Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-8257

Resolución de 30 de abril de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España Universitarios para el año 2021 y se establece el procedimiento para su desarrollo.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 2021, páginas 59427 a 59435 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-8257

TEXTO ORIGINAL

La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte establece que la actuación de la Administración del Estado en el ámbito del deporte corresponde y será ejercida directamente por el Consejo Superior de Deportes, a cuyo efecto corresponde en virtud del artículo 8, apartado j), coordinar con las Comunidades Autónomas la programación del deporte escolar y universitario cuando tenga proyección nacional e internacional.

El Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes dice en su artículo 8.4.m) que corresponde a la Dirección General de Deportes, Impulsar las acciones organizativas y de promoción desarrolladas por las asociaciones deportivas, y programar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, competiciones deportivas escolares y universitarias de ámbito nacional e internacional.

Asimismo la Orden de 3 de febrero de 2004, por la que se regula el Comité Español del Deporte Universitario (en adelante CEDU), establece en su apartado segundo, punto a), que el Comité Español del Deporte Universitario presentará al Consejo Superior de Deportes un plan anual de competiciones y actividades deportivas de carácter nacional.

A la vista de la normativa anterior, las Comunidades Autónomas han adquirido un mayor protagonismo en la colaboración y coordinación de las actividades y competiciones deportivas dentro de su ámbito. La distribución territorial de nuestro país, hace necesario contemplar a las Comunidades Autónomas como punto de partida para la estructura deportiva. Este hecho aconseja la participación del conjunto de las Comunidades Autónomas del territorio nacional en las diferentes competiciones universitarias.

Esta convocatoria está contemplada dentro del «Plan 2021 de apoyo al deporte base II», reconocido como actividad de excepcional interés público mediante la disposición adicional nonagésima de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, el cuál impulsará las iniciativas empresariales de mecenazgo hacia el Deporte Base, en el marco de las competencias del CSD.

La pandemia mundial ocasionada por la COVID-19 ha afectado de forma general a todos los ámbitos sociales de nuestro país y, dentro de ellos, a la actividad deportiva general y de forma específica a aquella ligada a la celebración de competiciones nacionales universitarias. La convocatoria de los Campeonatos de España Universitarios (CEU) 2020 se vio alterada por esta circunstancia, de forma que la Presidencia del CSD canceló de forma cautelar todos los CEU con fecha 20 de marzo de 2020. Posteriormente y mediante Resolución de 10 de julio de 2020 se suspendieron de forma definitiva.

Respecto a la posibilidad de realizar la convocatoria de los CEU 2021, la Comisión Permanente del Comité Español de Deporte Universitario (CEDU) es consciente de la importancia del deporte en la salud física y emocional de los deportistas universitarios y de la necesidad de continuar con el plan anual de competiciones de carácter nacional.

La evolución de la situación de la COVID-19 es impredecible. Con el fin de minimizar los posibles riesgos en los CEU y presumiendo que sea más factible su celebración, se propone ampliar el rango de fechas de celebración de los CEU a todo el año 2021, respetando estrictamente los protocolos generales y específicos de cada deporte y adhiriéndose a las buenas prácticas higiénico-sanitarias durante los desplazamientos y la competición.

Los desplazamientos necesarios para asistir a los Campeonatos de España Universitarios quedarán amparados por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, pues tanto en su artículo 5, en lo que respecta a la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, como en su artículo 6, en relación a la limitación en la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, se entienden los Campeonatos de España Universitarios como actividades de análoga naturaleza a las enumeradas en los puntos 1 de dichos artículos y sus apartados h y k respectivamente, y que están debidamente acreditadas. En el caso de que el Real Decreto 926/2020 no se encuentre en vigor en el periodo de la celebración de los CEU 2021, se tendrá en cuenta la ley vigente en el momento de la competición.

Por ello, y teniendo en cuenta lo establecido en el citado Real Decreto 460/2015, en el que se establece que corresponde a la Dirección General de Deportes Impulsar las acciones organizativas y de promoción desarrolladas por las asociaciones deportivas, y programar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, competiciones deportivas escolares y universitarias de ámbito nacional e internacional, este Consejo Superior de Deportes, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas, resuelve convocar de forma extraordinaria los Campeonatos de España Universitarios para el año 2021 con las siguientes características.

Primero. Modalidades y categorías convocadas.

1. Los Campeonatos de España Universitarios 2021 (en adelante CEU 2021) se convocan en las siguientes modalidades y especialidades deportivas:

a) Deportes individuales: ajedrez, atletismo, bádminton, campo a través, escalada, esgrima, golf, halterofilia, hípica, judo, karate, lucha, natación, orientación, pádel, taekwondo, tenis, tenis de mesa, tiro con arco, triatlón, vela y vóley playa.

b) Deportes de equipo: baloncesto, baloncesto 3x3, balonmano, fútbol, fútbol sala, rugby 7 y voleibol.

Todas las modalidades y especialidades se convocan en categoría femenina y masculina. Las universidades organizadoras podrán proponer los sistemas de competición que estimen más adecuados para su ajuste a los requisitos de esta convocatoria, siguiendo siempre los mínimos establecidos en el Reglamento General y el Reglamento Técnico de la competición.

2. En el caso de producirse una mejora de la situación sanitaria actual y siempre que las circunstancias lo permitiesen, se priorizará establecer la organización de los deportes de equipo conforme a la Resolución, de 28 de octubre de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes por la que se convocaban los Campeonatos de España Universitarios para el año 2020 y se establecía el procedimiento para su desarrollo.

3. Debido a la situación sanitaria en la que nos encontramos, se recomienda organizar, cuando la modalidad deportiva lo permita, los CEU en un día de duración.

4. Como consecuencia de la crisis sanitaria que estaba atravesando nuestro país por causas de la COVID-19, se cancelaron los CEU 2020. Al tratarse de razones ajenas a las universidades organizadoras, los proyectos aprobados para la organización de los CEU 2020 podrán revalidar su proyecto para el año 2021 o 2022.

Con fecha 2 de enero de 2020, la Presidenta del Consejo Superior de Deportes firmó la Resolución Definitiva por la que se resolvía la celebración de los Campeonatos de España Universitarios 2020 convocados por el Consejo Superior de Deportes y las entidades organizadoras de los mismos. Las universidades seleccionadas en la organización de los CEU 2020, citadas en dicha Resolución, tendrán prioridad de organización en dichas modalidades deportivas siempre y cuando, presenten el correspondiente proyecto de organización en el plazo estipulado. Esta decisión ha sido ratificada en la reunión ordinaria de la Comisión Permanente del CEDU celebrada el 15 de octubre de 2020.

5. El Consejo Superior de Deportes podrá convocar excepcionalmente, además de las anteriormente citadas, otras modalidades deportivas consideradas de interés para este organismo y para las universidades españolas.

Segundo. Medidas preventivas y recomendaciones para la participación frente al COVID-19.

1. Los desplazamientos necesarios para asistir a los Campeonatos de España Universitarios quedarán amparados por el del artículo 5.1.h) y 6.1.k) del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

2. Ampliar las fechas de celebración de los CEU hasta final de año 2021.

3. Establecer medidas de limitación de participación en los Reglamentos Técnicos de cada deporte.

4. Se recomienda limitar al máximo los días de competición, reduciendo, en lo posible, las pernoctaciones y concentraciones de equipos.

5. Cumplir con las normativas locales, autonómicas y nacionales respecto a la COVID-19 para la organización de cada CEU.

6. Aplicar los protocolos y procedimientos frente a la COVID-19 de las federaciones nacionales deportivas de cada modalidad, de las universidades organizadoras y de las instalaciones deportivas donde se celebre el CEU.

7. Fomentar la responsabilidad individual de los deportistas y componentes de la delegación, no solo en el desarrollo de las competiciones sino en el cumplimento estricto de todas las recomendaciones de tipo sanitario, en todo momento durante desplazamientos y competiciones.

Tercero. Aspectos generales para el desarrollo de las competiciones.

1. De las obligaciones de las universidades participantes. Las universidades participantes que hayan solicitado participar en los CEU 2021 asumen los siguientes compromisos:

a) Gestionar las inscripciones de sus deportistas y oficiales de acuerdo con las condiciones y procedimientos que establezca el Consejo Superior de Deportes para cada uno de los campeonatos. Todo ello ajustándose a los requisitos exigidos y dentro de los plazos marcados en el Reglamento General de los CEU 2021.

b) Planificar, organizar, gestionar y hacer frente, en la medida de lo posible, a los gastos derivados de los viajes de incorporación y retorno de sus deportistas y oficiales, los desplazamientos motivados por las competiciones así como los alojamientos necesarios para su participación en los CEU 2021, salvo en los casos en los que la organización los asumiera.

