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Documento BOE-A-2021-6962

Orden PCM/415/2021, de 26 de abril, por la que se modifica la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan vocales titulares y suplentes en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se publica la composición del citado Consejo.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2021, páginas 50926 a 50928 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-6962

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, tras la celebración de las elecciones al Consejo de la Guardia Civil, se dictó la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan los vocales en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se publica la composición del citado Consejo.

Dicha orden fue modificada por la Orden PRA/217/2018, de 28 de febrero, mediante la que se actualizó la relación de suplentes de los representantes de la Administración General del Estado y se designó un nuevo titular, incorporando al Consejo, como vocal titular en representación de la Administración General del Estado, a la autoridad llamada a informar trimestralmente sobre el absentismo y la siniestralidad.

Posteriormente, se modificó de nuevo la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, en virtud de la Orden PCI/338/2019, de 25 de marzo, con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. Este Real Decreto modificaba la denominación de los órganos de la Dirección General de la Guardia Civil con rango de Subdirección General, haciendo necesaria la adaptación de aquella orden a la nueva estructura, así como a la creación de una nueva unidad en la Dirección General de la Guardia Civil con cometidos específicos en igualdad de género.

Recientemente, la publicación del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, ha supuesto la creación de un nuevo Mando en el Cuerpo de la Guardia Civil, el de Fronteras y Policía Marítima, que encuadra a un importante número de unidades de la Guardia Civil. Teniendo en cuenta que en representación de la Administración General del Estado hay vocales de todas las unidades de nivel subdirección general de la Dirección General de la Guardia Civil, se ha considerado necesaria la incorporación de un vocal de esta nueva subdirección a la relación de vocales del Consejo de la Guardia Civil, dada, igualmente, la importancia de los cometidos de esta nueva Unidad, que incluye a un buen número de componentes de la Institución.

Asimismo, la creación, en el Gabinete Técnico de la Dirección General de la Guardia Civil, de un nuevo Área dedicada de forma específica al Consejo de la Guardia Civil, aconseja proponer a personal de esta Unidad como vocal suplente en representación de la Administración General del Estado, dado que en dicho Gabinete será la llamada a la gestión diaria del Consejo de la Guardia Civil, en vez del Área de Personal y Asuntos Generales que hasta ahora realizaba dicha función.

Por último, y al objeto de que por parte de los vocales suplentes en representación del Ministerio de Defensa se tenga la posibilidad de que la eventual suplencia en los Plenos del Consejo pueda ser ejercida por la Subdirección General cuyo ámbito de competencias se adapte mejor al orden del día propuesto, se propone como vocales suplentes a las personas titulares de la Subdirección General de Personal Militar o de la Subdirección General de Planificación y Costes de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa y del Ministro del Interior, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan vocales titulares y suplentes en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se hace pública la composición del citado Consejo.

Se modifica la relación de representantes de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil, contenida en el artículo 1 de la Orden PRA/1099/2017, de 15 de noviembre, por la que se designan vocales titulares y suplentes en representación de la Administración General del Estado en el Consejo de la Guardia Civil y se hace pública la composición del citado Consejo, quedando constituida por los titulares de los siguientes órganos:

«Vocales:

Secretaría de Estado de Seguridad.

Subsecretaría del Ministerio del Interior.

Dirección General de la Guardia Civil.

Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

Subdirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría del Interior.

Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.

Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa.

Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil.

Mando de Operaciones de la Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil.

Mando de Fronteras y Policía Marítima

Mando de Personal de la Guardia Civil.

Mando de Apoyo de la Guardia Civil.

Gabinete Técnico de la Dirección General de la Guardia Civil.

Jefatura de Asistencia al Personal del Mando de Personal la Guardia Civil.

Área de Mujeres e Igualdad del Gabinete Técnico de la Dirección General de la Guardia Civil.

Suplentes de los Vocales: En representación de la Administración General del Estado y, por tanto, con la capacidad de participar en los plenos o Comisiones del Consejo, las personas titulares de los siguientes órganos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3.1 del Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 751/2010, de 4 de junio:

Vicesecretaría General Técnica del Ministerio del Interior.

Subdirección General de Personal Militar o Subdirección General de Planificación y Costes de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa.

Subdirección General de Reclutamiento y Orientación Laboral.

Estado Mayor de la Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil.

Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Guardia Civil.

Jefatura de la Agrupación de Tráfico del Mando de Operaciones de la Guardia Civil.

Jefatura de Personal del Mando de Personal de la Guardia Civil.

Jefatura de Enseñanza del Mando de Personal de la Guardia Civil.

Jefatura de los Servicios de Apoyo del Mando de Apoyo de la Guardia Civil.

Jefatura de Asuntos Económicos del Mando de Apoyo de la Guardia Civil.

2.ª Jefatura del Estado Mayor de la Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil.

Área de Consejo y Asociaciones Profesionales del Gabinete Técnico de la Dirección General de la Guardia Civil.

Secretaría Técnica del Mando de Personal de la Guardia Civil.

Secretaría Técnica del Mando de Apoyo de la Guardia Civil.

Sección de Asuntos Generales del Estado Mayor del Mando de Operaciones.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 2021.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Carmen Calvo Poyato.

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