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Documento BOE-A-2021-8983

Resolución 420/38188/2021, de 21 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y la realización de acciones en áreas de interés común.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2021, páginas 66211 a 66222 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2021-8983

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 18 de mayo de 2021 el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y la realización de acciones en áreas de interés común, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.  

Madrid, 21 de mayo de 2021.–El Secretario General Técnico, Emilio Fernández-Piñeyro Hernández.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y la realización de acciones en áreas de interés común

En Madrid, a 18 de mayo de 2021.

REUNIDOS

De una parte, el Almirante General don Teodoro Esteban López Calderón, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, nombrado por Real Decreto 48/2021, de 26 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en uso de la competencia delegada por el titular del Departamento que establece el apartado primero a) de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

Y de otra, don Julio L. Martínez Martínez, Rector Magnífico de la Universidad Pontificia Comillas, con sede en la calle Alberto Aguilera, 23, 28015, Madrid y NIF R-2800395-B, según consta en la escritura de protocolización otorgada por el Notario de Madrid, don José Usera Cano, con fecha 16 de julio de 2018, bajo el número 1.665 de su protocolo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que el Ministerio de Defensa (MINISDEF) promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales.

Que, la Universidad Pontificia Comillas y el MINISDEF, están interesados en colaborar en los procesos de formación de los estudiantes de la Universidad, a través de prácticas académicas externas en las que los estudiantes puedan aplicar los conocimientos adquiridos en su formación académica de acuerdo con su específica vocación y, con ello, favorecer la adquisición de las competencias que les preparen para el ejercicio de su actividad profesional, mejorando así su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.

Segundo.

Que el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, contempla la posibilidad de establecer y desarrollar, mediante convenios de cooperación educativa, programas de prácticas externas para los estudiantes que cursen estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales en la citada Universidad.

Tercero.

Que la Universidad Pontificia Comillas imparte, entre otras, enseñanzas de Grado/Máster en: Relaciones internacionales, Comunicación, Traducción e Interpretación, Psicología, Criminología y Trabajo Social.

Cuarto.

Que los planes de estudios correspondientes a las enseñanzas de Grado/Máster antes señaladas incluyen un cierto número de créditos que se corresponden con la realización de prácticas externas curriculares de los estudiantes que cursan dichos planes, con objeto de complementar su formación académica.

Quinto.

Que el MINISDEF dispone de unidades, centros y organismos en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), con medios humanos, materiales y tecnológicos que pueden prestar la necesaria cooperación en materia educativa, supeditada siempre a las necesidades de la Defensa Nacional.

Sexto.

Que tanto la Universidad Pontificia Comillas, como el MINISDEF, están de acuerdo en establecer una cooperación en el ámbito educativo, que fomente el desarrollo de la cultura de Defensa mediante la realización de acciones formativas en áreas de interés común, que incluyan así mismo, la realización de prácticas externas curriculares de los estudiantes de dicha Universidad en unidades, centros y organismos del MINISDEF.

Séptimo.

Que es de interés mutuo suscribir el presente convenio, que tiene por objeto establecer un marco de colaboración en materia de cooperación educativa de conformidad con la vigente normativa universitaria, en especial, el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Las partes firmantes suscriben este convenio con el objeto de regular la colaboración entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN) y la Universidad Pontificia Comillas.

Con esta colaboración se podrán, por una parte, realizar prácticas externas curriculares de estudiantes en el MINISDEF, con las que se complete la formación de los estudiantes matriculados en los distintos Grados/Máster, impartidos por la Universidad Pontificia Comillas, y por otra, la Universidad facilitará la asistencia de personal del MINISDEF destinado en unidades, centros y organismo ubicados en la ciudad de Madrid a las conferencias, congresos, seminarios y jornadas que organice.

El MINISDEF realizará una oferta de prácticas para los alumnos de la Universidad Pontificia Comillas, sin que por ello asuma una obligación contractual. La oferta será comunicada a la Universidad Pontificia Comillas para su difusión entre sus estudiantes. La naturaleza y condiciones particulares de cada práctica concreta serán establecidas y publicadas en las sucesivas convocatorias.

Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las actividades académicas del estudiante. Los horarios de realización de las prácticas serán, por tanto, compatibles con la actividad académica, de representación y participación desarrollada por el estudiante en la Universidad. El MINISDEF, informado con la antelación suficiente, concederá a los estudiantes los permisos necesarios para la asistencia a las mismas.

Las ofertas de prácticas deberán contener los siguientes datos:

a) Nombre o razón social: MINISDEF.

b) Centro, localidad y dirección donde tendrán lugar.

c) Fechas de comienzo y fin de las prácticas así como su duración en horas.

d) Número de horas diarias de dedicación o jornada y horario asignado.

e) Proyecto formativo, actividades y competencias a desarrollar.

f) La existencia, en su caso, de una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante y la forma de su satisfacción.

La Universidad Pontificia Comillas realizará los procedimientos de difusión de las ofertas, solicitudes y adjudicación de las prácticas de conformidad con su normativa interna, garantizando en todo caso los principios de transparencia, publicidad y accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.

Las condiciones particulares de las prácticas y los datos identificativos del estudiante concreto que vaya a realizarlas y del tutor que el MINISDEF le asigne tendrán que constar de forma expresa en el anexo correspondiente, que será firmado por el Decano/Director del Centro implicado, el estudiante y la persona designada por el MINISDEF.

Segunda. Aportaciones de las partes.

1. Por parte del Ministerio de Defensa:

a) El MINISDEF acogerá a estudiantes de los distintos Grados/Máster impartidos por la citada Universidad en número a determinar anualmente por mutuo acuerdo entre las partes, facilitándoles la realización de prácticas externas curriculares en el MINISDEF, de acuerdo con las condiciones establecidas en este convenio.

b) En coordinación con la Universidad Pontificia Comillas, definirá en cada caso el perfil requerido del estudiante que acogerá en prácticas, así como los objetivos, las tareas generales y actividades específicas a realizar por el mismo durante dichas prácticas, aspectos que se detallarán en el correspondiente proyecto formativo.

c) El MINISDEF, a través del CESEDEN, comunicará el alta del estudiante, la fecha de comienzo y finalización de las prácticas, así como el horario, el lugar de desarrollo y el contenido de las mismas, designando en cada caso un responsable que actuará como tutor del estudiante, y que coordinará la ejecución con el tutor académico designado por la Universidad.

d) Comunicará a la dirección del Grado/Máster que corresponda cualquier baja que se produzca.

e) A la finalización de las prácticas, el MINISDEF expedirá un certificado en el que se reconozca al estudiante el tiempo de prácticas realizado y su contenido básico.

f) Trasladará a la Universidad Pontificia Comillas cuantas incidencias y vicisitudes se observen por los tutores designados por el MINISDEF, en relación con el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio.

g) Proporcionará al estudiante información relativa a la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.

h) Facilitará el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos documentales no clasificados.

i) Facilitará asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto de las prácticas.

j) Hará constar la colaboración de la Universidad en todas las actividades editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas en este convenio.

k) El MINISDEF podrá vetar o revocar la participación de algún estudiante designado o incorporado a las prácticas, por motivos de seguridad o de otra índole debidamente justificada.

2. Por parte de la Universidad Pontificia Comillas:

a) Facilitará el intercambio de publicaciones propias y el acceso a fondos documentales no clasificados.

b) Facilitará asesoramiento científico y técnico, relacionado con las materias objeto de las prácticas.

c) Facilitará cuando ambas partes lo acuerden, la organización en su sede, por parte del MINISDEF, de conferencias, exposiciones u otros actos de naturaleza análoga para la difusión y promoción de la cultura de defensa, que contribuyan a un mejor conocimiento de las Fuerzas Armadas por parte de los estudiantes y profesores.

d) Hará constar la colaboración del MINISDEF en todas las actividades editoriales, informativas o de promoción en relación con las actuaciones contempladas en este convenio.

e) Proporcionará información sobre las conferencias, congresos, seminarios y jornadas que realice para facilitar la asistencia del personal del MINISDEF destinado en unidades, centros y organismo ubicados en la ciudad de Madrid. Cuando estos eventos formativos tengan coste, se concederá una reducción del 50% del importe total.

f) Gestionará las convocatorias de las prácticas externas curriculares objeto del presente convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, y conforme a los principios de publicidad, objetividad y concurrencia. En principio, son candidatos a participar en este programa todos los estudiantes matriculados en cualquier enseñanza impartida en la Universidad Pontificia Comillas o por los Centros adscritos a la misma, así como los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se encuentren cursando estudios en la Universidad Pontificia Comillas o en los Centros adscritos a la misma.

Para la realización de las prácticas los estudiantes deberán cumplir los requisitos establecidos por la Universidad Pontificia Comillas como desarrollo o complemento de los legalmente requeridos.

g) Facilitará la organización conjunta de conferencias, seminarios, talleres, jornadas divulgativas, u otras actividades similares, relacionadas con las materias objeto de las prácticas.

h) Proporcionará a los estudiantes que realicen las prácticas objeto del convenio la correspondiente cobertura de seguro escolar, según la reglamentación vigente, sin perjuicio de la póliza de responsabilidad civil que cubra los riesgos que pudieran derivarse de las prácticas.

i) Proporcionará la Guía docente de la asignatura de las prácticas al personal del MINISDEF que desempeñe las funciones de tutor.

j) Comunicará al MINISDEF la identidad de los estudiantes del Grado/Máster que llevarán a cabo las prácticas, así como la identidad de los correspondientes tutores académicos.

k) Señalará, previa coordinación con el MINISDEF, las fechas de inicio y finalización de las prácticas.

l) Trasladará a la Comisión Mixta del presente convenio cuantas incidencias y vicisitudes se observen por los tutores académicos, en relación con el desarrollo de las actividades objeto del presente convenio.

m) Reconocerá la labor desempeñada por el tutor de la entidad colaboradora.

Tercera. Condiciones de ejecución de las prácticas.

a) La suscripción del presente convenio por parte del MINISDEF no supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el mismo y en ningún caso se derivarán obligaciones propias de una relación laboral o contractual, de conformidad con la normativa vigente. Por tanto, las prácticas quedan expresamente excluidas de la legislación laboral.

b) Las prácticas objeto de este convenio, que tendrán un carácter exclusivamente académico, no consistirán en el ejercicio de funciones públicas reservadas por ley o reglamentos a personal funcionario o contratado por la Administración General del Estado.

c) Las actividades contempladas en el proyecto formativo estarán directamente vinculadas con las competencias a desarrollar.

d) Las prácticas tendrán una duración conforme a los créditos asignados en el proyecto formativo de que se trate, según el horario establecido.

e) Durante el período de duración de las prácticas, los estudiantes estarán sometidos a las condiciones estipuladas en este convenio y al régimen de funcionamiento del MINISDEF, especialmente en lo relativo al cumplimiento del horario de las actividades formativas.

f) Los estudiantes cumplirán rigurosamente la normativa vigente sobre protección de materias clasificadas, seguridad de la información y seguridad militar, así como la referida a la protección de datos de carácter general.

g) Los tutores que designen ambas partes cumplirán en cualquier caso los requisitos establecidos en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. En concreto:

Tutor designado por MINISDEF:

– Será una persona vinculada a la misma, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar la tutela efectiva del trabajo de los estudiantes en prácticas. Su nombre deberá ser comunicado a la Universidad Pontifica Comillas.

– Tiene derecho a que su actividad sea formalmente reconocida por la Universidad Pontificia Comillas; a ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo; y a tener acceso a la Universidad Pontificia Comillas para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función.

– Se compromete a supervisar la actividad del estudiante en prácticas, orientando y controlando su desarrollo; a informarle sobre la organización y funcionamiento de la Entidad y de la normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales; a coordinar con el tutor académico de la Universidad Pontificia Comillas el desarrollo de las actividades establecidas en el convenio, incluyendo aquellas modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la prácticas, así como a comunicarle posibles incidencias y controlar los permisos para la realización de exámenes u otras actividades académicas, de participación o representación.

