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Documento BOE-A-2021-6864

Resolución de 20 de abril de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Casa Árabe y Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, SA, para la organización conjunta del programa de actividades Entre tanto, en el marco de la exposición Trilogía Marroquí. 1950-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2021, páginas 49692 a 49699 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-6864

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Casa Árabe y Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio S.A (Madrid Destino) han suscrito, con fecha 15 de abril de 2021, un Convenio para la organización conjunta del programa de actividades Entre tanto en el marco de la exposición Trilogía Marroquí. 1950-2020, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 20 de abril de 2021.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Casa Árabe y Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A. (Madrid Destino) para la organización conjunta del programa de actividades Entre tanto en el marco de la exposición Trilogía marroquí. 1950-2020

En Madrid, a 15 de abril de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Borja-Villel, Director del organismo público Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (con CIF Q-2828032 y domicilio en Madrid, CP 28012, calle Santa Isabel n.º 52), conforme al contrato de alta dirección en entidades del sector público estatal suscrito con fecha 19 de enero de 2008 y actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011) y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 6 de abril de 2013), en adelante, el MNCARS.

De otra parte, don Pedro Martínez-Avial, Director General del Consorcio Interadministrativo Casa Árabe, (con CIF S-2800481-J y domicilio en Madrid, CP 28009, calle Alcalá, n.º 62), que interviene en nombre y representación de dicha institución en su calidad de representante legal de la misma, en virtud de nombramiento efectuado por el Consejo Rector del citado Consorcio Interadministrativo en su reunión ordinaria del día 4 de julio de 2017. (Resolución de 19 de julio de 2017 del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación y Presidente de Casa Árabe, en base al acuerdo adoptado por su Consejo Rector, y artículo 18.k) de los Estatutos), en adelante, Casa Árabe.

Y, de otra parte, don Fernando Benzo Sáinz, con N.I.F. ***6640**, en nombre y representación de la empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., con CIF A-84073105 y, domicilio social en Madrid, CP 28015, Centro Cultural Conde Duque, calle Conde Duque, 9-11. Actúa en su condición de Consejero Delegado, según consta en la escritura de nombramiento de consejero delegado otorgada el día 5 de julio de 2019, ante el notario de Madrid don Antonio de la Esperanza Rodríguez, con el número 3783 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 38224, Folio 205, Sección 8.ª, Hoja M360295, Inscripción 125, en adelante, Madrid Destino.

Las partes, en el carácter en que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para contratar y suscribir el presente Convenio, y

EXPONEN

I. El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (en adelante, MNCARS) es un organismo público adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, entre cuyos objetivos se encuentra –conforme al artículo 3.a) de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía–, el de promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño.

II. Casa Árabe es una entidad de derecho público de carácter interadministrativo, adscrita a la Administración General del Estado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y dotada de un patrimonio propio. El consorcio está integrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC), la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la Junta de Andalucía, la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y el Ayuntamiento de Córdoba. Desde su fundación en 2006, Casa Árabe trabaja día a día con el objetivo de tender puentes, reforzando las relaciones políticas bilaterales y multilaterales, fomentando y acompañando las relaciones económicas, culturales y educativas, así como la formación y la comprensión sobre el mundo árabe y musulmán.

III. Madrid Destino, es una sociedad mercantil municipal dependiente del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid que tiene atribuida, entre otras competencias de conformidad con su objeto social, la gestión del centro cultural Medialab Prado, ubicado en la calle Alameda 15, 28014 Madrid. Medialab Prado es un laboratorio ciudadano que funciona como lugar de encuentro para la producción de proyectos culturales abiertos. Medialab Prado tiene, entre otros, los siguientes objetivos: construir, impulsar y sostener comunidades de aprendizaje y de práctica en las que personas que provienen de mundos diversos (por su formación y experiencia, sus intereses, su origen o su situación social) trabajen juntas en el desarrollo de proyectos concretos; promover el desarrollo de proyectos culturales y abrir espacios de reflexión crítica acerca de las tecnologías digitales y su incidencia en la sociedad.

IV. Entre tanto es un programa de actividades coorganizado entre el Museo Reina Sofía, Casa Árabe y Madrid Destino (a través de Medialab Prado) formado por conferencias, mesas redondas, talleres y performances, entre otras actividades, en el marco de la de la exposición Trilogía marroquí. 1950-2020, organizada por el MNCARS, con el objetivo de poner en valor y dar visibilidad al arte y la cultura marroquí en su actual contexto cultural, político y social.

