fecha del matrimonio, se computará desde la fecha de éste.

En el caso de que la persona solicitante hubiera estado destinada en la misma localidad que su cónyuge y con posterioridad hubiera obtenido destino en localidad distinta, el tiempo se computará desde esta última fecha.

5.2 Cuidado de hijos e hijas o de familiares.

a) El cuidado de hijos e hijas, tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo o la hija cumpla doce años, siempre que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos solicitados permiten una mejor atención del menor, se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos, de la siguiente forma:

La valoración de los 3 supuestos siguientes es excluyente entre sí:

1. Se valorarán con 3 puntos aquellos supuestos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinta provincia.

2. Se valorarán con 2 puntos aquellos supuestos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinto municipio de la misma provincia.

3. Se valorarán con 1 punto aquellos supuestos, no incluidos en los apartados anteriores, en los que la plaza por la que opta suponga una mejora de la conciliación porque permita una mejor atención del menor o menores, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.

A efectos de valoración de los supuestos contemplados en los anteriores apartados 1 y 2, no se otorgará puntuación en aquellos supuestos en los que el participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde reside el menor o menores objeto de cuidado, aunque su puesto de destino definitivo se encuentre en diferente municipio, sin perjuicio de la posible valoración, en su caso, del supuesto contemplado en el apartado 3 anterior.

Se otorgará una valoración adicional en los siguientes casos, siempre sin superar el límite máximo establecido para la valoración del cuidado de hijos e hijas, siendo los siguientes supuestos compatibles entre sí:

– Cuando el hijo o la hija menor objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33%: 0,5 puntos.

– Cuando el hijo o la hija menor objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 75%: 1 punto.

– Cuando se trate de una familia monoparental: 1 punto.

– Cuando se trate de una familia numerosa de categoría general: 0,5 puntos.

– Cuando se trate de una familia numerosa de categoría especial: 1 punto.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de un familiar.

b) El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, que se acceda desde un municipio distinto, y que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos que se solicitan permiten una mejor atención del familiar, se valorará con un máximo de 5 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Primer grado de consanguinidad o afinidad: 4 puntos.

b) Segundo grado de consanguinidad o afinidad: 3 puntos.

Se otorgará una valoración adicional de 1 punto, cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 75%.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos e hijas.

No se otorgará puntuación en aquellos casos en los que el participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde reside el familiar objeto de cuidado.

II. Méritos específicos.

Se valorarán los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto de trabajo conforme se determina en el Anexos I hasta un máximo de 20 puntos.

En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, estudios, experiencia necesaria, titulación, en su caso, y demás condiciones que garanticen la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo.

A estos efectos, se procederá a valorar como méritos específicos los conocimientos y/o experiencia adquiridos en el desarrollo de tareas o funciones propias de uno o varios puestos de trabajo únicamente cuando se hayan estado realizando durante seis meses o más.

El conocimiento de la lengua oficial propia de cada Comunidad Autónoma, en los puestos correspondientes a los perfiles 2 y 4, deberá acreditarse mediante la presentación del título, diploma o certificación expedida por centro público competente o por institución privada oficialmente homologada, expresivo del grado de conocimiento.

Quinta. Acreditación de los méritos.

La certificación de los méritos de los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes al Cuerpo o Escala desde el que participa.

Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo 56 de esta Ley Orgánica.

De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.

1. Méritos generales.

La certificación del grado personal consolidado, el trabajo desarrollado y los requisitos de los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse al Cuerpo o Escala desde el que participa. Se certificará toda la antigüedad que tengan reconocida y se valorarán los cursos certificados con independencia de la relación de servicios en que se hayan recibido o impartido.

Los méritos generales se acreditarán en el certificado de méritos Anexo III, que recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido de acuerdo con los siguientes supuestos:

a) La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o el Órgano competente en los Organismos, si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales.

b) Las Secretarías Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial.

c) La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de los funcionarios destinados en Madrid en ese Departamento Ministerial, y por los Delegados de Defensa cuando dichos funcionarios estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de Defensa.

d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que corresponda cuando se trate de los funcionarios que se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas.

e) La Unidad de Personal que corresponda en función del puesto de reserva del funcionario, cuando se encuentre en situación administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.

f) La Dirección General de la Función Pública para funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios. El Ministerio de adscripción correspondiente será el que expida esta certificación en el caso de funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos a otros Departamentos.

g) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A., en el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma.

h) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.

Para la valoración de los cursos que no estén incluidos en el Anexo III, se deberá aportar el correspondiente certificado.

Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

La documentación que se aporte para la valoración de este apartado deberá contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas.

a) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino previo del cónyuge funcionario, deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial.

– Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo obtuvo.

b) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como supuesto objeto de valoración el cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.

– Para los supuestos contemplados en el apartado I 5.2 a) de la Base Cuarta, consentimiento fehaciente de la persona que concursa, en representación de su hijo o de su hija menor, para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento, exclusivamente en relación al hijo o la hija menor, sean recabados de oficio, mediante la cumplimentación del Anexo V bis.

Para la consulta de los datos mencionados en el párrafo anterior, será necesario consignar el DNI del menor, si lo tuviera, o su nombre y apellidos, así como fecha y lugar de nacimiento.

Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora (Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre), la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado acreditativo del lugar de residencia de los menores.

– Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo de edad obligatoria de escolarización.

– Para el supuesto contemplado en el apartado I 5.2 a) 3 de la Base Cuarta, declaración de la persona solicitante justificando las razones que avalan que el cambio de puesto supone una mejor atención al menor, acompañada de los documentos acreditativos de tales razones (certificado acreditativo de la jornada laboral realizada en su puesto de trabajo de origen, matriculación del menor en un centro educativo cercano al puesto que se solicita, etc.).

– Documentación acreditativa de que el funcionario o la funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

– Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia.

– Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia del libro de familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento de la unidad familiar.

c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito el cuidado de un familiar deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la relación de consanguinidad o afinidad.

– Copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia. En su defecto, certificado médico oficial actualizado justificativo de la situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado.

– Consentimiento fehaciente del familiar dependiente para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que sus datos de empadronamiento sean recabados de oficio, cumplimentando el Anexo V de esta convocatoria. Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora, la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.

– Certificado que acredite que no se está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena y declaración de la persona dependiente de que no desempaña actividad retribuida alguna.

– Declaración de la persona solicitante justificando las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención al familiar, así como documentación que acredite fehacientemente esta declaración. Declaración que podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de Valoración dispone de documentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha declaración o no quede suficientemente justificada a criterio de la Comisión de Valoración las razones que se alegan.

2. Méritos específicos.

El certificado para la valoración de los méritos específicos habrá de ser expedido en el modelo del Anexo IV de esta convocatoria por la persona responsable o titular de la Unidad en la que se hayan realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican.

Se aportará la documentación justificativa de los méritos alegados que se considere necesaria.

Sexta. Consideraciones sobre la valoración de los méritos.

1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por los solicitantes, deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

2. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas.

3. En caso de empate en la puntuación se acudirá a lo dispuesto en el artículo 44.4 del citado Reglamento.

4. La valoración de los méritos se referirá a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.

5. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar todos los datos alegados por los interesados, con los existentes en el Registro Central de Personal así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración y consecuentemente modificar la puntuación otorgada.

Las discrepancias o dudas subsiguientes serán resueltas definitivamente según los datos aportados por el Registro Central de Personal.

6. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar del interesado la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, el Presidente de la Comisión de Valoración pedirá informe a los Centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la adaptación. De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes pertinentes.

7. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en cada caso, excepto cuando, como consecuencia de una reestructuración, se hayan amortizado o se encuentren en curso de modificación en sus características funcionales, orgánicas o retributivas ante la Comisión Interministerial de Retribuciones.

8. En virtud del artículo 45.5 del RD 364/1995, de 10 de marzo, la valoración de los méritos específicos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

Séptima. Comisión de valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:

– En representación de la Administración, la Subdirectora General de Recursos Humanos o persona en quien delegue, que actuará como Presidente/ Presidenta. El resto de Vocales serán designados entre funcionarios del Ministerio del Interior, de los que uno al menos será designado a propuesta del Centro Directivo al que figuren adscritos los puestos convocados. De entre los miembros designados en representación de la Administración, la autoridad convocante designará un Secretario/Secretaria.

– Un representante de cada una de las Organizaciones Sindicales que cumplan los requisitos establecidos en el párrafo tercero del artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, a propuesta de las mismas. Interesado el nombramiento, si no se formula la correspondiente propuesta en el plazo de 10 días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído de su opción.

El número de representantes de las Organizaciones Sindicales, no podrá ser igual o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de Asesores, actuarán con voz, pero sin voto.

A cada miembro titular de la Comisión de Valoración podrá asignársele un suplente que, en caso de ausencia justificada, le sustituirá con voz y voto.

Todos los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.

2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente convocatoria.

3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el concurso.

1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo a la mayor brevedad posible a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, preferiblemente mediante correo electrónico dirigido a proselfun@interior.es

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria y se abrirá un plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas.

Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web del Ministerio del Interior.

3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en el concurso se permitirá hasta la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración. De la fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.

4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados), se admitirá hasta el día anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.

Novena. Listados provisionales de valoración de méritos.

Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones provisionales otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de valoración de los méritos para los distintos puestos en la página web del Ministerio del Interior. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones.

Décima. Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría del Interior en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.

A los únicos efectos de computar los plazos establecidos en esta convocatoria, no se tendrá en consideración el mes de agosto.

2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.

3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y/o licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

No obstante, para los funcionarios que se encuentren en licencia por enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.

La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad competente a la que haya sido destinado el funcionario o funcionaria.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior.

Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria del Departamento podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.

Undécima. Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a un funcionario o funcionaria en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Duodécima. Publicación de la resolución del concurso.

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

Decimotercera. Recursos.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria del Interior en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 16 de junio de 2022.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.

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ANEXO I
N.º orden Código puesto Centro Directivo - Denominación puesto Localidad Nv/CD CE GR/SB ADM Cuerpo Observaciones Perfil
    MINISTERIO DEL INTERIOR                
    S. DE E. DE SEGURIDAD                
    D.G. DE LA POLICIA                
    DIRECCION ADJUNTA OPERATIVA                
1 2203250 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
2 3644179 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 4.370,24

C1

C2

AE EX11   1
3 1861923 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 3.771,74

C1

C2

AE EX11   1
4 4684404 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 3.771,74

C1

C2

AE EX11   1
    GABINETE TECNICO                
5 1242596 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE INFORMACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11 A.P 3
6 2405304 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
7 1177159 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 3.771,74

C1

C2

AE EX11   3
8 1310932 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE INFORMACION N16. MADRID - MADRID. 16 8.113,00

C1

C2

AE EX11 APC1 1
    S.G. DE LOGISTICA E INNOVACION                
9 1554267 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
10 1747638 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
11 4684204 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.870,32

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
    S.G. DE RECURSOS HUMANOS Y FORMACION                
12 3581993 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
    COMISARIA GENERAL DE POLICIA CIENTIFICA                
13 1316317 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
14 1695206 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
15 1497869 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 3.771,74

C1

C2

AE EX11   1
    COMISARIA GENERAL DE INFORMACION                
16 1695276 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
17 3393714 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
18 1547912 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 3.771,74

C1

C2

AE EX11   1
    COMISARIA GENERAL DE POLICIA JUDICIAL                
19 2157928 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
20 2466616 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
21 2496255 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
22 1249774 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 4.370,24

C1

C2

AE EX11   1
23 4684422 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 3.771,74

C1

C2

AE EX11   1
    COMISARIA GRAL. DE SEGURIDAD CIUDADANA                
24 1163518 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
25 2442863 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE INFORMACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11 A.P 3
26 1946928 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 3.771,74

C1

C2

AE EX11   3
    COM. GRAL.DE EXTRANJERIA Y FRONTERAS                
27 869156 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - MADRID. 18 4.947,74

C1

C2

A3 EX11 MA3 3
28 1879144 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
29 2603183 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
30 2981942 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
31 729605 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
    DIVISION DE COOPERACION INTERNACIONAL                
32 4684133 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
33 828023 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 4.370,24

C1

C2

AE EX11   1
34 4684144 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 3.771,74

C1

C2

AE EX11   1
    DIVISION DE DOCUMENTACION                
35 3919842 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - MADRID. 18 4.947,74

C1

C2

A3 EX11 MA3 3
36 4072266 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - MADRID. 18 4.947,74

C1

C2

A3 EX11 MA3 3
37 2857513 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 8.620,08

C1

C2

A3 EX11 APC1 1
38 3456063 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 8.620,08

C1

C2

A3 EX11 APC1 1
39 1470012 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
40 2227218 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
41 2236050 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
42 2821010 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
43 4218116 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
44 4328497 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
45 4403741 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
46 937098 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
    DIVISION DE FORMACION Y PERFECCIONAMIEN.                
47 2454634 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 4.370,24

C1

C2

AE EX11   1
48 2472480 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 4.370,24

C1

C2

AE EX11   1
49 3969558 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 4.370,24

C1

C2

AE EX11   1
50 4007808 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N16. MADRID - MADRID. 16 4.370,24

C1

C2

AE EX11   1
    DIVISION DE PERSONAL                
51 1762686 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
52 2450473 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
53 2505928 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
54 3071770 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE INFORMACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11 A.P 3
55 3806550 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
56 2986526 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 3.771,74

C1

C2

AE EX11   3
57 4079939 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 3.771,74

C1

C2

AE EX11   3
    DIVISION ECONOMICA Y TECNICA                
58 2910893 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
59 4684371 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
60 4684382 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO DE COORDINACION N18. MADRID - MADRID. 18 4.370,24

