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Documento BOE-A-2021-7754

Resolución de 29 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización conjunta del proyecto de I+D+i "Desarrollo de una vacuna contra SARS-COV-2 mediante micro/nanoesferas de muNS-Mi - Devasarmic".

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2021, páginas 56404 a 56405 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2021-7754

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la adenda el 28 de abril de 2021, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 29 de abril de 2021.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosa Menéndez López.

ANEXO
Segunda adenda al convenio entre el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., y la Universidade de Santiago de Compostela para la realización conjunta del proyecto de I+D+i «Desarrollo de una vacuna contra SARS-COV-2 mediante micro/nanoesferas de muNS-Mi - DEVASARMIC», suscrito el 6 de julio de 2020

INTERVIENEN

De una parte, doña Rosina López-Alonso Fandiño, en su condición de vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), nombrada por Acuerdo del Consejo Rector del CSIC, en su reunión de 28 de noviembre de 2019 (BOE de 18 de diciembre de 2019. Res. Presidencia CSIC de 13 de diciembre de 2019, por la que se resuelve convocatoria de libre designación), actuando en nombre y representación de esta institución en virtud de las competencias que tiene delegadas por resolución de 21 de enero de 2021 de la Presidencia del CSIC (BOE de 28 de enero siguiente). Organismo con sede central en Madrid (CP 28006), domicilio institucional en calle de Serrano 117 y NIF Q-2818002-D.

Y de otra, el Excmo. don Antonio López Díaz en su condición de rector magnífico, actuando en nombre y representación de la Universidade de Santiago de Compostela, en adelante USC, en virtud de Decreto 57/2018 del 31 de mayo de la Xunta de Galicia (DOG de 5 de junio de 2018), y en el ejercicio de las facultades que le confieren los Estatutos de la USC, aprobados por el Decreto 14/2014, del 30 de enero de la Xunta de Galicia (DOG de 12 de febrero de 2014). Entidad con domicilio en Pazo de San Xerome, Praza do Obradoiro, s/n, 15782, Santiago de Compostela (A Coruña) y NIF Q1518001A.

El CSIC y la USC, en adelante denominadas conjuntamente «las partes», declaran hallarse debidamente facultadas y con la capacidad necesaria para obligarse en los términos de la presente adenda al Convenio, a cuyo efecto

EXPONEN

1. Que las partes suscribieron con fecha de 6 de julio de 2020 un Convenio para la realización del proyecto «Desarrollo de una vacuna contra SARS-COV-2 mediante micro/nanoesferas de muNS-Mi - DEVASARMIC» en el marco de la convocatoria Crue-CSIC-Santander Fondo Supera COVID-19, aprobada por el Fondo Supera COVID-19, constituido por Banco Santander, las universidades españolas y el CSIC.

2. Que dicho Convenio se suscribió aplicándole lo previsto en el artículo 39 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

3. Que, asimismo, las partes formalizaron el 1 de octubre de 2020 una adenda al Convenio referido con objeto de modificar su cláusula cuarta.

4. Que la cláusula octava del Convenio establece que en el caso de que no se hubiesen alcanzado los resultados previstos en el plazo establecido, y las partes considerasen oportuna su continuación, la duración del mismo podrá prorrogarse con anterioridad a la fecha de su finalización por un plazo máximo de cinco (5) años mediante acuerdo expreso y por escrito de las partes formalizado en una adenda.

5. Que el Comité evaluador Fondo Supera COVID-19 en fecha 22 de febrero de 2021 aprobó una ampliación del plazo de ejecución del proyecto hasta el 31 de diciembre de 2021. Se adjunta la citada autorización como anexo.

6. Que, de acuerdo con lo anterior, las partes coinciden en prorrogar la duración del Convenio para llevar a cabo la ejecución completa del proyecto.

En consecuencia, los intervinientes acuerdan la suscripción de la presente adenda al Convenio para la realización conjunta del proyecto de investigación aludido, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de esta adenda es prorrogar la duración del Convenio mencionado en el expositivo primero, cuya vigencia queda ampliada hasta el 31 de diciembre de 2021.

Segunda. Naturaleza jurídica y eficacia.

La presente adenda tiene naturaleza administrativa y se sujeta al régimen jurídico de los convenios conforme a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). No obstante, esta adenda se perfecciona y desplegará efectos desde el momento de su firma al aplicársele el mismo tratamiento del Convenio del que trae causa según lo dispuesto en el artículo 39 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, ya citado. Una vez firmada será objeto de inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera. Condiciones.

Para todo lo no previsto en la presente adenda serán de aplicación las cláusulas, condiciones y términos establecidos en el Convenio firmado, formando ésta parte integrante del mismo.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda, constando como fecha de suscripción el 28 de abril de 2021.–La Vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosina López-Alonso Fandiño.–El Vicerrector de Investigación e Innovación de la Universidade de Santiago de Compostela, por delegación rectoral (R.R. de 30 de abril de 2020, D.O.G. de 11 de mayo de 2020), Vicente Pérez Muñuzuri.

(El anexo al que se refiere la Adenda es objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado)

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