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Documento BOE-A-2021-3821

Resolución de 1 de marzo de 2021, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Barcelona y el Instituto de Estudios Regionales y Metropolitanos de Barcelona, para el asesoramiento en el diseño de un sistema de Indicadores de Calidad de Vida Urbana en España.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2021, páginas 28418 a 28425 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2021-3821

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística, el Ayuntamiento de Barcelona y el Instituto de Estudios Regionales y Metropolitanos de Barcelona (IERMB) para el asesoramiento en el diseño de un sistema de Indicadores de Calidad de Vida Urbana en España, en función de lo establecido en el punto 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 1 de marzo de 2021.–El Presidente del Instituto Nacional de Estadística, Juan Manuel Rodríguez Poo.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística, el Ayuntamiento de Barcelona y el Instituto de Estudios Regionales y Metropolitanos de Barcelona (IERMB) para el asesoramiento en el diseño de un sistema de Indicadores de Calidad de Vida Urbana en España

De una parte, don Juan Manuel Rodríguez Poo, Presidente del Instituto Nacional de Estadística, nombrado mediante Real Decreto 1325/2018, de 22 de octubre, en nombre y representación del citado Instituto, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 5.2 del Estatuto del Instituto Nacional de Estadística, aprobado por Real Decreto 508/2001, de 11 de mayo, y de acuerdo con el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Jordi Martí Grau, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Barcelona, en calidad de Regidor de Presidencia, facultado por acuerdo de la Comisión de Gobierno, de 4 de febrero de 2021, y asistido en este acto por el señor Jordi Cases i Pallarès, Secretario General del Ayuntamiento de Barcelona, que interviene en calidad de fedatario y asesor legal preceptivo de la Corporación Municipal.

De otra parte, don Juan Carlos Migoya Martínez, Gerente del Institut d’Estudis Regionals i Metropolitans de Barcelona (IERMB), con CIF P-0800013-E, y domicilio en el Campus de Bellaterra de la Universitat Autònoma de Barcelona, plaça del Coneixement, edifici MRA, planta 2, 08193 Bellaterra (Cerdanyola del Vallès), que actúa en nombre y representación de esta entidad en virtud de las competencias que le otorga el artículo 9 parágrafo 5 de sus Estatutos.

Dichos representantes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente y suscriben, en nombre de las respectivas entidades, el presente documento y, al efecto

EXPONEN

Primero.

Que el Instituto Nacional de Estadística (INE) es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y que, de forma similar a otras oficinas estadísticas del sistema europeo, está impulsando la innovación estadística mediante la elaboración y ejecución de proyectos estadísticos bajo el epígrafe de «estadística experimental».

En particular, el INE elabora en la actualidad dos operaciones estadísticas, ambas recogidas en el Plan Estadístico Nacional, Indicadores Urbanos e Indicadores de Calidad de Vida, que abordan desde perspectivas distintas el ámbito de la calidad de vida. Pero mientras existe un cierto consenso internacional y un marco metodológico para la medición de la calidad de vida para países o, en el mejor de los casos, para regiones, es mucho más complejo adaptar este marco al ámbito urbano, para el cual no existen, en general, indicadores basados en encuestas homogéneas y se deben encontrar nuevos indicadores o nuevos métodos para obtenerlos.

Existen precedentes sobre la construcción de indicadores de calidad de vida para ciudades en el ámbito internacional que pueden servir de guía, pero es absolutamente imprescindible para avanzar conocer la realidad de las fuentes estadísticas que pueden usarse para las ciudades españolas.

Segundo.

Que el Departamento de Análisis de la Oficina Municipal de Datos (OMD) del Ayuntamiento de Barcelona ha desarrollado en los últimos años distintas estadísticas basadas principalmente en registros administrativos y que son aproximaciones de interés para conocer la calidad de vida en la ciudad. Igualmente, el Área de Cohesión Social y Urbana del IERMB, consorcio de derecho público de carácter local adscrito al Área Metropolitana de Barcelona y especializado en el análisis general y sectorial del fenómeno metropolitano, tiene una larga experiencia en el estudio de las condiciones de vida y hábitos de la población a nivel metropolitano.

