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Documento BOE-A-2021-4896

Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2021, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 29 de marzo de 2021, páginas 35920 a 35921 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-4896

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, modificado por la disposición final tercera del Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre,

Esta Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del primer trimestre del año 2021 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Emisión Fecha subasta

Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado

(%)

Bonos del Estado a tres años al 0,00 %, vto. 31.05.2024. 18.03.2021 –0,396
Bonos del Estado a cinco años al 0,00 %, vto. 31.01.2026. 04.03.2021 –0,250
Obligaciones del Estado a diez años al 0,10 %, vto. 30.04.2031. 04.03.2021 0,351
Obligaciones del Estado a quince años al 1,85 %, vto. 30.07.2035. 04.03.2021 0,663
Obligaciones del Estado a treinta años al 1,00 %, vto. 31.10.2050. 18.03.2021 1,297

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 63 y 91 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el segundo trimestre natural de 2021 son el –0,317 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el –0,200 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 0,281 por 100 para el plazo de diez años, el 0,530 por 100 para el plazo de quince años, y el 1,038 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

3. No obstante lo anterior, si se trata de deuda pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan para el segundo trimestre natural de 2021 son el –0,158 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el –0,100 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 0,140 por 100 para el plazo de diez años, el 0,265 por 100 para el plazo de quince años, y el 0,519 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

Madrid, 24 de marzo de 2021.–El Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, P. S. (Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero), el Director General del Tesoro y Política Financiera, Pablo de Ramón-Laca Clausen.

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