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Documento BOE-A-2021-9995

Resolución de 5 de junio de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Real Federación Española de Pádel, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes de la oferta formativa del periodo transitorio del ciclo 2021-2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2021, páginas 72738 a 72740 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-9995

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Deportes y la Federación Española de Pádel han suscrito, con fecha 24 de marzo de 2021, la Adenda al Convenio para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio del ciclo 2021-2023, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 5 de junio de 2021.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.

ANEXO
Adenda al Convenio entre el Consejo Superior de Deportes y la Federación Española de Pádel, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio de la oferta formativa del ciclo 2021-2023

En Madrid, a 24 de marzo de 2021.

REUNIDOS

Don Joaquín De Arístegui Laborde, Director General de Deportes del Consejo Superior de Deportes (en adelante CSD), en nombre y representación de este organismo, en virtud del nombramiento acordado mediante Real Decreto 563/2020, de 9 de junio (BOE núm. 163) y de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 1 de la Resolución de 23 de abril de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se delegan competencias.

De otra parte, don Ramón Morcillo Valle, Presidente de Federación Española de Pádel (en adelante Federación), y cargo electivo que ostenta desde el nombramiento efectuado por la Asamblea General del día 4 de septiembre convenientemente acreditado mediante certificación registral, y de acuerdo con las facultades que le concede el artículo 29 de los Estatutos de la misma, aprobados por la Comisión Directiva del CSD de acuerdo a lo establecido en el artículo 10.1 b) de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los organismos por cuya cuenta actúan,

EXPONEN

I. Con fecha 4 de febrero de 2020 se firmó el Convenio entre el Consejo Superior de Deportes y la Federación Española de Pádel para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio de la oferta formativa del ciclo 2020-2023, publicado mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes de fecha 12 de febrero de 2020, en el BOE del 25 de febrero de 2020.

II. Con fecha 4 de septiembre de 2020 se ha producido un cambio en la presidencia de la Real Federación Española de Pádel, lo que ha provocado un cambio en el equipo de seguimiento del convenio y un incremento significativo de la oferta formativa de esta federación. Ese cambio conlleva la modificación de los representantes de la federación en la Comisión de seguimiento, vigilancia y control (Clausula quinta), y de las previsiones económicas establecidas en la cláusula sexta del referido convenio.

III.  La cláusula novena de referido convenio establece que: El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes, mediante la suscripción de la correspondiente adenda de modificación; siempre y cuando se formalice antes de la finalización del plazo de duración del mismo. En todo caso, las modificaciones pactadas así como los términos en los que éstas tomen cuerpo, se incorporarán como Adenda al presente Convenio y se tramitarán siempre de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público; y siempre sin sobrepasar el límite temporal establecido en la mencionada norma, tal como se recoge en la disposición octava.

IV. Las modificaciones realizadas en la presente Adenda, se ajustan al modelo normalizado que cuenta con el informe favorable de la Abogacía del Estado del CSD, emitido con fecha 1 de agosto de 2019 y la autorización de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda emitida con fecha 16 de septiembre de 2019.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes deciden realizar las siguientes modificaciones en las cláusulas del convenio

MODIFICACIONES

Clausula quinta. Comisión de seguimiento, vigilancia y control.

Donde dice:

«Por parte de la FEDERACIÓN los representantes designados por el Presidente serán:

− D. Ramón Morcillo Valle.

− Dña. Cristina San Valentín Blanco.»

Debe decir:

«Por parte de la FEDERACIÓN los representantes designados por el Presidente serán:

− D. Concepción Velásco Martín.

− Dña. Cristina San Valentín Blanco.»

Clausula sexta. Financiación de los servicios prestados por el CESED.

Donde dice:

«El compromiso del gasto variará en función del número de cursos realizados, de los recogidos en el "Programa anual de actividades de formación deportiva", siendo la horquilla de gasto entre 3.000 € y 7.800 €.

Estos gastos se realizarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 24.22.15.336A.233, y 24.22.15.336A.226.06.

La FEDERACIÓN se compromete al pago del precio público de cada uno de los cursos del bloque común que se realicen, de los establecidos en el "Programa anual de actividades de formación deportiva".

La aportación de la FEDERACIÓN oscilará entre los 3.000 €, correspondientes a la aportación por un solo curso del bloque común del nivel I y los 7.800 €, correspondientes a la aportación por un solo curso de bloque común de nivel I, y uno de nivel II.»

Debe decir:

«El compromiso del gasto variará en función del número de cursos realizados, de los recogidos en el "Programa anual de actividades de formación deportiva", siendo la horquilla de gasto entre 3.000 € y 16.800 €.

Estos gastos se realizarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 24.22.15.336A.233, y 24.22.15.336A.226.06.

La FEDERACIÓN se compromete al pago del precio público de cada uno de los cursos del bloque común que se realicen, de los establecidos en el "Programa anual de actividades de formación deportiva".

La aportación de la FEDERACIÓN oscilará entre los 3.000 €, correspondientes a la aportación por un solo curso del bloque común del nivel I y los 16.800 €, correspondientes a la aportación por tres cursos de bloque común de nivel I, y uno de nivel II.»

En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Director General de Deportes, Joaquín De Arístegui Laborde.–El Presidente de la Federación Española de Pádel, Ramón Morcillo Valle.

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