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Documento BOE-A-2021-6786

Resolución de 16 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, para la colaboración en la selección anual de imágenes de fotografía científica Fotciencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2021, páginas 49245 a 49256 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2021-6786

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el convenio el 15 de abril de 2021, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 16 de abril de 2021.–La Presidenta del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Rosa Menéndez López.

ANEXO
Convenio entre la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la colaboración en la selección anual de imágenes de fotografía científica, Fotciencia

En Madrid.

INTERVIENEN

De una parte, doña Cecilia Cabello Valdés, como Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (en adelante, FECYT), con domicilio en la sede de Alcobendas del Museo Nacional de Ciencia y Tecnología (MUNCYT), calle Pintor Murillo, 15, 28100 Madrid, G-82999871, actuando en nombre y representación de la FECYT, en virtud de las competencias atribuidas a su favor en escritura pública de poder, otorgada el día 11 de marzo de 2021, ante el notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, don José María Mateos Salgado, con el número 1.132 de su protocolo.

Y, de otra, doña Rosina López-Alonso Fandiño, como Vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P (CSIC), nombrada por Acuerdo del Consejo Rector del CSIC, en su reunión de 28 de noviembre de 2019 (Resolución de la presidenta del CSIC, de 13 de diciembre de 2019, por la que se resuelve convocatoria de libre designación, BOE de 18 de diciembre de 2019), actuando en nombre y representación de este Organismo Público de Investigación en virtud de las facultades que, por delegación, le confiere el apartado 11.1 de la Resolución de 21 de enero de 2021, dictada por la Presidencia del CSIC (BOE de 28 de enero de 2021).

Ambas partes, actuando en ejercicio de las competencias que respectivamente tienen atribuidas y reconociéndose mutua capacidad para formalizar este convenio,

EXPONEN

Primero.

Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, regula, en su artículo 34.1, la posibilidad de que los agentes públicos de financiación o ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las universidades públicas, los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, los consorcios y fundaciones participadas por las administraciones públicas, los organismos de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios sujetos al derecho administrativo.

Segundo.

Que la FECYT es una fundación del sector público estatal, adscrita al Ministerio de Ciencia e Innovación, que persigue como fin fundacional fomentar la investigación científica de excelencia, así como el desarrollo y la innovación tecnológica, necesarios para incrementar la competitividad de la industria española y la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía, propiciando para ello la colaboración entre los agentes implicados en actividades de I+D+i y la difusión y comunicación de los resultados y actuaciones realizadas en investigación e innovación.

Tercero.

Que la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), NIF Q-2818002-D, con sede central en Madrid (CP 28006) y domicilio institucional en calle de Serrano, 117, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia»), es un organismo público de investigación (OPI) de la Administración General del Estado, actualmente adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de Investigación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en estas materias.

El CSIC está constituido como Agencia Estatal y, en dicha condición, se rige por lo establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por las disposiciones de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre.

Cuarto.

Que ambas entidades comparten objetivos e intereses comunes y, por ello, manifiestan su voluntad de colaborar en la organización y desarrollo de actuaciones conjuntas, que contribuyan a la divulgación y comunicación de la ciencia, la tecnología y la innovación por todo el territorio español, con el objetivo de aumentar el conocimiento de la ciencia y la innovación en la sociedad, así como incrementar la interacción entre el mundo científico, la innovación y la sociedad, fomentando la participación pública en la dinámica científica y tecnológica, desarrollando formatos y canales innovadores de promoción de la cultura científica, fomentando las vocaciones científicas y contribuyendo a proyectar internacionalmente la ciencia e innovación española como generadora de ideas y oportunidades.

Quinto.

Que el CSIC y la FECYT vienen colaborando con carácter anual desde el año 2006 en la selección de un conjunto de imágenes científicas, Fotciencia, con el fin de editar un catálogo y organizar una exposición itinerante de gran singularidad que cada año se presenta en los principales museos, centros de la ciencia, universidades y centros culturales del país, con gran éxito de público y repercusión en medios de comunicación.

Esta repercusión comienza desde el mismo momento en que se dan a conocer las fotografías seleccionadas, presentadas por los medios como las mejores fotografías científicas del año en todas las noticias que se hacen eco del resultado de la selección, hasta el momento de la inauguración de la exposición en cada una de las localidades en las que hace escala.

