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Documento BOE-A-2021-3922

Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre el Sistema de Información de usuarios de Servicios Sociales en versión Web, para la cesión del código fuente de la aplicación informática e intercambio de información.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2021, páginas 29037 a 29041 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-3922

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 26 de febrero de 2021 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de La Región de Murcia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de marzo de 2021.–La Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, Patricia Bezunartea Barrio.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, sobre el Sistema de Información de usuarios de Servicios Sociales (SIUSS), en versión Web, para la cesión del código fuente de la aplicación informática e intercambio de información

Madrid, 26 de febrero de 2021.

REUNIDOS

De una parte: Doña Patricia Bezunartea Barrio, Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada mediante Real Decreto 461/2020, de 12 de marzo (BOE número 65, de 13 de marzo de 2020), en nombre y representación del citado Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el apartado decimocuarto de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril, de fijación de límites de gasto y delegación de competencias, y en virtud del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales (BOE núm. 25, de 29 de enero de 2020).

Y de otra: Doña Isabel Franco Sánchez, Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, que actúa en nombre y representación de la citada Consejería, por su nombramiento mediante Decreto de la Presidencia n.º 31/2019, de 31 de julio, y en virtud del artículo 16.2.a) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y facultada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 de enero de 2021.

Ambas partes intervinientes en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

MANIFIESTAN

Que siendo la información un instrumento técnico de fundamental importancia en el sector de los Servicios Sociales, se considera necesaria la colaboración entre las distintas Administraciones Públicas en las que se genera la misma.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de Murcia, firmaron con fecha 26 de enero de 2016, un Convenio para la cesión del código fuente de la aplicación SIUSS Web.

Que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en virtud de sus competencias que le vienen atribuidas por el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo,  por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales (BOE núm. 25, de 29 de enero de 2020), y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y que le confiere competencias en materia de acción social y servicios sociales.

Que la evaluación y análisis de la demanda de los usuarios es un instrumento técnico de fundamental importancia en el sector de los servicios sociales para adecuar los recursos existentes a las necesidades planteadas y diseñar futuros programas de actuación.

Que dentro de las instancias de colaboración técnica, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 tiene cedida a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia una licencia de uso para la implantación y explotación del paquete informático del mencionado sistema de información, modo local, en las Corporaciones Locales de su ámbito territorial.

Que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha desarrollado una nueva versión de SIUSS para su trabajo en web.

Que el nuevo escenario exige el alojamiento de SIUSS en el servidor de la Comunidad Autónoma, a fin de que pueda adaptar desarrollos específicos, e implica, necesariamente, la cesión del código fuente de la citada versión por parte del Ministerio.

Que tal Convenio es acorde al espíritu que informa la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto a lo que recoge su artículo 140 sobre las relaciones que deben regir entre las Administraciones públicas.

Que el Tratado de funcionamiento de la Unión Europea, encomienda al Parlamento Europeo y al Consejo que establezcan las normas sobre protección de las personas físicas respecto del tratamiento de datos de carácter personal y las normas relativas a la libre circulación de dichos datos.

De conformidad con lo expuesto, las partes firmantes desean formalizar el presente Convenio, al amparo de lo establecido en la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

Constituye el objeto del presente convenio, la colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la cesión del código fuente de la aplicación SIUSS Web y el intercambio de información.

Segunda. Obligaciones y compromisos de las partes.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 concede a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia una licencia gratuita, no exclusiva, de ámbito limitado al territorio y ámbito competencial de la misma, del código fuente de la aplicación informática SIUSS Web desarrollada por el Ministerio.

Dicha concesión de licencia se produce bajo las siguientes condiciones:

1. Autoriza a la Comunidad Autónoma a:

– Utilizar para sí una sola copia de la aplicación. En caso de no renovación del Convenio, por denuncia expresa de la Comunidad Autónoma, y si este no fuese sustituido por otro en el que esta se compromete a remitir al Ministerio los datos de SIUSS de su ámbito territorial, en los términos recogidos en el apartado 3 de la cláusula, dejará de utilizar el código fuente que se hubiera extraído de la aplicación para su uso independiente de la misma.

– Instalar la aplicación en la ubicación que la Comunidad Autónoma determine.

– Utilizar la aplicación para propósitos que no contravengan aquellos para los que se diseñó inicialmente por el Ministerio.

– Modificar la aplicación para sus propias necesidades siempre que dicha modificación no contravenga el punto anterior. Cualquier modificación se pondrá a disposición del Ministerio de forma gratuita para su posible aprovechamiento en otra Comunidad Autónoma.

La licencia no autoriza otros usos más que los descritos anteriormente y en especial no autoriza a:

– Obtener un beneficio o rendimiento económico basado en todo o en parte, directa o indirectamente en la aplicación, exceptuando la atención de la propia instalación de la Comunidad Autónoma amparada por ésta licencia.

– Distribuir la aplicación y documentación de la misma, modificada o no, sin la autorización expresa, condicionada y constatable del Ministerio.

– Imponer limitación alguna al Ministerio sobre sus derechos de autor.

2. Las condiciones de soporte y actualización son:

– El Ministerio pondrá a disposición de la Comunidad Autónoma una dirección/URL de la Red SARA desde la cual ésta pueda descargar el código de la aplicación según se vayan liberando las diferentes versiones evolutivas y/o correctivas junto con todos los elementos necesarios para la construcción de la misma.

