Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a Q-Renta, SA, por la comisión de dos infracciones muy graves de las previstas, para la primera infracción, en el artículo 284.1 de la Ley del Mercado de Valores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y, para la segunda, en el artículo 283.3 del mismo texto legal, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 313 quater del Texto Refundido citado, dichas sanciones, impuestas mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 28 de octubre de 2020 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:
– Imponer a Q-Renta, SA, por la comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 284.1 de la Ley del Mercado de Valores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por la inadecuada gestión de conflictos de interés en la operativa de gestión y asesoramiento sobre valores cotizados en el MAB, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 30 de septiembre de 2017, una sanción de multa por importe de 2.000.000 de euros (dos millones de euros).
– Imponer a Q-Renta, SA, por la comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 283.3 de la Ley del Mercado de Valores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por las deficiencias en la llevanza de los registros de órdenes y sus justificantes y otras incidencias sobre organización interna y aspectos de control, una sanción de multa por importe de 75.000 euros (setenta y cinco mil euros).
La Resolución que impone las sanciones antes citadas únicamente es firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 18 de mayo de 2021.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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