V. El MNCARS, en cumplimiento de sus fines estatutarios de promoción de las diversas manifestaciones artísticas contemporáneas y en su doble condición de museo y centro de arte, viene colaborando con diversas entidades, públicas y privadas, para lograr el acercamiento de nuevos públicos a las más diversas manifestaciones culturales y artísticas contemporáneas. El MNCARS, manifiesta su voluntad de actuar como coorganizador del programa de actividades Entre tanto, dado su compromiso como institución pública en promover la visibilidad y reconocimiento del arte, la cultura y el pensamiento contemporáneo con otras instituciones.

VI. En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

1.1 El objeto del presente Convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre el MNCARS, Casa Árabe y Madrid Destino para la organización conjunta del programa de actividades Entre tanto, en el marco de la exposición Trilogía marroquí. 1950-2020, organizada por el MNCARS.

El programa de actividades (en adelante, el Programa) tendrá lugar a lo largo de todo el periodo de la exposición y consta de las siguientes actividades:

Presencia e invisibilidad africana. Diálogo entre Mbarek Bouchichi y Rubén Hernández.

Actividad realizada por Casa Árabe.

Participantes: Mbarek Bouchichi y Rubén Hernández.

Fecha: 29 de abril.

Lugar: Casa Árabe.

Taller con Mbarek Bouchichi.

Actividad realizada por el MNCARS.

Participantes: Mbarek Bouchichi.

Fecha: 28, 29, 30 abril.

Lugar: MNCARS.

Mapeado de «Feminisms» en Marruecos (L’Internationale).

Actividad realizada por el MNCARS.

Fecha: 13 de mayo.

Lugar: MNCARS.

Creación de una performance interactiva con Yassine Balbzioui y Yago Torroja.

Actividad realizada por Madrid Destino (Medialab Prado).

Participantes: Yassine Balbzioui y Yago Torroja.

Fecha: del 1 al 10 de junio.

Lugar: Medialab Prado.

Mesas redondas «El amor no es un crimen».

Actividad realizada por el MNCARS.

Participantes: Zineb El Fasiki, Abdellah Taia, Najat el Hachmi.

Fecha: última semana de junio.

Lugar: MNCARS.

Taller de fanzines con Zaineb el Fasiki.

Actividad realizada por el MNCARS.

Fecha: última semana de junio.

Lugar: MNCARS.

Activación pública fanzines de Marruecos con Salah Maloui.

Actividad realizada por el MNCARS.

Participantes: Salah Maloui.

Fecha: última semana de junio.

Lugar: MNCARS.

Performance + workshop con Nezha Rhondali.

Actividad realizada por Casa Árabe.

Fecha: 5 al 9 de julio.

Lugar: Casa Árabe.

Diálogo entre Abdellah Karoum y Driss Ksikes.

Actividad realizada por Casa Árabe.

Fecha: 9 de septiembre.

Lugar: Casa Árabe con Aula Árabe.

Taller de tejido y creación textil con Safaa Erruas.

Actividad realizada por el MNCARS (Museo Situado).

Fecha: septiembre.

Lugar: MNCARS.

1.2 Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19, las fechas de la actuación dispuesta en la presente cláusula podría estar sujeta a cambios en función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula 8.

Segunda. Compromisos de las partes.

2.1 El MNCARS asume por el presente Convenio los siguientes compromisos:

2.1.1 Asumir los gastos del correcto uso de las instalaciones, del personal técnico y la coordinación de las actividades que tendrán lugar en el Museo.

Asumir los gastos de producción de la parte de las actividades del Programa que tendrán lugar en los espacios del Museo. El presupuesto total de los gastos asumidos por el MNCARS se estima en un máximo de 12.000 euros (IVA incluido). El desglose de los gastos se efectuará de la siguiente forma:

– Entre tantas. Encuentro informal con artistas y comisario: 950 €.

– Conferencia Kenza Sefrioui, «Revista Souffles-perspectivas y revolución»: 1.050 €.

– Taller con Mbarek Bouchichi: 1.960 €.

– Mapeado de «Feminisms» en Marruecos (L’Internationale): 750 €.

– Mesas redondas «El amor no es un crimen»: 2.430 €.

– Taller de fanzines con Zaineb el Fasiki: 1.440 €.

– Activación pública fanzines de Marruecos con Salah Maloui: 1.200 €.

– Taller de tejido y creación textil con Safaa Erruas: 1.610 €.

– Imprevistos: 610 €.

El MNCARS abonará los referidos costes con cargo a la aplicación 24.302.333A.226 del presupuesto del organismo para 2021.

2.1.2 El MNCARS difundirá la celebración de la Actividad a través de sus Departamentos de Comunicación y de Prensa, con el logotipo de Casa Árabe y de Medialab Prado, en calidad de coorganizadores de la misma. El logotipo será facilitado a tal efecto por Casa Árabe y por Madrid Destino a través del equipo de Medialab Prado. Todo el material que se edite requerirá la previa y expresa aprobación de Casa Árabe y de Madrid Destino. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán a Casa Árabe y a Madrid Destino las pruebas de los referidos materiales.

2.2 Casa Árabe asume por el presente Convenio los siguientes compromisos:

2.2.1 Asumir los gastos del correcto uso de las instalaciones, del personal técnico y la coordinación de las actividades que tendrán lugar en Casa Árabe.

Asumir los gastos de producción de la parte de las actividades del Programa que tendrán lugar en Casa Árabe. El presupuesto total de los gastos asumidos por Casa Árabe se estima en un máximo de 7.518 euros (IVA incluido). El desglose de los gastos se efectuará de la siguiente forma:

– Presencia e invisibilidad africana. Diálogo entre Mbarek Bouchichi y Rubén Hernández: 1.884 €.

– Taller de constelaciones domésticas con Mohammed Larbi Rahhali: 630 €.

– Performance + workshop con Nezha Rhondali: 2.370 €.

– Diálogo entre Abdellah Karoum y Driss Ksikes: 2.634 €.

2.2.2 Producir el material informativo y de difusión de la Actividad. Incluir el nombre institucional y el logotipo del MNCARS y de Medialab Prado en todo el material de difusión y publicidad de la Actividad, en calidad de coorganizadores en la organización de la misma. El logotipo será facilitado a tal efecto por el MNCARS y por Madrid Destino a través del equipo de Medialab Prado. Todo el material que se edite requerirá la previa y expresa aprobación del MNCARS y de Madrid Destino. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Programas Culturales y de Prensa del MNCARS y a Madrid Destino las pruebas de los referidos materiales.

2.3 Madrid Destino asume por el presente Convenio los siguientes compromisos:

2.3.1 Asumir los gastos del correcto uso de las instalaciones, del personal técnico y la coordinación de la actividad que tendrá lugar en Medialab Prado.

Asumir los gastos de producción de la actividad del Programa que tendrá lugar en Medialab Prado. El presupuesto total de los gastos asumidos por Madrid Destino (Medialab Prado) se estima en un máximo de 6.420 euros (IVA incluido). El desglose de los gastos se efectuará de la siguiente forma:

– Creación de una performance interactiva con Yassine Balbzioui y Yago Torroja: 6.420 €.

2.3.2 Producir el material informativo y de difusión de la Actividad. Incluir el nombre institucional y el logotipo del MNCARS y de Casa Árabe en todo el material de difusión y publicidad de la Actividad, en calidad de entidades coorganizadoras en la organización de la misma. El logotipo será facilitado a tal efecto por el MNCARS y por Casa Árabe. Todo el material que se edite requerirá la previa y expresa aprobación del MNCARS y de Casa Árabe. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Programas Culturales y de Prensa del MNCARS y a Casa Árabe las pruebas de los referidos materiales.

Tercera. Imagen y logotipos.

3.1 La referencia al MNCARS y la inclusión de su logotipo en el material divulgativo y publicitario que se edite requerirá la previa y expresa autorización del MNCARS. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Programas Culturales y de Prensa del Museo las pruebas de los referidos materiales.

3.2 Asimismo, los textos dirigidos a difundir las representaciones en los medios de comunicación por parte de Casa Árabe y Madrid Destino serán supervisados previamente por el Departamento de Prensa del MNCARS en lo que se refiere a la forma en que aparezca mencionado el Museo.

3.3 Del mismo modo, el MNCARS facilitará a Casa Árabe y Madrid Destino el material de difusión que, en su caso, realice para su previa y expresa aprobación.

3.4 Las partes acuerdan que someterán al visto bueno previo de la otra parte la inclusión de logotipos y/o menciones de terceros patrocinadores o colaboradores en el material de difusión al que alude la presente cláusula. Será motivo para denegar dicha aprobación el posible conflicto con patrocinadores o colaboradores propios, por motivos de exclusividad o de pertenencia a un mismo sector de actividad.