C1

C2

AE EX11   3
    ORGANIZACION PERIFER. D.G. DE LA POLICIA                
    JEFAT. SUP. POLICIA ANDALUCIA OCCIDENTAL                
61 2921727 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. SEVILLA - SEVILLA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
62 1112511 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - SEVILLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
63 1457399 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - SEVILLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
64 1628670 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - SEVILLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
65 2278291 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - SEVILLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
66 2304708 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - SEVILLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
67 2677531 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - SEVILLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
68 3280064 PUESTO DE TRABAJO N16. SEVILLA - SEVILLA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE CAMAS.                
69 1967953 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - CAMAS. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE DOS HERMANAS                
70 2923103 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - DOS HERMANAS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ECIJA                
71 2194250 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. SEVILLA - ECIJA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
72 4720859 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - ECIJA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE MORON DE LA FRONTERA.                
73 4180400 PUESTO DE TRABAJO N17. SEVILLA - MORON DE LA FRONTERA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
74 3905734 PUESTO DE TRABAJO N16. SEVILLA - MORON DE LA FRONTERA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
75 5072118 PUESTO DE TRABAJO N16. SEVILLA - MORON DE LA FRONTERA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE CADIZ                
76 1175335 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - CADIZ. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
77 1867811 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - CADIZ. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
78 2152060 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - CADIZ. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
79 4684606 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - CADIZ. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
80 4126301 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - CADIZ. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
81 4611721 PUESTO DE TRABAJO N16. CADIZ - CADIZ. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ALGECIRAS                
82 4684603 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - ALGECIRAS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
83 4685074 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - ALGECIRAS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE JEREZ DE LA FRONTERA                
84 3909069 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
85 4463412 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
86 1695152 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
87 3428588 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - JEREZ DE LA FRONTERA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL PUERTO STA.M.–PUERTO R.                
88 3443756 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CADIZ - PUERTO DE SANTA MARIA, EL. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
89 5192534 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - PUERTO DE SANTA MARIA, EL. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE SAN FERNANDO                
90 2241199 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - SAN FERNANDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
91 1410694 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - SAN FERNANDO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOCUM. CHICLANA F.                
92 2888305 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - CHICLANA DE LA FRONTERA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
93 3561985 PUESTO DE TRABAJO N17. CADIZ - CHICLANA DE LA FRONTERA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE CORDOBA                
94 1919935 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CORDOBA - CORDOBA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
95 2623368 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CORDOBA - CORDOBA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
96 1327581 PUESTO DE TRABAJO N17. CORDOBA - CORDOBA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE LUCENA-CABRA                
97 4350829 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CORDOBA - LUCENA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
98 4346850 PUESTO DE TRABAJO N17. CORDOBA - LUCENA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE HUELVA                
99 1350398 PUESTO DE TRABAJO N17. HUELVA - HUELVA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
100 4275665 PUESTO DE TRABAJO N17. HUELVA - HUELVA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
101 4442101 PUESTO DE TRABAJO N16. HUELVA - HUELVA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA ANDALUCIA ORIENTAL                
102 1017680 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GRANADA - GRANADA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
103 1114214 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GRANADA - GRANADA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
104 4451940 PUESTO DE TRABAJO N17. GRANADA - GRANADA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
105 4478355 PUESTO DE TRABAJO N17. GRANADA - GRANADA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
106 2489792 PUESTO DE TRABAJO N17. GRANADA - GRANADA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
107 5077086 PUESTO DE TRABAJO N15. GRANADA - GRANADA. 15 4.927,02

C1

C2

AM EX11

H.T

MA3

1
    COMISARIA LOCAL DE BAZA                
108 831194 PUESTO DE TRABAJO N16. GRANADA - BAZA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE MOTRIL.                
109 3639969 PUESTO DE TRABAJO N17. GRANADA - MOTRIL. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE ALMERIA                
110 4172584 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ALMERIA - ALMERIA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
111 4684746 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - ALMERIA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
112 1231374 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - ALMERIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
113 4659186 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - ALMERIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
114 5072185 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - ALMERIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
115 5072186 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - ALMERIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE EL EJIDO.                
116 2069394 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ALMERIA - DALIAS. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    UNIDAD DE EXTR. Y DOC. DE HUERCAL-OVERA                
117 5072188 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - HUERCAL-OVERA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTR.Y DOC. DE ROQUETAS DE MAR                
118 4330567 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - ROQUETAS DE MAR. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
119 4345689 PUESTO DE TRABAJO N17. ALMERIA - ROQUETAS DE MAR. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE JAEN                
120 2883656 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - JAEN. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
121 3522583 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - JAEN. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
122 3921367 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - JAEN. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
123 5072152 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - JAEN. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
124 1569257 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - JAEN. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
125 763404 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - JAEN. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ANDUJAR                
126 3766361 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - ANDUJAR. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE LINARES                
127 3334902 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. JAEN - LINARES. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
128 1568313 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - LINARES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
129 2194218 PUESTO DE TRABAJO N17. JAEN - LINARES. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE MALAGA                
130 2891215 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - MALAGA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
131 5072146 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - MALAGA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ANTEQUERA                
132 4208650 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - ANTEQUERA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ESTEPONA                
133 1650563 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - ESTEPONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
134 4675903 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - ESTEPONA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE FUENGIROLA                
135 3875944 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - FUENGIROLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE MARBELLA                
136 4050219 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MALAGA - MARBELLA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
137 1517264 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - MARBELLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
138 1151319 PUESTO DE TRABAJO N17. MALAGA - MARBELLA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE TORREMOLINOS-BENALM.                
139 3921442 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MALAGA - TORREMOLINOS. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    JEFAT. SUP. POLICIA DE ARAGON                
140 3011404 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
141 3549233 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
142 957678 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
143 2558230 PUESTO DE TRABAJO N17. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
144 4418219 PUESTO DE TRABAJO N17. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
145 1617141 PUESTO DE TRABAJO N17. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
146 2632724 PUESTO DE TRABAJO N17. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
147 2973790 PUESTO DE TRABAJO N17. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
148 4684953 PUESTO DE TRABAJO N17. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
149 4685075 PUESTO DE TRABAJO N15. ZARAGOZA - ZARAGOZA. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE CALATAYUD                
150 2463119 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ZARAGOZA - CALATAYUD. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
151 1948569 PUESTO DE TRABAJO N17. ZARAGOZA - CALATAYUD. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
152 5076926 PUESTO DE TRABAJO N16. ZARAGOZA - CALATAYUD. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE HUESCA.                
153 3041455 PUESTO DE TRABAJO N17. HUESCA - HUESCA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
154 4684660 PUESTO DE TRABAJO N17. HUESCA - HUESCA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE JACA.                
155 5052163 PUESTO DE TRABAJO N17. HUESCA - JACA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE FRAGA                
156 3896668 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. HUESCA - FRAGA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
157 1155200 PUESTO DE TRABAJO N17. HUESCA - FRAGA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE TERUEL                
158 3365286 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. TERUEL - TERUEL. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
159 1594399 PUESTO DE TRABAJO N17. TERUEL - TERUEL. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE ALCAÑIZ                
160 3197432 PUESTO DE TRABAJO N17. TERUEL - ALCAÑIZ. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
161 4563207 PUESTO DE TRABAJO N17. TERUEL - ALCAÑIZ. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA DE ASTURIAS                
162 1071864 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - OVIEDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
163 2128625 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - OVIEDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
164 2591632 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - OVIEDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
165 4684849 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - OVIEDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
166 4721383 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - OVIEDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
167 5052164 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - OVIEDO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
168 2589048 PUESTO DE TRABAJO N15. ASTURIAS - OVIEDO. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE AVILES                
169 2152779 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - AVILES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
170 3523144 AUXILIAR DE OFICINA. ASTURIAS - AVILES. 14 4.370,24 C2 AE EX11   1
    COMISARIA LOCAL DE GIJON                
171 2037998 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ASTURIAS - GIJON. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
172 4082040 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - GIJON. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
173 1009607 PUESTO DE TRABAJO N15. ASTURIAS - GIJON. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
174 2719327 PUESTO DE TRABAJO N15. ASTURIAS - GIJON. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
175 3060840 PUESTO DE TRABAJO N15. ASTURIAS - GIJON. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL S.LANGREO-S.MARTIN R.A.                
176 2275565 PUESTO DE TRABAJO N15. ASTURIAS - LANGREO. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE LUARCA                
177 4124241 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - LUARCA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
178 4684394 PUESTO DE TRABAJO N15. ASTURIAS - LUARCA. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE MIERES                
179 4442932 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - MIERES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
180 3108835 PUESTO DE TRABAJO N17. ASTURIAS - MIERES. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE POLA DE SIERO                
181 2246723 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ASTURIAS - SIERO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    JEFAT. SUP. POLICIA DE LAS ILLES BALEARS                
182 1560848 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
183 2403269 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
184 3050465 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
185 3349651 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
186 4684265 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
187 4684587 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
188 2959740 PUESTO DE TRABAJO N16. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 16 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 2
189 4088216 PUESTO DE TRABAJO N16. ILLES BALEARS - PALMA DE MALLORCA. 16 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE CIUDADELLA DE MENORCA                
190 1871234 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - CIUTADELLA DE MENORCA. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE MAHON                
191 2500730 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - MAHON. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE EIVISSA                
192 3425535 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ILLES BALEARS - EIVISSA. 18 5.226,34

