El proyecto a que se refiere la presente resolución se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo 2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación de Impacto Ambiental, y por consiguiente se procede a formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 41 de la citada Ley.
Este proyecto supone la unificación de dos proyectos «Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica a 400 kV Archidona-Caparacena-Tajo» y «Aumento de la capacidad de transporte de la línea eléctrica a 400 kV Caparacena-Huéneja-Tabernas-Litoral» que se tramitaron de forma independiente, en un procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificado. El primero de ellos se resolvió someterlo a evaluación de impacto ambiental ordinaria mediante Resolución de 13 de septiembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, a la vista de lo cual, el promotor decidió desistir en el procedimiento del segundo para hacer una evaluación análoga, y compartir horizontes espacio temporal de la tramitación de los proyectos en el marco de un procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor.
A. IDENTIFICACIÓN DEL PROMOTOR DEL PROYECTO Y DEL ÓRGANO SUSTANTIVO. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y DE LOS ELEMENTOS AMBIENTALES SIGNIFICATIVOS DE SU ENTORNO
A.1 Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
Con fecha 7 de octubre de 2019 tiene entrada en este Ministerio, el proyecto «Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica aérea existente a 400 kV, Tajo de la Encantada-Archidona-Caparacena-Huéneja-Tabernas-Litoral, en las provincias de Málaga, Granada y Almería», procedente de la Dirección General de Política Energética y Minas, actuando como órgano sustantivo de dicho proyecto. El promotor del proyecto es Red Eléctrica de España S.A.U. (REE).
A.2 Descripción del proyecto: Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.
A.2.1 Objeto y justificación.
El proyecto de aumento de la capacidad de transporte de la línea eléctrica aérea existente a 400 kV Tajo de La Encantada-Litoral, está compuesto por los circuitos Tajo- Archidona, Archidona-Caparacena, Caparacena-Hueneja, Hueneja-Tabernas y Tabernas-Litoral, en las provincias de Málaga, Granada y Almería. Tiene su origen en la subestación de Tajo de La Encantada (Málaga) y su final en la subestación de Litoral (Almería). Cuenta con 631 apoyos y una longitud total de 277,22 km.
Con motivo del aumento de la capacidad de transporte de la línea, se ha considerado un incremento de la temperatura máxima de operación de 50 a 85 ºC. Este aumento de temperatura implica un aumento de la flecha máxima de las fases, resultando que en determinados vanos no se cumplirían las distancias mínimas reglamentarias al terreno ni en los cruzamientos con los servicios existentes bajo la línea.
La solución adoptada consiste en la elevación de los conductores mediante el recrecido de 86 apoyos, el rebaje del terreno en 3 puntos concretos y la modificación de 1 elemento de señalización, por lo que no se modifica ni el trazado de la línea ni la ubicación de los apoyos.
A.2.2 Localización.
El circuito Tajo de la Encantada-Litoral objeto de estudio discurre atravesando los siguientes términos municipales de oeste a este:
– Provincia de Málaga: Álora, Valle de Abdalajís, Antequera y Archidona.
– Provincia de Granada: Loja, Huétor Tajar, Villanueva Mesía, Montefrío, Íllora, Pinos Puente y Atarfe.
– Provincia de Almería: Albalote, Peligros, Calicasas, Güévejar, Cogollos de la Vega, Nívar, Huétor de Santillán, Diezma, La Peza, Cortes y Graena, Marchal, Beas de Guadix, Guadix, Valle del Zalabí, Aldeire, La Calahorra, Huéneja, Dólar, Fiñana, Abrucera, Abla, Las Tres Villas, Nacimiento, Gérgal, Tabernas, Lucainena de las Torres, Sorbas y Carboneras.
A.2.3 Descripción sintética de la alternativa seleccionada.
En total se requiere actuar sobre 93 vanos en los que se produce incumplimiento de distancia reglamentaria, para lo cual se recrecerán 86 de los apoyos existentes, se rebajará el terreno en 3 puntos y en uno de los vanos se modificará la señalización en el cruzamiento con la autovía A-92, motivo de incumplimiento.
El recrecido de 86 apoyos será de 3 a 8,5 m, siendo en la mayor parte de los casos de 4 y 6 m.
Tabla 1
Apoyos que se van a recrecer
Número apoyo | Recrecido (m) | Provincia | Número apoyo | Recrecido (m) | Provincia | Número apoyo | Recrecido (m) | Provincia |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
3 | 4 | Málaga. | 15 | 7 | Málaga. | 23 | 7 | Málaga. |
27 | 4 | Málaga. | 32 | 4 | Málaga. | 45 | 4 | Málaga. |
51 | 7 | Málaga. | 60 | 4 | Málaga. | 65 | 5 | Málaga. |
83 | 3 | Málaga. | 90 | 7 | Málaga. | 107 | 4 | Málaga. |
112 | 6 | Málaga. | 118 | 7 | Granada. | 120 | 3 | Granada. |
124 | 5 | Granada. | 133 | 7 | Granada. | 135 | 4 | Granada. |
141 | 6 | Granada. | 151 | 4 | Granada. | 153 | 6 | Granada. |
157 | 8,5 | Granada. | 158 | 8,5 | Granada. | 161 | 5 | Granada. |
165 | 4 | Granada. | 169 | 5 | Granada. | 180 | 3 | Granada. |
188 | 5 | Granada. | 214 | 3 | Granada. | 221 | 5 | Granada. |
225 | 7 | Granada. | 231 | 4 | Granada. | 235 | 4 | Granada. |
251 | 4 | Granada. | 257 | 4 | Granada. | 260 | 7 | Granada. |
264 | 6 | Granada. | 312 | 6 | Granada. | 323 | 6 | Granada. |
324 | 6 | Granada. | 349 | 6 | Granada. | 350 | 6 | Granada. |
394 | 6 | Granada. | 398 | 4 | Granada. | 409 | 4 | Granada. |
427 | 6 | Almería. | 433 | 6 | Almería. | 434 | 6 | Almería. |
437 | 4 | Almería. | 438 | 4 | Almería. | 440 | 6 | Almería. |
441 | 4 | Almería. | 442 | 4 | Almería. | 447 | 4 | Almería. |
454 | 4 | Almería. | 467 | 4 | Almería. | 479 | 6 | Almería. |
482 | 4 | Almería. | 487 | 6 | Almería. | 493 | 4 | Almería. |
506 | 6 | Almería. | 507 | 6 | Almería. | 512 | 6 | Almería. |
532 | 4 | Almería. | 534 | 4 | Almería. | 538 | 4 | Almería. |
545 | 4 | Almería. | 550 | 4 | Almería. | 555 | 4 | Almería. |
564 | 4 | Almería. | 565 | 4 | Almería. | 569 | 4 | Almería. |
570 | 4 | Almería. | 574 | 4 | Almería. | 577 | 4 | Almería. |
579 | 4 | Almería. | 583 | 6 | Almería. | 587 | 4 | Almería. |
591 | 6 | Almería. | 597 | 6 | Almería. | 602 | 6 | Almería. |
619 | 6 | Almería. | 620 | 6 | Almería. | 624 | 4 | Almería. |
626 | 7 | Almería. | 627 | 7 | Almería. |
Para realizar el recrecido de los apoyos será necesario adecuar una plataforma de trabajo alrededor de cada apoyo (el promotor estima unos 150 m2 por apoyo, aunque la ocupación real dependerá del terreno disponible y su uso actual o condicionantes ambientales), reforzar las cimentaciones en unos 25 m3 si es necesario, realizándose catas para determinarlo, y adecuar aproximadamente 75.000 m de caminos de acceso, de los cuales:
– 1,1 % son de nueva construcción.
– 10,4 % m son de acondicionamiento de caminos existentes.
– 1,0 % son de tramos con actuación sobre cualquier tipo de construcción como muros, pozos, verjas, acequias, conducciones subterráneas, etc.; o sobre el terreno para darle funcionalidad como acceso.
– 23,2 % son de campo a través.
– 64,3 % son de caminos existentes en buen estado.
Para los rebajes de terreno no se requiere acceso para maquinaria pesada, puesto que se ejecutará con medios manuales y la aproximación se realizaría con vehículos ligeros y caminando. Estos rebajes se llevarán a cabo de forma que no se generen taludes ni formas discordantes.
Tabla 2
Rebajes en el terreno
Vano | Superficie afectada (m2) | Volumen de tierras (m3) | Provincia |
---|---|---|---|
6-7 | 197 | 410 | Málaga. |
141-142 | 355 | 248 | Granada. |
268-269 | 129 | 387 | Granada. |
A.2.4 Alcance de la evaluación.
La presente evaluación ambiental se realiza sobre el proyecto «Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica aérea existente a 400 kV, Tajo de la Encantada-Archidona-Caparacena-Huéneja-Tabernas-Litoral, en las provincias de Málaga, Granada y Almería», y no comprende el ámbito de la evaluación de los efectos ambientales derivados de la seguridad y salud en el trabajo, que posee normativa reguladora e instrumentos específicos y está fuera del alcance de la evaluación de impacto ambiental.
A.3 Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.
A continuación se resumen brevemente los elementos ambientales más significativos del entorno:
Geología y suelo: La mayor parte del suelo presente en el ámbito de estudio es de naturaleza sedimentaria (84,37 %), aunque también hay una parte importante de suelos de naturaleza metamórfica (14,68 %) y hay presencia de suelos volcánicos (0,93 %). Dentro de los suelos de naturaleza sedimentaria predominan las arenas, limos, arcillas, gravas y cantos (31,04 % de la superficie), los conglomerados, arenas, lutitas y calizas (12,74 %) y las calcarenitas, arenas, margas y calizas (11,48 %). Dentro de los suelos metamórficos destacan los micaesquistos, filitas y areniscas (10,78 %).
Hidrología: El entorno que atraviesa la línea eléctrica se encuentra incluido en dos cuencas hidrográficas, la Cuenca Mediterránea Andaluza y la Cuenca del Guadalquivir. Los principales cursos hídricos en la zona de estudio son el río Guadalhorce perteneciente a la primera de las cuencas, y el río Genil perteneciente a la segunda.
Hidrogeología: El ámbito de actuación atraviesa las siguientes unidades hidrogeológicas: Alto Aguas, Bajo Guadalhorce, Campo de Níjar, Campo de Tabernal-Gergal, Cuenca del río Nacimiento, Depresión de Granada, El Pedroso-Arcas, Guadix-Marquesado, Hacho de Loja, Llanos de Antequera-Archidona, Madrid-Parapanda, Pedroso-Arcas, Sierra Elvira, Sierra Gorda y Valle de Abdalajís.
Aire: Desde el punto de vista de la calidad del aire, toda la línea se encuentra incluida en la zona clasificada como «Nuevas Zonas rurales» excepto el tramo comprendido entre los apoyos 227 y 249, que se encuentran en la zona clasificada como «Área metropolitana de Granada» y el tramo comprendido entre los apoyos 614 a 627, incluidos en la «Zona industrial de Carboneras», de acuerdo con la Zonificación de Andalucía realizada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. En el año 2015, destaca que en las «Nuevas Zonas Rurales» los días con situación no admisible alcanza un valor igual a 0 %, en la «Zona industrial de Carboneras» el valor es de 1 % y en «Granada y área metropolitana» el valor obtenido es del 7 %. Por lo tanto, la calidad del aire en la mayor parte del área cubierta por la línea eléctrica objeto de estudio sería muy alta, siendo muy bajo el porcentaje de días al año con situación atmosférica no admisible.
Flora y vegetación: El 61,3 % de la totalidad del ámbito de estudio son superficies agrícolas, el 3,2 % son superficies construidas y alteradas, y el resto, aproximadamente el 35,5 %, se entiende como cobertura vegetal natural. Dentro de las zonas con cobertura de vegetación natural, más de la mitad de la superficie, el 56,6 % se compone de matorral disperso, el 17,3 % de matorral denso, el 4,4 % de pastizal, mientras que tan sólo el 5,9 % se corresponde con formaciones arboladas densas, el 2,9 % a formaciones riparias y el resto, aproximadamente el 12,9 %, está ocupado con mosaicos de cultivo con vegetación natural.
Respecto a los hábitats de interés comunitario (HIC) en el ámbito de estudio se identifican un total de 31, de estos 26 son no prioritarios y 5 son prioritarios (1510*, 1520*, 5220*, 6220* y 7220*)
De acuerdo con la Red de Información Ambiental de Andalucía, en el ámbito de estudio se cita la presencia de 175 cuadrículas 1 x 1 km que engloban 45 especies de flora con distintos grados de amenaza. Destacan las incluidas en el Listado Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (Rupicapnos africana subsp. decipiens, Centaurea nevadensis, Astragalus edulis, Euzomodendron bourgaeanum, Cynomorium coccineum, Linaria nigricans, Rosmarinus eriocalyx y Teucrium turredanum).
El ámbito de estudio es coincidente con un núcleo de la especie Linaria nigricans, incluida en el Plan de recuperación y conservación de especies de Dunas, Arenales y Acantilados.
Fauna: En el inventario de fauna incluido en el EsIA destaca la presencia de aves nidificantes, principalmente las asociadas a ambientes rupícolas como el águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), la cual tiene diversos puntos de nidificación a lo largo de todo el ámbito de estudio, o de ambientes esteparios como el aguilucho cenizo (Circus pygargus), sisón común (Tetrax tetrax) y ganga ortega (Pterocles orientalis). Se cita también la presencia de especies asociadas a cursos de agua como el avetorillo común (Ixobrychus minutus), martín pescador (Alcedo atthis), y chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus). Por otra parte, destacan las citas de dos especies en peligro de extinción, quebrantahuesos (Gypaetus barbatus) y águila imperial ibérica (Aquila adalberti), siendo la presencia de esta última en el ámbito de estudio calificada por el promotor como poco probable o muy puntual (divagante). En el grupo de los mamíferos destacan principalmente las especies de quirópteros, catalogados según su grado de amenaza, incluyendo el ámbito de estudio 7 especies catalogadas como vulnerables y 1 especie catalogada en peligro de extinción, el murciélago ratonero patudo (Myotis capaccinii). Asimismo, el inventario del EsIA cita el lince ibérico (Lynx pardinus) en una cuadricula localizada en la Sierra de Huétor. El ámbito de estudio se encuentra en el área de distribución de la tortuga mora (Testudo greca), aunque no en las zonas de reproducción de la misma. Entre los anfibios destaca la presencia de sapo partero bético (Alytes dickhilleni).
El EsIA también menciona en la zona numerosas áreas de interés faunístico y zonas de mayor sensibilidad, entre las que se encuentran las Zonas de Especial Conservación de la Aves (ZEPA) que son detalladas en el siguiente apartado; las Áreas Importantes para las Aves de España (IBA) como Sierra de Antequera-El Chorro, Sierra Nevada, Desierto de Tabernas, Sierra Alhamilla-Campo de Nijar, Sierra y Salinas de Cabo de Gata y Sierras Prelitorales de Granada; los Planes de recuperación y conservación del águila imperial ibérica, aves necrófagas, aves de humedales y aves esteparias; y las Zonas sensibles del estudio «Identificación, Caracterización y Cartografiado de los Corredores de Vuelo de las Aves que Interactúan con las Líneas de Eléctricas de Alta Tensión» (REE, 2016).
Espacios naturales protegidos: En la tabla adjunta se enumeran los principales espacios protegidos presentes en el ámbito de estudio:
Tabla 3
Espacios naturales protegidos
Nombre | Figura de protección |
---|---|
Sierras de Alcaparaín y Aguas. | Zona de Especial Conservación (ZEC). |
Ríos Guadalhorce, Fahalas y Pereilas. | ZEC. |
Sierras de Abdalajís y La Encantada Sur. | ZEC. |
Sierra Arana. | ZEC. |
Rambla de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla. | ZEC. |
Sierra de Cabrera - Bédar. | ZEC. |
Desfiladeros de los Gaitanes. | Paraje Natural, ZEC y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA). |
Sierra de Húetor. | Parque Natural y ZEC. |
Cárcavas de Marchal. | Monumento Natural. |
Sierra Nevada. | Parque Natural, ZEC, ZEPA y Reserva Biosfera. |
Desierto de Tabernas. | Paraje Natural, ZEC y ZEPA. |
Cabo de Gata-Níjar. | Parque Natural, ZEC, ZEPA, ZEPIM, Geoparque y Reserva Biosfera. |
Intercontinental del Mediterráneo. | Reserva Biosfera. |
Paisaje: dentro del extenso ámbito de estudio se han identificado 21 ámbitos paisajísticos de los cuales, los más extensos son: Depresión de Guadix (13,04 %), Los Desiertos (12,83 %), Piedemonte Subbético (14,13 %) y Depresión y Vega de Granada (10,24 %). Por otra parte se han diferenciado las distintas unidades fisionómicas del paisaje: paisajes naturales (33,26 %), paisajes agrarios (44,79 %), paisajes urbanos y alterados (1,67 %) y paisajes geomorfológicos (20,27 %).
Patrimonio cultural: se ha realizado una prospección arqueológica superficial, tras la cual se han identificado los elementos del patrimonio que potencialmente pueden ser afectados. Se han clasificado en tres categorías: Bien de Interés Cultural (El Castillejo, Torre de Riofrío, Castillejo del Cortijo del Aire, Torre del Aire, Cerro de los Infantes y Los Milanes), Patrimonio cultural inventariado (Val de Urracas, Cortijo del Pulgar, Vivienda Cueva Monumento Natural Cárcavas del Marchal y Rambla de la Lava) y Patrimonio cultural no inventariado (Cortijo Casarigüelas).