3.5 La cesión del uso de signos distintivos y marcas a que hace referencia la presente cláusula estará limitada al uso necesario para hacer posible el cumplimiento por las partes de sus obligaciones en virtud de este Convenio, siempre y cuando se realice con total respeto a la buena imagen de las partes. En ningún caso la suscripción del presente Convenio implicará la transmisión de titularidad de derechos de propiedad industrial entre las partes respecto a sus respectivas marcas, signos distintivos o cualesquiera otros elementos susceptibles de protección en este sentido, ni otorgará derecho alguno de intervención o injerencia en la gestión de los mismos

Cuarta. Vigencia.

El presente Convenio surtirá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y asimismo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021.

En cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia del Convenio, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, que se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en ningún caso podrá exceder los cuatro años desde su inscripción en el Registro.

Quinta. Modificaciones.

El presente Convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida.

El presente Convenio es susceptible de modificación por acuerdo unánime y expreso de las partes que quedará plasmado en una adenda, que será firmada por las partes y quedará unido al presente Convenio, formando parte de este.

La suscripción de la referida adenda deberá seguir los trámites previstos en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publicará a demás en el «Boletín Oficial del Estado». 

Sexta. Extinción.

6.1 El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto por incurrir en causa de resolución.

6.2 Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo mutuo entre las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados, teniendo en cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos, por la parte perjudicada, como consecuencia del incumplimiento y hasta la resolución del Convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Séptima. Fuerza mayor.

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Convenio cuando dicho incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor. Esto incluye (a título enunciativo pero no limitativo) incendios, inundaciones, actos gubernamentales, emergencias nacionales, motines o guerras, huelgas, cierres, interrupción del trabajo u otras dificultades laborales, y siempre que la circunstancia no pueda atribuirse a la voluntad, negligencia o falta de medidas de precaución razonables por la parte afectada.

Octava. Comisión Mixta de vigilancia y seguimiento.

8.1 Se constituye una Comisión Mixta de vigilancia y seguimiento del Convenio a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo así como la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste pudieran derivarse.

8.2 La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como sus miembros estimen conveniente y estará integrada por dos representantes del MNCARS, dos representantes de Casa Árabe y dos representantes de Madrid Destino designados al efecto por cada parte. Una vez constituida, la Comisión aprobará sus normas internas de funcionamiento.

Novena. Protección de datos.

Cualquier tratamiento sobre los datos personales al que las partes puedan proceder en el desarrollo de este Convenio se someterá a la normativa de protección de datos personales, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018,de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Los datos de carácter personal que figuran en este Convenio serán tratados por el MNCARS e incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento, cuya finalidad es la suscripción, tramitación y ejecución de los convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte MNCARS, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, la Ley reguladora del Museo y su Estatuto.

El responsable del tratamiento es el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, con domicilio en la calle Santa Isabel n.º 52, 28012 Madrid.

Los afectados podrán ejercer, en los términos establecidos por la normativa vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, así como solicitar que se limite el tratamiento de los mismos, oponerse a dicho tratamiento o solicitar la portabilidad de sus datos personales, dirigiendo una comunicación por escrito al responsable del tratamiento correspondiente bien mediante correo ordinario a la dirección anterior o bien mediante correo electrónico a la dirección siguiente: dpd@museoreinasofia.es.

En los mismos términos, Madrid Destino incorporará en sus respectivos registros de actividad los datos de carácter personal que se deriven de representantes o interlocutores de MNCARS y de Casa Arabe para la ejecución de este Convenio con la finalidad de gestionar y cumplir la relación establecida (incluyendo, la gestión del expediente jurídico de contratación, la formalización y archivo del Convenio y el cumplimiento de obligaciones impositivas, de facturación, de transparencia y de control).

Los datos de contacto del Delegado de Protección de datos son: dpd@madrid-destino.com; Dirección postal: calle Conde Duque 9-11, 28015 Madrid.

El ejercicio de derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación u oposición puede solicitarse por e-mail dirigido al e-mail de contacto del Delegado de Protección de Datos, con referencia al Convenio e identificación de la persona solicitantes mediante documento oficial.

Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de privacidad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Décima. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

10.1 El presente Convenio tiene naturaleza administrativa yse rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

10.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la cláusula novena. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y, en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en las firmas.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el Director, Manuel Borja-Villel.–Por Casa Árabe, el Director General, Pedro Martínez-Avial.–Por Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, S.A., el Consejero Delegado, Fernando Benzo Sáinz.

El presente Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado con fecha de 25 de marzo de 2021 y autorizado por el Ministerio de Hacienda con fecha 12 de abril de 2021.

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