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Documento BOE-A-2021-4558

Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España y las entidades sociales Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana Valencia, para desarrollar una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2021, páginas 33519 a 33534 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2021-4558

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 8 de marzo de 2021 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Generalitat Valenciana, a través de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR) y las entidades sociales Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana Valencia para desarrollar en la Comunitat Valenciana una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 17 de marzo de 2021.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez Besteiro.

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Generalitat Valenciana, a través de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR) y las entidades sociales Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana Valencia para desarrollar en la Comunitat Valenciana una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional

En València, a 8 de marzo de 2021.

REUNIDAS

De una parte, doña Hana Jalloul Muro, como Secretaria de Estado de Migraciones, nombrada para este cargo por el Real Decreto 228/2020, de 29 de enero, en nombre y representación de la Administración General del Estado, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y avocando para sí la competencia para la firma del presente Convenio, de acuerdo con la Resolución de 27 de enero de 2021.

De otra parte, doña Mónica Oltra Jarque, como vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, nombrada por Decreto 6/2019, de 17 de junio, del president de la Generalitat, por el que nombra a las personas titulares de las vicepresidencias y de las consellerias, y de conformidad con las facultades que le atribuye el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones y en virtud de la autorización conferida para la firma del presente convenio por Acuerdo del Consell reunido en su sesión del 23 de octubre de 2020.

De otra parte, Sophie Muller, en su calidad de Representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR) nombrada el 1 de octubre de 2019 y acreditada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación tras aceptación del nombramiento por nota verbal número 7/7.2 de 11 de octubre de 2019.

De otra parte, Mustapha Mohamed-Lamin Ahmed, en calidad de director de la Delegación en València del Servicio Jesuita a Migrantes España, nombrado en acuerdo de Asamblea General y Junta Directiva, con fecha 1 de Julio de 2020.

De otra parte, Ignacio Grande Ballesteros, en calidad de director de Cáritas Diocesana de Valencia, nombrado el 21 de junio de 2020 por el Arzobispo de Valencia, Cardenal Antonio Cañizares Llovera.

De otra parte, Juan Manuel Aragonés Beltrán, en calidad de director de Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón, nombrado el 24 de septiembre de 2018 por el Obispo de Segorbe-Castellón, Casimiro López Llorente.

Y, de otra parte, Víctor Mellado Pomares, en calidad de director de Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante, nombrado el 11 de julio de 2018 por el Obispo de Orihuela-Alicante, Jesús Murgui Soriano.

Todas las partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para firmar el presente Convenio y,

MANIFIESTAN

El 19 de septiembre de 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), adoptó una serie de compromisos para mejorar la protección de las personas refugiadas y migrantes. Dichos compromisos se conocen como la Declaración de Nueva York para las personas refugiadas y migrantes.

El anexo 1 de esta Declaración de Nueva York establece un Marco de Respuesta Integral para las personas refugiadas, con acciones específicas que son necesarias para garantizar: medidas de recepción y admisión rápidas y bien fundamentadas; apoyo a las necesidades inmediatas y persistentes (por ejemplo, protección, salud y educación); apoyo a las instituciones nacionales y locales y a las comunidades que reciben personas refugiadas; y mayores oportunidades para el desarrollo de soluciones duraderas.

Sobre la base de este trabajo, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, el 17 de diciembre de 2018, el Pacto Mundial sobre Refugiados, que establece un nuevo marco para afrontar la situación de las personas refugiadas en el mundo a través de un apoyo más sólido a los países donde vive la mayoría de las personas refugiadas y del fortalecimiento de la responsabilidad compartida de ayudar a quienes se ven en la obligación de huir a causa del conflicto o la persecución.

En este mismo contexto, el 20 de septiembre de 2016, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, junto con el gobierno de Canadá, acordaron activar la llamada Iniciativa Global para el Patrocinio de Refugiados (GRSI por sus siglas en inglés), con la finalidad de promover el modelo de Patrocinio Comunitario de personas refugiadas alrededor del mundo. Esta decisión tiene tres objetivos primarios:

– Contribuir a la mejora de las responsabilidades compartidas, al expandir el uso del Patrocinio Comunitario como una vía para las personas refugiadas con necesidades de protección y de soluciones.

– Alentar la expansión del reasentamiento, fortaleciendo las capacidades de los estados, de los actores de la sociedad civil, y la ciudadanía, para lanzar programas de Patrocinio Comunitario.

– Brindar un vehículo que movilice a la ciudadanía en directo apoyo de las personas refugiadas y alentar un debate político más amplio que apoye la protección de las personas refugiadas.

El Patrocinio Comunitario ofrece la oportunidad a la ciudadanía de participar directamente en la labor de acogida e integración de las personas refugiadas. Los Patrocinadores Comunitarios se comprometen a ofrecer apoyo social, material y financiero a las personas recién llegadas durante su proceso de integración en sus nuevas comunidades. Todos los países pueden elaborar programas que permitan a su ciudadanía acoger a personas refugiadas en sus comunidades.

En un momento en que el número de personas desplazadas en el mundo por los conflictos y la persecución alcanza cifras récord, con más de 65,5 millones, la necesidad de compartir la responsabilidad de proteger, incrementar y diversificar las vías legales de entrada para personas que necesitan protección internacional es más urgente que nunca.

