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Documento BOE-A-2021-2300

Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, F.S.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la difusión y acceso a cursos de formación en competencias digitales para la internacionalización.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2021, páginas 17639 a 17647 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2021-2300

TEXTO ORIGINAL

El Director Gerente de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, F.S.P., y la Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., han suscrito un Convenio para la difusión y acceso a cursos de formación en competencias digitales para la internacionalización.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 11 de febrero de 2021.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEJO
Convenio entre la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, F.S.P., e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la difusión y acceso a cursos de formación en competencias digitales para la internacionalización.

1 de febrero de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio de Luis Acevedo, Director Gerente de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, F.S.P. (en adelante, la Fundación), entidad con NIF ***2209** y domicilio en la calle Torrelaguna, 56, 28027 Madrid, en virtud de la escritura de poder otorgada a su favor el 4 de abril de 2019 ante el Notario de Madrid don J. Cedrón López-Guerrero, bajo el número 513 de su protocolo.

Y de otra parte, doña María Peña Mateos, Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX), entidad pública empresarial con sede en Madrid, paseo de la Castellana, n.º 278, y NIF Q2891001F, actúa en nombre y representación de ICEX en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 164, de 7 de julio) y de las atribuciones que tiene conferidas por delegación del Consejo de Administración de la entidad mediante Resolución de 30 de octubre de 2019 («Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de 20 de noviembre).

ICEX y la Fundación serán denominadas conjuntamente como las «Partes» e individualmente cada una de ellas como la «Parte».

Ambas partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen de modo recíproco capacidad para formalizar el presente Convenio, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que la Fundación es una fundación sin ánimo de lucro perteneciente al sector público estatal que tiene entre sus fines la mejora de la formación profesional para el empleo.

Para el cumplimiento de sus fines la Fundación actúa como entidad colaboradora del Servicio Público de Empleo Estatal, al que presta su apoyo técnico al ser el organismo que tiene atribuida la competencia de programación, gestión y control de la formación profesional para el empleo en el ámbito estatal. Esta colaboración se desarrolla de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, y en el artículo 36 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la misma, teniendo entre otros cometidos la contribución al impulso y difusión del sistema de formación profesional para el empleo.

Segundo.

Que ICEX es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Comercio, con personalidad jurídica propia que conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la internacionalización, tiene entre sus finalidades la de asistencia a la empresa española con el fin de fomentar y apoyar su internacionalización, y su implantación exterior, diseñando y ejecutando programas de promoción e inversión, con difusión sobre la oferta española y los mercados exteriores.

Tercero.

Que, en desarrollo de sus funciones, ICEX imparte formación en áreas relativas a la internacionalización de las empresas. En este contexto, ICEX dispone de un catálogo de recursos formativos (webinars, NOOCs, MOOCs y otros formatos de acciones formativas on-line), cuyos contenidos ha diseñado y elaborado en su totalidad, o, en algunos casos, en colaboración con terceros, contando en este caso con la correspondiente autorización para su difusión en los términos acordados en el presente Convenio.

Cuarto.

Que ICEX está inscrita en el registro estatal de entidades de formación para impartir formación no incluida en el catálogo de especialidades formativas e identificada con el código 6309.

Quinto.

Que las partes firmantes comparten el interés en que el acceso a los recursos formativos a que se refiere el presente Convenio se extienda al mayor colectivo posible y, por tanto, están interesados en que su difusión alcance el conjunto de los trabajadores en España, por considerarlo un instrumento útil para reforzar la formación en las nuevas tecnologías que se están abriendo paso, a fin de mejorar la empleabilidad de los trabajadores, lo que es positivo a su vez para las empresas y la economía españolas.

Sexto.

Que la suscripción del presente Convenio mejora, en el marco de la función de colaboración de la Fundación con el SEPE y en el marco de la colaboración de la Fundación con ICEX, la eficiencia de la gestión pública en el ámbito de la formación profesional, facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos, y contribuye a la realización de actividades de utilidad pública.

Por todo lo anteriormente expuesto, las Partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre las Partes para la difusión del catálogo de cursos que ICEX ofrece en materia de competencias digitales para la internacionalización y sin coste alguno para los participantes a través de la página web de la Fundación, de forma que esta oferta formativa pueda darse a conocer a los colectivos a los que se dirige la Fundación, principalmente personas desempleadas, trabajadores autónomos o trabajadores por cuenta ajena en activo.

Segunda. Compromisos de las Partes.

A) ICEX pondrá a disposición de los colectivos indicados en la cláusula anterior, de manera gratuita, el acceso a los recursos de formación que figuran en el Anexo. Asimismo, y a efectos de dar publicidad a los cursos, ICEX facilitará a la Fundación la información relativa a estos que debe mostrar en su página web.

B) La Fundación se compromete a publicar en su página web la información que ICEX le facilite en cada momento relativa a dichos recursos formativos, incluyendo un enlace a los mismos. En la información mostrada en la web de la Fundación, deberá mostrarse claramente que se trata de cursos diseñados e impartidos por ICEX.

La inscripción de las personas interesadas a cada una de las acciones formativas de ICEX publicadas en la página web de la Fundación se realizará siempre directamente en las plataformas digitales de ICEX indicadas en cada caso, y por tanto la inscripción se sujetará a la normativa interna de esta entidad.

Los firmantes de este Convenio cumplirán los compromisos asumidos colaborando en todo momento, de acuerdo con los principios de la buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Tercera. Compromiso económico.

El presente Convenio no generará obligaciones económicas entre las Partes.

Cuarta. Protección de datos personales.

4.1 Deber de información mutuo. Las Partes informan a los representantes que firman el presente Convenio de que sus datos de carácter personal serán incluidos en sendos ficheros responsabilidad de cada una de las Partes, cuya finalidad es el mantenimiento de las relaciones jurídicas de las mismas, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, la capacidad de representación que ostentan, su número de DNI o documento equivalente y su firma.

Asimismo, las Partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las Partes para el mantenimiento y cumplimiento de la presente relación jurídica. La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la celebración y ejecución del presente Convenio.

Los datos serán conservados durante la vigencia del presente Convenio y, posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades derivadas de la relación jurídica.

En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente documento, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o dirigirse a las siguientes direcciones de correo electrónico: Datos@fundae.es y delegadoprotecciondatos@icex.es.

4.2 Autorización de los interesados en relación con la información suministrada. Cada parte declara conocer y, en su caso, se compromete a cumplir y respetar lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en aquello que pudiera serle de aplicación.

Quinta. Propiedad intelectual y visibilidad.

ICEX es titular de los derechos de explotación (entre otros, reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) de todos los recursos de formación que se puedan incluir en el objeto de este Convenio y/o cuenta con la correspondiente autorización para la difusión de los mismos.

Ambas Partes se otorgan, durante la vigencia del presente Convenio y en relación con las actuaciones que se lleven a cabo con el mismo, una autorización mutua especial para utilizar sus logotipos y marcas únicamente en actividades objeto del presente Convenio, de modo acorde con su línea corporativa en las webs de cada una de ellas.

Las piezas de difusión pública en las que aparezcan dichos signos distintivos serán objeto de revisión previa por ambas Partes. En ningún caso la suscripción del presente Convenio implicará la transmisión de la titularidad de derechos de propiedad industrial entre ICEX y la Fundación respecto de sus marcas, signos distintivos o cualesquiera otros elementos susceptibles de protección en este sentido, ni otorgará derecho alguno de intervención o injerencia en la gestión de los mismos.

Esta autorización de uso se limita única y exclusivamente a los fines previstos en este Convenio y se extinguirá automáticamente en el momento de terminación del mismo cualquiera que sea la causa.

ICEX autoriza a la Fundación, en su calidad de entidad colaboradora del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a facilitar a éste el acceso a los cursos a que se refiere el presente Convenio, para su difusión a través de su página web, a cuyos efectos será necesario que la Fundación y el citado organismo acuerden que el SEPE garantiza el cumplimiento de los mismos requisitos establecidos para la Fundación en el presente Convenio, sobre todo en materia de protección de datos. Con carácter previo a incluir el acceso a los cursos en la web de SEPE, la Fundación informará a ICEX sobre los cursos a incluir y sobre la garantía de cumplimiento por parte de SEPE de los requisitos indicados para proceder a tal comunicación.

Sexta. Comisión de Coordinación y Seguimiento.

Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes se crea la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este Convenio que tendrá composición paritaria y estará constituida por dos personas, designadas por cada parte firmante.

Las personas representantes de la Fundación serán designadas por su Dirección Gerencia.

Las personas representantes de ICEX serán designadas por la Dirección de Desarrollo Digital y por la Dirección Ejecutiva de Formación.

Su régimen de funcionamiento se regirá por las bases siguientes:

– La Comisión se reunirá, al menos, una vez al año, o a petición de cualquiera de las partes firmantes. Los miembros de la Comisión podrán asistir acompañados por los técnicos, que no tendrán voz ni voto en las reuniones.

– La Presidencia de la Comisión se ostentará alternativamente, por periodos de doce meses, por cada Parte comenzando por la Fundación.

– Los acuerdos se adoptarán por unanimidad de los presentes.

– Se levantarán actas de las sesiones celebradas.

La Comisión desarrollará las siguientes funciones:

– Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del presente Convenio.

– Intercambiar información y coordinación permanente que sea de utilidad para la elaboración y cumplimiento de los objetivos marcados.

– Realizar el seguimiento de las incidencias que puedan surgir, a fin de dar una solución rápida y concreta a los problemas de funcionamiento que se puedan ocasionar.

– Resolver las controversias que surjan con ocasión de la ejecución del Convenio.

La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las Partes, en la medida de lo posible se convocará con una antelación mínima de diez (10) días hábiles, adoptará sus acuerdos por unanimidad de sus miembros, y de todas las sesiones se levantará la correspondiente acta.

La Comisión podrá requerir la asistencia de cualquier persona que pueda aportar conocimientos o asesoramiento adecuados para un mejor desarrollo del proceso de selección o del desarrollo y ejecución del Programa, que acudirá con voz, pero sin voto.

Séptima. Extinción.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte cumplidora podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de treinta días con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la Parte que lo dirigió notificará a la parte incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados de acuerdo con los criterios que se determinen por la Comisión de seguimiento.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.

f) Por denuncia expresa de cualquiera de las Partes con un preaviso mínimo de un (1) mes a la fecha en que se desee darlo por resuelto.

Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las Partes se comprometen a cumplir con todas las obligaciones pactadas que se encuentren en desarrollo, hasta la fecha de finalización de cualquier acción que estuviera contemplada en el marco de este Convenio y que se hubiera iniciado con carácter previo al incumplimiento que hubiera motivado la extinción del Convenio. A estos efectos, a la finalización del Convenio la Comisión de Coordinación y Seguimiento fijará un plazo improrrogable para la conclusión de estas actividades en curso que no podrá exceder de la duración del propio Convenio.

Octava. Vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro (4) años y se perfecciona con el consentimiento de las partes prestado mediante su firma y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, sin perjuicio de su publicación también en el «Boletín Oficial el Estado» en el plazo de diez días desde su formalización.

En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar de forma expresa su prórroga por un periodo de hasta cuatro (4) años adicionales.

Novena. Modificación.

El Convenio podrá modificarse por acuerdo de las Partes. A tal efecto, el objeto de este Convenio podrá ampliarse a nuevos cursos.

Toda modificación del Convenio quedará plasmada en documento aparte, denominado Adenda, que será firmado por las Partes y quedará unido al presente Convenio formando parte del mismo. La referida adenda habrá de seguir los trámites previstos en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Décima. Normativa aplicable.

Las Partes se comprometen a la estricta observancia de lo establecido en el presente Convenio, que tiene naturaleza administrativa, y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, por tanto, se regirá por sus propias cláusulas, aplicándose los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en su interpretación y ejecución.

Undécima. Resolución de controversias.

Las controversias que pudieran surgir entre las Partes, en el ámbito de este Convenio, serán resueltas de común acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento mencionada en la cláusula sexta anterior. En caso de no ser posible su resolución de forma amistosa, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Duodécima. Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de comunicación, las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres y hombres en aquellas actividades que, con la finalidad de dar publicidad al presente Convenio, conlleven la organización de paneles, conferencias, seminarios, debates, actividades de comunicación, mesas o intervenciones que se programen en el marco del presente Convenio, evitándose, en todo caso, la presencia exclusiva de mujeres o de hombres.

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman las Partes intervinientes el presente Convenio en Madrid y en las fechas indicadas en las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–El Director Gerente de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, F.S.P., Antonio de Luis Acevedo.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., María Peña Mateos.

ANEXO
Listado de cursos

Webinarios eMarket Services:

Grabación webinar: Gestión financiera para la transformación digital.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminaries-webinars/webinar/ACP2020858211.html

Grabación webinar: Servicios Logísticos en e-Commerce durante el COVID-19.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminaries-webinars/webinar/ACP2020858213.html

Grabación del webinar: El cuadro de mando para marketplaces-Solución TandemTech.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/SEM2020858156.html

Grabación webinar: Oportunidades de venta durante el COVID en el mercado LATAM.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/SEM2020858465.html

Grabación webinar: Las soluciones ecommerce de Correos para vender en Internet.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/ACP2020858463.html

Grabación del webinar: eBay: el aliado estratégico de las Pymes en España.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/SEM2020858160.html

Grabación webinar: Claves para capitalizar oportunidades de crecimiento en la Nueva Normalidad.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/oportunidades-nueva-normalidad-sem2020858461.html

Grabación del webinar: Cómo vender tu marca en cualquier país y no morir en el intento.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/SEM2020858149.html

Grabación del webinar: Análisis de procesos disruptivos para la toma de decisiones en la transformación digital ecommerce de marcas y fabricantes.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/ACP2020858163.html

Grabación del Webinar: Los cambios, consecuencias jurídicas y gestión de la crisis del Covid 19.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/trustedshop-webinar-gestion-juridica-cambios-despues-covid-acp2020854581.html

Aula Virtual. Cómo crear una tienda online transfronteriza en WeChat.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/seminarios-webinars/webinar/SEM2018788755.html

Otros recursos:

Manual de comercio electrónico para la internacionalización. ICEX.

https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/tutoriales/tutoriales/TUT2018794484.html

Cursos ICEX-CECO MOOC-NOOC y Webinarios:

Entender el Brexit y sus desafíos (NOOC).

https://mooc.icex-ceco.es/course/view.php?id=7&utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=nooc-brexit

La empresa en la economía digital global (MOOC).

https://www.mooc-internacionalizacion.com/cursos/la-empresa-en-la-economia-digital-global/?utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=mooc-digital-2020

La internacionalización de la empresa (MOOC).

https://www.mooc-internacionalizacion.com/cursos/la-internacionalizacion-de-la-empresa-5/?utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=mooc-intenacionalizacion-20

Neo-proteccionismo, guerras comerciales y el futuro del sistema global del comercio (NOOC).

https://mooc.icex-ceco.es/course/view.php?id=18&utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=nooc-guerras

Comerciales:

Convergencia entre estrategias B2B y B2C en eCommerce Internacional (Webinario).

https://www.icex-ceco.es/mediateca/Convergencia+entre+Estrategias+B2B+y+B2C+en+Ecommerce+Internacional?utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio utm_campaign=webinario-2020

La Tecnología en la crisis actual (Webinario).

https://www.icex-ceco.es/mediateca/La+Tecnolog%C3%ADa+en+la+crisis+actual.?utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=webinario-2020

Desafíos en la cadena de suministro y la cadena logística internacional (Webinario).

https://www.icex-ceco.es/mediateca/Desaf%C3%ADos+actuales+en+la+cadena+de+suministro+y+la+cadena+log%C3%ADstica+internacional?utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=webinario-2020

Entrenamiento del pensamiento emprendedor innovador, método Lean Startup (Webinario).

https://www.icex-ceco.es/mediateca/Entrenamiento+del+pensamiento+emprendedor+innovador%2C+m%C3%A9todo+Lean+Startup?utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=webinario-2020

¿La transformación digital no existe? (Webinario).

https://www.icex-ceco.es/mediateca/%C2%BFLa+transformaci%C3%B3n+digital+no+existe%3F#!?utm_source=medios-externos&utm_medium=fundae&utm_content=anuncio&utm_campaign=webinario-2020

Nota: Este listado no tiene carácter limitativo. La relación completa y actualizada de cursos de ICEX que quedan dentro del objeto del Convenio será la que aparezca en cada momento en los siguientes links:

– https://www.icex-ceco.es/formacion-gratuita;

– https://aulavirtualicex.es/; o

– https://www.emarketservices.es/emarketservices/es/menu-principal/transforma/todos/index.html

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