Tercero.

Que el INE está interesado en contar con la colaboración del Departamento de Análisis de la OMD del Ayuntamiento de Barcelona y del Área de Cohesión Social y Urbana del IERMB para la realización de un Asesoramiento en el diseño de un sistema de indicadores y de un indicador sintético de la calidad de vida en las ciudades españolas, a los efectos de desarrollar una estadística sobre calidad de vida en las ciudades o áreas metropolitanas bajo el epígrafe de «estadística experimental». Así mismo tanto el Ayuntamiento de Barcelona como el IERMB están interesados en el desarrollo metodológico que esta investigación conllevaría, con el fin de poder tener un mejor marco de comparación con otras ciudades españolas en condiciones homogéneas.

Cuarto.

Que el Asesoramiento será desarrollado por un equipo del Departamento de Análisis de la OMD del Ayuntamiento de Barcelona y del Área de Cohesión Social y Urbana del IERMB, quedando claramente definidas las responsabilidades y trabajos a realizar en el presente documento.

Por todo ello, teniendo en cuenta el mutuo interés de las partes, las tres instituciones acuerdan suscribir el presente Convenio, de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del Convenio es desarrollar una propuesta de indicadores de calidad de vida para las ciudades y áreas metropolitanas a partir de referentes internacionales y de información disponible en las publicaciones Indicadores Urbanos e Indicadores de Calidad de Vida del INE y de otros datos que puedan elaborarse u obtenerse de otras fuentes. Estos trabajos podrían desembocar en la publicación, por parte del INE, de una estadística experimental de calidad de vida urbana.

Segunda. Compromisos y actuaciones de las instituciones firmantes del Convenio.

A. Compromisos del Departamento de Análisis de la OMD de Barcelona y del Área de Cohesión Social y Urbana del IERMB. Realizar una propuesta de diseño del sistema de indicadores de calidad de vida urbana en España, de acuerdo con las condiciones que se especifican en el anexo técnico de este Convenio, actuando como investigadores responsables del Departamento de Análisis de la OMD de Barcelona la Sra. Dolors Cotrina Aguirre y el Sr. Alejandro Costa Sáenz de San Pedro, Jefa y técnico de referencia respectivamente, y como investigador responsable del IERMB el Sr. Sergio Porcel López, responsable a su vez del Área de Cohesión Social y Urbana del instituto.

B. Compromisos del INE.

– Aportar la información y bases de datos necesarias de que disponga para el correcto desarrollo de las investigaciones y tratamientos estadísticos objeto del Convenio.

– Prestar la colaboración necesaria en materia de programación y documentación.

Tercera. Plan de trabajo y calendario.

Se contemplan tres hitos en el proyecto.

1. Se presentará por parte del Departamento de Análisis de la OMD de Barcelona y de la Área de Cohesión Social y Urbana del IERMB un Plan de trabajo que será consensuado con el INE.

2. Las partes intercambiarán información y mantendrán cuantas reuniones técnicas sean necesarias durante el proyecto para el desarrollo de los trabajos.

3. El Departamento de Análisis de la OMD de Barcelona y de la Área de Cohesión Social y Urbana del IERMB elaborarán un Informe Final que deberá contener las recomendaciones sobre el diseño y los métodos para todas variables contempladas en el proyecto, así como el cálculo del indicador sintético citado en el punto anterior. Este informe deberá ser entregado antes del 31 de diciembre de 2021.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento de este Convenio y especialmente el informe final del mismo se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por:

Por el Departamento de Análisis de la OMD de Barcelona: La persona titular de la Jefatura del Departamento de Análisis.

Por el IERMB: La persona titular de la Jefatura del Área de Cohesión Social y Urbana.

