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Documento BOE-A-2021-3137

Resolución de 4 de febrero de 2021, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se publica la convocatoria de procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2021, páginas 24181 a 24183 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2021-3137

TEXTO ORIGINAL

En virtud del Resuelvo Segundo de la Resolución de 4 de febrero de 2021, que se publica en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias», de 24 de febrero de 2021, que ordena la publicación de un extracto en el «Boletín Oficial del Estado», se consigna a continuación:

Primero. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las siguientes unidades de competencia y cualificaciones profesionales de la familia profesional de Imagen y Sonido:

CUALIFICACIÓN IMS434_2 Animación musical y visual en vivo y en directo. NIVEL 2
UNIDADES DE COMPETENCIA UC1396_2 Preparar la infraestructura y colaborar en la programación y promoción de sesiones de animación musical y visual en vivo y en directo.
UC1397_2 Realizar sesiones de animación musical en vivo y en directo integrando elementos luminotécnicos, escénicos y visuales.
UC1398_2 Realizar sesiones de animación visual en vivo integrando elementos luminotécnicos, escénicos y musicales.
Estas unidades están incluidas en:
CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD Animación musical y visual en vivo y en directo – IMSE0111 (R.D. 621/2013, de 2 de agosto).
TÍTULO: Título de Técnico en Video Disc-jockey y Sonido (R.D. 556/2012, de 23 de marzo).
CUALIFICACIÓN IMS220_3 Asistencia a la dirección cinematográfica y de obras audiovisuales. NIVEL 3
UNIDADES DE COMPETENCIA UC0700_3 Determinar los recursos necesarios para el desarrollo del proyecto audiovisual.
UC0701_3 Coordinar la disponibilidad y adecuación de los recursos humanos, técnicos y artísticos necesarios para el rodaje / grabación.
UC0702_3 Organizar y controlar el rodaje / grabación y el proceso de postproducción.
Estas unidades están incluidas en:
CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD Asistencia a la dirección cinematográfica y de obras audiovisuales – IMSV0408 (R.D. 725/2011, de 20 de mayo).
TÍTULO: Título de Técnico Superior en Realización de proyectos Audiovisuales y Espectáculos (Real Decreto 1680/2011, de 18 de noviembre).
Segundo. Inscripciones.

1. Las personas interesadas en participar en esta convocatoria deberán presentar la solicitud de inscripción según los modelos normalizados que estarán disponibles en:

– Los puntos de información de las Oficinas de Empleo del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.

– La ficha de Servicio AUTO0215T05 disponible en la sede electrónica (https://sede.asturias.es), las páginas web www.trabajastur.com y www.educastur.es.

2. La solicitud, acompañada de toda la documentación correspondiente, podrá presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, los canales a utilizar podrán ser los siguientes:

– Canal electrónico: accediendo a la sede electrónica del Principado de Asturias, https://sede.asturias.es. Introducir en el buscador de la esquina superior derecha el código AUTO0215T05 y pinchar sobre el enlace correspondiente al procedimiento.

El solicitante deberá disponer de alguno de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica del Principado de Asturias (DNI electrónico o Certificado Digital). El sistema elegido por el solicitante deberá estar instalado antes del paso siguiente.

Pinchar «iniciar solicitud», y seguir los pasos para cumplimentar la solicitud y adjuntar digitalizada la documentación exigida en el apartado Tercero punto 4, hasta que quede concluido el proceso de Registro Electrónico. Las copias aportadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante a los efectos de lo dispuesto por el apartado Tercero punto 7 y Octavo puntos 2 y 3, pudiendo requerirse la exhibición de originales.

– Canal presencial: si la persona solicitante desea realizar este proceso de manera presencial podrá recoger los impresos de solicitud en los puntos de información de las Oficinas de Empleo o imprimirlos desde la sede electrónica del Principado de Asturias, accediendo mediante el código señalado en el apartado anterior. Para obtener el formulario normalizado deberá seleccionar la opción «Presencialmente» disponible en el apartado «Otras formas de tramitación», y seleccionar la opción «Descargar formularios de solicitud» del apartado «Cómo solicitarlo». El formulario permite su cumplimentación previa a la impresión.

Las solicitudes así obtenidas y la documentación que las acompañe se podrán presentar en los siguientes Registros:

– Registros de las Oficinas del Servicio Público de Empleo de Asturias.

– Registro del Servicio Público de Empleo, sito en la C/ Marqués de Teverga, 16, bajo, 33005 - Oviedo.

– Registro General Central del Principado de Asturias sito en la C/ Coronel Aranda, 2, Planta Plaza EASMU (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples), 33005- Oviedo.

– En las demás formas previstas en el mencionado artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Si en uso de este derecho la solicitud y documentación adjunta es remitida por correo, se deberá presentar en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de Correos y Telégrafos S.A. antes de que éste proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Cuarto. Personas admitidas.

Todas las personas que figuren admitidas en los listados definitivos publicados, quedarán incluidas en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, y serán convocadas en llamamientos sucesivos para la comprobación y verificación de la documentación aportada.

Oviedo, 4 de febrero de 2021.–La Directora-Gerente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, Pilar Varela Díaz.

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