Además, las imágenes seleccionadas desde el comienzo de esta colaboración están disponibles a través de la web www.fotciencia.es, siendo por tanto una de las más relevantes bases de datos de imágenes científicas a disposición de la ciudadanía de nuestro país.

El objetivo último de todo el proceso es impulsar y fomentar el desarrollo de la cultura científica en España, así como la difusión y la divulgación de la ciencia, la tecnología y la innovación.

Teniendo en cuenta los resultados obtenidos y la experiencia acumulada en ediciones anteriores, ambas partes manifiestan su interés en colaborar en la selección anual de imágenes de fotografía científica, Fotciencia, en las ediciones que se lleven a cabo durante la vigencia del convenio.

Por todo lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración de las partes en la selección anual de imágenes de fotografía científica, Fotciencia, de las ediciones que se lleven a cabo durante la vigencia del convenio. La iniciativa Fotciencia pretende acercar la ciencia a los ciudadanos mediante una visión artística y estética sugerida a través de imágenes científicas que son acompañadas de un comentario escrito del hecho científico que ilustran. Se pretende, además, promover entre la comunidad científica la importancia de divulgar su trabajo al conjunto de la sociedad.

Segunda. Actividades a desarrollar.

En el marco de la colaboración entre CSIC y FECYT del presente convenio se desarrollarán las siguientes actividades:

Celebración de una selección anual de fotografías

Edición anual de un catálogo

Producción anual de una exposición itinerante que se exhibe en diferentes museos, centros de ciencia, universidades y centros culturales del país.

Tercera. Compromisos asumidos por las partes.

Para la ejecución de las actividades objeto del presente convenio, las partes se comprometen a la realización de las siguientes tareas:

Por parte de la FECYT:

1. Organización del proceso de selección de imágenes, realizando labores de secretaría de Fotciencia.

2. Actualización y mantenimiento de la aplicación informática necesaria para la eficaz gestión de las imágenes recibidas.

3. Actualización, mantenimiento y alojamiento de la web de acceso al público: www.fotciencia.es.

En dicha página, entre otras informaciones, se publicarán los objetivos y normas del proceso de selección de imágenes, las notificaciones y resoluciones, así como información de los diferentes lugares en los que se desarrollará la exposición, acceso directo a la aplicación informática de gestión de imágenes, etc.

4. Para cada una de las ediciones objeto de este convenio, el diseño del catálogo Fotciencia, así como la impresión de 1.000 ejemplares. La FECYT se compromete a entregar al CSIC 500 ejemplares del mismo.

5. Gestionar y financiar el alojamiento y desplazamiento de los autores de las imágenes seleccionadas para que asistan a la inauguración de la exposición. Sólo se cubrirán desplazamientos nacionales.

6. Adquisición de las imágenes seleccionadas en las modalidades Micro, General y «La ciencia en el aula». A estos efectos, la FECYT tramitará con los autores los contratos de gestión de derechos de las imágenes seleccionadas por el comité en las categorías citadas.

7. Gestión y difusión de Fotciencia en los medios de comunicación.

Por parte del CSIC:

1. Apoyar a la FECYT en las labores de secretaría de Fotciencia.

2. Diseño de los folletos y cartel, así como la impresión y distribución por sus canales habituales de 1.000 carteles y 10.000 folletos.

3. Gestionar el dominio web www.fotciencia.es

4. Gestionar y financiar los gastos de alojamiento, desplazamiento y manutención de los miembros del comité de selección que no sean personal FECYT o CSIC. Solo se cubrirán desplazamientos nacionales.

5. Gestionar la logística del acto de inauguración de la exposición, así como la financiación del mismo.

6. Adquisición de las imágenes seleccionadas en la modalidad Agricultura sostenible y Alimentación y nutrición. A estos efectos, el CSIC tramitará con los autores los contratos de gestión de derechos de las imágenes seleccionadas por el comité en las categorías citadas.

7. Producción y preparación de dos copias de la exposición para cada una de las ediciones objeto de este convenio. Organización y gestión de su itinerancia y producción de las cajas de transporte, si fuera necesario. Asimismo, gestionará y financiará los gastos de almacenamiento de las exposiciones ocasionados durante el periodo de tiempo en el que no se estén exhibiendo.