c) Organizar y gestionar, si fuera preciso, las pruebas diagnósticas de la COVID-19 con una antelación, al menos, de 72 horas previas al desplazamiento de todos los miembros de la expedición.

d) Designar un coordinador COVID-19 para cada universidad participante que controle los aspectos sanitarios de los miembros de su expedición.

e) La participación de sus deportistas en las pruebas y competiciones en las que se inscribieron.

f) Designar un Jefe de Delegación o Jefa de Delegación para cada una de las sedes de los CEU 2021, que ostentará la representación de la universidad ante el comité organizador correspondiente.

g) Cada universidad será responsable de que todos los participantes que le representen en los CEU 2021, cuenten con seguro escolar y/ o póliza de seguro específica que garantice la cobertura de los riesgos derivados de la práctica deportiva en estos campeonatos.

h) Informar de la reglamentación general y técnica de la competición a los componentes de la delegación, así como del reglamento de disciplina deportiva, especialmente en lo referente al uso de sustancias prohibidas.

i) Cumplir con los protocolos y procedimientos frente a la COVID-19 de las federaciones nacionales deportivas de cada modalidad, así como el protocolo específico desarrollado por la universidad organizadora y de la propia instalación deportiva. Serán también de aplicación los correspondientes protocolos nacionales, autonómicos y locales que establezcan las autoridades sanitarias del lugar de celebración de la competición.

2. De las obligaciones de las universidades organizadoras. Las universidades que hayan solicitado organizar alguna modalidad de los CEU 2021, siendo adjudicatarias de los mismos, asumen los siguientes compromisos:

a) Asegurar la disposición de las instalaciones deportivas necesarias para el desarrollo de las competiciones, durante los días y horarios que requieran las mismas.

b) Procurar la disponibilidad de los jueces, juezas o equipo arbitral que se precisen para la realización de los distintos encuentros deportivos y disponer la constitución de secretarías técnicas de cada uno de los deportes que se organicen en la sede.

c) Organizar y gestionar, si fuera preciso, las pruebas diagnósticas de la COVID-19, previa a la competición, de todos los miembros de la organización.

d) Desarrollar un protocolo frente a la COVID-19 de obligado cumplimiento para todos los participantes.

e) Elaborar y recoger, de cada universidad participante, una declaración responsable, firmada por cada miembro de la expedición, en la que conste el compromiso del cumplimiento del protocolo frente al COVID-19.

f) Cumplir con los protocolos y procedimientos frente a la COVID-19 de las federaciones nacionales deportivas de cada modalidad, así como el protocolo específico desarrollado por la propia universidad organizadora y de la instalación deportiva. Serán también de aplicación los correspondientes protocolos nacionales, autonómicos y locales que establezcan las autoridades sanitarias del lugar de celebración de la competición.

g) Designar un Coordinador COVID-19 de la organización que supervise el cumplimiento de los Protocolos de prevención ante la COVID-19.

h) Aportar el material deportivo necesario para el desarrollo de las competiciones.

i) Facilitar locales y medios adecuados para la secretaría de organización, la comisión de control y acreditación de los participantes.

j) Remitir al Consejo Superior de Deportes el acta de la comisión de control del mismo, con expresión de los participantes ateniéndose a las condiciones de los reglamentos técnicos de cada deporte.

k) Proponer el Juez Único de Competición.

l) Informar del desarrollo del CEU, preferentemente con soporte informático y a través de una página web actualizada (calendario de pruebas, resultados, etc.).

m) Dar la máxima publicidad a los CEU 2021 a través de los medios de comunicación.

n) Confeccionar la memoria del CEU 2021 y remitir un ejemplar al Consejo Superior de Deportes.

o) Asegurar la asistencia médico-sanitaria y seguro multirriesgo de quienes participen y organicen durante la propia actividad de competición.

p) Asumir los gastos protocolarios anexos a la organización.

q) Asumir los gastos de material gráfico, entre los que se encuentran los ocasionados por la impresión de las diversas piezas de cartelería a realizar (pósteres, carpetas...) así como las cintas y plásticos para las acreditaciones.

r) Correr con todos los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención ocasionados por la asistencia al campeonato tanto del Asesor Técnico de la disciplina deportiva que se organice, como del Delegado CEDU.

3. De las obligaciones del Consejo Superior de Deportes. El Consejo Superior de Deportes se compromete a:

a) Coordinar y supervisar la preparación y el desarrollo de los CEU 2021.

b) Coordinar, organizar y gestionar, con sus propios medios, las inscripciones de las personas que participen en los CEU 2021, así reconocidos por resolución de la Presidenta del Consejo Superior de Deportes.

c) Poner a disposición de las universidades organizadoras de cada uno de los CEU 2021 los datos personales necesarios de los participantes inscritos, para su acreditación y la organización técnica de los campeonatos.

d) Publicar el Reglamento General de los Campeonatos de España Universitarios y los reglamentos técnicos específicos de las modalidades deportivas de los CEU 2021.

e) Nombrar el Juez Único o Jueza Única de Competición propuesto por las universidades organizadoras.

f) Aportar a las entidades organizadoras la imagen gráfica que deberá utilizarse en la cartelería, acreditaciones y documentación en general que se elaborare en todos los campeonatos.

g) Aportar las medallas y trofeos para los premiados en cada competición, que reflejarán el nombre del Campeonato de España Universitario del que se trate. En el caso de aquellas competiciones que pudieran llegar a celebrarse antes de que sea viable por los plazos administrativos que el CSD pueda aportarlos, la propia universidad organizadora será la responsable de su suministro.

h) Suscribir una póliza de responsabilidad civil, subsidiaria respecto de los miembros de las universidades participantes, jueces y árbitros de la competición y personal de la organización debidamente acreditada, que les cubra en el ámbito de su actuación y durante la realización de las actividades dentro del mismo.

i) Dar visibilidad a través de la página web del CSD de toda la información disponible de los CEU.

Cuarto. Plazo y procedimiento de solicitud de organización de las competiciones convocadas.

1. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes.

2. La Comisión Permanente del Comité Español de Deporte Universitario estudiará la calidad y viabilidad de los proyectos de organización presentados.

3. Podrán optar a organizar los campeonatos convocados las universidades pertenecientes al CEDU. Para ello deberán presentar su solicitud siguiendo la normativa establecida en esta convocatoria y resultar seleccionadas en el listado definitivo que se publique en la Resolución definitiva que se adopte.

4. Con carácter excepcional, y para favorecer la planificación de los proyectos, aquellas universidades que deseen presentar alguna candidatura de Campeonato de España Universitario para el año 2022 (CEU 2022), podrá hacerlo, justificando en el proyecto las circunstancias que aconsejan su aprobación en esta convocatoria. En la fase de valoración, la Comisión Permanente informará específicamente sobre el proyecto, indicando, en su caso, las razones que aconsejan su aprobación anticipada.

5. El Consejo Superior de Deportes valorará positivamente, para seguir avanzando en los programas para deportistas con algún tipo de discapacidad, aquellos proyectos de organización que incluyan la celebración de la modalidad adaptada.

6. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación en el BOE de la presente resolución. En virtud de los previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es (trámite n.º 991927). Las solicitudes deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

7. La solicitud telemática deberá estar firmada por el representante legal de la entidad solicitante o persona autorizada para este trámite por el mismo mediante apoderamiento legal. Un modelo de apoderamiento de referencia por si quisiera utilizarse, podrá descargarse en el trámite mencionado de la oficina virtual del CSD.

8. Todas las notificaciones oficiales de este procedimiento a las universidades se realizarán de forma electrónica y de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, anteriormente mencionada. Las universidades podrán consultar sus notificaciones a través de la «Carpeta Ciudadana» (https://sede.administracion.gob.es/carpeta).

Quinto. Documentación a presentar en las solicitudes.

Las universidades podrán presentar sus candidaturas para la organización de los CEU 2021 en los deportes indicados en el apartado 1 de esta resolución de acuerdo con los siguientes requisitos:

1. Todas las solicitudes presentadas deben ir acompañadas de un proyecto técnico-deportivo (anexo I), de un presupuesto detallado (anexo II) y escrito de la Federación Deportiva Española en la que se hace constar su conocimiento de las fechas del Campeonato (anexo III).

