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Documento BOE-A-2021-787

Resolución de 30 de diciembre de 2020, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la prórroga de la Encomienda de gestión a Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, SME, MP, para el apoyo a las verificaciones administrativas de las cuentas justificativas presentadas por los beneficiarios de las ayudas concedidas por el Instituto de Salud Carlos III.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2021, páginas 4750 a 4752 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2021-787

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 21 de diciembre de 2020 se ha suscrito la tercera prórroga de la Encomienda de gestión del Instituto de Salud Carlos III O.A., M.P. a Tecnologías y Servicios Agrarios S.A. SME, MP (TRAGSATEC) para el apoyo a las verificaciones administrativas de las cuentas justificativas presentadas por los beneficiarios de las ayudas concedidas por el Instituto de Salud Carlos III.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada prórroga, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 30 de diciembre de 2020.–La Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Raquel Yotti Álvarez.

ANEXO
Tercera prórroga de la Encomienda de gestión del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) OA, MP. a Tecnologías y Servicios Agrarios S.A. SME, MP (TRAGSATEC) para el apoyo a las verificaciones administrativas de las cuentas justificativas presentadas por los beneficiarios de las ayudas concedidas por el ISCIII

En Madrid a 21 de diciembre de 2020.

Doña Raquel Yotti Álvarez, como Directora del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P. (en adelante ISCIII), CIF: Q-2827015-E, organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la Secretaría General de Investigación, nombrada por Real Decreto 1029/2018, de 3 de agosto (BOE número 188, del 4) actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, 6, de Madrid y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su Estatuto:

EXPONE

Primero.

La empresa TRAGSATEC se encuentra actualmente ejecutando actuaciones de apoyo de carácter técnico-administrativo a las verificaciones administrativas de las cuentas justificativas presentadas por los beneficiarios de las ayudas concedidas por el Instituto de Salud Carlos III (en adelante ISCIII), así como un mantenimiento evolutivo de las bases de datos existentes en la Subdirección General de Redes y Centros de Investigación Cooperativa (SGRICIC), como se recoge en la Resolución de la Encomienda de Gestión de fecha 12 de febrero de 2018.

Segundo.

Para el ISCIII sigue siendo necesario contar con medios materiales y humanos adicionales a los que actualmente dispone, para que preste un adecuado apoyo y soporte técnico que agilice la labor de la Administración y acorte los plazos de revisión en esta coyuntura.

Por otra parte, hasta la fecha, los trabajos encomendados se han venido realizando de manera adecuada. Además, tal y como establece la encomienda, TRAGSATEC ha presentado cada trimestre un informe de seguimiento, que acredita la realización de los trabajos ejecutados en el trimestre correspondiente, e incorpora también información del trabajo realizado desde el inicio de la encomienda.

Tercero.

De acuerdo con la cláusula novena, relativa a la duración de la Encomienda de Gestión, el plazo de ejecución de la actuación es de 12 meses, pudiendo ser prorrogada con anterioridad a su vencimiento por resolución del ISCIII, a propuesta de la Comisión Técnica de Seguimiento prevista en la cláusula decimoprimera, por periodos anuales, hasta un máximo de cuatro.

Cuarto. Objeto.

El objeto de la presente prórroga de la encomienda de gestión será la prestación, por parte de la empresa TRAGSATEC, de los mismos servicios objeto de la encomienda de conformidad con las especificaciones y el Anexo contenido en la misma de fecha 12 de febrero de 2018.

Quinto. Efectos.

El periodo de prórroga de la Encomienda de Gestión será de 1 año a partir del 12 de febrero de 2021, finalizando el 11 de febrero de 2022.

Sexto. Presupuesto.

El importe del presupuesto total de la actuación asciende a 276.070,42 euros. Los servicios prestados por TRAGSATEC no estarán sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.8.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Dicho importe será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 465A22706 del presupuesto de gastos del ISCIII.

La cantidad señalada es la determinada por TRAGSATEC en aplicación de las tarifas oficiales del Grupo TRAGSA.

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Séptimo.

El resto de documentación, cláusulas, anexos y condiciones asociadas a la Encomienda de Gestión se mantienen vigentes, y se comunica a TRAGSATEC para su conocimiento y efectos oportunos.

La Directora del Instituto de Salud Carlos III, Raquel Yotti Álvarez.

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