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Documento BOE-A-2021-6449

Orden APA/372/2021, de 19 de abril, por la que se dispone la inclusión de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2021, páginas 46320 a 46322 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2021-6449

TEXTO ORIGINAL

El Reglamento General del Registro de Variedades Comerciales, aprobado mediante el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, estableció en sus artículos 45 y 46 el procedimiento a seguir para la inscripción de las variedades que se incluyen en esta orden.

Teniendo en cuenta que las variedades que figuran en esta orden han cumplido todos los trámites establecidos en sus respectivos Reglamentos Generales, así como en los Reglamentos Técnicos de Inscripción de variedades de distintas especies, resuelvo:

Primero.

Quedan incluidas en el Registro de Variedades Comerciales las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en el anexo I de la presente orden.

Segundo.

Quedan incluidas en el Registro de Variedades Comerciales como variedades con Descripción Oficialmente Reconocida (DOR), las variedades cuyas denominaciones figuran en el anexo II de la presente orden, de conformidad con el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento del Registro de Variedades Comerciales aprobado por el Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero.

Tercero.

La información relativa a estas variedades que se incluyen en los anexos I y II se encuentra en la Subdirección General de Medios de Producción Agrícolas y Oficina Española de Variedades Vegetales.

Cuarto.

La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Esta orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación.

Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso desestimación presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Madrid, 19 de abril de 2021.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.

ANEXO I
Inclusión de variedades

Especie: Melón

Inscripción Definitiva
20180292 REBECCA

Especie: Pimiento

Inscripción Definitiva
20180099 ATILA
20180100 ITACA
20190160 MAURICIO
20180092 PARTHENON
20180096 PERSEO
20190094 SMK1
20170094 TRAVIESO
ANEXO II
Variedades con Denominación Oficialmente Reconocida (DOR)

Especie: Pistacho

Inscripción Definitiva
20140343 AEGINA
20140344 AJAMY
20140345 ASHOURY
20140369 ASKAR
20140346 AVDAT
20140347 AVIDON
20140348 BATOURY
20140349 BOUNDOKY
20140350 BRONTE
20140366 C ESPECIAL
20140377 CHAPARRILLO
20140374 EGINO
20140378 GUERRERO
20210121 HELLIN
20140351 IRAQ 2
20140352 JOLEY
20140353 KASTEL
20140354 KERMAN
20140355 LARNAKA
20140356 LATHWARDY
20140362 M B
20140357 MATEUR
20140368 MATEUR M
20140358 NAPOLETANA
20140371 NAZAR
20140359 OULEIMY
20140376 PETER
20140360 SFAX
20140361 SIRORA

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