2. El proyecto técnico-deportivo del anexo I deberá contener la información solicitada en el mismo:

a) Datos generales: competición solicitada, fechas de competición, sede/s propuestas y si se presenta el escrito de la federación solicitado en la convocatoria.

b) Explicación del proyecto presentado detallando el sistema de competición adaptado a la nueva situación sanitaria.

c) Reglamento técnico del deporte a organizar, adaptado a la nueva situación sanitaria, previo consenso con el asesor técnico de la modalidad deportiva.

d) Protocolo de actuación frente a la COVID-19. El protocolo deberá de incluir un anexo con un documento que redacte una declaración responsable de los participantes aceptando las normas de dicho protocolo.

e) Instalaciones deportivas previstas, que deberán reunir todos los requisitos técnicos y legales para albergar competiciones de este nivel, incluida la cobertura de posibles incidencias en cuanto a responsabilidad civil.

f) Número de árbitros y/o jueces indispensables para el correcto desarrollo de la competición, así como del personal auxiliar (mesas, anotadores, ayudantes, etc.): previsión del número de ellos que deberá alojarse.

g) Actividades de promoción y/o formación que se prevé desarrollar durante los días de competición.

h) Cobertura médico-sanitaria prevista: personal médico-sanitario y ambulancias para atención y traslados durante la competición y/o actos paralelos que promueva la organización.

i) Entidades públicas o privadas que colaborarán en la organización y en los costes de la misma.

j) Información adicional sobre el proyecto que se presenta: utilización de nuevas tecnologías, alojamientos previstos para organización, equipo…

3. El presupuesto detallado que contempla el anexo II, con el correspondiente desglose por conceptos, cantidades estimadas e instituciones implicadas, teniendo en cuenta que es de máxima importancia velar por la máxima rigurosidad y austeridad económica en todos los conceptos de gasto:

3.1 Conceptos de gasto generales de la organización:

a) Gastos ocasionados para el montaje técnico y adecuación de las instalaciones deportivas y zonas de competición, incluidos los necesarios para el montaje y funcionamiento de la Secretaría Técnica.

b) Material deportivo fungible necesario para la competición.

c) Gastos necesarios para el montaje y funcionamiento de la Secretaría General.

d) Gastos de cobertura médico-sanitaria.

e) Alojamiento, manutención y transporte interno para la competición de árbitros/jueces.

f) Gastos de material gráfico específico para el campeonato.

g) Costes de nuevas tecnologías aplicadas a la competición.

h) Gastos protocolarios.

i) Gastos diversos u otros imprevistos de organización.

3.2 Estimación de los gastos de alojamiento y manutención de los participantes: coste persona/día y total, especificando si alguna entidad de la organización asumirá parte o el total del coste de este concepto.

3.3 Previsión de ingresos para cubrir el presupuesto, con la estimación de las aportaciones de entidades públicas y/o privadas que colaborarán en los costes de la competición.

4. El escrito de la Federación Deportiva Española según modelo contemplado en el anexo III, debidamente sellado y firmado.

5. Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sexto. Valoración de las solicitudes de organización presentadas y propuesta de resolución de entidades organizadoras.

1. Para el estudio de los proyectos presentados por las universidades candidatas en 2021, se asignará a las mismas hasta un máximo de 100 puntos, según el estudio de los siguientes parámetros:

a) Proyectos de promoción y divulgación de práctica físico-deportiva entre el alumnado durante el curso académico 2020-2021 de las disciplinas que vaya a organizar en los CEU 2021. (Máximo 10 puntos).

b) Instalaciones deportivas: enumerar las instalaciones deportivas y la adecuación de sus condiciones a la modalidad deportiva a desarrollar. (Máximo 15 puntos).

c) Adaptación y planificación adecuada para el desarrollo de la competición conforme los Protocolos de Prevención a la COVID-19. (Máximo 15 puntos).

d) Recursos para la Secretaría de organización: especificar los recursos económicos, humanos y materiales a utilizar por la Secretaría General del Campeonato. (Máximo 10 puntos).

e) Oferta hotelera: previsión de ocupación hotelera con el fin de garantizar el adecuado alojamiento de todos los participantes. (Máximo 15 puntos).

f) Presupuesto general del proyecto: desglose presupuestario de gastos e ingresos de todos los conceptos incluidos en la organización del Campeonato. (Máximo 15 puntos).

g) Implicación y colaboración de otras Instituciones o Entidades. (Máximo 10 puntos).

h) Asistencia médico-sanitaria, medidas higiénico-sanitarias frente al COVID-19 y seguro multirriesgo que cubra la responsabilidad civil de quienes participen y organicen durante la propia actividad de competición. (Máximo 10 puntos).

i) Los proyectos que fueron concedidos para la organización de los CEU 2020 tendrán prioridad respecto a las candidaturas presentadas en 2021.