Asimismo, proporcionará al estudiante la formación complementaria que precise para la realización de las prácticas y los medios materiales indispensables para realizar el trabajo encomendado

Y se compromete a guardar confidencialidad sobre cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.

– Para la evaluación de las prácticas emitirá un informe final en el que se recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y valorará el desempeño del estudiante conforme a los siguientes aspectos:

• Capacidad técnica.

• Capacidad de aprendizaje.

• Administración de trabajos.

• Habilidades de comunicación oral y escrita. En el caso de estudiantes con discapacidad que tengan dificultades en la expresión oral, deberá indicarse el grado de autonomía para esta habilidad y si requiere de algún tipo de recurso técnico y/o humano para la misma.

• Sentido de la responsabilidad.

• Facilidad de adaptación.

• Creatividad e iniciativa.

• Implicación personal.

• Motivación.

• Receptividad a las críticas.

• Puntualidad.

• Relaciones con su entorno laboral.

• Capacidad de trabajo en equipo.

• Aquellos otros aspectos que se consideren oportunos.

Tutor académico designado por la Universidad Pontificia Comillas:

– No podrá coincidir en la misma persona del tutor de la Entidad.

– Le compete velar por el normal desarrollo del proyecto formativo, garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas y de representación o participación del estudiante.

– Le corresponde autorizar, en su caso, las modificaciones del proyecto formativo y evaluar y calificar las prácticas en el correspondiente Informe de evaluación.

– Deberá supervisar y, en su caso, solicitar la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.

– Para el desempeño de su labor, debe facilitársele acceso a MINISDEF, bajo estricto compromiso de observancia de sus normas internas de funcionamiento y respeto de los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el estudiante.

h) Los estudiantes mantendrán contacto con los tutores, según el procedimiento que se determine.

i) Las prácticas consistirán en el desarrollo de las actividades relacionadas en el correspondiente proyecto formativo, cuyo modelo se incorpora como anexo a este convenio. A este anexo se incorporarán las declaraciones de conformidad de los estudiantes, por las que manifiestan conocer las condiciones de realización de las prácticas, sus derechos y deberes.

j) Los trabajos académicos desarrollados por los estudiantes durante las actividades objeto de este convenio, ya sean de carácter documental, científico o de desarrollo tecnológico, podrán ser utilizados por el MINISDEF, si resultan de interés para éste, y cumpliendo, en cualquier caso, la normativa vigente sobre propiedad intelectual. Si el trabajo se publica, incluirá una referencia o agradecimiento al MINISDEF.

k) Por causas debidamente justificadas, y tras el trámite de audiencia, cualquiera de las partes podrá resolver el período de prácticas a cualquier estudiante.

Cuarta. Confidencialidad de la Información y Protección de Datos de Carácter Personal.

La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la Universidad Pontificia Comillas del MINISDEF, con la expresa autorización de éste para su explotación, tendrá la consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente sin restricciones.

Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva sobre dicha información.

El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.

Queda excluida del presente convenio la Información Clasificada del MINISDEF, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de seguridad pertinentes.

Con respecto a los datos de carácter personal, las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo que está establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se dicten.

Sobre el MINISDEF y la Universidad Pontifica de Comillas tienen la consideración de responsables de los tratamientos propios en que se incorporen datos personales que, respectivamente, se recaben de los alumnos. El acceso a los datos personales por una de las partes intervinientes en el convenio a los datos personales de la otra parte se realizará en la condición de encargado de tratamiento de los datos personales, y única y exclusivamente conforme a la finalidad que derive del objeto del convenio. Los datos personales no se cederán ni se comunicarán a terceros, salvo cuando se cedan a encargado de tratamiento o cuando la cesión deba tener lugar conforme a la legalidad.

Las partes intervinientes en el convenio asumen que deben informar a los titulares de los datos personales de las características del tratamiento de los datos personales que, en el marco del convenio, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el consentimiento de los titulares de los datos personales para llevar a efecto los tratamientos de los datos personales que sean consecuencia de las actuaciones previstas en el convenio y también asumen las obligaciones derivadas de la obligación de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como de implementar el correspondiente mecanismo que solvente las violaciones de la seguridad de los datos personales que pudieran producirse; así como que asumen la obligación de establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares de los datos personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de datos personales.