Vías pecuarias: Las siguientes vías pecuarias pueden verse afectadas por la ubicación de los apoyos y sus accesos: Cañada Real de Sevilla a Málaga (29093001), Vereda de Antequera (29015024), Cordel de Huétor y Granada (18122002), Colada de Albuñuelas (18067007), Cordel de Guadix a Almería (18010001), Colada de la de Dólar a Fiñana al camino real (18097006), Vereda del Escabrial (04045008), Cordel del Escullar (04045003), Cordel de Granada a Almería (04901001), Vereda de Alcubillas Altas (04050006), Vereda de Lucainena a El Molinillo (04060009) y Cordel de Moraila a Níjar (04060006).
Montes públicos: Los siguientes montes públicos pueden verse afectadas por la ubicación de los apoyos y sus accesos: Corona Rústica Embalse de Izñíjar (CO-60006-EP), Terrenos Comunes (GR-30102-AY), Loma de Enmedio y La Membrilla (AL-11126-JA), Monte del Pueblo (AL-70037-AY) y Sierra Cabrera (AL-70038-AY).
B. RESUMEN DEL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE LAS CONSULTAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y A LAS PERSONAS INTERESADAS, Y CÓMO SE HAN TENIDO EN CONSIDERACIÓN
El trámite de información pública y consulta a las administraciones públicas afectadas se realizó por parte de las Dependencias de Industria y Energía de las Subdelegaciones del Gobierno en Málaga, Granada y Almería, en 5 tramos:
– Tajo de la Encantada-Archidona (BOE número 295, de 7 de diciembre de 2018).
– Archidona-Caparacena (BOE número 296, de 8 de diciembre de 2018).
– Caparacena-Hueneja (BOE número 295, de 7 de diciembre de 2018).
– Hueneja-Tabernas (BOE número 295, de 7 de diciembre de 2018).
– Tabernas-Litoral (BOE número 295, de 7 de diciembre de 2018).
Posteriormente, tras comprobar ciertas deficiencias en el trámite anterior, se vuelve a iniciar el trámite información pública y consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas (BOE número 26, de 30 de enero de 2020).
Ante la falta de respuesta de algunos de los órganos competentes para emitir los informes preceptivos del artículo 37.2 de la Ley 21/2013, con fecha 14 de julio de 2020 el órgano sustantivo vuelven a solicitar informe a la D.G. de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, a la D.G. de Planificación y Recursos Hídricos y a la D.G. Emergencias y Protección Civil, todas pertenecientes a la Junta de Andalucía.
Las administraciones públicas afectadas y personas interesadas consultadas por las Dependencias de Industria y Energía de las Subdelegaciones del Gobierno en Málaga, Granada y Almería en ambas tramitaciones, así como si han emitido contestación dichos organismos consultados, se señalan en la tabla 4. Las alegaciones recibidas en plazo en el período de información pública se especifican en la tabla 5.
Tabla 4
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados* | Contestaciones a consultas del órgano sustantivo sobre el proyecto y el EsIA |
---|---|
Organismos consultados en todo el proyecto, Tajo de la Encantada-Litoral | |
Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Junta de Andalucía. | – |
Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos. Junta de Andalucía. | X |
Dirección General de Bienes Culturales y Museos. Junta de Andalucía. | – |
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. | X |
Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos. Junta de Andalucía. | – |
Dirección General de Infraestructuras. Secretaría de Estado de Defensa. | X |
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. Junta de Andalucía. | X |
Dirección General de Emergencias y Protección Civil. Junta de Andalucía. | X |
Dirección General de Industria, Energía y Minas. Junta de Andalucía. | X |
Agencia Andaluza de la Energía. Junta de Andalucía. | X |
WWF/ADENA. | – |
SEO BIRDLIFE. | – |
ECOLOGISTAS EN ACCIÓN-CODA. | – |
GREENPEACE ESPAÑA. | – |
Organismos consultados en el tramo Tajo de la Encantada-Archidona | |
Organismos Málaga | |
Ayuntamiento de Álora. | X |
Ayuntamiento de Valle de Abdalajís. | – |
Ayuntamiento de Antequera. | X |
Ayuntamiento de Archidona. | – |
Diputación Provincial de Málaga. | X |
Servicio de Carreteras. Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Fomento Infraestructuras y Ordenación del Territorio. | X |
Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorio. | – |
NEDGIA Andalucía SA. | X |
Servicio de Bienes Culturales. Delegación Territorial en Málaga de las Consejerías de Turismo y Deporte y de Cultura. | X |
AESA. | X |
Unidad de Carreteras del Estado de Málaga. Dirección General de Carreteras. Ministerio de Fomento. | X |
Endesa. | – |
ADIF. | X |
Telefónica. | – |
Delegación Territorial en Málaga (Rama de Desarrollo Sostenible (Aguas) de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. | – |
Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. | X |
Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Vías Pecuarias. | X |
Organismos consultados en el tramo Archidona-Caparacena | |
Organismos Málaga | |
Ayuntamiento de Archidona. | – |
ADIF. | X |
Telefónica. | – |
Servicio de Bienes Culturales. Delegación Territorial en Málaga de las Consejerías de Turismo y Deporte y de Cultura. | X |
Servicio de Carreteras. Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Fomento Infraestructuras y Ordenación del Territorio. | – |
Delegación Territorial en Málaga (Rama de Desarrollo Sostenible (Aguas) de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. | – |
AESA. | X |
Diputación Provincial de Málaga. | X |
Endesa. | X |
Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. | – |
Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorio. | – |
Unidad de Carreteras del Estado de Málaga. Dirección General de Carreteras. Ministerio de Fomento. |
X |
Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Vías Pecuarias. | X |
Organismos Granada | |
Ayuntamiento de Loja. | X |
Ayuntamiento de Huétor Tajar. | – |
Ayuntamiento de Villanueva Mesía. | X |
Ayuntamiento de Montefrío. | – |
Ayuntamiento de Íllora. | – |
Ayuntamiento de Pinos Puente. | – |
Ayuntamiento de Atarfe. | X |
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir GR. | X |
Endesa. | X |
Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Vías Pecuarias. | X |
Telefónica. | – |
Diputación de Granada. | X |
Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento y Vivienda. Servicio Carreteras. | X |
Demarcación Carreteras de Andalucía Oriental. Ministerio de Fomento. | X |
AESA. | X |
Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. | – |
Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Granada. Sección Patrimonio. | X |
Organismos consultados en el tramo Caparacena-Huéneja | |
Organismos Granada | |
Ayuntamiento de Atarfe. | X |
Ayuntamiento de Albolote. | X |
Ayuntamiento de Calicasas. | – |
Ayuntamiento de Peligros. | X |
Ayuntamiento de Güevejar. | – |
Ayuntamiento de Cogollos Vega. | – |
Ayuntamiento de Nívar. | – |
Ayuntamiento de Huétor Santillán. | – |
Ayuntamiento de Diezma. | – |
Ayuntamiento de Darro. | X |
Ayuntamiento de La Peza. | X |
Ayuntamiento de Cortes y Graena. | X |
Ayuntamiento de Marchal. | – |
Ayuntamiento de Beas de Guadix. | – |
Ayuntamiento de Guadix. | X |
Ayuntamiento de Valle Zalabí. | X |
Ayuntamiento de Aldeire. | X |
Ayuntamiento de La Calahorra. | X |
Ayuntamiento de Ferreira. | – |
Ayuntamiento de Dólar. | – |
Ayuntamiento de Huéneja. | X |
Confederación Hidrográfica del Gadalquivir. | X |
Endesa. | X |
Telefónica. | – |
Diputación de Granada. | X |
Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento y Vivienda. Servicio Carreteras. | X |
Demarcación Carreteras de Andalucía Oriental. Ministerio de Fomento. | X |
AESA. | – |
Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. | – |
Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Granada. Sección Patrimonio. | X |
Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas. Distrito Hidrográfico del Mediterráneo. | – |
ENAGAS. | X |
ADIF. | X |
Minas Alquife. | – |
Organismos consultados en el tramo Huéneja-Tabernas | |
Organismos Granada | |
Ayuntamiento de Huéneja. | X |
AESA. | X |
Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. | X |
Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Granada. Sección Patrimonio. | X |
Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas. Distrito Hidrográfico del Mediterráneo. | – |
ADIF. | X |
Organismos Almería | |
Ayuntamiento de Fiñana. | – |
Ayuntamiento de Abrucena. | X |
Ayuntamiento de Abla. | X |
Ayuntamiento de Las Tres Villas. | X |
Ayuntamiento de Nacimiento. | – |
Ayuntamiento de Gérgal. | X |
Ayuntamiento de Alboloduy. | X |
Ayuntamiento de Tabernas. | – |
Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Fomento y Vivienda. Servicio Carreteras. | X |
Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. | X |
Delegación Territorial en Almería. Consejería de Cultura. Sección Patrimonio. | X |
Diputación Provincial Almería. | – |
Endesa. | – |
ADIF. | X |
Telefónica. | – |
Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas. Distrito Hidrográfico del Mediterráneo. | – |
AESA. | – |
Demarcación de Carreteras en Andalucía Oriental. Ministerio de Fomento. | X |
Organismos consultados en el tramo Tabernas-Llitoral | |
Organismos Almería | |
Ayuntamiento de Tabernas. | X |
Ayuntamiento de Lucainena de las Torres. | – |
Ayuntamiento de Turrillas. | – |
Ayuntamiento de Sorbas. | X |
Ayuntamiento de Carboneras. | X |
Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Fomento y Vivienda. Servicio Carreteras. | X |
Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. | X |
Delegación Territorial en Almería. Consejería de Cultura. Sección Patrimonio. | X |
Diputación Provincial Almería. | – |
Demarcación de Carreteras en Andalucía Oriental. Ministerio de Fomento. | X |
Endesa. | – |
ADIF. | – |
Telefónica. | – |
Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas. Distrito Hidrográfico del Mediterráneo. | – |
AESA. | X |
* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la original debido a cambios realizados por ellos mismos. |
Tabla 5
Alegaciones recibidas en la información pública
Junta de Compensación C4 de Albolote. |
C. RESUMEN DEL ANÁLISIS TÉCNICO REALIZADO POR EL ÓRGANO AMBIENTAL
Con fecha 7 de octubre de 2019 se recibe el expediente de información pública remitido desde la Dirección General de Política Energética y Minas. Tras comprobar el contenido, se informa al órgano sustantivo de la necesidad de completar el EsIA y el expediente de información pública mediante oficio de fecha 18 de octubre de 2019.
Con fecha 27 de mayo de 2020 se recibe nueva documentación y tras analizar su contenido, se le comunica al órgano sustantivo mediante escrito de fecha 17 de junio de 2020, que siguen faltando en el expediente de información pública algunos de los informes preceptivos del artículo 37.2 de la Ley 21/2013 y se solicita documentación adicional al EsIA.
Posteriormente, el 8 de septiembre y 28 de octubre de 2020 se recibe del promotor la documentación adicional solicitada y finalmente, el 10 de septiembre y 26 de noviembre de 2020 se reciben del órgano sustantivo algunos de los informes preceptivos pendientes.
Con la información hasta aquí recabada se elabora la declaración de impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.
Durante el proceso de elaboración del proyecto se han considerado las siguientes alternativas:
– No ejecución del proyecto (alternativa 0): conlleva la no existencia de impactos negativos sobre el medio ambiente, puesto que no existen actuaciones que puedan generarla. Sin embargo, la necesidad identificada en la red de transporte de energía en esta área no quedaría cubierta, de tal modo que la región seguiría manteniendo los problemas actuales en la calidad del suministro.
– Aumento de capacidad de la L/400 kV mediante sustitución del conductor de la línea: con el fin de evitar la afección a determinados elementos del medio debido a la modificación de la estructura de los apoyos afectados, se considera como alternativa realizar la sustitución de conductores de la línea por unos capaces de operar a temperaturas mayores sin sufrir aumento de la flecha máxima. Sin embargo, sería necesario ejecutar trabajos en todos ellos para retirar el cableado antiguo y tender el nuevo, es decir, sería necesario realizar trabajos en todos los apoyos que configuran el tramo aéreo de la línea. Como consecuencia de lo anterior, la afección al medio sería mucho mayor. Además, los trabajos se dilatarían en el tiempo y exigirían cortes constantes en el suministro eléctrico.
– Aumento de capacidad de la L/400 kV mediante cambio parcial en vanos que no cumplen la distancia reglamentaria: la alternativa de aumento de capacidad de la L/400 kV supone la elevación de la temperatura de los conductores, su dilatación y por lo tanto su aumento de longitud, que genera un aumento de la flecha del vano y el incumplimiento de las distancias de seguridad en algunos puntos. La solución a esta cuestión se plantea básicamente a través de la elevación de algunos apoyos correspondiente a vanos en los que existe conflicto con la distancia antirreglamentaria. Con esta alternativa no es necesario, por lo tanto, la modificación de trazados o construcción de nuevos apoyos. Esta es la alternativa óptima según indica el EsIA, porque cumple con el objetivo de satisfacer la demanda eléctrica en combinación con un impacto significativamente inferior.
Para esta alternativa existen a su vez diferentes actuaciones para lograr que estos vanos que no cumplen la distancia, se adecúen a la reglamentación.
• Solución A: Recrecer el apoyo de menor numeración
• Solución B: Actuar sobre el elemento que incumple distancias reglamentarias
• Solución C: Recrecer el apoyo de mayor numeración
En total se requiere actuar sobre 93 vanos en los que se produce incumplimiento de distancia reglamentaria, 42 en los que solo existe una solución técnicamente viable (recrecido A, recrecido C, recrecido A y C, eliminación elemento que incumple o rebaje del terreno) y 51 que presentan dos soluciones técnicas viables (recrecido A o C).
Tabla 6
Soluciones técnicamente viables
Número | Solución | Vanos |
---|---|---|
1 solución viable. | Recrecido A o C (se muestran entre «comillas» los apoyos recrecidos como única solución técnicamente viable). | 2-«3», «3»-4, 31-«32», 44-«45», «45»-46, «83»-84, «107»-108, 117-«118», «118»-119, 140-«141», 152-«153», «153»-154, 179-«180», «180»-181, 213-«214», «214»-215, «231»-232, «257»-258, 348-«349», «398»-399, «409»-410, 433-«434», 505-«506», «534»-535, «565»-566, 568-«569», 569-«570», «570»-571, «577»-578, «597»-598 y» 627»-628. |
Recrecido A y C. | 157-158, 323-324, 440-441, 441-442, 564-565, 619-620 y 626-627. | |
Eliminación elemento incumple. | 320-321. | |
Rebaje del terreno. | 6-7, 141-142 y 268-269. | |
2 soluciones viables. | Recrecido A o C (se muestran entre «comillas» los apoyos recrecidos elegidos después del estudio de alternativas). | «15»-16, 22-«23», «27»-28, 50-«51», «60»-62, 64-«65», 89-«90», 111-«112», «120»-121, 123-«124», 132-«133», 134-«135», «151»-152, 160-«161», «165»-166, 168-«169», 187-«188», 220-«221», «225»-226, «235»-236, «251»-252, «260»-261, «264»-265, 311-«312», «350»-351, «394»-395, 426-«427», 432-«433», 436-«437», «438»-439, «447»-448, «454»-455, «467»-468, «479»-480, «482»-483, «487»-488, «493»-494, «507»-508, 511-«512», «532»-533, 537-«538», 544_1-«545», 549-«550», 554-«555», «574»-575, «579»-580, «583»-584, 586-«587», «591»-592, 601-«602» y «624»-625. |
C.2 Tratamiento de los impactos significativos de la alternativa elegida.
A la vista del estudio de impacto ambiental, las contestaciones a las consultas, las alegaciones recibidas y la información complementaria, se reflejan a continuación los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.
C.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad.
Los principales impactos serán la alteración de las propiedades del suelo, el incremento de los procesos erosivos y el incremento del riesgo de contaminación de los suelos, que vendrán ocasionados fundamentalmente por las siguientes actuaciones:
– Accesos. Del total de aproximadamente 75.000 m, únicamente el 2,1 % corresponde a las tipologías más impactantes, nueva construcción y tramo con actuación (1,1 % y 1,0 % respectivamente). Se deberá tener especial atención en los accesos a los apoyos 23, 124, 141, 349, 427, 433, 487, 506, 507, 512, 574, 577, 583, 620 y 627 por estar ubicados en zonas de pendientes elevadas.
– Recrecimiento de apoyos ubicados en taludes de desmonte: 23, 32, 133, 141, 157, 349, 350, 427, 433, 487, 506, 507, 512, 574, 577, 583 y 627.
– Refuerzo de cimentaciones. En aquellos apoyos que sea necesario el refuerzo de su cimentación se generarán 25 m3 de excedentes de excavación, que serán extendidos en la propia campa de trabajo.
– Rebajes de terreno (3 vanos). Se actuará en un total de 641 m2 en los que será necesario extraer un total de 1.045 m3 de tierras.
C.2.2 Hidrología.
Ninguno de los apoyos de la línea eléctrica aérea objeto del aumento de capacidad eléctrica se ubica dentro de la zona de policía (100 m de anchura a cada lado, contados a partir de la línea que delimita el cauce) de los ríos y arroyos principales. No obstante, los más próximos son los apoyos 231, 398 y 442 que se ubican a 60 m, 17,5 m y 80 m del Barranco del Negro, las ramblas de la Longuera y de Las Piedras respectivamente.
Respecto a los cruces de los accesos con ríos y arroyos, el acceso al apoyo 112 cruza el arroyo de Galbán y el acceso al apoyo 141 cruza un arroyo innominado. En ambos casos se cruzarán por medio de un vado hormigonado para permitir el paso de maquinaria pesada. Además, para acceder a los siguientes apoyos es necesario cruzar o transitar por ramblas: 398, 427, 433, 434, 437, 438, 440, 441, 442, 454, 467, 493, 512, 538, 569, 574, 577, 583, 587, 591 y 627, que se realizará siempre que sea posible por la parte central de las mismas teniendo especial cuidado en no dañar la vegetación existente en las ramblas ni sus márgenes.
C.2.3 Aire, factores climáticos, cambio climático.
El proyecto no tiene incidencia significativa sobre la calidad del aire, más allá de la emisión de partículas en suspensión y emisiones derivadas de la maquinaria empleada durante la fase de construcción.
Los únicos apoyos cuya elevación podría tener algún tipo de repercusión en materia acústica, por la presencia de receptores sensibles, son los apoyos 15 (a 29 m del sector urbano La Yesera del municipio de Valle de Abdalajís), 51 (a 50 m del asentamiento La Dehesilla, del municipio de Antequera), 141 (a 100 m del asentamiento La Isla, del municipio de Loja), 264 (a 198,8 m del asentamiento de La Policaría, y a 193 m del asentamiento de El Soto, en el municipio de Cogollos de la Vega, 312 (a 251 m del Cortijo Fuente de la Higuera en el municipio de Diezma), 323 (a 266,57 m del asentamiento El Cerrillo, en el municipio de Diezma), 324 (a 607,5 m del asentamiento El Cerrillo, en el municipio de Diezma), 349 (a 224 m del asentamiento Los Baños, del municipio Cortes y Graena), 479 (a 170 m de un asentamiento de actividad productiva, en el municipio de Nacimiento), 534 (a 350 m del asentamiento Venta compadre, del municipio de Tabernas), 545 (a 74,56 m del asentamiento Cañada de Millares, del municipio de Tabernas). La afección acústica durante la ejecución de los trabajos se considera compatible debido a que se limitará al periodo diurno, durante aproximadamente 10 días discontinuos por apoyo, y a que la maquinaria cumplirá lo establecido en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre. Respecto a la fase de funcionamiento, el nivel de ruido de una línea está relacionado fundamentalmente con el nivel de tensión de esta, por lo que este parámetro se mantiene invariable al consistir el proyecto en un aumento de capacidad y no de tensión de la línea.
En relación a la contribución al cambio climático, el EsIA indica que el aumento de capacidad proyectado supone ventajas sobre una instalación nueva porque se alarga la vida útil de la instalación, lo que desde el punto de vista de ciclo de vida de la instalación es una mejora; y por otra, porque con pequeños cambios técnicos en la instalación se consigue una capacidad de transporte mayor por km, lo que supone una mejora notable en el ratio de energía transportada/emisiones de CO2.
C.2.4 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.
Los impactos más significativos sobre la flora y la vegetación se producen durante la fase obras y son debidos principalmente a las actuaciones en los accesos, refuerzo de las cimentaciones de los apoyos, rebajes de terreno y montaje e izado de los apoyos.
De acuerdo con la información facilitada por el promotor, de los 86 apoyos que se van a recrecer, 46 están en terreno con vegetación natural y 40 están en terrenos agrícolas. Se ha estimado que para accesos y plataformas será necesario la tala de 111 ejemplares de olivo (Olea europea), 11 de almendro (Prunus dulcis), 3 de pino carrasco (Pinus halepensis) y 1 de encina (Quercus ilex) y la poda de 97 ejemplares de olivo y 16 de encina. Además también se afectará a 773,60 m2 de laderas repobladas con plantones de pino carrasco y encina. Asimismo, se estima que será necesario el desbroce de matorral o herbáceas en unos 5.877 m2.
En relación con los hábitats de interés comunitario (HIC), según el «Atlas de Hábitats Naturales y Seminaturales de España (MAGRAMA)» los apoyos y accesos del proyecto están ubicados y/o cruzan por los siguientes HIC: 6310, 5330, 6220*, 9340, 4090, 1430, 92A0 y 3270. Según la publicación «Hábitats de Interés Comunitario Terrestres en Andalucía», los apoyos y accesos están ubicados y/o cruzan por los siguientes HIC: 5330 (5330_2, 5330_4, 5330_5, 5330_6 y 5330_7), 6220* (6220_0*-, 6220_1*- y 6220_2*-), 9340, 6310, 1430, 4090 (4090_1), 92D0 (92D0_0), 3250, 1510*, 5220*, 3290, 1340*, 1410 y 1420. El promotor ha estimado que la afección puede llegar a ser de unos 5.358 m2. El informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía recomienda que, antes del inicio de las obras, se verifiquen los HIC que podrían verse afectados por el proyecto, consultando la cartografía de referencia disponible en la página web de la Junta de Andalucía.
Los accesos y/o apoyos 398, 506, 507, 532, 534 y 538 coinciden con áreas de flora catalogada: Krascheninnikovia ceratoides, Astragalus edulis, Silene littorea subsp. adscendens, Ammochloa palaestina, Linaria nigricans y Loeflingia baetica.
Por otra parte, el recrecido de los apoyos minimizará las necesidades actuales de operaciones de tala y poda de la calle de seguridad. Estas operaciones quedan englobadas, y son autorizadas, en los planes provinciales de actuaciones silvícolas de mantenimiento que se aprueban anualmente por la correspondiente Delegación Territorial de Málaga, Granada y Almería.
C.2.5 Fauna.
El EsIA incluye un Estudio de Avifauna como Anexo específico, en el que se realiza un análisis cualitativo y cuantitativo de los datos obtenidos en campo, de la documentación de referencia de fuentes oficiales (datos de nidificaciones, ZEPA, IBA, Planes de conservación, de recuperación y conservación, áreas prioritarias y resoluciones ambientales), del estudio «Identificación, Caracterización y Cartografiado de los Corredores de Vuelo de las Aves que Interactúan con las Líneas de Eléctricas de Alta Tensión», de REE y del Blanco Ambiental (estudio de la mortalidad actual en la línea, basado en el documento «Metodología y Protocolo para el análisis de datos de siniestralidad de aves por colisión en líneas de transporte de electricidad», de REE). En relación a los posibles impactos sobre la avifauna dicho estudio incluye las siguientes conclusiones:
– Se identifican una serie de vanos sensibles por el riesgo de colisión de las aves con el cableado.
– Se considera no significativo el posible impacto por pérdida de hábitat.
– Durante las obras se ocasionarán molestias sobre la avifauna.
Complementariamente se cita la presencia de tortuga mora, especie sensible ante la presencia de tráfico rodado, en Cabo de Gata–Níjar (los apoyos 619 y 620 y sus accesos se encuentran en el interior de este espacio natural) y Sierra de Cabrera-Bédar (el apoyo 574 y sus accesos están ubicados dentro de este espacio natural, así como parte de los accesos a los apoyos 577 y 583).
C.2.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.
La línea eléctrica Tajo de la Encantada-Litoral tiene una longitud total de 277,22 km, de los cuales 36,71 km (13,24 %) transcurren en espacios protegidos. Dentro de estos espacios naturales protegidos se actuará en 8 apoyos y sus accesos (264, 312, 493, 506, 507, 574, 619 y 620), en parte de los accesos a los apoyos 577 y 583, y en el rebaje del terreno en el vano 268-269.
ZEC Sierra Arana (ES61400006). Se requiere el recrecido de los apoyos 264 y 312. Sus accesos, que están también dentro de los límites del espacio, se han proyectado campo a través sobre terreno de cultivo (366 m) y sobre caminos preexistentes en buen estado (1.554 m). El EsIA considera que la única superficie que será afectada serán unos 100 m2 alrededor de cada apoyo debido al tránsito y colocación de la maquinaria, pero se estima que no se generará una afección relevante al estar sobre terreno agrícola.
Parque Natural y ZEC Sierra de Huétor (ES6140003). La actuación prevista consiste en el rebaje del terreno en el vano 268-269 de un promontorio rocoso de 129 m2. Se trata de una acción puntual que no requiere de la apertura de acceso ya que se ejecutará sin el uso de maquinaria pesada. El EsIA destaca que la superficie a rebajar está ocupada por HIC y que pueden producirse molestias a avifauna de interés presente en las proximidades: águila-azor perdicera, halcón peregrino (Falco peregrinus), alimoche (Neophron percnopterus), milano real (Milvus milvus), águila real (Aquila chrysaetos) y buitre común (Gyps fulvus).
Paraje Natural, ZEPA y ZEC Desierto de Tabernas (ES0000047). Se requiere el recrecido de los apoyos 493, 506 y 507. Sus accesos, que están también dentro de los límites del espacio, se han proyectado sobre caminos existentes en buen estado (3.336 m) y sobre caminos existentes a acondicionar (240 m). El EsIA estima que se afectará a una superficie aproximada de 600 m2, ocupada por HIC.