El programa de Patrocinio Comunitario inspirado en el modelo canadiense es un ejemplo de responsabilidad y esfuerzo conjunto y compartido, para encontrar formas de responder conjuntamente a los movimientos de personas refugiadas, de una forma más eficaz, equitativa y más justa. Un esfuerzo que puede tener un reflejo expreso en el Pacto Mundial sobre Refugiados, que lo recoge como una de las vías seguras de acceso a la protección con la que los Estados pueden contribuir.

Como parte del continuo diálogo en la búsqueda de soluciones duraderas, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) propuso al Gobierno de España y al Gobierno Vasco la puesta en práctica de una experiencia piloto de patrocinio comunitario en Euskadi con la finalidad de que su desarrollo, evaluación y documentación pudiera servir como modelo para su extensión a otras comunidades autónomas, e incluso a otros países. La implementación de esta iniciativa se concretó el 20 de junio de 2019 con la firma del Convenio entre la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación del Gobierno Vasco, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y las entidades sociales Cáritas Diocesana de Bilbao, Cáritas Diocesana de Vitoria, Cáritas Diocesana de San Sebastián y Fundación Social Ignacio Ellacuria para desarrollar en Euskadi una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional.

Con la voluntad de extender y profundizar en esa experiencia, incluida como contribución al proceso del Pacto Global sobre Refugiados, y entre los mecanismos que se prevén para el reparto de responsabilidades sobre las personas refugiadas, ACNUR ha propuesto al Gobierno de España y a la Generalitat Valenciana la implementación de una segunda experiencia piloto de patrocinio comunitario en la Comunitat Valenciana. Ambos Gobiernos se han mostrado dispuestos a colaborar para impulsar este pilotaje.

En el marco de esta confluencia de voluntades, la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana ha propuesto al Servicio Jesuita de Migrantes España, Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana de Valencia, su participación en esta experiencia piloto, en calidad de Entidades Titulares de un Acuerdo (supralocal) de Patrocinio. Se trata de cuatro entidades con amplia y probada experiencia en el terreno de la solidaridad y la justicia social, incluyendo a las personas refugiadas entre las destinatarias de su acción, y que actúan en el ámbito de toda la Comunitat Valenciana. En concreto, su función principal, dentro de la experiencia piloto, consistirá en impulsar, a través de su propia red de participación, Grupos Locales de Patrocinio Comunitario que desarrollarán en sus comunidades, en coordinación con las Entidades Titulares del Acuerdo de Patrocinio, la experiencia de Patrocinio Comunitario.

Todas estas entidades forman parte de este proyecto desde su compromiso con la solidaridad y la justicia social y las personas refugiadas. Consideran que esta experiencia piloto debe orientarse a promover una mejora cuantitativa y cualitativa de los procesos de acogida e integración de las personas refugiadas, así como a incrementar el compromiso compartido de las instituciones y administraciones públicas con la sociedad en esta tarea.

En consecuencia, los actores principales de esta experiencia piloto y firmantes de este Convenio son la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (en adelante, MISSM) del Gobierno de España; la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, ACNUR y las citadas entidades sociales de la Comunitat Valenciana.

No obstante, el desarrollo de la experiencia piloto requiere necesariamente de interacciones y cooperación de otras instituciones y entidades. En este sentido, esta iniciativa ha sido presentada por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana a los ayuntamientos más directamente implicados en la experiencia piloto y a las principales entidades que se hacen cargo del Sistema estatal de acogida e integración de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, bajo financiación del MISSM. Actualmente en la Comunitat Valenciana son Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), Cruz Roja, ACCEM y Fundación CEPAIM.

En el marco de esta experiencia piloto, en distintos momentos y circunstancias se hace necesario el concurso constructivo y experto de estas instituciones y entidades, así como una estrecha coordinación que redunde en el mejor modelo posible de acogida e integración de las personas refugiadas.

La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana y las entidades sociales que suscriben este convenio expresan su compromiso de mantenimiento de cauces de comunicación, información y colaboración con todas ellas.

En este sentido, será un espacio preferente de información, intercambio y coordinación la Comisión Mixta de Atención y Acogida a Persones Refugiadas, que se constituyó por Resolución de 28 de octubre de 2015, de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, y de la cual forman parte distintos departamentos del Consell, la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, las tres diputaciones provinciales, y representantes de las universidades de la Comunitat Valenciana y de entidades especializadas en el trabajo con personas refugiadas y desplazadas, con mayor representatividad en el sector: ACCEM, Fundación CEPAIM, Cruz Roja, CEAR, Cáritas y ACNUR.

Asimismo, la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dentro de un enfoque de defensa de los Derechos Humanos, pretende establecer, como ejes transversales, la igualdad de género y la igualdad de trato, haciendo que ambos estén presentes en todos los proyectos y actuaciones dirigidos a este colectivo. Se fomenta igualmente la perspectiva transcultural en los proyectos que se desarrollan.

Por su parte, y en consonancia con lo anterior, ACNUR aplica sistemáticamente un enfoque de edad, género y diversidad (EGD) en todas las actuaciones encaminadas al cumplimiento de su mandato de brindar protección y asistencia a los hombres, mujeres, niños y niñas refugiadas y buscar soluciones duraderas a su situación. Se trata así de garantizar que todas las personas de interés gocen de sus derechos en igualdad de condiciones y puedan participar plenamente en las decisiones que afectan a sus vidas y a las vidas de sus familiares y comunidades.

Finalmente, se tendrán en cuenta el marco jurídico y las recomendaciones y protocolos nacionales e internacionales en materia de refugiados, tortura, menores y familia, violencia de género, explotación laboral, trata de seres humanos con fines de explotación y otros, en su caso.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de las condiciones y compromisos que asumen las partes y garantizar la coordinación de las actuaciones en el desarrollo y ejecución de una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en la Comunitat Valenciana, denominada «Agermanament Comunitari Valencià», para la acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional, con el objetivo de favorecer su proceso de integración en la sociedad de acogida.

Segunda. Dotación presupuestaria.

Visto el objeto del presente convenio, que es en definitiva establecer un marco de condiciones y compromisos de las partes para la Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en la Comunitat Valenciana «Agermanament Comunitari Valencià», no comporta dotación presupuestaria.

Tercera. Personas beneficiarias.

La Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en la Comunitat Valenciana «Agermanament Comunitari Valencià» estará dirigida a personas beneficiarias de protección internacional, que hayan sido trasladadas a España en el marco de programas de reasentamiento de personas refugiadas u otras iniciativas encaminadas a la apertura de vías legales de acceso a la protección para personas refugiadas, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones, cuya acogida se desarrolle en la Comunitat Valenciana y en las ubicaciones que se detallan más adelante.

Cuarta. Comisión de seguimiento.

Para el desarrollo y buen fin de este convenio se establecen el siguiente instrumento de evaluación y seguimiento:

Se constituirá una Comisión de Seguimiento, con el fin de coordinar las acciones contempladas en este Convenio, y, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, realizar el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Esta Comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del Convenio.

La Comisión celebrará ordinariamente reuniones de coordinación semestrales, en las que se informe a las contrapartes del desarrollo del programa. Se reunirá con carácter extraordinario cuantas veces lo precise la buena marcha de las actividades del Convenio, a petición de una de las partes. Las personas participantes en las reuniones, en número de una por cada parte, serán designadas por la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de España, por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, por ACNUR y por cada una de las cuatro entidades sociales de la Comunitat Valenciana, Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana de Valencia. Las fechas se determinarán de común acuerdo entre las partes, que se comprometen a la elaboración de las actas de las reuniones de forma alternativa.

El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Quinta Vigencia.

El Convenio surtirá efecto una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y tendrá una vigencia de dos años desde su entrada en vigor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por períodos bienales hasta un máximo de cuatro años adicionales o su extinción. La prórroga deberá ser comunicada por la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

Sexta. Modificación del Convenio.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de las partes firmantes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Séptima. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, los convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución del Convenio el trascurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo, el acuerdo unánime de las partes firmantes, la decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio y cualquier otra causa distinta de las anteriores previstas en el Convenio o en otras normas de aplicación.

Asimismo, son causas de resolución del Convenio el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones y compromisos contraídos en él. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

Cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio tasadas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y de acuerdo con el artículo 52.3 de la misma, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciéndose un plazo improrrogable para su finalización, trascurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia de este Convenio.

Octava. Marco de intervención.

La Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, cuenta con una estrategia integral de atención a las personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional en España, que persigue un doble objetivo:

– Dar cumplimiento a las obligaciones que recaen en el Gobierno en aplicación de la normativa, tanto nacional como comunitaria, sobre las condiciones de acogida a las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional.

– Favorecer la acogida e integración de este colectivo. Esta estrategia se materializa en un Sistema de Acogida e Integración que se desarrolla mediante itinerarios individualizados de integración, cuya finalidad es facilitar la progresiva autonomía de las personas destinatarias y su integración social y laboral en la sociedad de acogida.

La Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario «Agermanament Comunitari Valencià» tiene como objetivo poner a prueba y pilotar un modelo de intervención complementario pero coordinado con el Programa estatal de Acogida e Integración. Esta fórmula de Patrocinio Comunitario se inspira en el modelo canadiense y persigue una implicación directa de la ciudadanía en las tareas de acogida e integración de las personas solicitantes o beneficiarias de Protección Internacional.

Novena. Modelo de intervención.

El modelo de intervención de esta experiencia piloto tiene los siguientes componentes:

a) Actores de la experiencia piloto. El desarrollo de la Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario requiere de la colaboración e interacción de los siguientes actores institucionales y sociales:

– Gobierno de España. Participa en esta experiencia piloto como institución competente en la planificación, desarrollo y gestión del sistema nacional de acogida integral e integración de solicitantes y beneficiarios de protección internacional. El Gobierno español canaliza esta participación a través de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y de su Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria.

– Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana. Participa en esta experiencia piloto como institución con capacidad y competencia para articular procesos de acogida e integración de personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional. La Generalitat Valenciana canaliza esta participación a través de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y de su Dirección General de Igualdad en la Diversidad, según las competencias establecidas en el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat.

– ACNUR. Es el órgano subsidiario de las Naciones Unidas bajo cuyo mandato se brinda protección y asistencia a las personas solicitantes de protección internacional y se buscan soluciones duraderas a su situación, y en el contexto del proceso del Pacto Global sobre Refugiados, promueve esta experiencia piloto que llevan a la práctica el Gobierno de España y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana. ACNUR, que está colaborando también en otros países en la puesta en marcha del modelo de patrocinio comunitario, formando parte de la Iniciativa Global para el Patrocinio de Refugiados (GRSI por sus siglas en inglés), ofrece su apoyo institucional en el desarrollo de este proyecto piloto.

– Entidades Titulares de un Acuerdo (supralocal) de Patrocinio. Se trata de las entidades responsables de promover la experiencia piloto. En este caso, el Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana de Valencia, cuatro entidades con amplia y probada experiencia en materia de solidaridad, y que actúan en el ámbito de la Comunitat Valenciana. En concreto, su función principal consiste en impulsar, dentro de su propia red de participación, Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, ofreciéndoles cobertura y respaldo, así como garantizar la acogida e integración de las personas beneficiarias de Protección Internacional.

– Grupos Locales de Patrocinio Comunitario. Se trata de los grupos de personas voluntarias, impulsado y coordinado por la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio correspondiente, que, actuando en red en el ámbito local, dinamizan el proceso de patrocinio comunitario. Participan en el desarrollo de la experiencia piloto en cada municipio y mantienen la relación directa con las personas refugiadas que han sido acogidas, participando en la preparación y desarrollo del Proyecto de Acogida e Integración.

– Ayuntamientos. Son los anfitriones de la experiencia piloto. Se promoverá la colaboración e implicación técnica y política de los municipios para que el Grupo Local de Patrocinio Comunitario, en coordinación con la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio, pueda desarrollar su Proyecto de Acogida e Integración. Se invitará a una representación del Ayuntamiento a formar parte de la Mesa de Coordinación.

– Mesa de Coordinación. Se trata de un grupo de trabajo que se constituirá con representación de los cinco Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, las cuatro Entidades titulares del Acuerdo de Patrocinio y la Generalitat Valenciana, que implicará en el mismo a los departamentos competentes en sanidad, educación y servicios sociales. Además, se invitará a formar parte de la Mesa de Coordinación a los Ayuntamientos de los municipios donde se desarrolle la experiencia piloto.

Las estipulaciones anteriores respecto a Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, Ayuntamientos y Mesa de Coordinación pretenden promover su colaboración e implicación en el proyecto, sin que en ningún caso se pueda interpretar que asumen obligaciones concretas al respecto, al no ser partes firmantes del presente Convenio.

– Las personas y familias beneficiarias de protección internacional y de la experiencia piloto «Agermanament Comunitari Valencià», que serán protagonistas del proceso y participarán en las decisiones a través de los cauces que establezcan los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario o la Mesa de Coordinación.

b) Punto de partida. Teniendo en cuenta las bases del modelo canadiense de Patrocinio Comunitario y su aplicación en Euskadi, la Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario «Agermanament Comunitari Valencià» se propone llevar a la práctica una adaptación de aquel modelo, tratando de desarrollar la filosofía de implicación ciudadana que lo inspira, y teniendo en cuenta la realidad y condicionantes del Sistema de Acogida e Integración español y del marco de competencias y posibilidades del Gobierno de España, la Generalitat Valenciana y de las Entidades Titulares de Acuerdos de Patrocinio que participarán en la experiencia piloto.

c) Objetivos. La Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario «Agermanament Comunitari Valencià» tiene dos objetivos:

– Desarrollar un modelo de acogida e integración de personas refugiadas en el que, mediante fórmulas diversas de asociación, auto-organización e implicación colectiva, la sociedad asume una responsabilidad directa en los procesos de acogida e integración de estas personas.

– Generar sinergias y valor añadido que redunden en la mejora cualitativa de estos procesos con impacto positivo en el logro de su autonomía y de una convivencia armónica en el contexto social en el que hayan sido acogidas.

d) Resultado esperado. El fin principal de esta iniciativa es el de facilitar una inclusión amplia e integral de las personas refugiadas implicadas en la misma, en la que las personas refugiadas y la sociedad de acogida sean las protagonistas del proceso. Se pretende así mismo extraer aprendizajes y conclusiones que puedan volcarse a un proyecto amplio de extensión del Patrocinio Comunitario, tanto en la Comunitat Valenciana como en otras comunidades autónomas y que pueda así mismo ser presentado como una iniciativa que pudiera replicarse. Por este motivo, la experiencia piloto seguirá en paralelo un proceso de sistematización y evaluación, cuyo encargo asumirá la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana con el asesoramiento de ACNUR, y que se podrá compartir con la experiencia piloto Auzolana II desarrollada en Euskadi.

e) Número y distribución de participantes. Esta experiencia piloto se realizará con un número abierto de veinte a treinta personas beneficiarias de protección internacional, inicialmente en el marco del Programa Nacional de Reasentamiento 2018. Se trata de un número abierto porque se prevé que se corresponda con cinco familias de entre cuatro y siete miembros que se distribuirían en cinco municipios valencianos. En su calidad de Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio, el Servicio Jesuita a Migrantes España acogerá a dos familias en su ámbito de responsabilidad y Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana de Valencia acogerán a una familia en su ámbito de responsabilidad. De este modo, la Experiencia Piloto se desarrollará en los siguientes municipios valencianos: Alaquàs, Almassora, Calp, Cocentaina y València.

f) Identificación y selección de participantes y proceso de información previo al viaje: La Secretaría de Estado de Migraciones, a través de la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, remitirá a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana una propuesta de casos para participar en dicha experiencia piloto, de entre las personas refugiadas seleccionadas para su reasentamiento en España inicialmente en el marco del Plan Nacional de Reasentamiento 2018. Dicha propuesta deberá ser aceptada por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana y el resto de firmantes del Convenio. Todas las personas participantes han sido informadas con carácter previo a su llegada a España sobre las condiciones de acogida en España y han recibido dicha información en un documento en su idioma con el fin de poder tomar una decisión informada sobre su participación en el reasentamiento. Así mismo todas las personas mayores de edad participantes han firmado una solicitud de acceso al Sistema de Acogida, en la que se recogen los elementos principales de sus condiciones de acogida y han autorizado el tratamiento de sus datos de carácter personal para fines relativos a su itinerario de acogida e integración.

En función de las circunstancias tanto en el país de origen (residencia conjunta en campo de refugiados o de forma separada) como de la llegada (eventual contexto de crisis sanitaria que impide llegadas separadas) se valorará la conveniencia de informar a las familias seleccionadas sobre el proyecto, con carácter previo a la salida del país en que se encuentran. En caso de que así se haga y acepten, firmarán un documento provisional de aceptación que así lo acredite y que será elaborado de forma consensuada por el Gobierno de España y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana. Igualmente deberán prestar su consentimiento para que la información contenida en su expediente relevante de cara a su acogida sea compartida con el resto de firmantes del convenio y con el grupo local de patrocinio que se designe. Si no fuera posible hacerlo con carácter previo, deberá hacerse lo antes posible, una vez realizado el traslado a España. La aceptación para participar en el programa deberá ser confirmada en el plazo de un mes desde su llegada a España.

También en función de las circunstancias tanto en el país de origen como de la llegada se valorará la conveniencia de al menos un contacto previo al viaje a España de los Grupos Locales de Patrocinio con las familias asignadas por los medios telemáticos disponibles.

g) Duración. El desarrollo de la experiencia piloto en cada uno de los cinco Grupos Locales de Patrocinio Comunitario tendrá una duración de 18 meses desde la llegada a España, que según las circunstancias podrían ser prorrogados hasta un máximo de 24, por acuerdo de las partes.

Décima. Objetivos operativos en el itinerario de la experiencia piloto.

El itinerario de la experiencia piloto «Agermanament Comunitari Valencià» se vincula al desarrollo de tres objetivos operativos: acogida inicial, despliegue de la experiencia piloto, y autonomía.

a) Recepción en aeropuerto y primera acogida en recursos del MISSM. Las familias seleccionadas para participar en el Programa y que han prestado su consentimiento al mismo serán recibidas a su llegada a España, por personal del MISSM. Una vez realizados los trámites de identificación inicial por parte del MISSM y de la Dirección General de la Policía, y recibida su resolución de protección internacional por parte de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior, serán trasladados por los responsables de su acogida a los recursos del Sistema Nacional de Acogida para solicitantes y beneficiarios de protección internacional, donde permanecerán hasta su traslado a los recursos de acogida de la Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario.

b) Acogida y despliegue de la Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario. Conforme al Proyecto de Acogida e Integración preparado por las Entidades Titulares del Acuerdo de Patrocinio, en coordinación con los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, la tarea primera y prioritaria de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario será poner a disposición de la familia acogida una vivienda para, al menos, 18 meses.

El Proyecto de Acogida e Integración de cada Grupo Local de Patrocino Comunitario debe demostrar capacidad financiera para afrontar el Patrocinio Comunitario que se proponen desarrollar, mediante el cual deben cubrir las necesidades básicas de las personas participantes para los que debe contar además, con una vivienda preparada previamente, con red social y estrategia de apoyo para aprender el idioma, con el diseño de un itinerario de formación acorde a su experiencia y formación previa (la información de la que se disponga se facilitará con antelación por parte del MISSM), con apoyo psicológico, en su caso, y con medidas para facilitar el acceso al empleo, durante, al menos, 18 meses.

c) Autonomía y emancipación del Patrocinio Comunitario.

– Está previsto que el periodo de desarrollo de la Experiencia de Patrocinio Comunitario se prolongue durante 18 meses y hasta un máximo de 24 meses, en los casos que así se considere procedente, para completar la preparación de la autonomía de estas familias. Desde su inicio, todo el proceso estará orientado a promover la autonomía de las personas refugiadas. En este sentido, las instituciones, las Entidades Titulares de un Acuerdo (supralocal) de Patrocinio Comunitario y los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario harán confluir sus esfuerzos en el logro, por parte de las personas refugiadas, de una vida autónoma y emancipada de la tutela y cobertura que representa el Patrocinio Comunitario.

– Este objetivo deberá tener una presencia destacada, gradual y progresiva en la gestión del Proyecto de Acogida e Integración en cada uno de los cinco ámbitos locales en que se desarrolle la experiencia piloto.

Undécima. Compromisos de las partes.

ACNUR, la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, y las Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio Comunitario en la Comunitat Valenciana, el Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana de Valencia, asumen los siguientes compromisos en cada uno de las siguientes etapas del proceso que se pretende impulsar:

A. Etapa previa de identificación, información y derivación.

A.1 Objetivo.

El objetivo principal en esta etapa es la identificación de las personas beneficiarias de protección internacional que sean potenciales candidatas a participar en la experiencia piloto. Esta identificación se realizará por el Gobierno de España con la colaboración de ACNUR en Líbano, país del que procederán inicialmente las personas reasentadas que participarán en este proyecto piloto. En caso de prórroga del Convenio, el país de origen se determinará en función de los países respecto de los que España se comprometa a reasentar en el Plan Nacional de Reasentamiento vigente en cada momento o haya adquirido compromisos de acogida.

En el país de origen estas personas recibirán orientación cultural e información precisa sobre España y el sistema de protección internacional y de acogida y serán a su vez informadas, en su caso, con apoyo de materiales escritos y audiovisuales, de que han sido propuestas para participar en una experiencia de Patrocinio Comunitario.

Una vez llevada a cabo la pre-selección de las personas que podrían participar en la iniciativa, el Gobierno español informará a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana de los perfiles de estas personas y de la previsión de su llegada a España para que pueda iniciarse la preparación del proyecto específico de acogida e integración en el marco de la Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario «Agermanament Comunitari Valencià».

Previamente a la llegada de las familias, se procurará la formación adecuada tanto a las personas profesionales de las Entidades Titulares del Acuerdo de Patrocinio Comunitario como a las personas voluntarias de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, con la participación de ACNUR y las administraciones públicas implicadas.

A.2 Acciones y recursos.

– Compromiso de intervención de ACNUR:

• Velar por la incorporación de la perspectiva de protección internacional y del enfoque EGD (de edad, género y diversidad) a lo largo del desarrollo del proyecto.

• Apoyar en la preparación y desarrollo de las actividades formativas necesarias para la ejecución del programa en cada fase.

• Llevar a cabo la identificación de las personas refugiadas en necesidad de reasentamiento en el primer país de acogida y, en caso de que así se solicite por el Gobierno de España, la propuesta inicial a las autoridades españolas de posibles personas candidatas a participar en el proyecto de acuerdo a los parámetros previamente acordados y haciendo un análisis de los mismos con el fin de que los perfiles de las personas refugiadas seleccionadas encajen con las características y recursos de los municipios y entidades participantes.

– Compromiso de intervención de la Secretaría de Estado de Migraciones (SEM) del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:

• La SEM pone a disposición los recursos en los que se apoya esta fase de intervención.

• La SEM, realiza en los países de primera acogida y sobre la base de la propuesta de ACNUR, en su caso, la identificación y selección de las personas beneficiarias de protección internacional que sean potenciales candidatas a participar en la Experiencia Piloto «Agermanament Comunitari Valencià», con el fin de que los perfiles de las personas refugiadas seleccionadas encajen con las características y recursos de los municipios y entidades participantes.

• La SEM, una vez valoradas las personas candidatas para la participación en el proyecto «Agermanament Comunitari Valencià», compartirá la información con la unidad designada al efecto por la Generalitat Valenciana para tratar la conveniencia de su inclusión en el proyecto.

• La SEM, convalidará los Proyectos de Acogida e Integración preparado por las Entidades Titulares del Acuerdo de Patrocinio en coordinación con cada Grupo Local de Patrocinio comunitario.

• La SEM realizará la primera acogida a su llegada a España, en recursos de acogida del Sistema de Acogida para solicitantes y beneficiarios de protección internacional, de los reasentados que participen en el proyecto piloto.

– Compromiso de intervención de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana:

• Acompañar y colaborar en el proceso de elaboración del Proyecto de Acogida e Integración de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitarios, que habrán de ser convalidados por el MISSM antes de la llegada de las personas seleccionadas a España.

• Informar, desde el primer momento, a las Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio y a los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario de las previsiones existentes sobre llegada y acogida de personas refugiadas que potencialmente puedan participar en la experiencia piloto, para que puedan avanzar en la preparación del proyecto de acogida e integración.

• Informar sobre estas previsiones a los ayuntamientos en los que se vaya a desarrollar esta experiencia piloto, e impulsar su participación en la Mesa de Coordinación

– Compromiso de Intervención de las Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio:

•  El Servicio Jesuita a Migrantes España asume la responsabilidad de articular, dinamizar, apoyar y tutorizar en cada uno de los municipios de València y Alaquàs. Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante asume la misma responsabilidad en el municipio de Calp; Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón en el municipio de Almassora; y Cáritas Diocesana de Valencia en el municipio de Cocentaina.

•  En esta etapa previa, cada Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio entregará a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, para su remisión al MISSM, el Proyecto de Acogida e Integración en un plazo máximo de 15 días desde que hayan conocido los perfiles de la familia que patrocinarán.

– Mecanismos de coordinación para esta etapa:

• La persona designada por la SEM se coordinará con la persona designada por la Dirección General de Igualdad en la Diversidad de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana con objeto de valorar la oportunidad de inclusión en el proyecto de las personas candidatas propuestas.

• La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana informará a la SEM sobre los recursos materiales y humanos existentes en los municipios participantes con objeto de facilitar una mejor selección de los perfiles de las personas destinatarias del proyecto y así favorecer una adecuada acogida, especialmente a los perfiles más vulnerables.

B. Etapa de Patrocinio Comunitario:

B.1 Objetivo.

Una vez llegadas a España, las personas refugiadas que hayan sido identificadas para participar en la experiencia piloto, tras la primera acogida en recursos del MISSM, se desplazarán a los municipios de acogida para comenzar su itinerario en el Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario. En el plazo de un mes, se deberá confirmar el consentimiento de las personas preseleccionadas para su participación en la experiencia piloto.

El objetivo general de esta etapa es, una vez estabilizadas las familias, favorecer el mejor proceso posible de autonomía e independencia, así como de integración y participación en la sociedad de acogida de las personas beneficiarias de protección internacional participantes en esta experiencia piloto. Este objetivo reposa sobre la base de un proyecto que ofrece a estas personas una vivienda para al menos dieciocho meses y un Proyecto de Acogida e Integración de entre dieciocho y veinticuatro meses, que incluye alojamiento, manutención, red social y estrategia para el aprendizaje del idioma, para la formación para el empleo y la búsqueda del mismo, y para responder a las necesidades básicas de atención psicológica, interpretación y traducción y asesoramiento legal, mediante un trabajo de colaboración entre el Grupo Local de Patrocinio Comunitario y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, en colaboración con el resto de las instituciones.

B.2 Acciones y Recursos.

– Compromiso de intervención de ACNUR:

• Velar por la incorporación de la perspectiva de protección internacional y del enfoque EGD a lo largo del desarrollo del proyecto.

• Apoyar en la preparación y desarrollo de las actividades formativas necesarias para la ejecución del programa.

• Apoyar y asesorar en el proceso de evaluación y documentación de la Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario y promover el intercambio y difusión de la experiencia con vistas a su posible réplica, en función de los resultados del mismo.

– Compromiso de intervención de la SEM del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:

• La SEM hará seguimiento de la experiencia piloto y colaborará en la medida en que pudiera ser requerida en la resolución de incidencias que, en relación con las personas participantes en la experiencia piloto, pudieran afectar a la Administración General del Estado, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa tanto nacional como comunitaria sobre las condiciones de acogida de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional.

• La SEM, previa comunicación de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, decidirá las actuaciones a realizar en caso de un eventual rechazo definitivo de alguna familia a su participación en el Programa de Patrocinio, para derivarlos al Sistema de Acogida estatal, en el caso de que así procediese.

– Compromiso de intervención de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana:

• Garantizar el acceso de las personas beneficiarias del proyecto a los servicios educativos, sociales, formativos y de atención sanitaria correspondientes.

• Impulsar la creación de la Mesa de Coordinación, con representación, al menos, de los Grupos Locales de Patrocinio y las Entidades Titulares del Acuerdo de Patrocinio Comunitario.

• Establecer los recursos adecuados para el desarrollo de la experiencia piloto, articular y tramitar los instrumentos necesarios para dotar a cada una de las cuatro Entidades Titulares de un Acuerdo de Patrocinio, de los recursos suficientes para sufragar los gastos de acompañamiento, seguimiento, coordinación e intervención por cada familia, todo ello previa cuantificación y aprobación del instrumento jurídico correspondiente.

• Informar periódicamente a la SEM y a ACNUR del desarrollo de la experiencia piloto a través de informes semestrales a los participantes en el Convenio y de las reuniones de la Comisión de Seguimiento del Convenio suscrito.

• Coordinar las actuaciones de todos los actores participantes en el Convenio cuando sea requerida su intervención.

• Informar a la Secretaria de Estado de Migraciones de las modificaciones del itinerario de las personas beneficiarias de protección internacional participantes en la experiencia piloto que supongan una reducción de las prestaciones inicialmente ofrecidas e inicialmente validadas por la SEM.

• Convocar las reuniones de la Comisión de seguimiento de este Convenio.

• Informar a la SEM en caso de un eventual rechazo definitivo a la participación en el programa de alguna de las familias participantes.

– Compromiso de Intervención de las Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio.

Los requisitos que deben cumplir las Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio y cada Grupo Local de Patrocinadores Comunitarios para que pueda desplegarse esta etapa de Patrocinio Comunitario son los siguientes:

• Contar con una vivienda, adecuada en sus condiciones de habitabilidad y con un alquiler sostenible, para la familia acogida para un plazo garantizado de, al menos, dieciocho meses.

• Disponer de una cuenta bancaria abierta con un fondo mínimo de 10.000 euros.

• Tener aprobado el Proyecto de Acogida e Integración de la familia acogida para el momento de la llegada de las personas refugiadas a España.

• Las Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio y los Grupos Locales de Patrocinio Comunitarios asumen el compromiso general de desarrollar durante un plazo de entre dieciocho y veinticuatro meses un plan de acompañamiento y apoyo a la integración integral de la familia de personas refugiadas, conforme al Plan de Acogida e Integración aprobado.

• Las Entidades Titulares del Acuerdo de Patrocinio informarán periódicamente a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana de los avances de la experiencia a través de informes trimestrales de seguimiento. Asimismo, informarán inmediatamente a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana en caso de que:

○ Se produzca una modificación sustancial del itinerario establecido en el Proyecto de Acogida e Integración.

○ Se produzca un abandono definitivo del Programa.

– Mecanismos de coordinación para esta etapa.

En este itinerario se mantendrán dos mecanismos de coordinación:

• La Comisión de Seguimiento del Convenio suscrito entre la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, ACNUR y las cuatro Entidades Titulares de Acuerdo de Patrocinio.

• La Mesa de Coordinación, con representación de los cinco Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, las cuatro Entidades titulares del Acuerdo de Patrocinio y la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, a la que también se invitará a los ayuntamientos de los municipios donde se desarrolle la experiencia piloto y las consellerias con competencias en educación y sanidad.

Las personas beneficiarias de Protección Internacional que hayan sido acogidas en un municipio valenciano en el marco de esta experiencia piloto serán invitadas a considerarse actores protagonistas de su adaptación a la realidad local. Serán informadas de sus derechos y obligaciones, así como del esfuerzo que se necesitará de ellas para el logro de los objetivos de adaptación y autonomía, y se fomentará su participación en la toma de decisiones por consenso, así como en los encuentros que se puedan realizar para compartir la experiencia.

Duodécima. Proyecto de Acogida e Integración.

El Proyecto de Acogida e Integración de cada Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio y del Grupo Local de Patrocinio Comunitario debe presentar una estrategia solvente y concreta para lograr el objetivo principal: favorecer el mejor proceso posible de autonomía e independencia, así como de integración y participación en la sociedad de acogida de las personas beneficiarias de protección internacional participantes en esta experiencia piloto.

Desde este punto de vista, el Proyecto de Acogida e Integración Comunitario se presentará en un documento que responda con claridad a los siguientes enunciados:

– Presentación.

– Motivación.

– Aspiraciones.

– Presentación del personal responsable del proyecto.

– Entidad Social Responsable y persona de referencia.

– Grupo Local de Patrocinio Comunitario: persona de referencia, componentes de grupo local y, en su caso, red de apoyo extensa.

1. Descripción de los perfiles de la familia que será acogida.

2. Objetivos del proyecto de Acogida e Integración.

3. Descripción de vivienda disponible y condiciones de uso y, en su caso, alquiler.

4. Información sobre la cuenta bancaria abierta con un fondo mínimo de 10.000 euros.

5. Prioridades del Proyecto de Acogida e Integración.

5.1 Programa concreto y recursos disponibles para el aprendizaje de idiomas locales y para el apoyo a las necesidades de traducción durante los primeros meses.

5.2 Programa concreto de gestión de los gastos de manutención.

5.3 Programa concreto y recursos disponibles para la respuesta a necesidades específicas de atención sanitaria.

5.4 Programa concreto y recursos disponibles para la respuesta a necesidades específicas de atención psicológica.

5.5 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a necesidades sociales, formativas, educativas y de matriculación.

5.6 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para el apoyo y formación para el empleo y para la búsqueda de trabajo.

5.7 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a necesidades de asesoramiento legal.

5.8 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a las necesidades de ocio.

5.9 Compromisos y calendarios de acompañamiento dentro de una estrategia de empoderamiento, orientada a la autonomía y alejada de cualquier forma de solidaridad paternalista.

5.10 Plan de acompañamiento durante el primer mes atendiendo a las características específicas de cada familia.

ANEXO
Descripción del Programa de formación seguido por la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio y el Grupo Local de Patrocinio Comunitario
Decimotercera. Marco jurídico de cooperación, privilegios e inmunidades del ACNUR.

El desarrollo de la cooperación entre España y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para las personas refugiadas se recoge en el Acuerdo entre España y la Organización de las Naciones Unidas relativo al establecimiento de una Delegación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para las personas refugiadas en Madrid, de 14 de marzo de 1988 (publicado en el BOE n.º 161, de 7 de julio de 1989, págs. 21531 21532) y en el Acuerdo Marco de Cooperación del Reino de España y ACNUR de 9 de diciembre de 2002 (publicado en el BOE n.º 123, de 23 de mayo de 2003, págs. 19691 a 19692).

Nada de lo dispuesto en el presente convenio o relativo al mismo podrá ser interpretado en el sentido de constituir una renuncia, ni expresa ni implícita, a lo establecido en dichos acuerdos ni a ninguna de las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, comprendidos sus órganos subsidiarios, o de ACNUR, como órgano subsidiario de las Naciones Unidas.

Decimocuarta. Situación de emergencia sanitaria por la COVID-19.

Todas las actuaciones previstas en este Convenio estarán supeditadas en su desarrollo al cumplimiento de las normas y directrices que puedan dictarse por parte de las autoridades sanitarias competentes para la protección de la salud de todas las personas.

Estando las partes de acuerdo con el contenido de este documento, y por dejar constancia y prueba de conformidad, se firma el mismo.–La Secretaria de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Hana Jalloul Muro.–La Vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra Jarque.–La Representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR), Sophie Marie Muller.–El Director de la Delegación en València del Servicio Jesuita a Migrantes España, Mustapha Mohamed-Lamin Ahmed.–El Director de Cáritas Diocesana de Orihuela-Alicante, Víctor Mellado Pomares.–El Director de Cáritas Diocesana de Segorbe-Castellón, Juan Manuel Aragonés Beltrán.–El Director de Cáritas Diocesana de Valencia, Ignacio Grande Ballesteros.

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