Está Vd. en

Documento BOE-A-2021-273

Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2021, páginas 1776 a 1779 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-A-2021-273

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, esta Dirección General ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno promoción interna), nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 22 de diciembre de 2020 teniendo en cuenta lo siguiente:

Primero.

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el art. 29 del citado Real Decreto, y en el art. 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por esta Dirección General.

Segundo.

Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución y que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Judicial, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen a esta Dirección General dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.

Con el fin de planificar la oferta de plazas de los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Resolución como Anexo II, su intención de acogerse a dicha opción, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a esta Dirección General un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

Esta Dirección General concederá de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación Judicial y el cese automático con la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

Una vez diligenciada la toma de posesión, el responsable del órgano judicial de destino remitirá dos ejemplares del documento F1R a esta Dirección General, para proceder a las oportunas variaciones en nómina, uno de los cuales será enviado por la Dirección General al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios personales al servicio de la Administración de Justicia; otro ejemplar será entregado al interesado y el cuarto para constancia en el órgano judicial.

Cuarto.

Los funcionarios que opten por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado tercero de esta Resolución.

Quinto.

Los funcionarios en comisión de servicios o interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Sexto.

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante el haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial.

Séptimo.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la Resolución de 17 de noviembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre), no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno de promoción interna, mantienen su condición de desiertas y reservadas para los aspirantes a ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa del turno libre.

Así mismo, aquellas plazas no ocupadas por los aspirantes del turno de promoción interna, al optar por quedarse en el Cuerpo de procedencia, se acumularán a las plazas indicadas en el párrafo anterior.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 22 de diciembre de 2020.–La Directora General de Justicia, P.D. de firma. (Resolución de 20 de septiembre de 2019), la Jefa del Servicio de Personal, María Pilar Ramos Martín

ANEXO I
Cuerpo: Gestión Procesal y Administrativa, turno promoción interna

N.º orden

NIF

Apellidos y nombre

Destino adjudicado

Localidad

Provincia

Función

1

***3117**

Pérez Palacions, Lorena.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2.

Huesca.

Huesca.

Gestión P.A.

2

***7608**

Benítez Lázaro, Águeda.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3.

Huesca.

Huesca.

Gestión P.A.

3

***4175**

Sancho Adiego, Alfredo.

Juzgado de primera Instancia e Instrucción n.º 2.

Calatayud.

Zaragoza.

Gestión P.A.

4

***6047**

Pérez Zaldivar, María Cruz.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1.

Ejea de los C.

Zaragoza.

Gestión P.A.

5

***5207**

Gracia Berges, Raquel.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1.

Daroca.

Zaragoza.

Gestión P.A.

1

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid