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Documento BOE-A-2021-18193

Resolución de 21 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso de traslados y ascensos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal laboral fijo en los buques sanitarios de salvamento y asistencia marítima "Juan de la Cosa" y "Esperanza del Mar", dependientes del Instituto Social de la Marina.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 8 de noviembre de 2021, páginas 137334 a 137337 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2021-18193

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de 23 de julio, se convocó concurso de traslados y ascensos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal laboral fijo en los Buques sanitarios de salvamento y asistencia marítima «Juan de la Cosa» y «Esperanza del Mar», dependientes del Instituto Social de la Marina.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas y calificadas las mismas en función del baremo establecido, este Ministerio resuelve:

Primero.

Adjudicar destino a los trabajadores que figuran en el Anexo adjunto.

Segundo.

Declarar desiertos aquellos puestos que no han sido solicitados por ningún candidato, los candidatos no han obtenido la puntuación mínima exigida o los mismos han obtenido otro destino solicitado con carácter preferente.

Tercero.

Adjudicar los puestos resultantes de la adjudicación de puestos convocados en el presente concurso a los trabajadores que figuran en anexo. Igualmente declarar desiertas las plazas para las que no existían solicitudes por el sistema de resultas.

Cuarto.

El cese de los adjudicatarios en sus destinos actuales deberá efectuarse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución.

Quinto.

El plazo de incorporación a los puestos adjudicados será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si conlleva cambio de residencia o reingreso al servicio activo.

El plazo de incorporación se deberá contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, o desde la llegada del buque a su puerto de embarque.

En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de puesto y se obtenga otro en el presente concurso, el trabajador o trabajadora afectado podrá optar entre incorporarse al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.

En el caso de reingreso al servicio activo el plazo de incorporación de un mes se contará desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución.

Sexto.

El plazo de incorporación será considerado de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso.

El plazo de incorporación, excepto para el caso de obtener destino desde la situación de excedencia, será retribuido por la Dirección Provincial del I.S.M. donde esté destinado el trabajador el primer día hábil del mes. Si durante el plazo de incorporación finalizara un mes natural, el resto de dicho plazo será abonado por la Dirección Provincial donde figure la vacante obtenida.

Séptimo.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derechos al abono de indemnización por concepto alguno, entendiéndose que el traslado derivado de la presente resolución implica novación del contrato de trabajo en el momento de la incorporación al nuevo puesto.

Octavo.

Por necesidades del servicio y a propuesta de la Subdirección General de Acción Social Marítima, la Dirección del Instituto Social de la Marina podrá acordar la demora del cese por un tiempo máximo de tres meses.

Noveno.

El cómputo de los plazos de incorporación se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas y debidamente motivadas el órgano convocante acuerde suspender los mismos.

En caso de que se encuentre el trabajador dado de baja por Incapacidad Temporal, se entenderá que el plazo de incorporación se iniciará a partir del día siguiente al que se produzca el alta médica.

Décimo.

El personal excedente que no se incorpore al puesto de trabajo adjudicado en el concurso dentro de los plazos establecidos, será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés particular en la categoría profesional de origen, por un tiempo mínimo de dos años, salvo lo previsto en el apartado 3 del punto tercero de la presente Resolución, para el personal que participa desde situaciones que conllevan reserva de puesto.

Contra la presente Resolución podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social en el plazo de veinte días de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con lo previsto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Madrid, 21 de octubre de 2021.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Verónica Ollé Sesé.

ANEXO

Vacantes

Puesto adjudicado Adjudicatario
N.º orden Categoría Buque DNI Apellidos y nombre Categoría de origen Destino de origen
1 Primer Oficial Máquinas. Esperanza del Mar. ***6738** Díaz Solorzano, Noemí. Segundo Oficial de Máquinas. Esperanza del Mar.
2 Segundo Oficial Máquinas. Esperanza del Mar. Desierta.
3 Tercer Oficial Puente. Esperanza del Mar. Desierta.
4 ATS. Esperanza del Mar. Desierta.
5 Electricista Naval. Esperanza del Mar. Desierta.
6 Buceador. Esperanza del Mar. Desierta.
7 Calderetero. Esperanza del Mar. Desierta.
8 Engrasador. Esperanza del Mar. Desierta.
9 Marinero buceador. Esperanza del Mar. Desierta.
10 Camarero. Esperanza del Mar. Desierta.
11 Capitán. Juan de la Cosa. ***3850** Alzola Medina, Jesús Manuel. Primer Oficial Puente. Esperanza del Mar.
12 Primer Oficial Puente. Juan de la Cosa. ***9790** Fresnedo Pérez, Ana. Segundo Oficial Puente. Esperanza del Mar.
13 Tercer Oficial Puente. Juan de la Cosa. Desierta.
14 ATS. Juan de la Cosa. Desierta.
15 Electricista Naval. Juan de la Cosa. ***2968** González Martínez, Alfonso. Engrasador. Juan de la Cosa.
16 Buceador. Juan de la Cosa. Desierta.
17 Contramaestre. Juan de la Cosa. ***9465** Bolado García, Rubén. Marinero buceador. Juan de la Cosa.
18 Calderetero. Juan de la Cosa. ***3512** Quintela Oca, Manuel. Engrasador. Juan de la Cosa.
19 Primer cocinero. Juan de la Cosa. Desierta.
20 Engrasador. Juan de la Cosa. Desierta.
21 Marinero. Juan de la Cosa. Desierta.
22 Marinero buceador. Juan de la Cosa. Desierta.
23 Marinero sanitario. Juan de la Cosa. Desierta.
24 Camarero. Juan de la Cosa. ***5525** Goikoetxea Aramaio, Bidesti. Camarero. Esperanza del Mar.
25 Segundo cocinero. Juan de la Cosa. ***6031** Eguía Eulebres, Luis Miguel. Segundo cocinero. Esperanza del Mar.

Resultas

Puesto adjudicado Adjudicatario
N.º orden Categoría Buque DNI Apellidos y nombre Categoría de origen Destino de origen
28 Primer Oficial Puente. Esperanza del Mar. ***8430** León Jiménez, Luis Gonzaga. Segundo Oficial Puente. Juan de la Cosa.
31 Segundo Oficial Máquinas. Esperanza del Mar. Desierta.
41 Segundo cocinero. Esperanza del Mar. Desierta.
42 Camarero. Esperanza del Mar. Desierta.
47 Segundo Oficial Puente. Juan de la Cosa. ***5404** Sedeño Trujillo, Kevin. Tercer Oficial Puente. Esperanza del Mar.
56 Engrasador (2). Juan de la Cosa. Desierta.
58 Marinero buceador. Juan de la Cosa. Desierta.

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