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Documento BOE-A-2021-19400

Resolución de 22 de noviembre de 2021, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de plaza de Técnico Superior de nivel 2, en la Oficina de Las Palmas de Gran Canaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 2021, páginas 144261 a 144271 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2021-19400

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria, delegado por el Consejo Rector mediante acuerdo de 17 de febrero de 2011 (BOC núm. 52, de 11 de marzo), para la aprobación de cualquier acto necesario hasta la cobertura definitiva de las plazas vacantes, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2019, convoca un proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico Superior de nivel 2 con destino en Las Palmas de Gran Canaria.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.

El desarrollo del proceso selectivo derivado de la presente convocatoria deberá cumplir con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como con el resto de principios establecidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza correspondiente al grupo profesional 2, Técnico Superior de nivel 2, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Convenio Colectivo aplicable (BOC núm. 249, de 27 de diciembre de 2006), con destino en la oficina del Consorcio de la Zona Especial Canaria en Las Palmas de Gran Canaria, por el sistema general de acceso libre.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso oposición en el que se garantizarán los principios de libre concurrencia, publicidad, mérito y capacidad, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones descritas en la base 7 de la presente convocatoria. El programa o temario que ha de regir el presente proceso selectivo figura en el anexo II.

1.3 La presentación de solicitudes supone la plena aceptación de las bases por parte de los aspirantes, así como la declaración responsable de que todos los datos consignados son ciertos y comprobables a requerimiento del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

1.4 Las bases de este proceso y cualesquiera otros actos relacionados con el mismo se encontrarán publicados, además de en el tablón de anuncios de ambas oficinas del Consorcio de la Zona Especial Canaria en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en la página web del Consorcio, www.canariaszec.com

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos serán contratados con carácter fijo.

1.6 Las funciones propias del puesto de trabajo a cubrir son las siguientes: Realización, bajo la dirección y supervisión de los órganos de gobierno del Consorcio de la Zona Especial Canaria y del personal directivo que, conforme al organigrama tenga la dirección de cada campo, de tareas de asesoramiento a empresas y profesionales, diseño y desarrollo de acciones de promoción de la Zona Especial Canaria, elaboración de informes jurídicos y/o económicos, análisis de mercados, asistencia a eventos de carácter nacional y/o internacional, dirección y gestión, en su caso, de la tramitación de los expedientes administrativos propios del Consorcio, así como otras que puedan ser encomendadas, todas ellas ajustadas a las previsiones que para los trabajadores del grupo profesional 1 se describen en el Convenio Colectivo aplicable.

1.7 El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a lo establecido en el Convenio Colectivo para el personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria (BOC núm. 249, de 27 de diciembre de 2006), en el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en lo que resulte aplicable al personal laboral, en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, 23 de octubre, y demás disposiciones de derecho laboral que resulten de aplicación.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la formalización del contrato, los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español/a.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

d) Asimismo, podrán participar quienes no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.

2.1.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o cumplir las condiciones necesarias para su obtención antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de un grado/licenciatura [nivel 2 y/o 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), nivel 6 y/o 7 del Marco Europeo de Cualificaciones(EQF)] en economía, administración y dirección de empresas, derecho y/o ingeniería de organización industrial.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso de selección deberán cumplimentar el modelo de solicitud incluido en el anexo I a esta convocatoria.

3.2 De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, la presentación de solicitudes se realizará telemáticamente, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, http://administracion.gob.es > Registro Electrónico General; o por correo electrónico dirigido a registrogenerallp@canariaszec.com con la referencia ZECTsupN2-19/1 al que se adjuntará la solicitud de participación firmada electrónicamente.

La presentación de solicitudes se podrá además efectuar en el resto de formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

3.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.4 A la solicitud se acompañará:

− Copia auténtica del documento nacional de identidad.

− Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base 2.1.1, además de la copia auténtica del pasaporte, una copia auténtica del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los incluidos en el apartado c) de la base 2.1.1, además de la copia auténtica del pasaporte en vigor, una copia auténtica del correspondiente permiso de residencia, o de trabajo y de residencia.

− Asimismo, además de la acreditación de la titulación que da acceso a esta convocatoria, se deberá acompañar un curriculum vitae en formato «europass», y la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso, de acuerdo con lo recogido en la base 7 de esta convocatoria.

− Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que soliciten la adaptación del tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante adoptará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, así como la fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición. Dicha Resolución se publicará en los tablones de anuncios del Consorcio de la Zona Especial Canaria, en su página web www.canariaszec.com y en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

4.3 Transcurrido dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, la lista definitiva se publicará, con carácter definitivo, en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales. En caso de que no se produzcan alegaciones, la lista provisional se elevará a definitiva.

5. Tribunal de selección

5.1 El Tribunal estará compuesto por tres miembros titulares y tres suplentes, designados conforme a lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio Colectivo aplicable. Los miembros del Tribunal, que son los identificados en el anexo III de la presente convocatoria, podrán contar con el asesoramiento de especialistas en las materias sobre las que versen las diferentes pruebas del proceso selectivo, quienes participarán en la calificación de las pruebas con voz pero sin voto.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes. El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Asimismo, el Tribunal, en caso de que concurra a las pruebas algún aspirante con discapacidad, podrá, previa solicitud del interesado, proceder a las adaptaciones que sean posibles para la normal realización de estas.

5.2 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

5.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la oficina de Las Palmas de Gran Canaria del Consorcio de la Zona Especial Canaria, y en la dirección de correo electrónico registrogenerallp@zec.org, debiéndose indicar en las comunicaciones dirigidas al mismo la referencia ZECTsupN2-19/1.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «V», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 23 de junio de 2021 («Boletín Oficial del Estado» núm. 153, de 28 de junio de 2021).

6.2 Los aspirantes serán convocados a cada uno de los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública, en la forma descrita en la base 1.4 anterior, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. En el mismo lugar se harán públicas la fecha, lugar y hora del siguiente ejercicio, con veinticuatro horas de antelación al menos a la señalada para su inicio.

6.4 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

6.5 Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

7. Proceso selectivo

7.1 Fase de oposición.

Estará formada por las siguientes pruebas:

Fase 1: Prueba de inglés. Consistirá en la evaluación del conocimiento que los aspirantes tengan de la lengua inglesa a través de la realización de las siguientes pruebas:

1. Contestación de un examen tipo test, en el que se evaluarán las destrezas lingüísticas en inglés, mediante preguntas relacionadas con la comprensión lectora y auditiva y la expresión escrita. El nivel de referencia de este examen será el B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). El formato de la prueba seguirá un esquema similar al empleado en el B2 First de la universidad de Cambridge (Cambridge English).

2. Breve exposición oral en inglés de un tema de actualidad propuesto por el Tribunal.

La puntuación máxima de esta prueba, que tendrá carácter eliminatorio, será de 10 puntos, debiendo obtenerse para superarla un mínimo de 5 puntos.

Tras la realización de la prueba se publicará la lista de candidatos que la han superado, con su calificación, en el plazo máximo de diez días. Asimismo, se publicará el lugar, fecha y hora de la celebración de la prueba de la siguiente fase.

Fase 2: Prueba teórica general. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario sobre las materias del programa recogido en el anexo II de estas bases y que tendrá un máximo de cincuenta preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, no restando las respuestas no contestadas y restando las respuestas erróneas 1/3 del valor de cada pregunta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas y media.

La puntuación máxima de esta prueba, que tendrá carácter eliminatorio, será de 10 puntos, debiendo obtenerse para superarla un mínimo de 5 puntos.

Tras la realización de la prueba se publicará la lista de candidatos que la han superado, con su calificación, en el plazo máximo de diez días. Asimismo, se publicará el lugar, fecha y hora de la celebración de la prueba de la siguiente fase.

Fase 3: Entrevista personal. Consistirá en una entrevista en la que el Tribunal evaluará, en función de las respuestas del aspirante a las preguntas formuladas, la adecuación de su formación y personalidad a las funciones propias del puesto correspondiente a la plaza convocada.

Este ejercicio no tendrá carácter eliminatorio y la puntuación máxima que se podrá obtener será de 5 puntos.

Para superar la fase de oposición habrá que aprobar todas las pruebas. La calificación total de esta fase vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición.

A la fase de concurso sólo se podrá acceder si se ha superado la fase de oposición.