– El Ministerio excluye de la descarga el código que no es compartible bien por razón de derechos de autor, bien por razones de aplicabilidad. Dichos componentes deben ser adquiridos o sustituidos o suplidos por la Comunidad Autónoma. En concreto en el momento de firmar el presente convenio se excluyen los siguientes componentes:

• Librería externa «Access_JDBC40» para la descarga de datos en formato Microsoft Access.

• Servicio interno del Ministerio para la validación de certificados electrónicos de firma denominado «Servcert».

– La Comunidad Autónoma se compromete a mantener en todas las pantallas y pestañas de la aplicación el logo del Ministerio e inicial de ayuda el texto: «Aplicación desarrollada inicialmente por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030».

– La aplicación no es un sistema acabado, si no que se encuentra en proceso de desarrollo y mejoras. Por tanto puede contener defectos o fallos inherentes al proceso de desarrollo de este tipo de programas, sin que estos hechos supongan motivo de responsabilidad de ningún tipo para el Ministerio más allá de realizar su mejor esfuerzo para solucionarlos.

– El Ministerio no será responsable de los daños y perjuicios de cualquier clase, directos o indirectos, materiales o morales, que pudieran derivarse de la licencia o del uso de la aplicación.

– La entrega del código se hace como está, es decir tal y como lo utiliza el Ministerio en sus instalaciones, sin asumir este ninguna responsabilidad, garantía, adaptación, soporte o apoyo especial. En concreto el Ministerio no se compromete a considerar ningún cambio o versión especial de la aplicación a petición única de la Comunidad Autónoma.

– No corresponde al Ministerio el soporte de ningún tipo (funcional, de conectividad, infraestructura, etc…) asociado al uso de la aplicación cedida por parte de los usuarios funcionales de la misma.

– El Ministerio atenderá las incidencias que reporte la Comunidad Autónoma en las mismas condiciones que al resto de Comunidades Autónomas. Es decir, atendiendo únicamente las incidencias que se den o reproduzcan en la aplicación instalada en el Ministerio.

A estos efectos la Comunidad Autónoma deberá reportar únicamente las incidencias que consiga reproducir en alguno de los entornos productivos del Ministerio, aportando las evidencias que obtenga de estos en su reporte. El Ministerio no atenderá reportes ni apoyará cualquier investigación o análisis que no vengan con estas evidencias.

– El Ministerio se compromete a informar a la Comunidad Autónoma, al menos una vez al año, del alcance de las funcionalidades nuevas y/o a modificar durante el mismo, junto con una estimación del mes en que se prevé su puesta en producción.

3. La Comunidad Autónoma se compromete a enviar, anualmente, al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y, a efectos, exclusivamente estadísticos, la información necesaria para la explotación de los datos, mediante descargas de los mismos, adaptadas a la última versión de la interfaz SIUSS Web de Explotación de Datos. Dicha información se referirá a la disponible en la Comunidad de todas las Unidades de Trabajo Social, incluida la de aquellas que no utilicen SIUSS como herramienta de gestión para los servicios sociales comunitarios municipales.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 podrá realizar explotaciones de la información que se le facilita y publicarlas, adoptando las medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o identificable.

Se pone de manifiesto que se respeta el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Tercera. Compromisos económicos.

El presente Convenio no conlleva compromisos económicos.

Cuarta. Jurisdicción.

Este Convenio se formaliza de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y tiene carácter administrativo, siendo la jurisdicción contencioso-administrativa la competente para conocer de los conflictos a que la ejecución del Convenio pudiera dar lugar.

El presente Convenio queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar, de la citada ley.

Quinta. Comisión de Seguimiento.

La Comisión Delegada de Servicios Sociales del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que actuará como comisión de seguimiento, interpretará y conocerá de las discrepancias a que su ejecución pudiera dar lugar.

La Comisión de Seguimiento velará por el cumplimiento de las cláusulas del Convenio y decidirá sobre las posibles revisiones futuras referentes a lo convenido.

La composición de la Comisión Delegada de Servicios Sociales se determina normativamente, conforme al artículo 13 de la Resolución de 25 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se publica el Reglamento interno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en la citada Resolución de 25 de febrero de 2019, y supletoriamente por lo estipulado en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Sexta. Vigencia y extinción del Convenio.

El presente Convenio tiene vigencia de cuatro años pudiendo prorrogarse, en cualquier momento antes de su finalización, por el mismo periodo por acuerdo expreso de las partes.

Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este Convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia».

Séptima. Modificación del Convenio.

Los términos del presente Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras mediante la suscripción de la correspondiente adenda modificativa. La modificación del convenio requiere la autorización del Ministerio de Hacienda y debe ser tramitada conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Causas de extinción del Convenio.

Serán causas de extinción de este Convenio, el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo estas las señaladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

En cumplimiento del artículo 49.e) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes, se determinarán a propuesta de la comisión de seguimiento, que podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.

No obstante, si causara perjuicios se podrá acordar una posible indemnización y en consecuencia se interrumpirán las actividades del Convenio.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente Convenio, en la fecha de la firma electrónica.–Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, Patricia Bezunartea Barrio, Directora General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales.–Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Isabel Franco Sánchez, Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social.

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