8. En relación con la itinerancia de las exposiciones, también realizará las tareas de seguimiento vinculadas (gestión de propuestas recibidas, calendarios y coordinación del transporte con las entidades solicitantes) y elaborará un dossier anual con toda la itinerancia de cada una de las exposiciones para informar a la Comisión de Dirección a la que se refiere la cláusula quinta del presente convenio.

9. Elaboración de un breve vídeo con las mejores imágenes seleccionadas en cada edición.

10. Difusión de Fotciencia a través de diversos canales y medios de comunicación.

Asimismo, ambas entidades se comprometen a participar en la redacción de las normas del proceso de selección de imágenes, en la selección de los miembros del comité de selección y a participar en los actos de inauguración de las exposiciones, así como a mantenerse mutuamente informadas del uso que se haga de las imágenes participantes para la consecución de una adecuada difusión de las actividades propias de cada entidad.

Cuarta. Desarrollo de la selección anual de fotografías Fotciencia.

Fotciencia se desarrollará y regirá conforme a las normas que se establecen en el Anexo I de este convenio.

Quinta. Comisión de Dirección.

Se creará una Comisión de Dirección de carácter paritario, formada por un máximo de dos representantes de cada una de las partes, cuyas competencias serán velar por el buen desarrollo del proyecto, interpretar los términos del acuerdo y resolver las discrepancias, dudas y conflictos que se presenten en la ejecución del convenio. La Comisión podrá acordar modificaciones en el reparto de tareas especificado en la cláusula tercera, así como modificaciones relativas a la distribución económica anual por actividades, respetando, en todo caso, el presupuesto anual máximo para cada edición, recogido en la cláusula sexta y en el Anexo II.

Por parte del CSIC, formará parte de la Comisión de Dirección el Jefe del Área de Cultura Científica o persona en quien delegue, y por parte de la FECYT la Directora del Departamento de Cultura Científica y de la Innovación o persona en quien delegue.

A falta de normas propias, la Comisión de Dirección se regirá por lo establecido para los órganos colegiados en la Sección III, el Capítulo II del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

Sexta. Presupuesto de actividad.

El presente convenio no conlleva traspaso de fondos entre las partes. Cada una de las partes viene obligada a financiar la ejecución de las actividades que deben llevar a cabo conforme lo dispuesto en la cláusula tercera.

El presupuesto anual de cada edición de Fotciencia objeto de este convenio se estima en un máximo de 35.100 euros. La valoración económica de cada una de las entidades se establece en el Anexo II y será revisada y acordada para cada una de las siguientes ediciones por la Comisión de Dirección, respetando, en todo caso, el presupuesto anual máximo anteriormente indicado.

La cantidad obtenida a través de fondos adicionales que pudieran obtener cada una de las entidades a través de sus respectivos programas de patrocinio o donación será imputada a la financiación de las partidas presupuestarias de la parte que reciba el patrocinio, dividiéndose el presupuesto restante a partes iguales entre las entidades firmantes del presente convenio.

En cualquier caso, ambas partes consensuarán previamente a través de la Comisión de Dirección la aceptación de las entidades patrocinadoras y la visibilidad de la imagen del patrocinador en el proyecto, así como la distribución de las partidas.

Séptima. Derechos de explotación.

Conforme a la presente colaboración y, en concreto, en lo que respecta a la edición de los catálogos y la realización de las exposiciones itinerantes, la FECYT y el CSIC disfrutarán de los derechos de explotación de las imágenes, comprendiendo estos el uso de las imágenes adquiridas y las seleccionadas, sin fines lucrativos. El CSIC podrá, libremente y sin otra contraprestación económica, proceder a su reproducción, distribución, comunicación pública y transformación en cualquier medio, formato o soporte conocidos o no en la actualidad conforme a los términos del proceso de selección que se expresan en el Anexo I del presente convenio.

Octava. Publicidad y difusión.

Ambas partes se comprometen a destacar su mutua colaboración en cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de las acciones objeto del presente convenio, respetando en todo caso el logotipo o las directrices de imagen externa que se indiquen por ambas partes.

Adicionalmente, se comprometen a dar la máxima difusión posible al proceso y al resto de las actividades a través de sus canales habituales y, en especial, a través de internet u otros soportes electrónicos y la utilización de los enlaces en las páginas web de ambas instituciones.

Cualquier iniciativa de informar a los medios de comunicación sobre actividades, conclusiones o resultados relacionados con la naturaleza de este convenio deberá ser planificada y ejecutada con pleno conocimiento de la Comisión de Dirección.

Las actividades objeto del presente convenio, así como cualquier actividad de difusión y divulgación de la misma deberán utilizar los logotipos identificativos del CSIC y la FECYT, en lugar, forma y tamaño que deberán ser objeto de validación previa por los responsables de comunicación de las entidades firmantes de este convenio.

Novena. Garantía de confidencialidad y protección de datos.

Cada una de las partes se compromete a guardar la máxima confidencialidad durante la vigencia del presente convenio, y una vez finalizado, respecto a la información y/o documentación pertenecientes a la otra parte a las que haya podido tener acceso durante su vigencia y a hacer que esta obligación sea respetada por todas las personas que participan en la ejecución del mismo.

En las actuaciones que se desarrollen en ejecución del presente convenio, y en particular, las relativas al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, las partes se comprometen a cumplir el régimen de protección de datos de carácter personal previsto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales y demás normativa que resulte de aplicación.

Asimismo, las partes se comprometen a observar y adoptar las medidas de seguridad necesarias, así como a informar a sus respectivos trabajadores, para garantizar la integridad de los datos a los que pudieran tener acceso, evitando así su alteración, pérdida o tratamiento o acceso no autorizado a los mismos, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos. Así mismo, se comprometen a destruir o devolver todos los datos de carácter personal y confidencial utilizados en el cumplimiento del presente convenio.

Décima. Naturaleza.

El presente convenio, cuya naturaleza es administrativa, queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Undécima. Resolución de controversias.

Las cuestiones litigiosas a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio deberán resolverse de mutuo acuerdo en el seno de la Comisión de Dirección. Si no fuera posible alcanzar un acuerdo, éstas podrán someterse a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Duodécima. Transparencia.

Se podrá poner a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la FECYT, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Decimotercera. Modificación del convenio.

Cualquier modificación del presente convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes reflejado en adenda que firmen al efecto.

Decimocuarta. Resolución del convenio.

El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Serán causa de resolución: el transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo, el acuerdo unánime de todos los firmantes y el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

También será causa de resolución una decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio y cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

En cuanto a los efectos de la eventual resolución del convenio, su regulación se remitirá a lo dispuesto en el artículo 52 de la LRJSP.

Decimoquinta. Consecuencias en caso de incumplimiento de los compromisos.

En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, la parte afectada convocará a la Comisión de Dirección a efectos de la adopción de las medidas necesarias para su cumplimiento.

Si tras la actuación de la Comisión de Dirección el incumplimiento persistiera, la parte afectada podrá entender extinguido el convenio y exigir a la incumplidora la indemnización por daños y perjuicios que legalmente correspondan.

Decimosexta. Vigencia.

Conforme establece el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes manifestado mediante su firma, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), debiendo publicarse, a continuación, en el Boletín Oficial del Estado. Permanecerá en vigor hasta la finalización de las acciones objeto del convenio y del cumplimiento de las obligaciones de las partes y, en todo caso, el periodo de vigencia será de 4 años, contados desde el día siguiente al de su inscripción en el REOICO.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, el 15 de abril de 2021.–La Directora General de FECYT, Cecilia Cabello Valdés.–La Vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales del CSIC, Rosina López-Alonso Fandiño.

ANEXO I
Normas de la selección anual de fotografías Fotciencia

Introducción

El fomento de la cultura y la educación científica resultan fundamentales en la sociedad actual, no sólo para el fomento de las vocaciones en el área de las ciencias, sino también como competencia fundamental para toda la sociedad.

Fotciencia es una iniciativa organizada por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) cuyo objetivo es acercar la ciencia a los ciudadanos mediante una visión artística y estética sugerida a través de fotografías científicas que son expuestas junto con una descripción o comentario escrito del hecho científico que ilustran. Es, también, objetivo de esta iniciativa promover entre la comunidad científica la importancia de divulgar su trabajo al conjunto de la sociedad.

La exposición de fotografías científicas itinerante producida en el marco de esta iniciativa se presenta cada año en los principales museos, centros de la ciencia, universidades y centros culturales del país, con gran éxito de público y repercusión en medios de comunicación.

Las imágenes de Fotciencia de cada edición, se incluyen también en un catálogo y en la página web del proyecto, como recurso público para la divulgación de la ciencia.

Para la selección de las imágenes de Fotciencia que formarán parte cada año de la exposición y el catálogo, la FECYT y el CSIC ponen en marcha el presente proceso público de selección de las mejores imágenes científicas.

A. Participación.

La participación está abierta a cualquier persona mayor de edad que presente imágenes propias que no hayan sido seleccionadas en concursos o procesos de selección similares, y que se incluyan en la temática mencionada más adelante.

Además, para fomentar la participación del alumnado de educación secundaria y de formación profesional a través de su profesorado, éstos podrán hacerlo en la modalidad «La ciencia en el aula».

B. Temática.

La temática de las imágenes deberá ser la ciencia y la tecnología. Las imágenes deberán estar relacionadas con la investigación científica y sus aplicaciones tecnológicas e industriales, reflejando el objeto de estudio de la actividad científica, las personas que la realizan, su instrumentación e instalaciones o las tecnologías que resultan del avance científico.

Áreas de conocimiento:

Agricultura y Ganadería; Arquitectura; Biología molecular y celular y genética; Biología vegetal y animal; Ciencia y tecnología de los alimentos; Ciencia y tecnología de materiales; Ciencias de la tierra; Ciencias sociales; Economía; Filología y Filosofía; Física y Ciencias del espacio; Historia, Arte y Arqueología; Ingeniería; Matemáticas; Medicina, Fisiología y Farmacología; Medio Ambiente y Ecología; Nuevas tecnologías; Psicología y Ciencias de la Educación; Química.

C. Formalización y presentación de propuestas

a) Plazo.

El plazo de presentación de las fotografías se extenderá durante cinco semanas a partir de la fecha de apertura.

b) Modalidades.

Únicamente se admitirán imágenes en formato digital, debiendo ir acompañadas de un texto que permita interpretar su interés científico o tecnológico.

Las imágenes se presentarán a una de las siguientes modalidades:

Micro: Cuando la dimensión real del objeto fotografiado sea menor o igual a 1 mm. o la imagen haya sido obtenida mediante un instrumento de micrografía (óptica o electrónica) o técnicas de difracción.

General: Cuando la dimensión real del objeto fotografiado sea mayor a 1 mm.

Ya sean Micro o General, los autores podrán adscribir su imagen, además, a modalidades específicas sobre Agricultura sostenible o sobre Alimentación y nutrición. Se establece un apartado especial «La ciencia en el aula» para fomentar la participación del alumnado de educación secundaria y de formación profesional. Los alumnos/as deberán retratar motivos científicos en su centro de estudios, y acompañar las imágenes con un texto explicativo.

c) Presentación de fotografías.

La presentación de las imágenes y sus correspondientes textos se realizarán a través de un formulario disponible en la página web www.fotciencia.es.

Cada participante deberá registrarse y cumplimentar sus datos personales, así como facilitar información sobre la/s fotografía/s que presente identificando para cada caso la modalidad en la que participa y el título de la imagen. Se admitirá un máximo de tres fotos por autor/a.

En el caso de «La ciencia en el aula» serán los docentes quienes presenten las fotografías en nombre de los alumnos/as, previo consentimiento de los mismos y sus tutores. Cada docente podrá presentar hasta tres fotografías. Los alumnos/as deberán retratar motivos científicos en su centro de estudios, y acompañar las imágenes con un texto explicativo.

Para todas las modalidades el texto correspondiente a cada fotografía tendrá una extensión comprendida entre 500 y 1.000 caracteres contados sin espacios. Se presentará en castellano o en cualquier otra lengua oficial española siempre que se incluya la correspondiente versión en castellano. Las fotografías se valorarán de forma individual, por lo que cada imagen deberá tener un texto independiente.

En el caso de que en la fotografía se pudiera identificar a alguna persona se deberá contar con su consentimiento, haciéndose responsable de dicho consentimiento el propio autor/a de la fotografía.

La imagen, el texto explicativo o el título no deben hacer referencia al autor, ni a una institución, proyecto o centro, si no es imprescindible para comprender la fotografía.

d) Requisitos.

Las fotografías, en alta calidad, se enviarán en archivos con formato JPG a través del mismo formulario. Las imágenes de la modalidad General y de «La ciencia en el aula» deberán tener un tamaño mínimo de 1800 x 1800 píxeles, y las de la categoría micro un tamaño mínimo de 1200 x 1200 píxeles. En cualquiera de los casos, el archivo no deberá superar los 5 MB de tamaño.

Las imágenes presentadas no pueden haber sido seleccionadas en concursos o procesos de selección similares. El autor deberá informar a la FECYT de tal circunstancia en cuanto tenga constancia de ello.

Las imágenes que no cumplan estos requisitos no serán admitidas. La FECYT podrá decidir si una imagen debe adscribirse a una u otra modalidad (General o Micro) y si la calidad y contenido se adecuan a los criterios establecidos.

Los autores/as garantizan que la imagen es original, que son los legítimos titulares de todos los derechos inherentes a la misma y que la imagen no vulnera los derechos de terceros. La FECYT y el CSIC no se hacen responsables de los perjuicios que pudiera acarrear el incumplimiento de la anterior garantía, pudiendo ejercitar las acciones legales oportunas con vistas a reparar los daños y perjuicios ocasionados a las mismas.

A estos efectos, los participantes deberán garantizar que las imágenes presentadas han sido obtenidas con el consentimiento de las personas que pudieran identificarse en las imágenes y de los permisos pertinentes para la toma de las mismas en lugares o centros que así lo requieran.

e) Selección.

El comité que asesorará en la selección de las imágenes estará compuesto por personas dedicadas a la investigación, gestión, divulgación de la ciencia o a la fotografía, que serán seleccionadas por la organización de Fotciencia. En concreto, para la selección de las imágenes pertenecientes a las modalidades sobre Agricultura sostenible y sobre Alimentación y nutrición se contará con expertos del CSIC adscritos al Instituto de Agricultura Sostenible (CSIC) y al Instituto de Agroquímica y Tecnología de Alimentos (CSIC), respectivamente.

El comité de selección procederá a la emisión del resultado conforme a los siguientes criterios:

Imagen: se valorará su contenido científico, su capacidad para transmitir investigaciones, procesos tecnológicos y sociales, su dificultad técnica, novedad, originalidad y calidad artística.

Texto: se valorará su carácter divulgativo, su originalidad y su claridad expositiva.

El comité de selección elegirá, por un lado, las imágenes más impactantes y que mejor reflejen el objetivo indicado en este proceso de selección, y por otro, preseleccionará otra serie de imágenes y sus respectivos textos con el fin de completar, para cada edición objeto de este convenio, el catálogo (edición no venal) y la exposición itinerante. La selección final de las imágenes que formarán parte de dichos catálogos y exposiciones corresponderá a la organización.

Teniendo en cuenta lo anterior, de entre las fotografías presentadas se seleccionarán las dos mejores imágenes de las modalidades General y Micro y una imagen por cada modalidad específica sobre Agricultura sostenible, sobre Alimentación y nutrición y «La ciencia en el aula».

La organización, como contraprestación a la cesión de derechos, retribuirá a los autores de las dos imágenes seleccionadas en la categoría General y las dos de la categoría Micro con una cantidad de 1.500 € para cada imagen, y el resto de las modalidades con un importe de 600 € para cada una de ellas. Estas contraprestaciones quedarán sometidas a las retenciones correspondientes conforme a la legislación fiscal aplicable y vigente. En caso de coautoría, si una imagen resulta seleccionada, y sin perjuicio de los derechos que les corresponden a los coautores, la contraprestación se repartirá proporcionalmente entre todos ellos.

Los autores de las imágenes retribuidas participarán en la inauguración de la exposición y presentación del catálogo que se realizará, para cada edición, en una ciudad española. Podrán delegar en otra persona, comunicándolo con la antelación suficiente a la organización. La organización cubrirá los gastos de desplazamiento y alojamiento en caso necesario.

Los autores de estas imágenes, y el centro escolar del profesor/a responsable del grupo en el caso de «La ciencia en el aula», consienten que las fotografías sean utilizadas desde el momento que se hace pública la selección por parte del comité para su difusión y formalizarán un contrato de cesión de derechos en el que, de conformidad con lo previsto en la Ley de Propiedad Intelectual, sin perjuicio de los derechos morales que les corresponden a los autores, cederán a la FECYT y al CSIC con carácter exclusivo durante un año natural desde la firma de dicho contrato y en el ámbito mundial, los derechos de explotación de dichas imágenes. Dichos derechos comprenden el uso de las imágenes seleccionadas sin fines lucrativos, pudiendo la FECYT y el CSIC, libremente y sin otra contraprestación económica, proceder a su reproducción, distribución, comunicación pública y transformación en cualquier medio, formato o soporte conocidos o no en la actualidad. Transcurrido este periodo, los derechos patrimoniales de explotación podrán ser ejercitados por el autor, así como por la FECYT y el CSIC.

El resto de imágenes que completen los catálogos y las exposiciones itinerantes que se realicen para cada una de las ediciones objeto de este convenio, no recibirán ningún tipo de contraprestación económica si bien será reconocida su importancia al formar parte en los correspondientes catálogos y exposiciones itinerantes, que serán ampliamente difundidos.

La FECYT y el CSIC podrán utilizar, siempre mencionando su autoría y sin contraprestación económica alguna, las fotografías participantes en Fotciencia para su inclusión en otras actividades propias o en colaboración con terceros, realizadas en cumplimiento de sus objetivos generales. Asimismo, la FECYT y el CSIC podrán ceder las imágenes para actividades propias o para cualquier actividad realizada en colaboración con un tercero, siempre a través de la licencia «Creative Commons 2.5 España».

El uso público por terceros de las imágenes participantes en Fotciencia, excepto las seleccionadas, se ejercitará a través de la licencia «Creative Commons 2.5 España», siempre y cuando:

Se trate de un uso no comercial.

Haya un reconocimiento explícito del nombre del autor y Fotciencia.

Las obras producidas con las imágenes de Fotciencia sólo pueden distribuirse bajo los términos de una licencia idéntica a ésta.

Las fotografías participantes en Fotciencia podrán ser exhibidas a través de la CIENCIATK del CSIC (www.cienciatk.csic.es) y el Servicio de Información y Noticias Científicas (SINC) de la FECYT (www.agenciasinc.es).

El consentimiento de los participantes deberá ser expreso y fehaciente, y se extenderá, en todo caso, a todos y cada uno de los derechos de uso, y publicación de imágenes, así como de tratamiento de información y datos por parte de FECYT y CSIC o de cualquier tercero.

En todas las imágenes que formen parte de las exposiciones y los catálogos se indicará la autoría de la imagen, y el autor/a podrá solicitar que se emita un certificado de que la obra ha sido seleccionada para las exposiciones y catálogos realizados para cada una de las ediciones de Fotciencia objeto de este convenio.

D. Publicidad e información

Las presentes normas serán publicadas en la página web www.fotciencia.es y en aquellos otros medios que se considere necesario a los efectos de garantizar su adecuada publicidad y difusión.

De conformidad con lo establecido en la legislación aplicable en materia de protección de datos, en concreto, el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, se informa de que la FECYT, como responsable del tratamiento, tratará los datos recogidos con la finalidad de llevar a cabo:

La gestión de servicios a la comunidad científica y tecnológica y a la sociedad.

La gestión de participantes.

La gestión de actividades.

La gestión de inscritos.

La gestión de consultas.

Los estudios de satisfacción.

El tratamiento se basa en el consentimiento de los participantes, que podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento y portabilidad, así como consultar el aviso legal de protección de datos a través del enlace: pd.fecyt.es/protecciondatos/036-02es.pdf.

ANEXO II
Presupuesto anual de Fotciencia
Fotciencia  Euros
CSIC  
Diseño gráfica + folletos/carteles/lona/invitación + diseño Exposición. 3.200
Impresión de folletos/cartel (1000 carteles y 10.000 folletos). 1.200
Distribución de carteles y folletos. 800
Desplazamiento y alojamiento jurado (excepto personal CSIC/FECYT). 600
Acto entrega de premios. 2.000
EXPOSICIÓN – Preparación 2 ejemplares para itinerancia. 4.200
Dotación derechos de fotografías institutos CSIC. 1.200
   Total CSIC. 13.200
FECYT  
Adaptación web y alojamiento. 2.700
Dotación derechos de fotografías (excepto institutos). 7.200
Catálogo. Diseño e impresión de 1.000 ejemplares. 10.000
Gestión y financiación del alojamiento y desplazamiento de los autores de las imágenes seleccionadas que asistan a la inauguración de la exposición. Sólo se cubrirán desplazamientos nacionales. 2.000
Gestión FECYT. 21.900
Fundación Jesús Serra. 10.000
   Total FECYT. 11.900

Por parte del CSIC, los gastos se aplicarán a las aplicaciones presupuestarias que en cada año procedan del Programa presupuestario 463A «Investigación Científica».

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