La documentación de cada actividad que se realice al amparo del convenio incluirá la oportuna cláusula sobre el tratamiento concreto los datos personales, con especificación de los puntos legalmente exigibles.

Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo del convenio se incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento de cada una de las partes intervinientes, con la finalidad de gestionar la relación descrita en el convenio. Las partes intervinientes en el convenio se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines del convenio. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el responsable o el encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y de limitación u oposición al tratamiento.

Si las partes intervinientes en el convenio destinasen los datos personales que obtengan a consecuencia del mismo a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen incumpliendo lo estipulado en el convenio y/o en la normativa de protección de datos personales, cada una de las partes intervinientes responderá de las responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios que causen, a fin de garantizar al perjudicado la indemnización efectiva, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo.

Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.

Quinta. Acceso al interior de la instalación militar.

El interior de una instalación militar cuenta con diversas zonas de seguridad. Al Jefe de la instalación le corresponde autorizar expresamente a qué zonas puede acceder el personal civil, dicha autorización deberá seguir lo especificado en la normativa de seguridad de las instalaciones, y, en particular, lo detallado en el Plan de Seguridad de la instalación militar. Por otra parte el personal civil deberá seguir cuantas indicaciones le sean requeridas en materia de seguridad.

Asimismo, el personal civil que deba de acceder a instalaciones del MINISDEF con motivo del desarrollo de las actividades previstas en este convenio, no podrá introducir, ni exhibir, en dichos recintos, símbolos, distintivos, lemas impresos etc. que, por su contenido, o por las circunstancias en las que se muestren o usen, puedan menoscabar el principio de neutralidad institucional o vulnerar las normas de seguridad aplicables. En caso de incumplimiento de las condiciones de acceso y permanencia en las instalaciones militares, corresponden a la Universidad Pontificia de Comillas las actuaciones de poner en conocimiento del interesado ese incumplimiento y en su caso invitarle a abandonar la correspondiente instalación militar.

Sexta. Financiación y obligación de cotización a la Seguridad Social.

Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso financiero para el MINISDEF.

La Universidad Pontificia Comillas facilitará información sobre el acceso a becas, ayudas o prestaciones para personal del MINISDEF, de acuerdo con lo establecido en la cláusula segunda 2.e)

La obligación de cotización a la Seguridad Social, aplicando las reglas de cotización correspondientes a los contratos y el aprendizaje, exigida en la disposición adicional quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, convalidado por el Congreso de los Diputados, el 22 de enero de 2019, en relación con los alumnos que participen en las citadas prácticas académicas externas (o programa formativo no remunerado del que se trate), corresponderá a la Universidad Pontificia Comillas, con cargo a su presupuesto.

Séptima. Medidas de control y seguimiento.

A fin de procurar el desarrollo y seguimiento de este convenio, se constituirá una Comisión Mixta formada por dos miembros de cada una de las partes, que serán nombrados, respectivamente, por el MINISDEF y por la Universidad Pontificia Comillas.

La Comisión Mixta se constituirá en el plazo de tres meses de la entrada en vigor de este convenio y tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipuladas en el mismo, así como la interpretación de sus cláusulas.

Dicha Comisión Mixta se reunirá con una periodicidad anual y siempre que lo solicite alguna de las partes. Tendrá capacidad de proponer la modificación, vigencia o resolución del convenio, mediante adenda, dentro de lo suscrito en el propio convenio. Todas las decisiones que se adopten en las reuniones serán acordadas por unanimidad.

En su primera reunión, la Comisión Mixta elegirá a las personas que la presidan y que levanten actas de sus reuniones. Al final de cada año elaborará una memoria de actividades.

Asimismo, cualquier modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Octava. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las facultades de la Comisión Mixta para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.

Ambas partes se comprometen a resolver de común acuerdo las eventuales discrepancias que puedan surgir en el desarrollo del presente convenio. En el caso de que no se alcanzara el acuerdo previsto, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid.

Novena. Causas de extinción.

El presente convenio quedará extinguido cuando concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 51, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por:

a) Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto.

b) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes, que deberá comunicarse por escrito a la otra parte con una antelación mínima de dos meses a la fecha en que se pretenda sea efectiva la resolución.

La resolución del convenio no conllevará ningún tipo de indemnización para ninguna de las partes.

La denuncia de cualquiera de las causas de resolución por una de las partes, se comunicará por escrito a la otra parte con una antelación mínima de dos meses. En todo caso, si mediada la notificación de resolución algún estudiante se encontrase realizando prácticas, el convenio seguirá efectivo hasta la finalización de las misma.

En todo caso, deberán finalizarse las actuaciones y actividades que se estén desarrollando o pendientes, en un plazo improrrogable acordado por las partes, a propuesta de la Comisión Mixta de seguimiento, trascurrido el cual el convenio será objeto de liquidación en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Décima. Vigencia.

Este convenio, tal y como recoge el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de cinco días hábiles, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Su periodo de vigencia será de cuatro años, desde que deviene eficaz, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo expreso de las partes antes de su finalización, por un periodo de cuatro años, según los límites temporales previstos en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López Calderón.–Por la Universidad Pontificia Comillas, el Rector Magnífico, Julio L. Martínez Martínez.

ANEXO AL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA Y LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA COMILLAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS EN EL MINISTERIO DE DEFENSA/CESEDEN

De conformidad con la cláusula tercera del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (en adelante MINISDEF/CESEDEN) perteneciente al Ministerio de Defensa, de fecha ...................., los comparecientes establecen el Programa de Prácticas que se recoge en el presente anexo.

1. Condiciones particulares de las prácticas

TITULACIÓN (GRADO/MASTER):

ASIGNATURA:

DURACIÓN: (horas/número de créditos).

FECHA DE COMIENZO: FECHA DE FINALIZACIÓN:

JORNADA DE PRÁCTICAS: (núm. de horas al día y horario asignado).

DÍAS LECTIVOS:

2. Proyecto formativo

OBJETIVOS EDUCATIVOS/COMPETENCIAS A DESARROLLAR (básicas, genéricas y/o específicas): (a cumplimentar por el Centro correspondiente de la Universidad, en coordinación con la Unidad colaboradora del Ministerio de Defensa).

ACTIVIDADES A DESARROLLAR: (a cumplimentar por la Universidad, de acuerdo con la Unidad colaboradora del Ministerio de Defensa).

TUTOR ACADÉMICO:

3. Datos de la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa donde se realizaran las prácticas

UNIDAD, CENTRO U ORGANISMO: CESEDEN/IEEE.

DIRECCIÓN: Paseo de la Castellana, 61, MADRID.

TUTOR DE LA UNIDAD COLABORADORA: ...................................

Al presente anexo se incorporarán las declaraciones de conformidad de los estudiantes, por las que afirman conocer las condiciones de realización de las prácticas, sus derechos y sus deberes.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban López Calderón.–Por la Universidad Pontificia Comillas, el Rector Magnífico, Julio L. Martínez Martínez.

Declaración de conformidad del estudiante al Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN)

El estudiante, abajo firmante, declara su conformidad para realizar prácticas, al amparo del convenio arriba citado, ateniéndose a la normativa vigente y se compromete a:

a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la universidad.

b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del tutor asignado por la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa bajo la supervisión del tutor académico de la universidad.

c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria final que le sean requeridos.

d) Incorporarse a la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el Proyecto Formativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.

e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la unidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.

f) Elaborar la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 del Real Decreto 92/2014, de 11 de julio, y, en su caso, el informe intermedio según instrucciones de la Universidad.

g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.

h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia el Ministerio de Defensa, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.

Asimismo, reconoce los siguientes derechos:

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la Universidad y por un profesional que preste servicios en la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa donde se realice la misma.

b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.

c) A la obtención de un informe por parte de la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.

d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.

e) A recibir, por parte de la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa, información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.

f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación, previa comunicación con antelación suficiente a la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa.

g) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.

h) A disfrutar de los permisos reconocidos en la normativa en vigor.

Madrid, (día, mes y año)

Enterado y conforme

EL ESTUDIANTE

(Nombre y apellidos)

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