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Documento BOE-A-2021-21580

Acuerdo de 9 de diciembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, relativo al Acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2021, páginas 164346 a 164347 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2021-21580

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 9 de diciembre de 2021, acordó hacer público el acuerdo de 15 de noviembre de 2021, dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, relativo a la modificación de las normas de reparto de la Sección 1.ª de la Sala de lo Civil y Penal de ese Tribunal, del siguiente tenor:

«1. Modificar la Norma Tercera, de las normas vigentes de reparto de asuntos de los que conoce la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (BOE de 19 de octubre de 2018 y BOE de 2 de diciembre de 2019), de modo que queda redactada en los siguientes términos:

1.1 El reparto de asuntos entre las Secciones 1.ª y 2.ª de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, seguirá ajustándose en cuanto al orden penal, a la misma distribución proporcional establecida en el Acuerdo de la Sala de Gobierno de 12 de noviembre de 2019 (BOE de 2 de diciembre).

1.2 El reparto de asuntos civiles y penales cuyo conocimiento corresponde exclusivamente a la Sección 1.ª, se ajustará a la nueva composición de la Sala, realizándose conforme a la siguiente distribución:

Presidente. Conocerá de los asuntos terminados en 1.

Magistrado/a más antiguo, conocerá de los asuntos terminados en 2, 5, y 8.

Magistrado/a que le siga en antigüedad escalafonal, conocerá de los asuntos 3, 6 y 9.

Magistrado/a más moderno, conocerá de los asuntos terminados en 4, 7 y 0.

1.3 El reparto de asuntos penales, de la Sala de Apelaciones, cuyo conocimiento corresponde a la Sección 1.ª, se ajustará a la nueva composición de la Sala, realizándose conforme a la siguiente distribución:

Presidente. Conocerá de los asuntos terminados en 11, 22 y 33.

Magistrado/a más antiguo, conocerá de los asuntos terminados en 1, excepto el 11.

Magistrado/a que le siga en antigüedad escalafonal. Conocerá de los asuntos 2, excepto el 22.

Magistrado/a más moderno, conocerá de los asuntos terminados en 3, excepto el 33.

2.  Se mantienen las demás normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno en los acuerdos de 17 de septiembre de 2018 (BOE de 19 de octubre), de 12 de noviembre de 2019 (BOE de 2 de diciembre) y de 21 de enero de 2021 (BOE de 22 de febrero).

3.Entrada en vigor.

La presente modificación será de aplicación a los asuntos ingresados desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado", a cuyo efecto deberá ser remitido al Consejo General del Poder Judicial de conformidad con lo previsto en los artículos 26.1.d) del Reglamento de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales y 12.6 del Reglamento de los Órganos de Gobierno de los Tribunales.»

Madrid, 9 de diciembre de 2021.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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