2. Además, para que los proyectos de organización presentados puedan ser considerados CEU 2021, deberán reunir los siguientes requisitos en cuanto a la participación de universidades:

a) En deportes individuales.

b) En categoría masculina, será necesaria la participación de, al menos, 10 universidades que representen, al menos, a 3 Comunidades Autónomas.

c) En categoría femenina será necesaria la participación de, al menos, 6 universidades que representen, al menos, a 2 Comunidades Autónomas.

d) En deportes de equipo será necesaria la participación de, al menos, 4 universidades de 3 Comunidades Autónomas diferentes.

e) Por lo tanto, los proyectos deberán incluir una previsión de participación de universidades.

3. Aquellos proyectos que no cumplan con los requisitos establecidos en el apartado anterior tendrán la consideración de campeonatos interuniversitarios y, por lo tanto, no se desarrollarán al amparo de esta resolución.

4. Para aquellos deportes que no tienen una clara definición de deporte de equipo o individual, la Comisión Permanente decidirá en qué apartado de los anteriores se incluirá.

5. Los apartados anteriores se tendrán en cuenta igualmente para las candidaturas solicitadas según el apartado cuarto, punto 3.

6. Una vez recibidos los proyectos presentados por las universidades, la Comisión Permanente del Comité Español de Deporte Universitario (CEDU), los evaluará y otorgará los puntos parciales a conceder por cada uno de los ítems previstos en apartado sexto, punto 1. La Comisión Permanente emitirá un informe técnico con la propuesta provisional de concesión, en el que se establecerán las universidades organizadoras y las sedes de cada una de ellas.

7. En base al informe técnico, se elevará para su aprobación por la Dirección General de Deportes, la propuesta de resolución que incluirá los acuerdos tomados por la Comisión Permanente y la relación de competiciones con las posibles sedes de cada una de ellas.

8. No se abrirá plazo para trámite de audiencia, ya que no serán tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados y la documentación presentada en las solicitudes, según lo establecido en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. En caso de que no haya suficientes proyectos adecuados para la organización de los Campeonatos, o alguna universidad, con el apoyo de la Federación Deportiva Española correspondiente, manifiesta interés por realizar un campeonato de una modalidad no convocada en la presente resolución, la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, oída la Comisión Permanente de CEDU, podrá establecer las actuaciones necesarias para llevar a cabo las competiciones.

Séptimo. Resolución del procedimiento.

1. La concesión definitiva será adoptada por Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes y se notificará a todas las universidades solicitantes la relación de proyectos seleccionados para la organización de los CEU 2021 y, en su caso, aquellas candidaturas seleccionadas para el CEU 2022, según se establece en el apartado cuarto, punto 3.

2. A tenor de lo dispuesto en los apartados anteriores, con independencia de la Resolución que pueda dictar la Presidenta del Consejo Superior de Deportes para la notificación de organización de los Campeonatos de España Universitarios a las universidades solicitantes, si tras los procesos de inscripción y/o de acreditación de participantes en los campeonatos, el Consejo Superior de Deportes constatara que alguno de ellos no cumple con los requisitos establecidos en el apartado 6.2, le será de aplicación lo dispuesto en el 6.3.

3. El plazo máximo para la resolución del procedimiento, será de tres meses computados a partir del día siguiente a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, entendiéndose desestimada una vez transcurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La Resolución de adjudicación de las entidades organizadoras de las competiciones convocadas pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma cabrá interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo organismo que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octavo. Ayudas del CSD para colaborar con los gastos de organización de las competiciones.

1. El CSD podrá colaborar, con sujeción a la tramitación y disponibilidad presupuestaria oportuna, en la financiación de los gastos de la organización de los campeonatos para el año 2021, mediante una convocatoria de ayudas.

2. En el caso de disponer de fondos mediante acuerdos alcanzados en el Marco del Plan 2021 de Apoyo al deporte Base II y que pudiesen ser destinados a financiar gastos de organización, y/o gastos derivados de la participación, la entidad organizadora, o en su caso las universidades participantes, deberán formalizar un compromiso por escrito, accediendo a facilitar las acciones que puedan plantear los mecenas durante la celebración del campeonato.

Noveno. Recursos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso de reposición ante la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE, con arreglo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y/o potestativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE, de acuerdo con el artículo 9.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, y el criterio interpretativo de la Audiencia Nacional al respecto.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 30 de abril de 2021.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid