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Documento BOE-A-2021-4472

Orden TMA/264/2021, de 3 de marzo, por la que se concede el Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2021, páginas 32511 a 32512 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2021-4472

TEXTO ORIGINAL

Por Orden TMA/1106/2020, de 6 de noviembre (BOE número 310, de 26 de noviembre de 2020) ha sido convocado el Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2020, de acuerdo a las bases reguladoras de este galardón que fueron establecidas en la Orden FOM/2266/2013, de 27 de noviembre (BOE número 289, de 3 de diciembre de 2013). Concluido el plazo fijado al efecto, han sido presentadas diez candidaturas para concurrir al Premio, por un total de once organizaciones, instituciones o corporaciones vinculadas a la Arquitectura, el Urbanismo y las Bellas Artes.  

De conformidad con lo previsto en las bases reguladoras y en la convocatoria a las que se ha hecho referencia, el Jurado encargado de formular la propuesta de concesión del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2020 se constituyó el pasado 23 de diciembre de 2020, quedando integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Don Manuel Gallego Jorreto, vocal del Jurado galardonado con el Premio Nacional de Arquitectura 2018, que fue elegido por unanimidad de los miembros con voto del Jurado, en el acto de constitución de dicho órgano, tal como establece el artículo cinco, apartado dos, de la Orden TMA/1106/2020, de 6 de noviembre, antes citada.

Vocales:

Doña Carme Pigem i Barceló, a propuesta del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España.

Doña Estrella de Diego, a propuesta de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Doña Elisa Valero, a propuesta de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas.

Doña Inmaculada Maluenda, a propuesta de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España.

Doña Lucía Cano, a propuesta de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.

Secretario: Don Iñaqui Carnicero Alonso-Colmenares, Director General de Agenda Urbana y Arquitectura.

Secretario de Actas: Don Luis Vega Catalán Subdirector General de Arquitectura y Edificación.

De acuerdo con la propuesta motivada del Jurado, adoptada por unanimidad, y cumplidos los trámites establecidos, dispongo:

Primero.

Conceder el Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2020 al arquitecto don Alberto Campo Baeza, a propuesta de la Fundación Universitaria San Pablo CEU, del Colegio Oficial de Arquitectos de Almería, del Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz y del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España.

Al proponer el premio a don Alberto Campo Baeza, el jurado destaca especialmente la coherencia de su trayectoria profesional, su independencia creativa y su labor docente de toda una vida dedicada a formar distintas generaciones de arquitectos que han encontrado en su trabajo una fuente de inspiración además de convertirse en referente de la arquitectura española tanto a nivel nacional como internacional.

Segundo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo tres de la Convocatoria, la cuantía económica del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2020 asciende a la cantidad de sesenta mil euros (60.000 €), que se imputará al crédito presupuestario 17.10.261O.488.

Tercero.

Conforme establece la base novena de la Orden FOM/2266/2013, de 27 de noviembre, se ha resuelto hacer pública la concesión del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2020, mediante la presente publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.

La entrega del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2020 se efectuará en un acto público convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia y solemnidad adecuadas.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998), no pudiéndose interponer simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 3 de marzo de 2021.–El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos Meco.

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