ZEC Sierra de Cabrera-Bédar (ES6110005). Se requiere el recrecido del apoyo 574. El acceso transcurre durante 741 m por un camino existente a acondicionar dentro del espacio protegido. Otros dos apoyos (577 y 583) aunque están fuera de espacio protegido, pueden ocasionar afección ya que parte de sus accesos transcurren por el interior de la ZEC. Estos accesos se han proyectado sobre caminos preexistentes a acondicionar (831 m) y caminos preexistentes en buen estado (1.240 m). El EsIA considera mínimas y/o puntuales las posibles afecciones sobre la flora que pudieran darse en la adecuación de los accesos dentro del ZEC, ya que aproximadamente se afectará a una superficie de 150 m2 de HIC en la adecuación de la plataforma del apoyo 574. También destaca las posibles molestias durante las obras a fauna de interés: águila-azor perdicera, halcón peregrino, ganga ortega, camachuelo trompetero (Bucanetes githagineus), galápago leproso (Mauremys leprosa) y tortuga mora.
Parque Natural, ZEPA y ZEC Cabo de Gata-Níjar (ES0000046), Geoparque, Reserva de la Biosfera y ZEPIM. Se requiere el recrecido de los apoyos 619 y 620. Sus accesos, que están también dentro de los límites del espacio, se han proyectado sobre caminos preexistentes a acondicionar (262 m), caminos preexistentes en buen estado (1.329 m) y campo a través por un campo de cultivo (54 m). El EsIA estima una afección de 150 m2 de HIC y destaca las posibles molestias durante las obras sobre comunidades relacionadas con las formaciones esteparias, como alondra de dupont (Chersophilus duponti), ortega (Pterocles alchata) y alcaravan (Burhinus oedicnemus).
El informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, indica expresamente que, analizadas las actuaciones contempladas en el proyecto y las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor, no son previsibles impactos significativos sobre las prioridades de conservación de los espacios de la Red Natura 2000 que se encuentran más próximos al proyecto.
C.2.7 Paisaje.
Durante la fase de construcción, las afecciones sobre el paisaje se producirán fundamentalmente por la apertura y adecuación de los accesos y los trabajos con maquinaria en los alrededores de los apoyos. En todo caso, el promotor considera que el impacto será compatible porque la presencia de la maquinaria estará muy acotada espacialmente y será temporal (2 semanas alternas: 1 semana trabajo de refuerzo de cimentaciones, si es necesario, y 1 semana de trabajo de grúa), se utilizarán fundamentalmente accesos existentes en buen estado (64,30 %), acondicionamiento de existentes (10,45 %) y campo a través (23,22 %). Por otra parte, las afecciones al suelo y a la vegetación serán recuperables mediante restauración y regeneración natural.
En la fase de funcionamiento, el único elemento diferencial con respecto a la situación inicial será la mayor altura con la que quedarán algunos de los apoyos de la línea. En el EsIA se incluye un detallado análisis de la afección paisajística, en el que, a partir de un mapa de síntesis compuesto por toda la información inventariada (mapa de paisajes de Andalucía, Red Natura 2000, etc.), junto con las cuencas visuales calculadas y el incremento de visibilidad de cada apoyo, se designan dos tipos de Zonas de Especial Incidencia Paisajística (ZEIP) por su elevada visibilidad o sensibilidad. Con el análisis de detalle efectuado sobre las ZEIP, se puede llegar a conclusiones relativas a la afección que el proyecto va a tener en la percepción del paisaje, considerando estas zonas como las más representativas de toda la actuación.
Tabla 7
Impacto potencial sobre el paisaje en las ZEIP
Impacto | |
---|---|
ZEIP por elevada visibilidad | |
1. Rebaje de terreno en vano 6-7. | Moderado. |
2. Depresión de Antequera. Apoyos 60 y 65. | Compatible. |
3. Rebaje de terreno en vano 141-142. | Moderado. |
4. Rebaje de terreno en vano 268-269. | Moderado. |
5. Paisajes agrícolas singulares Vega de Fiñana. Apoyos 440 y 441. | Compatible. |
6. Subestación Litoral. Apoyos 626 y 627. | Compatible. |
ZEIP por sensibilidad | |
7. Subestación Tajo de La Encantada. Apoyo 3. | Compatible. |
8. Torre de Riofrío. Apoyo 133. | Compatible. |
9. ZEC Sierra de Arana. Apoyos 264 y 312. | Compatible. |
10. Paraje Natural Desierto de Tabernas. Apoyos 493, 506 y 507. | Moderado. |
11. Georecurso Subdesiertos de Almería. Apoyo 512. | Compatible. |
12. ZEC Sierra de Cabrera-Bedar. Apoyo 574. | Compatible. |
13. Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. Apoyos 619 y 620. | Moderado. |
C.2.8 Población, salud humana.
En relación con la planificación territorial y urbanística, la actuación planteada no supondrá ninguna nueva limitación a la implantación de nuevos desarrollos o actuaciones urbanísticas, puesto que no se contemplan nuevas ocupaciones permanentes distintas a las actuales. El EsIA indica que se ha comprobado que todos los apoyos objeto de la actuación se ubican sobre suelo no urbanizable, de acuerdo con lo establecido en los instrumentos de planeamiento urbanístico de los municipios por los que discurre la línea eléctrica. No obstante, se afecta a zonas catalogadas incluidas en el Plan Especial de Protección del Medio Físico (PEMF), como instrumento de ordenación de planeamiento supramunicipal. Siendo coincidentes con el ámbito del plan:
Tabla 9
Plan Especial de Protección del Medio Físico
Apoyo y/o acceso | Tipo | Denominación |
---|---|---|
60 y 65. | Paisaje Agrícola Singular. | Vega de Antequera. |
107. | Complejos Serranos de Interés Ambiental. | Encinares de Archidona. |
264 y 312. | Complejos Serranos de Interés Ambiental. | Sierra de Harana y Cogollos. |
323 y 324. | Complejos Serranos de Interés Ambiental. | Sierra Nevada. |
427, 437, 438, 440 y 441. | Paisajes Agrícolas Singulares. | Vega de Fiñana. |
493, 506 y 507. | Paraje Sobresaliente. | Desierto de Gegal-Tabernas. |
El EsIA incluye un anexo específico en el que se lleva a cabo la Valoración del Impacto en la Salud (VIS) de acuerdo con la legislación autonómica vigente. En este documento se ha estudiado la alteración de la calidad atmosférica, la presencia de campos electromagnéticos, la alteración de la calidad acústica, la pérdida de la calidad del suelo y la alteración de la calidad de las aguas, valorándose el impacto como no significativo. No obstante, en el EsIA se incluyen una serie de recomendaciones y medidas enfocadas a paliar posibles impactos en la atmósfera, el suelo y las aguas que contribuyen a minimizar los posibles impactos en la salud.
En relación a los posibles impactos sobre la salud humana asociados a la presencia de campos electromagnéticos, de acuerdo con la información facilitada por el promotor, la Recomendación 1999/519/CE del Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz), que adopta los criterios y límites fijados por la ICNIRP (International Commission on Non Ionizing Radiation Protection) en 1998, recomienda como niveles de referencia para el campo electromagnético de 50 Hz: 5 kV/m para el campo eléctrico y 100 µT para el campo magnético.
Según la documentación aportada por el promotor, las líneas eléctricas de 400 kV arrojan unos máximos de campo magnético en el punto más cercano a los conductores de 15 µT, muy inferiores a los niveles de referencia. El aumento de la capacidad implica un aumento de la intensidad, lo que repercutirá en un aumento del campo magnético, que seguirá siendo menor que el nivel de referencia de 100 μT de la Recomendación 1999/519/CE.
Tal como indica el promotor, el valor máximo del campo eléctrico de las líneas eléctricas aéreas de 400 kV es 5 kV/m justo debajo de los conductores de las líneas de 400 kV, igual al establecido como nivel de referencia. En este sentido, hay que tener en cuenta que, el campo eléctrico es detenido por paredes y techos, por lo que sería prácticamente nulo en el interior de un inmueble localizado en esa posición. Así mismo se indica que el aumento de intensidad por la repotenciación objeto de este proyecto no aumentaría el campo eléctrico, ya que éste depende de la tensión, que no variará de 400 kV.
La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de Andalucía, ha informado positivamente el anexo específico Valoración del Impacto en la Salud incluido en el EsIA.
C.2.9 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.
Tras la realización de una prospección arqueológica superficial del 26 de marzo al 3 de abril de 2018 por el promotor, se han identificado los siguientes elementos del patrimonio que potencialmente pueden ser afectados, codificados en tres categorías: Bien de Interés Cultural (BIC), Patrimonio cultural inventariado (PCI) y Patrimonio cultural no inventariado (PCNI).
