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Documento BOE-A-2021-2586

Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2021, páginas 19499 a 19519 (21 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2021-2586

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados convocado por Resolución de 28 de julio de 2020 de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia («Boletín Oficial del Estado» de 1 de septiembre de 2020), para cubrir plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 524 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre y por la Ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre; con los artículos 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; y en uso de las atribuciones conferidas en virtud del artículo 9 del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, ha dispuesto:

Primero.

Resolver de forma definitiva el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia convocado por Resolución de 28 de julio, tal y como se relaciona en el Anexo.

Segundo.

Excluir del concurso de traslados a los funcionarios que se relacionan en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es).

Tercero.

Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados.

Cuarto.

Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso que se cubrirán por funcionarios de nuevo ingreso, salvo que, por necesidades del servicio, se pretendan amortizar. También podrán anunciarse nuevamente como vacantes en concurso ordinario en caso de que no se convoquen oposiciones o de que la oferta pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las desiertas existentes.

Quinto.

Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales o en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios que se encuentren reingresados provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 22 de febrero de 2021, lunes; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 26 de febrero de 2021, viernes.

Aquellos funcionarios que se encuentren desempeñando una comisión de servicios, no será necesario que se desplacen al órgano judicial de origen que tengan reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión, para ello la Dirección General hará llegar los documentos al órgano en el que el concursante se encuentre desempeñando la comisión. Una vez formalizado deberá remitirlo al correo electrónico climent_man@gva.es, y en el asunto indicar: Finalización comisión servicios concurso 2020, si es firma digital. En el caso de optar por la firma manual, al objeto de agilizar los trámites, deberá adelantar una copia escaneada a la referida dirección de correo electrónico y proceder a la remisión de una copia del documento original a la sede de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia (Ciudad Administrativa 9 de octubre, Torre 4, 2.ª planta) de Valencia.

Sexto.

La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los funcionarios indicados en el punto anterior, se producirá en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será en el mes siguiente, tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Séptimo.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, incluyéndose en este punto a los funcionarios que se encuentren adscritos provisionales, el plazo posesorio será de veinte días hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Este plazo posesorio no será retribuido.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran adscritos provisionales en el Cuerpo o Escala donde reingresan o en activo en otro Cuerpo o Escala de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración de Justicia, bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte días hábiles tomen posesión en el nuevo Cuerpo o Escala, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a la Dirección General, un permiso retribuido de dos días hábiles si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

Por la Comunidad Autónoma competente, o la Gerencia Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo o Escala de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo o Escala al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Octavo.

Con carácter general, los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán el 22 de febrero de 2021, en el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y el día 26 de febrero en el caso de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, salvo supuestos excepcionales a determinar por esta Dirección General, que serán notificados individualmente a cada órgano judicial afectado.

No obstante, en los casos de funcionarios que reingresen al servicio activo como consecuencia de la resolución del concurso y de funcionarios adscritos provisionales que, igualmente, obtengan destino como consecuencia de la resolución del concurso, y tomen posesión en fechas distintas a las citadas anteriormente, los funcionarios interinos afectados cesarán con motivo de dichas tomas de posesión.

Noveno.

Debido a la situación de pandemia que estamos viviendo actualmente, en los casos debidamente justificados que no hayan encontrado alojamiento en la nueva localidad de destino, a aquellos funcionarios que les sea imposible tomar posesión en los plazos señalados, se les amplía dicho período.

Para ello, una vez que finalice el plazo de toma de posesión establecido en los puntos Sexto y Séptimo, si continúan sin encontrar alojamiento, deberán comunicarlo a la Gerencia o Comunidad Autónoma y aportar la documentación justificativa suficiente, prorrogándoles el plazo durante los tres días hábiles siguientes, debiendo tomar posesión al cuarto día hábil en su órgano de destino.

Décimo.

Para la formalización de los documentos de cese y/o toma de posesión (F3T y F1T), los mismos serán remitidos a los órganos judiciales afectados: aquél en que se produce el cese y aquél en que hubiera sido destinado el funcionario titular. En el caso de optar el interesado por firmar digitalmente el documento, podrá proceder a la devolución del mismo a esta dirección de correo electrónico concursosjust@gva.es. Si opta por la firma manual, al objeto de agilizar los trámites (nóminas, cronos y en su caso cambio de grupo de cotización a la Seguridad Social), deberá adelantar una copia escaneada a la referida dirección de correo electrónico y proceder a la remisión de una copia del documento original a la sede de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia (Ciudad Administrativa 9 de octubre Torre 4 2ª planta) de Valencia, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Para la formalización de los documentos de cese de los funcionarios interinos, serán remitidos al órgano judicial que esté destinado, para su formalización a última hora de la jornada laboral. Una vez formalizado deberá adelantar una copia escaneada a la dirección de correo electrónico interinos_rrhhdgj@gva.es y proceder a la remisión de una copia de los documentos originales a la sede de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia (Ciudad Administrativa 9 de octubre Torre 4 2ª planta) de Valencia, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Valencia, 11 de febrero de 2021.–La Directora General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, Àngels Bixquert Sanz.

ANEXO

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