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Documento BOE-A-2021-775

Resolución de 23 de diciembre de 2020, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica la Adenda del Acuerdo de Delegación "Proyecto de apoyo a la implementación de la Escuela de Alta Gerencia Pública en Honduras".

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2021, páginas 4567 a 4568 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2021-775

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda n.º 2 del Acuerdo de Delegación LA/2018/394-182: «Proyecto de apoyo a la implementación de la Escuela de Alta Gerencia Pública en Honduras», cuyo texto figura como anexo a esta resolución.

Asimismo, se indica que el anexo I de la adenda n.º 2 que modifica el acuerdo de delegación, así como el Convenio de delegación, sus anexos y el Apéndice 1, se encuentran disponibles en la Sede electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es).

Madrid, 23 de diciembre de 2020.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Magdy Esteban Martínez Solimán.

ANEXO
Adenda n.º 2 al Acuerdo de Delegación LA/2017/394-182

La Unión Europea, representada por la Comisión Europea en lo sucesivo, «el Órgano de Contratación», por una parte, y La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), con sede en Avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, España, (en lo sucesivo, «la Organización») por otra parte, han convenido lo siguiente:

Condiciones particulares

Dónde dice:

«Cláusula 2. Entrada en vigor, período de aplicación y plazo de contratación.

Período de aplicación.

2.3 El período de aplicación del presente Convenio, según lo establecido en el anexo I, será de 30 meses.

Plazo de contratación.

2.4 La organización firmará los distintos contratos y contratos de subvención necesarios para la aplicación del presente Convenio: a más tardar, treinta (30) meses a partir de la fecha entrada en vigor del presente Convenio.

y

Cláusula 6. Anexos.

6.2 En caso de conflicto entre las presentes Condiciones Particulares y los anexos, prevalecerá lo dispuesto en las Condiciones Particulares. En caso de conflicto entre las disposiciones del anexo II ("Condiciones Generales").»

Debe decir:

«Cláusula 2. Entrada en vigor, período de aplicación y plazo de contratación.

Entrada en vigor.

Período de aplicación.

2.3 El período de aplicación del presente Convenio, según lo establecido en el anexo I, será de 42 meses.

Plazo de contratación.

2.4 La organización firmará los distintos contratos y contratos de subvención necesarios para la aplicación del presente Convenio: a más tardar, cuarenta y un (41) meses a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Convenio.

y

Cláusula 6. Anexos.

6.2 En caso de conflicto entre las presentes Condiciones Particulares y los anexos, prevalecerá lo dispuesto en las Condiciones Particulares. En caso de conflicto entre las disposiciones del anexo II ("Condiciones Generales") y las disposiciones de los demás anexos, prevalecerá lo dispuesto en el anexo II ("Condiciones Generales").»

Se adjunta a esta adenda una nueva versión del anexo I, acorde al nuevo periodo de aplicación y plazo de contratación.

Todas las demás estipulaciones del acuerdo y sus anexos anteriores se mantienen sin cambios.

Se subraya que en fecha 31 de julio de 2018 se celebró el contrato «Proyecto de Apoyo a la Implementación de la Escuela de Alta Gerencia Pública en Honduras» entre el Órgano de Contratación y la Organización y que en agosto de 2018 se firmó la primera adenda al Convenio sustituyéndose el número inicial del contrato LA n.º 2017/394-192 por el actual número LA n.º 2018/394-182.

Esta adenda formará parte del Convenio y entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» español (BOE). La Organización informará cuanto antes por escrito de la fecha de publicación al Órgano de Contratación.

Hecho en español, en tres originales, dos originales para el Órgano de Contratación y un original para la Organización.

Por la Organización, 18 de diciembre de 2020, la Presidenta de la AECID, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la AECID (Consejo Rector de la AECID el 28 de julio de 2020), P.D. de firma (Resolución de 9 de diciembre de 2020), el Coordinador General de la Cooperación Española en Honduras, Juan José Sanzberro Gamio.–Por el Órgano de Contratación, 17 de diciembre de 2020, el Embajador de la Unión Europea en Honduras, Jaume Segura Socias.

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