Tabla 10
Elementos del patrimonio potencialmente afectados
Código | Elemento patrimonial | Descripción del potencial impacto |
---|---|---|
BIC | El Castillejo. | El apoyo 3 se localiza a 166 m de la delimitación del entorno de protección del BIC. |
BIC | Torre de Riofrío. | El BIC se localiza a 154 m del apoyo 133, no obstante, dicho apoyo y su acceso se localizan dentro de su entorno de protección. |
BIC | Castillejo del Cortijo del Aire y Torre del Aire. | El entorno de protección de ambos BIC se localiza a 240 m del apoyo 141 y a 130 m del rebaje 141-142. |
BIC | Cerro de los Infantes. | El acceso y el apoyo 221 se localizan dentro de los límites del BIC. Por su parte el apoyo 225 se encuentra a 80 m del entorno de protección. |
BIC | Los Milanes. | El apoyo 454 se localiza a 280 m respecto del BIC. |
PCI | Val de Urracas. | Los límites del yacimiento se localizan a 189 m del apoyo 65. |
PCI | Cortijo del Pulgar. | El bien se localiza a unos 112 m con respecto al apoyo 151. El acceso a dicho apoyo comienza en las proximidades del yacimiento. |
PCI | Vivienda Cueva Monumento Natural Cárcavas del Marchal. | El apoyo 350, se ubica a unos 120 m con respecto a la ubicación del bien. |
PCI | Rambla de la Lava. | El apoyo 440, se ubica a unos 115 m con respecto a la ubicación del bien. El acceso transcurre cerca del bien. |
PCNI | Cortijo Casarigüelas. | El apoyo 169 se encuentra dentro de la propuesta de delimitación del yacimiento. |
En relación a la ubicación de los apoyos y sus accesos con las vías pecuarias, el EsIA identifica los siguientes cruces y/o tránsitos, sobre los cuales se deberá solicitar autorización al organismo autonómico competente para su ocupación temporal:
– Parte del acceso al apoyo 15 (45 m de campo a través y 16 m de tramo con actuación) se localizan en el área de 75 m de la cañada Real de Sevilla a Málaga (29093001).
– El acceso al apoyo 32 tiene inicio a 20 m (deslinde reglamentario) de la Vereda de Antequera (29015024).
– El acceso al apoyo 616 tiene inicio en el Cordel de Huétor y Granada (18122002).
– Los accesos a los apoyos 323 y 324 parten de la colada de Albuñuelas (18067007).
– El acceso al apoyo 398 transcurre en parte (1.400 m) por el cordel de Guadix a Almería (18010001).
– El acceso al apoyo 9 parte de la colada de la de Dólar a Fiñana al camino real (18097006).
– Para acceder a los apoyos 427, 433, 434, 437, 438 y 440, es necesario transcurrir por el Cordel de Guadix a Almería (18010001) durante 4.000 m.
– Para acceder al apoyo 437 hay que transitar durante 143 m por la Vereda del Escabrial (04045008).
– Para acceder a los apoyos 438 y 440 (cruce trasversal), y para acceder a los apoyos 441 y 442 (tramo de 1.000 m) se trascurre por Cordel del Escullar (04045003).
– El acceso al apoyo 447 nace del cordel del Escullar (04045003).
– El acceso al apoyo 454 transcurre durante 1.400 m por el cordel de Granada a Almería (04901001).
– El acceso al apoyo 467 transcurre durante 57 m por el cordel de Granada a Almería (04901001).
– El acceso al apoyo 493 transcurre durante 315 m por la Vereda de Alcubillas Altas (04050006).
– Los accesos a los apoyos 574, 577 y 583 cruzan la Vereda de Lucainena a El Molinillo (04060009).
– Los accesos a los apoyos 587 y 591 cruzan el Cordel de Moraila a Níjar (04060006).
El EsIA ha identificado que los siguientes apoyos y/o accesos se ubican o transitan en los siguientes Montes Públicos, de los que será necesario solicitar la correspondiente autorización de ocupación y actuación:
Tabla 11
Montes públicos
Apoyo y/o acceso | Nombre | Código |
---|---|---|
141. | Corona Rústica Embalse de Izñíjar. | CO-60006-EP. |
349. | Terrenos Comunes. | GR-30102-AY. |
454 y 467. | Loma de Enmedio y La Membrilla. | AL-11126-JA. |
587, 619, 620, 624 y 626. | Monte del Pueblo. | AL-70037-AY. |
627. | Sierra Cabrera. | AL-70038-AY. |
C.2.10 Análisis sobre la vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves o catástrofes.
El promotor incluye en el EsIA un capítulo específico denominado «Vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves y catástrofes», en el cual justifica que no es necesario un análisis de riesgos tal y como prescribe el apartado 14 del artículo único de la Ley 9/2018, que modifica el Artículo 35.1 apartado d, de la Ley 21/2013, dado que se evalúa una línea ya existente, en la que se realizarán actuaciones de aumento de la capacidad mediante el recrecido de 86 apoyos existentes y 3 rebajes de terreno, con una vulnerabilidad ante riesgos de accidentes graves y de catástrofes baja.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía manifiesta que los documentos resultan coherentes en relación a los aspectos relacionados con sus competencias, no formulando observaciones a los mismos.
D. CONDICIONES AL PROYECTO Y MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y COMPENSATORIAS DE LOS EFECTOS ADVERSOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.
Además, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental, en la información complementaria, así como las indicaciones realizadas por las diferentes administraciones públicas consultadas.
A continuación, se destacan aquellas medidas del estudio de impacto ambiental que se consideran más relevantes, así como aquellas medidas adicionales establecidas como respuesta a las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y al análisis técnico realizado.
D.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad.
1. Para el replanteo sobre el terreno de los accesos a los apoyos y rebajes, se contará con el asesoramiento y supervisión de los Agentes de Medio Ambiente de cada zona, quienes darán información de detalle del lugar, avisarán de la presencia de algún valor ambiental a tener en cuenta, y aconsejarán sobre el trazado más idóneo de los accesos para minimizar la afección al entorno.
2. Los accesos a los apoyos se diseñarán con los elementos de drenaje necesarios para minimizar los riesgos de generación de procesos erosivos.
3. Se llevarán a cabo operaciones de refuerzo de taludes de desmonte para mejorar la estabilidad de los mismos, en al menos los siguientes apoyos: 23, 32, 133, 141, 157, 349, 350, 427, 433, 487, 506, 507, 512, 574, 577, 583 y 627.
4. Los excedentes de las excavaciones que se generen, se reutilizarán en las labores de restauración, terraplenado y/o relleno de cárcavas, de forma que se tienda al balance «cero» en la gestión de las tierras.
La tierra vegetal obtenida se acopiará adecuadamente y se utilizará en labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra vegetal extra en áreas con peligro de erosión.
Todos los acopios de tierra vegetal, materiales y/o excedentes de excavación se llevarán a cabo fuera de las zonas con vegetación natural y, cuando esto no sea posible, se elegirán las zonas con menor fracción de cabida cubierta, ocupando en todos los casos la menor superficie posible.
5. Todos los accesos «campo a través» llevarán asociada una descompactación posterior para devolver el terreno a sus condiciones de origen, de manera que las «cicatrices» de las rodadas no generen direcciones de flujo de escorrentía que puedan conllevar fenómenos erosivos.
6. Se extremarán las medidas de prevención para evitar vertidos accidentales de aceites por parte de la maquinaria. En todo caso, si llegara a producirse algún vertido accidental, la capa de suelo contaminado se deberá gestionar de acuerdo con lo establecido en la normativa de residuos peligrosos.
D.2 Hidrología.
1. En los apoyos ubicados en zona de influencia de un cauce (231, 398 y 442), las instalaciones auxiliares y los acopios de residuos y materiales de obra se ubicarán fuera de la zona de policía durante los trabajos de construcción, además se instalará un caballón de tierra preventivo que impida la llegada de sedimentos al cauce. Una vez concluidos los trabajos dicho caballón será extendido en la propia plataforma.
2. En los accesos a los apoyos 112 y 141 se dispondrán vados hormigonados para permitir el paso de maquinaria pesada sobre los cursos de agua.
3. En cuanto al acceso a los apoyos 398, 427, 433, 434, 437, 438, 440, 441, 442, 454, 467, 493, 512, 538, 569, 574, 577, 583, 587, 591 y 627, el tránsito o cruce de la maquinaria y vehículos por las ramblas se realizará siempre que sea posible por la parte central de las mismas, y teniendo especial cuidado en no dañar la vegetación existente tanto en el interior de las ramblas como en sus márgenes. De manera general, quedará terminantemente prohibido realizar acopios de materiales de ningún tipo en las ramblas y no se utilizarán las mismas en época de lluvias o cuando lleven agua.
4. Si para acceder a cualquiera de los apoyos fuese necesario modificar o construir algún camino de acceso, se procurará que éste no afecte al dominio público hidráulico. De no existir alternativa al cruzamiento de algún cauce, el promotor deberá solicitar del órgano competente de la administración y control del dominio público hidráulico la pertinente autorización administrativa, en la que eventualmente se establecerá el condicionado técnico para la ejecución de tales obras. Complementariamente, en caso de ser necesario previo al comienzo de los trabajos, se solicitará autorización para circular por las ramblas para el acceso a los apoyos indicados en el punto anterior.
D.3 Aire, factores climáticos, cambio climático.
1. Se realizarán riegos periódicos de los caminos de acceso para evitar la emisión de polvo y partículas en suspensión.
2. Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos en los accesos a menos de 30 Km/h. Asimismo, la maquinaria a utilizar cumplirá la normativa referente a emisiones atmosféricas.
3. Las obras se limitarán al periodo diurno y la maquinaria cumplirá lo establecido en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
D.4 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.
1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la posible presencia de especies de flora amenazada y de interés. Se coordinará con el órgano ambiental autonómico el periodo óptimo para la realización de la campaña de campo y las medidas de protección a adoptar en el caso de detectar alguna de las especies mencionadas, que en todo caso incluirá su señalización y balizamiento.
2. Se procederá a la poda, siempre que sea posible, en lugar de la tala de vegetación arbórea. En cualquier caso, previo al inicio de los trabajos de tala, poda y desbroce se solicitará el correspondiente permiso al órgano ambiental de la comunidad autónoma.
3. Las comunidades vegetales y los HIC alterados por la ocupación temporal de las infraestructuras o instalaciones del proyecto deberán ser restaurados o recuperados, en las mismas superficies en las que se produjo la degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo (descompactación, extendido de la tierra vegetal y restitución morfológica del terreno) e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente.
En el caso de las afecciones permanentes a vegetación arbórea, se valorará, en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Andalucía, la necesidad de la plantación de un cierto número de ejemplares por cada pie eliminado, y el compromiso de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice la supervivencia de los nuevos ejemplares.
Respecto a los HIC afectados de forma permanente, se llevará a cabo la compensación y/o mejora del estado de conservación, mediante enriquecimiento de especies propias del hábitat, incremento de densidad, etc., de áreas actualmente degradadas o con un bajo grado de conservación de dicho hábitat en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía, en coordinación con el órgano ambiental autonómico, de forma que la superficie finalmente compensada y/o mejorada sea igual a la superficie afectada.
4. Se llevarán a cabo todas las medidas necesarias para la prevención de incendios forestales con arreglo a la normativa vigente en esta materia, entre las que se incluirá la realización de los trabajos preferentemente fuera de la «época de peligro alto» de incendios forestales.
5. Se procederá al jalonamiento del perímetro de todas las superficies de ocupación causada por las plataformas de trabajo y los accesos. Complementariamente, se llevarán a cabo medidas de protección del arbolado que se encuentre próximo a la zona de obras para evitar su afección.
6. El proyecto de construcción desarrollará el Proyecto de Restauración incluido en la documentación adicional a escala y detalle apropiados, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones. También deberá incluir todas las recomendaciones incluidas en el escrito de la Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y ser remitido al órgano ambiental autonómico para su valoración.
D.5 Fauna.
1. De manera previa al comienzo de los trabajos se realizará una prospección de la totalidad de los apoyos a recrecer y de los tramos identificados como áreas de nidificación de especies de avifauna de interés. En función de los resultados obtenidos se programarán los trabajos fuera del periodo de reproducción, en coordinación con el Servicio de Gestión de Medio Natural de la Delegación Provincial de Málaga, Granada y/o Almería.
2. Se realizarán prospecciones previas al inicio de las obras en el entorno de los apoyos 574, 577, 583, 619 y 620, y sus accesos, con el fin de detectar la posible presencia de ejemplares de tortuga mora, que pudieran resultar afectados durante el desarrollo de las obras.
3. Se propone limitar la velocidad de circulación de los vehículos en los accesos a menos de 30 km/h, con la finalidad de disminuir las posibles molestias que pudieran ocasionarse sobre las especies de fauna presentes en el ámbito de estudio, especialmente para aquellas con movilidad reducida, como la tortuga mora o las especies de reptiles en general.
4. No se realizarán trabajos nocturnos; en caso de que fuera necesario, deberá solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso, estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no puedan suponer afección a especies protegidas.
5. Deberán adoptarse las medidas anticolisión y antielectrocución contempladas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y las contempladas en el Decreto 178/2006, de 10 de octubre. Tal como se indica en el EsIA, se instalarán espirales salvapájaros (de 1 x 0,5 m) en los cables de tierra, con una separación en cada cable de 10 o 20 m, con configuración al tresbolillo de los dos cables, de manera que se genere un efecto visual con una separación de 5 o 10 m, en los vanos conflictivos identificados en el Estudio de Avifauna del EsIA: SE Tajo Encantada-16, 22-24, 26-28, 31-33, 44-54, 59-62, 64-66, 82-92, 106-142, 164-166, 168-172, 179-181, 187-189, 230RT-232, 234-236, 256-265, 296-300, 311-313, 387-389, 393-395, 397-399, 407-411, 438-439, 453-455, 466-468, 478-480, 481-483, 486-488, 547-548, 573-575, 576-580, 596-598, 601-603. Además, tal y como indica expresamente el EsIA, los vanos 439-441, 461-464, 491-547, 560-571, 580-594 y 611-623, con independencia del resultado obtenido en el Estudio de Avifauna, también van a ser objeto de señalización, al estar dentro del proyecto de mantenimiento de REE que ha sido aprobado por la Delegación Provincial de Almería.
Complementariamente, y tal como indica el informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, se estudiará la posibilidad de instalar dispositivos anticolisión en los vanos adyacentes a los apoyos 323 y 324, ya que sobrevuelan la ZEC Sierra de Arana, entre cuyas prioridades de conservación se incluyen los quirópteros cavernícolas.
Podría considerarse la instalación dispositivos salvapájaros de distinto tipo al propuesto, siempre y cuando esté garantizada su efectividad y se coordine con el organismo competente de la Comunidad Autónoma. Complementariamente, en función de los resultados de los seguimientos de poblaciones de avifauna, podrá requerirse la sustitución de los dispositivos instalados por otros más efectivos o el establecimiento de medidas adicionales de señalización, en coordinación con el organismo competente de la Comunidad Autónoma. Todos los elementos serán repuestos cuando por su deterioro no cumplan con su función disuasoria.
D.6 Paisaje.
1. El proyecto de construcción desarrollará el Proyecto de Restauración incluido en la documentación adicional, a escala y detalle apropiados, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones. También deberá incluir todas las recomendaciones incluidas en el escrito de la Delegación Territorial en Almería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y ser remitido al órgano ambiental autonómico para su valoración.
D.7 Bienes materiales, patrimonio cultural.
1. A partir de los resultados de la prospección arqueológica y de las correspondientes resoluciones de las Delegaciones Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte de Málaga, Granada y Almería será necesario adoptar las siguientes medidas:
– Seguimiento arqueológico de todos los movimientos de tierra
– Seguimiento arqueológico intensivo durante la apertura de catas de inspección de la cimentación y la ejecución del recrecido en el entorno inmediato de los apoyos 133, 221 y 169. En el caso de sea necesario reforzar las cimentaciones, se proponen sondeos arqueológicos.
2. En relación con las vías pecuarias se solicitará autorización al organismo autonómico competente para la ocupación temporal de las mismas, todo ello de acuerdo con la legislación vigente.
3. Será necesario solicitar la correspondiente autorización de ocupación y actuación en los Montes Públicos en los que se ha identificado apoyos y/o accesos.
D.8 Gestión de residuos.
1. Los residuos generados, tanto en fase de obras como de explotación, serán gestionados según las disposiciones establecidas en la normativa vigente. La gestión de los residuos se irá realizando según se vayan generando, minimizando de esta forma su acumulación en las instalaciones.
Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en este apartado deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.
E. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
El estudio de impacto ambiental contiene un programa de vigilancia cuyo objetivo consiste en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia.
En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA, cuyas líneas principales se resumen a continuación, debe completarse con los aspectos adicionales que también se mencionan en este apartado.
Los principales controles que se llevarán a cabo durante la fase de construcción son: control del cumplimiento de la legislación ambiental (fauna, flora, residuos, ruido, etc.); control de la adopción de medidas de protección de fauna y flora, en el caso de ser necesario, tras la realización de las prospecciones previas; control de la instalación de salvapájaros; control de las labores de mantenimiento de la maquinaria; control de las zonas de instalaciones auxiliares de obra; control de la gestión de los excedentes de tierras y control de las labores de restauración.
Durante la fase de operación y mantenimiento se contemplarán, al menos, los siguientes controles: vigilancia de la gestión de residuos; control de la presencia de nidos de aves; seguimiento de la incidencia del aumento de capacidad de la línea sobre la avifauna durante tres años conforme a la metodología y protocolos específicos desarrollados al respecto por REE, dentro de las zonas consideradas en el Estudio de Avifauna; seguimiento de los resultados de la restauración; vigilancia de aparición de fenómenos erosivos (cárcavas, desprendimientos, deslizamientos etc.) y vigilancia de las operaciones de tala y poda de la vegetación afectada por la calle de seguridad.
La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.
Asimismo, la declaración de impacto ambiental favorable no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Aumento de capacidad de transporte de la línea eléctrica aérea existente a 400 kV, Tajo de la Encantada-Archidona-Caparacena-Huéneja-Tabernas-Litoral, en las provincias de Málaga, Granada y Almería», en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de Evaluación Ambiental, y a su comunicación a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.
De acuerdo con el artículo 41.4 de la Ley de Evaluación Ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.
Madrid, 8 de marzo de 2021.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, Ismael Aznar Cano.
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