C1

C2

AM EX11 MA3 4
193 3499380 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - EIVISSA. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 2
194 4684524 PUESTO DE TRABAJO N17. ILLES BALEARS - EIVISSA. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    JEFAT. SUP. POLICIA DE CANARIAS                
195 2852994 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS. 18 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 3
196 1106390 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
197 1913975 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
198 2719988 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - PALMAS DE GRAN CANARIA, LAS. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ARRECIFE                
199 4684440 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - ARRECIFE. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
200 5072140 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - ARRECIFE. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DEL PUERTO DEL ROSARIO                
201 3439353 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. LAS PALMAS - PUERTO DEL ROSARIO. 18 5.226,34

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    COMISARIA LOCAL DE MASPALOMAS                
202 2319889 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - SAN BARTOLOME DE TIRAJANA. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE TELDE                
203 1320223 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - TELDE. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 1
204 3986638 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - TELDE. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE TUINEJE                
205 2470971 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. LAS PALMAS - TUINEJE. 18 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 3
206 2380057 PUESTO DE TRABAJO N17. LAS PALMAS - TUINEJE. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE S. C. TENERIFE                
207 1654853 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE. 18 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 3
208 4275004 PUESTO DE TRABAJO N17. S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE TENERIFE. 17 5.193,44

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE SUR DE TENERIFE                
209 5072134 PUESTO DE TRABAJO N17. S. C. TENERIFE - ADEJE. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE STA. CRUZ DE LA PALMA                
210 1193903 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE LA PALMA. 18 5.226,34

C1

C2

AM EX11 MA3 3
211 3847146 PUESTO DE TRABAJO N17. S. C. TENERIFE - SANTA CRUZ DE LA PALMA. 17 5.169,64

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA DE CANTABRIA                
212 2079974 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CANTABRIA - SANTANDER. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
213 1780078 PUESTO DE TRABAJO N17. CANTABRIA - SANTANDER. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
214 2646742 PUESTO DE TRABAJO N17. CANTABRIA - SANTANDER. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
215 2740443 PUESTO DE TRABAJO N16. CANTABRIA - SANTANDER. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE TORRELAVEGA                
216 4380008 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CANTABRIA - TORRELAVEGA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    UNIDAD DE EXTRANJ.Y DOC. CASTRO-URDIALES                
217 1308093 PUESTO DE TRABAJO N17. CANTABRIA - CASTRO-URDIALES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
218 4031691 PUESTO DE TRABAJO N17. CANTABRIA - CASTRO-URDIALES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA CASTILLA Y LEON                
219 2118108 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. VALLADOLID - VALLADOLID. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
220 1083119 PUESTO DE TRABAJO N17. VALLADOLID - VALLADOLID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
221 1960656 PUESTO DE TRABAJO N17. VALLADOLID - VALLADOLID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE MEDINA DEL CAMPO                
222 1363277 PUESTO DE TRABAJO N17. VALLADOLID - MEDINA DEL CAMPO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE AVILA                
223 781373 PUESTO DE TRABAJO N17. AVILA - AVILA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE BURGOS                
224 2558128 PUESTO DE TRABAJO N17. BURGOS - BURGOS. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
225 1002314 PUESTO DE TRABAJO N17. BURGOS - BURGOS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
226 1799192 PUESTO DE TRABAJO N17. BURGOS - BURGOS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
227 2141062 PUESTO DE TRABAJO N17. BURGOS - BURGOS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
228 2587315 PUESTO DE TRABAJO N17. BURGOS - BURGOS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
229 816070 PUESTO DE TRABAJO N17. BURGOS - BURGOS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
230 2799262 PUESTO DE TRABAJO N17. BURGOS - BURGOS. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ARANDA DE DUERO                
231 2375404 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BURGOS - ARANDA DE DUERO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    COMISARIA PROVINCIAL DE LEON                
232 3406770 PUESTO DE TRABAJO N17. LEON - LEON. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
233 4684670 PUESTO DE TRABAJO N17. LEON - LEON. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
234 929419 PUESTO DE TRABAJO N17. LEON - LEON. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ASTORGA                
235 3898232 PUESTO DE TRABAJO N17. LEON - ASTORGA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE PONFERRADA                
236 2507761 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. LEON - PONFERRADA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
237 1724686 PUESTO DE TRABAJO N17. LEON - PONFERRADA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
238 1937363 PUESTO DE TRABAJO N17. LEON - PONFERRADA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE S. ANDRES DE RABANEDO                
239 5069578 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. LEON - SAN ANDRES DEL RABANEDO. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
240 5069585 PUESTO DE TRABAJO N17. LEON - SAN ANDRES DEL RABANEDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE PALENCIA                
241 1022395 PUESTO DE TRABAJO N17. PALENCIA - PALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
242 2231258 PUESTO DE TRABAJO N17. PALENCIA - PALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
243 923050 PUESTO DE TRABAJO N17. PALENCIA - PALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE SALAMANCA                
244 2159745 PUESTO DE TRABAJO N17. SALAMANCA - SALAMANCA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
245 3736014 PUESTO DE TRABAJO N17. SALAMANCA - SALAMANCA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    CCPA CON PORTUGAL VILAR FOR./F.DE OÑORO                
246 2104037 PUESTO DE TRABAJO N17. SALAMANCA - FUENTES DE OÑORO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
247 3934884 PUESTO DE TRABAJO N17. SALAMANCA - FUENTES DE OÑORO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE SEGOVIA                
248 3566344 PUESTO DE TRABAJO N17. SEGOVIA - SEGOVIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
249 4684883 PUESTO DE TRABAJO N17. SEGOVIA - SEGOVIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
250 2216063 PUESTO DE TRABAJO N17. SEGOVIA - SEGOVIA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
251 5077005 PUESTO DE TRABAJO N16. SEGOVIA - SEGOVIA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE SORIA                
252 2402053 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. SORIA - SORIA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
253 3185504 PUESTO DE TRABAJO N17. SORIA - SORIA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
254 2091488 PUESTO DE TRABAJO N17. SORIA - SORIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
255 3417897 PUESTO DE TRABAJO N17. SORIA - SORIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
256 919382 PUESTO DE TRABAJO N17. SORIA - SORIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE ZAMORA                
257 2673810 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ZAMORA - ZAMORA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
258 3315325 PUESTO DE TRABAJO N17. ZAMORA - ZAMORA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
259 3691689 PUESTO DE TRABAJO N17. ZAMORA - ZAMORA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    CCPA CON PORTUGAL QUINTANILLA/ ALCAÑICES                
260 2548065 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ZAMORA - ALCAÑICES. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    JEFAT. SUP. POLICIA CASTILLA-LA MANCHA                
261 1575322 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. TOLEDO - TOLEDO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
262 4684753 PUESTO DE TRABAJO N17. TOLEDO - TOLEDO. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
263 5072115 PUESTO DE TRABAJO N17. TOLEDO - TOLEDO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
264 1852528 PUESTO DE TRABAJO N17. TOLEDO - TOLEDO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
265 4325227 PUESTO DE TRABAJO N17. TOLEDO - TOLEDO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
266 1024238 PUESTO DE TRABAJO N16. TOLEDO - TOLEDO. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
267 5077255 PUESTO DE TRABAJO N16. TOLEDO - TOLEDO. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE ALBACETE                
268 4026762 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ALBACETE - ALBACETE. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
269 4318867 PUESTO DE TRABAJO N17. ALBACETE - ALBACETE. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
270 4684427 PUESTO DE TRABAJO N17. ALBACETE - ALBACETE. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
271 5077213 PUESTO DE TRABAJO N16. ALBACETE - ALBACETE. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11

H.T

MA3

1
    COMISARIA PROVINCIAL DE CIUDAD REAL                
272 2264417 PUESTO DE TRABAJO N17. CIUDAD REAL - CIUDAD REAL. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
273 828681 PUESTO DE TRABAJO N17. CIUDAD REAL - CIUDAD REAL. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
274 2480352 PUESTO DE TRABAJO N17. CIUDAD REAL - CIUDAD REAL. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE VALDEPEÑAS                
275 4169546 PUESTO DE TRABAJO N17. CIUDAD REAL - VALDEPEÑAS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
276 4720849 PUESTO DE TRABAJO N17. CIUDAD REAL - VALDEPEÑAS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    U. EXTRANJ.Y DOC. TOMELLOSO (CIUDAD R.)                
277 2467537 PUESTO DE TRABAJO N17. CIUDAD REAL - TOMELLOSO. 17 4.871,30

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
278 4659166 PUESTO DE TRABAJO N17. CIUDAD REAL - TOMELLOSO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE CUENCA                
279 3378976 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CUENCA - CUENCA. 18 8.644,16

C1

C2

AM EX11 APC2 3
280 3473804 PUESTO DE TRABAJO N17. CUENCA - CUENCA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
    UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOC. DE TARANCON                
281 3478325 PUESTO DE TRABAJO N17. CUENCA - TARANCON. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE GUADALAJARA                
282 3057755 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GUADALAJARA - GUADALAJARA. 18 8.644,16

C1

C2

AM EX11 APC2 3
283 3128588 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GUADALAJARA - GUADALAJARA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    JEFAT. SUP. POLICIA DE CATALUÑA                
284 2774958 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BARCELONA - BARCELONA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
285 4684570 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
286 1546961 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
287 2100256 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
288 2236265 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
289 2241039 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
290 2440597 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
291 2510201 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
292 2535248 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
293 2794910 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
294 3079291 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
295 4563345 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
296 845276 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
297 900330 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BARCELONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
298 4685065 PUESTO DE TRABAJO N16. BARCELONA - BARCELONA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
299 5077052 PUESTO DE TRABAJO N16. BARCELONA - BARCELONA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11

H.T

MA3

2
    COMISARIA LOCAL DE BADALONA.                
300 1708030 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - BADALONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE CASTELLDEFELLS-GAVA                
301 2043343 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - CASTELLDEFELS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE GRANOLLERS                
302 5072168 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - GRANOLLERS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
303 4684552 PUESTO DE TRABAJO N16. BARCELONA - GRANOLLERS. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE L'HOSPITALET DE LL.                
304 4684578 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - HOSPITALET DE LLOBREGAT, L'. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
305 4684577 PUESTO DE TRABAJO N15. BARCELONA - HOSPITALET DE LLOBREGAT, L'. 15 4.927,02 C2 AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE MATARO                
306 3714653 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BARCELONA - MATARO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
307 2024458 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - MATARO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
308 3422093 PUESTO DE TRABAJO N16. BARCELONA - MATARO. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
309 5076943 PUESTO DE TRABAJO N16. BARCELONA - MATARO. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11

H.T

MA3

2
    COMISARIA LOCAL DE MONTCADA I REIXAC                
310 1849669 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - MONTCADA I REIXAC. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE EL PRAT DE LLOBREGAT                
311 3858971 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BARCELONA - PRAT DE LLOBREGAT, EL. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
312 1902125 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - PRAT DE LLOBREGAT, EL. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE RIPOLLET                
313 5072172 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - RIPOLLET. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE RUBI                
314 3513383 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BARCELONA - RUBI. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
    COMISARIA LOCAL DE SABADELL                
315 1714008 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BARCELONA - SABADELL. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
    COMISARIA LOCAL DE SANT ADRIA DE BESOS                
316 3224736 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - SANT ADRIA DE BESOS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE SANT BOI DE LLOBREGAT                
317 4684581 PUESTO DE TRABAJO N16. BARCELONA - SANT BOI DE LLOBREGAT. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE SANT CUGAT DEL VALLES                
318 1032717 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - SANT CUGAT DEL VALLES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMIS.L.S.FELIU LL.–MOLINS R.S.JOAN D'E.                
319 3597489 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BARCELONA - SANT FELIU DE LLOBREGAT. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
320 1968274 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - SANT FELIU DE LLOBREGAT. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
321 2235824 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - SANT FELIU DE LLOBREGAT. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE STA. COLOMA DE GRAM.                
322 925749 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - SANTA COLOMA DE GRAMENET. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE CERDANYOLA DEL VALLES                
323 1137233 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - SARDANYOLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE TERRASSA                
324 4611685 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - TERRASSA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE VIC                
325 1589815 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - VIC. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
326 756259 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - VIC. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE VILANOVA I LA GELTRU                
327 4684548 PUESTO DE TRABAJO N16. BARCELONA - VILANOVA I LA GELTRU. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    UNIDAD DE EXTRAJ. Y DOCUM. V.DEL PENEDES                
328 4485314 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BARCELONA - VILAFRANCA DEL PENEDES. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
329 1437479 PUESTO DE TRABAJO N17. BARCELONA - VILAFRANCA DEL PENEDES. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE GIRONA                
330 2477830 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GIRONA - GIRONA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
331 2769008 PUESTO DE TRABAJO N17. GIRONA - GIRONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
332 4684563 PUESTO DE TRABAJO N15. GIRONA - GIRONA. 15 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
    COMISARIA LOCAL DE LLORET DE MAR                
333 3232485 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GIRONA - LLORET DE MAR. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC.DE PUIGCERDA                
334 4684639 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GIRONA - PUIGCERDA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
    UNIDAD DE EXTR.Y DOC.DE LA JUNQUERA                
335 3172838 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GIRONA - JONQUERA, LA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
    COMISARIA PROVINCIAL DE LLEIDA                
336 3685011 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. LLEIDA - LLEIDA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
337 1590716 PUESTO DE TRABAJO N17. LLEIDA - LLEIDA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
338 4684673 PUESTO DE TRABAJO N17. LLEIDA - LLEIDA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE TARRAGONA                
339 4684915 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. TARRAGONA - TARRAGONA. 18 8.644,16

C1

C2

AM EX11 APC2 4
340 4150494 PUESTO DE TRABAJO N17. TARRAGONA - TARRAGONA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE TORTOSA                
341 3369317 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. TARRAGONA - TORTOSA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
342 1216579 PUESTO DE TRABAJO N17. TARRAGONA - TORTOSA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE CEUTA                
343 1023433 PUESTO DE TRABAJO N17. CEUTA - CEUTA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
344 3918850 PUESTO DE TRABAJO N17. CEUTA - CEUTA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA DE EXTREMADURA                
345 2700346 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BADAJOZ - BADAJOZ. 18 8.644,16

C1

C2

AM EX11 APC2 3
346 4481374 PUESTO DE TRABAJO N17. BADAJOZ - BADAJOZ. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
347 5072181 PUESTO DE TRABAJO N17. BADAJOZ - BADAJOZ. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
348 4447016 PUESTO DE TRABAJO N17. BADAJOZ - BADAJOZ. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
349 5077026 PUESTO DE TRABAJO N16. BADAJOZ - BADAJOZ. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ALMENDRALEJO                
350 4372301 PUESTO DE TRABAJO N17. BADAJOZ - ALMENDRALEJO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
351 2630785 PUESTO DE TRABAJO N16. BADAJOZ - ALMENDRALEJO. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE D.BENITO-VVA.SERENA                
352 4685058 PUESTO DE TRABAJO N17. BADAJOZ - DON BENITO. 17 4.870,32 C2 AM EX11 MA3 1
353 5072179 PUESTO DE TRABAJO N17. BADAJOZ - DON BENITO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE ZAFRA                
354 2177629 PUESTO DE TRABAJO N17. BADAJOZ - ZAFRA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA PROVINCIAL DE CACERES                
355 4684249 PUESTO DE TRABAJO N17. CACERES - CACERES. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
356 2888145 PUESTO DE TRABAJO N17. CACERES - CACERES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE PLASENCIA                
357 1011667 PUESTO DE TRABAJO N17. CACERES - PLASENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
358 2857705 PUESTO DE TRABAJO N17. CACERES - PLASENCIA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
359 4563194 PUESTO DE TRABAJO N16. CACERES - PLASENCIA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOC. DE VAL. ALCANTARA                
360 3319205 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. CACERES - VALENCIA DE ALCANTARA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
361 2155786 PUESTO DE TRABAJO N17. CACERES - VALENCIA DE ALCANTARA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA DE GALICIA                
362 3425525 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. A CORUÑA - CORUÑA, A. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
363 1137428 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - CORUÑA, A. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
364 2103363 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - CORUÑA, A. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
365 3730201 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - CORUÑA, A. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
366 5077078 PUESTO DE TRABAJO N15. A CORUÑA - CORUÑA, A. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11

H.T

MA3

2
    COMISARIA LOCAL DE FERROL-NARON                
367 2335143 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - FERROL. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
368 2627373 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - FERROL. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
369 2891370 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - FERROL. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE RIBEIRA                
370 2460516 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - RIBEIRA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE SANTIAGO DE C.                
371 1908867 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - SANTIAGO DE COMPOSTELA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
372 4384328 PUESTO DE TRABAJO N17. A CORUÑA - SANTIAGO DE COMPOSTELA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE LUGO                
373 5076977 PUESTO DE TRABAJO N15. LUGO - LUGO. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11

H.T

MA3

2
    COMISARIA PROVINCIAL DE OURENSE                
374 999011 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. OURENSE - OURENSE. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
375 1554640 PUESTO DE TRABAJO N17. OURENSE - OURENSE. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE VERIN                
376 3809883 PUESTO DE TRABAJO N17. OURENSE - VERIN. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA                
377 1355677 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - PONTEVEDRA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
378 4341468 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - PONTEVEDRA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
379 4684539 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - PONTEVEDRA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE MARIN                
380 4459806 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - MARIN. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    UNIDAD EXTRANJ. Y DOC. DE SALVAT.DE MIÑO                
381 3207292 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. PONTEVEDRA - SALVATERRA DE MIÑO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
    COMISARIA LOCAL DE VIGO-REDONDELA                
382 1063731 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VIGO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
383 1832083 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VIGO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
384 2364284 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VIGO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
385 2506893 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VIGO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
386 2713187 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VIGO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
387 4720856 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VIGO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
388 1490583 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VIGO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE VILAGARCIA DE AROUSA                
389 5072137 PUESTO DE TRABAJO N17. PONTEVEDRA - VILAGARCIA DE AROUSA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    JEFAT. SUP. POLICIA DE LA RIOJA                
390 3784205 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. LA RIOJA - LOGROÑO. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
391 1782893 PUESTO DE TRABAJO N17. LA RIOJA - LOGROÑO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA DE MADRID                
392 1438300 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - MADRID. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
393 1465581 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - MADRID. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
394 1139933 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
395 2210889 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
396 4684707 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 1
397 1232892 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
398 1582707 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
399 1732094 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
400 1915196 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
401 2668313 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
402 2754630 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
403 3097272 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
404 4425630 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
405 4684713 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
406 5072015 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
407 818941 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
408 873128 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
409 978532 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MADRID. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
410 1826775 PUESTO DE TRABAJO N16. MADRID - MADRID. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
411 2436678 PUESTO DE TRABAJO N16. MADRID - MADRID. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
412 925043 PUESTO DE TRABAJO N16. MADRID - MADRID. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ALCALA DE HENARES                
413 3671939 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - ALCALA DE HENARES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
414 3931258 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - ALCALA DE HENARES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL ALCOBENDAS-S.SEB.REYES                
415 3775070 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - ALCOBENDAS. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
416 1416043 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - ALCOBENDAS. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ALCORCON                
417 4432983 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - ALCORCON. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE ARANJUEZ                
418 3179096 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - ARANJUEZ. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE COSLADA-S.FERNANDO                
419 2527920 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - COSLADA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
420 2546064 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - COSLADA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
421 1145324 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - COSLADA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
422 837926 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - COSLADA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE FUENLABRADA                
423 4025245 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - FUENLABRADA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
424 971888 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - FUENLABRADA. 17 4.870,32

C1

C2

A3 EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE LEGANES                
425 1496737 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - LEGANES. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 3
426 4318380 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - LEGANES. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE MOSTOLES                
427 2435308 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MOSTOLES. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
428 3851626 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MOSTOLES. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
429 3119765 PUESTO DE TRABAJO N16. MADRID - MOSTOLES. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE PARLA                
430 3428354 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - PARLA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    COMISARIA LOCAL DE POZUELO DE ALARCON                
431 3287179 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MADRID - POZUELO DE ALARCON. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
    UNIDAD DE EXTRANJ.Y DOC.COLLADO VILLALBA                
432 2691941 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - COLLADO VILLALBA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOC. DE MAJADAHONDA                
433 4684693 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MAJADAHONDA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
434 779020 PUESTO DE TRABAJO N17. MADRID - MAJADAHONDA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE MELILLA                
435 4684962 PUESTO DE TRABAJO N17. MELILLA - MELILLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA DE MURCIA                
436 1773552 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MURCIA - MURCIA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
437 3677143 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. MURCIA - MURCIA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 3
438 1484276 PUESTO DE TRABAJO N17. MURCIA - MURCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
439 3099136 PUESTO DE TRABAJO N17. MURCIA - MURCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
440 3816372 PUESTO DE TRABAJO N17. MURCIA - MURCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
441 4684450 PUESTO DE TRABAJO N16. MURCIA - MURCIA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 1
442 4684343 PUESTO DE TRABAJO N15. MURCIA - MURCIA. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE CARTAGENA                
443 4684835 PUESTO DE TRABAJO N17. MURCIA - CARTAGENA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
444 4685079 PUESTO DE TRABAJO N17. MURCIA - CARTAGENA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE LORCA                
445 1800667 PUESTO DE TRABAJO N17. MURCIA - LORCA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    COMISARIA LOCAL DE YECLA                
446 4684236 PUESTO DE TRABAJO N17. MURCIA - YECLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 1
    JEFAT. SUP. POLICIA DE NAVARRA                
447 2496787 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. NAVARRA - PAMPLONA/IRUÑA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
448 4684840 PUESTO DE TRABAJO N17. NAVARRA - PAMPLONA/IRUÑA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
449 1167317 PUESTO DE TRABAJO N16. NAVARRA - PAMPLONA/IRUÑA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE TUDELA                
450 3323991 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. NAVARRA - TUDELA. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
451 724397 PUESTO DE TRABAJO N17. NAVARRA - TUDELA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA PAIS VASCO                
452 2175643 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BIZKAIA - BILBAO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
453 2315298 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BIZKAIA - BILBAO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
454 2875856 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. BIZKAIA - BILBAO. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
455 1144382 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
456 1616926 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
457 1709840 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
458 2383150 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
459 2860633 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
460 4368448 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
461 4684949 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
462 752354 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
463 4485470 PUESTO DE TRABAJO N17. BIZKAIA - BILBAO. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
464 1871899 PUESTO DE TRABAJO N15. BIZKAIA - BILBAO. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE ALAVA                
465 1750407 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ARABA/ALAVA - VITORIA-GASTEIZ. 18 8.644,16

C1

C2

AM EX11 APC2 4
466 4149092 PUESTO DE TRABAJO N17. ARABA/ALAVA - VITORIA-GASTEIZ. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE GUIPUZCOA                
467 2123043 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
468 3154254 PUESTO DE TRABAJO N17. GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
469 4153384 PUESTO DE TRABAJO N17. GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE IRUN                
470 3413774 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. GIPUZKOA - IRUN. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
471 2083754 PUESTO DE TRABAJO N17. GIPUZKOA - IRUN. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
472 1483479 PUESTO DE TRABAJO N17. GIPUZKOA - IRUN. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE EIBAR                
473 2139772 PUESTO DE TRABAJO N17. GIPUZKOA - DONOSTIA-SAN SEBASTIAN. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    JEFAT. SUP. POLICIA COM. VALENCIANA                
474 832023 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. VALENCIA - VALENCIA. 18 8.644,16

C1

C2

AM EX11 APC2 4
475 2807236 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. VALENCIA - VALENCIA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
476 4684923 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. VALENCIA - VALENCIA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
477 4482038 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - VALENCIA. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
478 1059815 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - VALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
479 1151827 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - VALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
480 3413966 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - VALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
481 3447521 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - VALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
482 5072104 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - VALENCIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
483 2124639 PUESTO DE TRABAJO N16. VALENCIA - VALENCIA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE ALZIRA-ALGEMESI                
484 886351 PUESTO DE TRABAJO N16. VALENCIA - ALZIRA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE GANDIA                
485 1675145 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - GANDIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
486 4684938 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - GANDIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE ONTINYENT                
487 2865704 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. VALENCIA - ONTINYENT. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
488 4176296 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - ONTINYENT. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
489 5076923 PUESTO DE TRABAJO N16. VALENCIA - ONTINYENT. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE PATERNA                
490 1136075 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - PATERNA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE CUART DE POBLET-MAN                
491 1982836 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - QUART DE POBLET. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE SAGUNTO                
492 3189409 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - SAGUNTO/SAGUNT. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE XATIVA                
493 1939672 PUESTO DE TRABAJO N17. VALENCIA - XATIVA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMIS.LOCAL DE XIRIVELLA-ALDAIA-ALAQUAS                
494 944708 PUESTO DE TRABAJO N16. VALENCIA - XIRIVELLA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE ALICANTE                
495 4721382 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
496 3515739 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE. 18 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 4
497 1655504 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
498 3813223 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE. 17 8.620,08