Por el INE: La persona titular de la Subdirección General de Estadísticas Sociodemográficas

Cualquier discrepancia o controversia que pudiera surgir en la interpretación o ejecución de este Convenio se someterá a la decisión de la Comisión de Seguimiento. Las decisiones de la Comisión de Seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus miembros.

Quinta. Financiación.

Este Convenio no tiene contraprestaciones económicas entre las partes, ni generará ningún gasto.

Sexta. Propiedad de los trabajos y transferencia tecnológica.

La documentación proporcionada por el INE se utilizará exclusivamente para desarrollar los trabajos previstos en este Convenio, no pudiéndose transferir ni comunicar su contenido a terceros.

El equipo investigador podrá hacer uso de forma consensuada con el INE de la metodología en la que ha colaborado para su publicación en revistas y libros científicos.

Séptima. Obligación de preservar el secreto estadístico.

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, están obligadas a preservar el secreto estadístico cuantas personas, físicas o jurídicas, tengan conocimiento de datos amparados por aquél con ocasión de su participación con carácter eventual en cualquiera de las fases del proceso estadístico en virtud de contrato, acuerdo o convenio de cualquier género. Asimismo, el deber de guardar el secreto estadístico se mantendrá aun después de que las personas obligadas a preservarlo concluyan sus actividades profesionales o su vinculación a los servicios estadísticos.

Octava. Responsabilidades derivadas de la explotación de los resultados.

El análisis resultado de los servicios acordados podrá dar lugar a la emisión de informes con opiniones o recomendaciones relacionadas con los temas de estudio. En dicho caso el INE acepta que dichos informes son consultivos, teniendo, en todo caso, carácter orientativo para su propio uso.

A tal efecto, ni el Ayuntamiento de Barcelona ni el IERMB asumen ninguna responsabilidad frente a terceros y es totalmente ajena a litigios derivados de la utilización o aplicación de los resultados de los trabajos.

Novena. Vigencia del Convenio.

El Convenio se perfeccionará con el consentimiento y la firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo si se considera adecuado su vigencia se podrá prorrogar por acuerdo expreso de las partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Décima. Modificación.

El Convenio podrá modificarse, por mutuo acuerdo, mediante adenda firmada por las partes, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto.

Undécima. Extinción y resolución.

El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Podrá resolverse por las siguientes causas:

a) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) Por el mutuo acuerdo de las partes firmantes manifestado por escrito.

c) Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. Dicha notificación indicará la fecha en la que tendrá efecto la resolución del Convenio.

En caso de existir actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar la continuación de las actuaciones en curso que se consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.

Duodécima. Naturaleza del Convenio y jurisdicción.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa de acuerdo con el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por tanto queda sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar de la citada Ley 40/2015.

De conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, serán competentes los Tribunales del orden jurisdiccional contencioso- administrativo para resolver los litigios que pudieran surgir y que no hubieran podido resolverse por la Comisión de Seguimiento, sobre la interpretación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos del presente Convenio.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las partes firman el presente Convenio de forma electrónica y a un solo efecto el 26 de febrero de 2021.–El Presidente del Instituto Nacional de Estadística, Juan Manuel Rodríguez Poo.–El Regidor de Presidencia del Ayuntamiento de Barcelona, Jordi Martí Grau.–El Secretario General del Ayuntamiento de Barcelona, Jordi Cases i Pallarès.–El Gerente del Institut d’Estudis Regionals i Metropolitans de Barcelona, Juan Carlos Migoya Martínez.

ANEXO TÉCNICO
Diseño de un sistema de Indicadores de Calidad de Vida Urbana en España

1. Antecedentes y justificación

Desde hace más de una década existe una preocupación en la estadística oficial internacional y, en particular, en el sistema estadístico europeo para desarrollar estadísticas más próximas al bienestar de la población. Documentos de referencia en este ámbito fue el Informe Stiglitz-Sen-Fitoussi, y el documento de Eurostat GPD and Beyond. Han surgido iniciativas muy relevantes, por ejemplo, el Better Life Index de la OCDE, la publicación de Indicadores de Calidad de Vida de Eurostat, así como diversos informes sobre la calidad de vida y el bienestar en diversas oficinas estadísticas de todo el mundo.

Asimismo, existen ya algunas iniciativas conjuntas de algunos países (México, Dinamarca) y la OCDE para abordar el estudio sobre la construcción de indicadores de vida a nivel urbano, todavía muy incipientes.

Sobre la base de las anteriores consideraciones, el presente proyecto supone dar un paso más asumiendo el reto de construir indicadores que permitan estimar la calidad de vida a nivel de un entorno especial más próximo a las personas: las ciudades y sus áreas metropolitanas. No hay duda que la calidad de vida, sean cuales sean las dimensiones que consideremos, están muy condicionadas por el territorio.

No hay duda de que estos ámbitos tienen unos indicadores que pueden tener una gran dispersión a lo largo del territorio. Esta dispersión es la que da sentido a una aproximación a la calidad de vida urbana.

2. Metodología

Existe ya cierto consenso internacional sobre las dimensiones que componen la calidad de vida. En el caso del INE (que usa la misma clasificación que Eurostat), las dimensiones contempladas en la publicación Indicadores de Calidad de Vida (que ofrece datos a nivel de las CC.AA.) son:

Se trata de identificar indicadores para las distintas dimensiones de la calidad urbana que estén disponibles para Barcelona y, en general, para nuestras ciudades. Estos indicadores pueden ser iguales a los aplicados para las CC.AA. o ligeramente distintos, tanto por razones de disponibilidad como por razones conceptuales.

Las fuentes de las que pueden extraerse los indicadores serán normalmente fuentes administrativas con información para todo el país, pero no pueden descartarse a priori otras fuentes como la información administrativa más local, o también información derivada de encuesta, siempre que ésta sea una encuesta ligera o de bajo coste, tanto por el tamaño muestral como por el cuestionario. Este tipo de operación puede adaptarse especialmente a la dimensión más subjetiva de la calidad de la vida, es decir, la dimensión de la experiencia general de la vida.

Hay que considerar también que las unidades territoriales objeto de análisis son las mismas que la de la publicación Indicadores Urbanos del INE: las ciudades, las «subciudades», las conurbaciones y las áreas urbanas funcionales (AUF). Es decir, es necesario tener datos para las ciudades, pero también conocer desigualdades dentro de ellas, para lo cual es importante obtener datos por barrios, distritos u otros. Pero el ámbito urbano trasciende el concepto de «municipio» por lo que se deben buscar indicadores para los ámbitos conurbación y AUF, lo que supone una mayor dificultad, porque estas unidades se componen de municipios de muy distintos tamaños y no siempre se va a disponer de información de todos ellos.

Como fuentes de información, se parte también de lo recopilado ya para Indicadores Urbanos, que ofrece una treintena de indicadores para cada uno de estos ámbitos, pero que no están organizados en torno a los conceptos de calidad de vida.

Ocasionalmente los indicadores individuales de cada dimensión pueden ser derivados de la combinación de distintas fuentes, en el marco de la estimación de áreas pequeñas.

En relación con la elaboración de un índice sintético la referencia básica será el Manual OCDE y aportaciones metodológicas como, por ejemplo, las desarrolladas en ISTAT, ya presentes en la publicación Indicadores de Calidad de Vida del INE. La estimación de los pesos de cada indicador en su contribución al indicador de síntesis puede ser más o menos flexible, desde la fijación de pesos únicos para toda la población al establecimiento de un sistema que, de forma complementaria, pueda ajustar los pesos al perfil de la población (según edad, sexo, nivel de estudios…). De forma también complementaria puede llegar a plantearse incluso soluciones de total libertad por parte del usuario para fijar estas ponderaciones, a semejanza del sistema aplicado en el Better Life Index de la OCDE.

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