7.2 Fase de concurso.

El Tribunal elaborará la relación nominal de aspirantes que hayan superado las pruebas anteriores, sumando a las calificaciones obtenidas en las mismas los puntos correspondientes a los méritos baremables hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, con un máximo de 10 puntos, de acuerdo con lo siguiente:

Experiencia profesional (máximo 5 puntos):

– 1 punto por cada año completo de servicio realizando tareas exigibles bajo la categoría de Técnico Superior de nivel 2 (o categoría superior) en el Sector Público institucional o equivalente en el sector privado en los últimos diez años realizando tareas análogas a las exigidas para el puesto, según certificado de servicios emitido por el órgano competente en asuntos de personal de anteriores empleadores. En dicho certificado deberán hacerse constar las funciones desempeñadas en cada caso.

– 0,5 puntos por cada año completo de servicio realizando tareas exigibles bajo categoría inferior a Técnico Superior de nivel 2 en el Sector Público institucional o equivalente en el sector privado en los últimos diez años, según certificado de servicios emitido por el órgano competente en asuntos de personal de anteriores empleadores.

Para la verificación de la experiencia profesional alegada, el Tribunal de Selección recabará de la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral del candidato, pudiendo éste oponerse únicamente en los supuestos expresamente permitidos en la legislación de protección de datos.

Formación e idiomas (máximo 5 puntos):

– Idioma alemán: se valorará con 1,5 puntos adicionales con la acreditación documental de un nivel mínimo de B2 y 2 puntos adicionales con la acreditación documental de un nivel de C1.

– Idiomas francés e italiano: se valorará con 1 punto adicional con la acreditación documental de un nivel mínimo de B2 y 1,5 puntos adicionales con la acreditación documental de un nivel de C1.

– Otros idiomas: por cada idioma distinto a los anteriores se valorará con 0,5 puntos adicionales con la acreditación documental de un nivel mínimo de B2 y 1 punto adicional con la acreditación documental de un nivel de C1.

– Titulación universitaria diferente al que se hubiera alegado como requisito para la admisión:

a. Grado [nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES)]: 0,75 puntos.

b. Máster [nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES)]: 1 punto.

c. Doctorado [nivel 4 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES)]: 1,5 puntos.

8. Superación del proceso selectivo

8.1 Concluido el proceso selectivo, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación y con indicación de su Documento Nacional de Identidad. En la lista se distinguirán, de manera priorizada de mayor a menor puntuación, los candidatos elegibles para la formalización del contrato y aquellos que constituyen lista de reserva. Los candidatos en la lista de reserva, pasarán a la condición de elegibles, si se produjese alguna vacante entre los candidatos elegibles iniciales y siempre respetando su posición relativa en la lista.

8.2 En caso de empate entre varios candidatos, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:

– Tendrá prioridad el candidato que hubiere tenido una puntuación más elevada en la prueba de inglés.

– En caso de que la puntuación de la prueba de inglés hubiera sido idéntica, se dará prioridad a quien hubiera obtenido mayor puntuación en la prueba de entrevista personal.

8.3 La relación de aspirantes con su puntuación correspondiente se publicará en los tablones de anuncios de las sedes del Consorcio de la Zona Especial Canaria, en su página web www.canariaszec.com y en el Punto de Acceso General https://administracion.gob.es/

En ella se concederá al aspirante que haya obtenido mayor puntuación un plazo de siete días hábiles para la presentación de la documentación original acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

8.4 No se podrá formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados.

8.5 Los candidatos contratados tendrán que superar un período de prueba de seis meses durante el cual el Director competente en materia de recursos humanos evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.

8.6 En el caso de que el candidato no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie o la evaluación realizada por el Director respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará por el candidato inmediatamente siguiente en la lista de aprobados a que se refiere la base 8.1.

8.7 Se formará una bolsa de trabajo por orden de puntuación de los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima requerida por el Tribunal calificador y no hayan obtenido plaza. Con esta lista se podrán cubrir plazas de contratos temporales que sea necesario realizar en el período que media desde la constitución de esta bolsa de trabajo hasta el inicio del siguiente proceso de selección de puestos de trabajo pertenecientes al mismo o análogo grupo profesional.

9. Normativa aplicable y régimen de impugnación

9.1 Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 12 y concordantes del Convenio Colectivo del personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

9.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien demanda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Ha de tenerse en cuenta que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer demanda hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, el Consorcio podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santa Cruz de Tenerife, 22 de noviembre de 2021.–El Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria, Pablo Andrés Hernández González-Barreda.

ANEXO I
Solicitud de participación en el proceso selectivo para la provisión de un puesto de Técnico Superior N-2 del Consorcio de la Zona Especial Canaria en Las Palmas de Gran Canaria

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ANEXO II
Temario General

Tema 1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Los Decretos-leyes. La delegación legislativa.

Tema 2. El reglamento. La potestad reglamentaria. Los reglamentos ilegales. Actos administrativos generales, circulares e instrucciones.

Tema 3. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación.

Tema 4. Los recursos administrativos.

Tema 5. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes del procedimiento. La sentencia. Recursos.

Tema 6. Los contratos del sector público: concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos.

Tema 7. El servicio público: concepto y clases. Forma de gestión de los servicios públicos. Examen especial de la gestión directa. La gestión indirecta: modalidades. La concesión. Régimen jurídico.

Tema 8. Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. Las garantías del procedimiento. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo común. Los procedimientos especiales.

Tema 9. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Órganos superiores de la Función Pública. Oferta de empleo público.

Tema 10. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución.

Tema 11. El Gobierno, su Presidente y el Consejo de Ministros. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación. Principios generales. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Organización Central. Órganos Superiores y Directivos. Los Ministerios y su estructura interna. La Organización territorial de la Administración General del Estado. Las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Tema 12. Organización y competencias del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Otros Ministerios económicos. La Administración Territorial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y otros ministerios económicos Su administración institucional. ICEX España Exportación e Inversiones.

Tema 13. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución, competencias, Estatutos de autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local.

Tema 14. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas dirigidas a la atención de personas con discapacidad y/o dependientes: La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Tema 15. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.

Tema 16. El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura, contenido y naturaleza jurídica. Disposiciones Generales (título Preliminar) y principios rectores de los poderes públicos canarios.

Tema 17. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. La organización administrativa de Canarias. El Consejo de Gobierno: consideración administrativa y atribuciones. Las Consejerías: estructura. Las Viceconsejerías. Las Secretarías Generales Técnicas. Las Direcciones Generales.

Tema 18. El Régimen Económico y Fiscal de Canarias. La Ley 19/1994, de 6 de julio: principios, estructura y contenido. Aspectos económicos incluidos en esta Ley.

Tema 19. La Zona Especial Canaria.

Tema 20. La integración diferenciada del Archipiélago en el acta de adhesión de España a la Unión Europea: el protocolo número 2.

Tema 21. El reconocimiento comunitario de la ultraperiferia. El artículo 299 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. La Constitución Europea: el artículo 424.

Tema 22. Formas jurídicas de las empresas como sociedades mercantiles. La sociedad anónima y limitada. Otras formas de sociedad.

Tema 23. Política fiscal y monetaria.

Tema 24. Sistema de información contable de las sociedades. Las cuentas anuales: balance, cuenta perdidas y ganancias, memoria, informe de gestión y verificación de cuentas.

Tema 25. Inversiones extranjeras en España, entidades públicas de ámbito nacional, regional y local vinculadas a la atracción de inversión extranjera.

Tema 26. El modelo de competencia perfecta.

Tema 27. Teoría del monopolio. Regulación y control.

Tema 28. Teorías del oligopolio. Análisis estático y dinámico. Teoría de juegos.

Tema 29. Magnitudes macroeconómicas.

Tema 30. La información financiera de las empresas: estados de situación y de circulación. Métodos de análisis económico y financiero de la empresa.

Tema 31. La empresa y las decisiones de inversión. Diferentes criterios de valoración de proyectos. Rentabilidad, riesgo y coste del capital.

Tema 32. La empresa y las decisiones de financiación: Financiación propia frente a financiación ajena. Política de dividendos y estructura del capital.

Tema 33. Análisis del crecimiento de la empresa. Métodos de valoración de empresas. Especial referencia a los procesos de fusión, adquisición y alianzas estratégicas.

Tema 34. Determinantes y efectos de los movimientos internacionales de factores productivos. Especial referencia a la inversión directa.

Tema 35. Procesos de integración no comunitarios. Organismos de Cooperación Internacional: la OCDE y otros organismos de cooperación.

Tema 36. La Unión Europea: Instituciones y Orden jurídico. Los tratados de la Unión Europea.

Tema 37. La Unión Europea: el mercado interior. El principio de libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales. La política de competencia.

Tema 38. La internacionalización de la economía española: Estructura sectorial y geográfica de la inversión extranjera en España y de la inversión española en el exterior.

Tema 39. La armonización tributaria en la Unión Europea. Consideración de la fiscalidad del ahorro, de las sociedades y de los impuestos indirectos.

Tema 40. El impuesto sobre la renta de las personas físicas y la tributación de la renta de personas físicas no residentes en España.

Tema 41. El impuesto sobre sociedades y la tributación de la renta de personas jurídicas no residentes, en España.

Tema 42. La regulación de las inversiones extranjeras en España y de las españolas en el exterior.

Tema 43. La internacionalización de la empresa: modos de entrada, barreras a la internacionalización, contratación internacional, medios de pago.

Tema 44. La relación jurídico-tributaria.–Concepto y elementos. El hecho imponible: concepto y delimitación. Las exenciones. El devengo. El sujeto pasivo: concepto y clases. Los responsables tributarios.

Tema 45. Elementos de cuantificación de la obligación tributaria.–La base imponible: concepto y métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen. La cuota y la deuda tributarias. La garantía de la deuda tributaria.

Tema 46. El procedimiento de gestión tributaria.–Formas de iniciación de la gestión tributaria. Las Liquidaciones tributarias: concepto, naturaleza y clases. La comprobación de valores. La consulta tributaria.

Tema 47. Infracciones y sanciones tributarias.–Concepto y clases. El delito fiscal. La Inspección de los tributos. Clases de actuaciones inspectoras. Documentación de las actuaciones inspectoras.

Tema 48. El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).–Naturaleza. Hecho imponible. Exenciones. Devengo. Sujeto pasivo. Base Imponible. Tipos de gravamen, con especial referencia al tipo cero. Deducciones. La regla de prorrata. Regímenes especiales. Las obligaciones formales.

Tema 49. El Arbitrio sobre la Importación y Entrega de Mercancías (AIEM).–Naturaleza. La autorización de la Unión Europea. Hecho imponible. Exenciones. Devengo. Sujeto pasivo. Base Imponible. Las Tarifas. Tipos impositivos. Devoluciones.

Tema 50. La atribución de los rendimientos del IGIC y del AIEM: Origen y naturaleza. La Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias: objeto. Especial referencia al Bloque de Financiación Canario (BFC) y su distribución entre la Comunidad Autónoma de Canarias y las Corporaciones Locales de Canarias.

Tema 51. Los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias.–Las Tasas. El Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre los combustibles derivados del petróleo y el Impuesto sobre las Labores del Tabaco: naturaleza de dichos tributos.–Referencia a sus principales elementos: hecho imponible, exenciones, sujeto pasivo, devengo, base imponible y tipos de gravamen. La devolución de esos tributos.

ANEXO III
Composición del Tribunal de Selección

Composición del Tribunal

Presidente titular: Sr. don Ricardo Cáceres García. Inspector de Hacienda del Estado.

Presidente suplente: Sr. don Francisco Castellano Alonso. Administrador Financiero y Tributario de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Secretario titular: Sra. doña Ana Tresguerres Peláez. Técnico Superior-Jefe de sector ICEX.

Secretario suplente: Sr. don Ángel Parra Dávila. Técnico Superior-Jefe de sector ICEX.

Vocal titular: Sr. don Alejandro Cañeque Martínez. Técnico Superior-Director de Agencia, Consorcio de la Zona Especial Canaria.

Vocal suplente: Sra. doña Carmen Reguero Marrero. Técnico superior, Consorcio de la Zona Especial Canaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/11/2021
  • Fecha de publicación: 25/11/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 26 de noviembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-19747).

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