C1

C2

AM EX11 APC1 2
499 1387122 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
500 2552408 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
501 4684196 PUESTO DE TRABAJO N16. ALICANTE - ALACANT - ALACANT/ALICANTE. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE ALCOY                
502 1212452 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ALCOY/ALCOI. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
503 2394941 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ALCOY/ALCOI. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
504 3779632 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ALCOY/ALCOI. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE BENIDORM                
505 3456259 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - BENIDORM. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
506 2278038 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - BENIDORM. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE DENIA                
507 2200676 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - DENIA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE ELCHE                
508 4563307 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ELCHE/ELX. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
509 5076932 PUESTO DE TRABAJO N16. ALICANTE - ALACANT - ELCHE/ELX. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11

H.T

MA3

2
    COMISARIA LOCAL DE ELDA-PETRER                
510 4611663 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - ELDA. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
511 4684128 PUESTO DE TRABAJO N16. ALICANTE - ALACANT - ELDA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE ORIHUELA                
512 2300770 PUESTO DE TRABAJO N15. ALICANTE - ALACANT - ORIHUELA. 15 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    UNIDAD DE EXTRANJ. Y DOCUM. TORREVIEJA                
513 3944796 JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18. ALICANTE - ALACANT - TORREVIEJA. 18 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 4
514 1628251 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - TORREVIEJA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
515 3602351 PUESTO DE TRABAJO N17. ALICANTE - ALACANT - TORREVIEJA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA PROVINCIAL DE CASTELLON                
516 3456415 PUESTO DE TRABAJO N17. CASTELLON /CASTELLO - CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLO DE LA PLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
517 4393638 PUESTO DE TRABAJO N17. CASTELLON /CASTELLO - CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLO DE LA PLA. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
518 3743341 PUESTO DE TRABAJO N16. CASTELLON /CASTELLO - CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLO DE LA PLA. 16 4.947,74

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    COMISARIA LOCAL DE VILLARREAL                
519 4684797 PUESTO DE TRABAJO N17. CASTELLON /CASTELLO - VILLARREAL/VILA-REAL. 17 4.871,30

C1

C2

AM EX11 MA3 2
    UNIDAD DE EXTRANJERIA Y DOC. DE VINAROZ                
520 4491911 PUESTO DE TRABAJO N17. CASTELLON /CASTELLO - VINAROS. 17 4.870,32

C1

C2

AM EX11 MA3 2

CUERPOS O ESCALAS:

 

* EX11: EX12+EX13+EX14+EX15 (HASTA 27/07/2007)+EX16+EX17 - EXCEPTO SECTOR DOCENCIA, EXCEPTO SECTOR INVESTIGACION, EXCEPTO SECTOR SANIDAD. NO AFECTA AL PERS.ESTAT.DE FUNC.ADMIN.REGULADO ART.12.3 EST.PERS.NO SANI.SS, EXCEPTO SECTOR INSTITUCIONES PENITENCIARIAS, EXCEPTO SECTOR TRANSPORTE AEREO Y METEOROLOGIA.

 

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):

 

* AE: ADMINISTRACION DEL ESTADO.

* A3: ADMINISTRACION DEL ESTADO AUTONOMICA Y LOCAL.

* AM: PTO.TR.QUE PUEDE SER DESEMP.POR FUN.DE LAS CC.AA. ADH. AL AC.MARCO PARA FOM. LA MOV.DE F.P.DE AA.PP.

 

OBSERVACIONES:

 

* A.P: ATENCION Y ASESORAMIENTO AL PUBLICO.

* APC1: ATENCION PUBLICO MAÑANA Y TARDE (APDO. 5.º1 RES. SGAP 20-12-2005) CON INC.EN TOTAL C.ESPECIFICO:3000E.

* MA3: PUESTO DE PRESTAC.DIRECTA Y ESPECIF.DE SERV. A LOS CIUDADANOS. MEDIDA A3 DE FONDOS ADIC. 2007-2009.

* H.T: HORARIO TARDE.

* APC2: ATENCION PUBLICO MAÑANA Y TARDE (APDO. 5.º1 RES. SGAP 20-12-2005) CON INC.EN TOTAL C.ESPECIFICO:3300E.

ANEXO II
Solicitud de participación

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/153/10580_11789274_1.png

ANEXO III
Certificado de méritos generales

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/153/10580_11789275_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/153/10580_11789275_2.png

ANEXO IV
Certificado de méritos específicos

A presentar cuando se soliciten puestos con perfiles 1 y 2 (N14-N17)

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/153/10580_11789276_1.png

ANEXO IV BIS
Certificado de méritos específicos

A presentar cuando se soliciten puestos con perfiles 3 y 4 (N18)

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/153/10580_11789277_1.png

ANEXO V
Consentimiento para la realización de consultas al sistema de verificación de datos de residencia (SVDR)

(Conciliación por cuidado de familiar - Base cuarta.5.2.b)

Por Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, se suprime en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento, como documento probatorio del domicilio y residencia.

No obstante, en el artículo Único.3 de la citada disposición se establece que en los procedimientos para cuya tramitación sea imprescindible acreditar de modo fehaciente datos de domicilio y residencia de quienes tengan la condición de interesado, el órgano instructor podrá comprobar tales datos mediante un Sistema de Verificación de Datos de Residencia. En todo caso será preciso el consentimiento del familiar del interesado para que los datos puedan ser consultados por este sistema por el órgano instructor.

Por ello, mediante este documento, D/Dña. (*) ............................................. con DNI ...................., presta su consentimiento para que sus datos de empadronamiento sean recabados de oficio por parte de la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, mediante consulta al SVDR.

En ........................................ a ...... de ......................... de 20....

Fdo.: (*)

(*) Datos y firma del familiar del interesado que presta su consentimiento.

ANEXO V BIS
Consentimiento para la realización de consultas al sistema de verificación de datos de residencia (SVDR)

(Conciliación por cuidado de hijos - Base cuarta 5.2.a)

Por Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, se suprime en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento, como documento probatorio del domicilio y residencia.

No obstante, en el artículo Único.3 de la citada disposición se establece que en los procedimientos para cuya tramitación sea imprescindible acreditar de modo fehaciente datos de domicilio y residencia de quienes tengan la condición de interesado, el órgano instructor podrá comprobar tales datos mediante un Sistema de Verificación de Datos de Residencia. En todo caso será preciso el consentimiento del interesado para que los datos puedan ser consultados por este sistema por el órgano instructor.

Por ello, mediante este documento, D/Dña ............................................. con DNI ...................., en representación de su hijo/a ........................................ nacido/a en ........................................, el ...... de ......................... de ......... y con DNI ...................., presta su consentimiento, para que los datos de empadronamiento sean recabados de oficio por parte de la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, mediante consulta al SVDR.

En ........................................ a ...... de ......................... de 20....

Fdo.:

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/06/2022
  • Fecha de publicación: 27/06/2022
  • Convocatoria 520 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 30 de junio de 2022 (Ref. BOE-A-2022-11178).

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