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Documento BOE-A-2021-17343

Resolución de 8 de octubre de 2021, del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con la Fundación Científica de la Asociación Española contra el Cáncer, en materia de ayudas para investigadores en el ámbito de la oncología.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 25 de octubre de 2021, páginas 129489 a 129491 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2021-17343

TEXTO ORIGINAL

Suscrita con fecha de 5 de octubre de 2021 la Adenda al Convenio entre la Fundación Científica de la Asociación Española contra el Cáncer y el Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P. en materia de ayudas para investigadores en el ámbito de la oncología, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado ocho del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 8 de octubre de 2021.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P., Cristobal Belda Iniesta.

ANEXO
Adenda al Convenio entre la Fundación Científica de la Asociación Española contra el Cáncer y el Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P. en materia de ayudas para investigadores en el ámbito de la oncología

En Madrid, a 5 de octubre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, doña Nieves Mijimolle Cuadrado, en nombre y representación de la Fundación Científica de la Asociación Española contra el Cáncer (en adelante la «Fundación AECC»), con CIF n.º G-28655033 y domicilio en calle Teniente Coronel Noreña, n.º 30, 28045 de Madrid; actúa en su condición de Vicepresidenta, y en virtud de las facultades que le fueron conferidas en virtud de Escritura otorgada ante el Notario de Madrid, don José María García Pedraza, el día once de noviembre de dos mil quince, bajo el n.º 1.765 de su protocolo.

De otra parte, don Cristobal Belda Iniesta, como Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P. (en adelante ISCIII), Organismo Público de Investigación, adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, CIF: Q-2827015-E, nombrado por Real Decreto 732/2021, de 3 de agosto (BOE n.º 185, de 4 de agosto), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 4-6, de Madrid y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su Estatuto.

Que la Fundación AECC y el ISCIII (en adelante, de forma conjunta, las «Partes» y cada una de ellas, la «Parte»), declaran poseer capacidad jurídica y de obrar suficiente para formalizar la presente Adenda y, en consecuencia,

EXPONEN

Primero.

Que ambas Partes firmaron un convenio inscrito en el REOICO el 26 de septiembre de 2019 y publicado en BOE el 9 de octubre, para regular las condiciones por las que la Fundación AECC concede la financiación al proyecto «Correlación del TAU con la progresión de los gliomas difusos e implicación en terapias basadas en epigenómica» (en adelante el proyecto) que se llevará a cabo por el Dr. Ricardo Gargini en el ISCIII, así como todo el conjunto de derechos y obligaciones que regularán la relación entre las Partes para asegurar el correcto uso de la misma y el cumplimiento del Proyecto.

Segundo.

Que el Convenio, según lo indicado en la Cláusula sexta, tenía una duración inicial de dos años.

Tercero.

Que ante la situación provocada por la expansión del virus SARS-CoV-2, que llevó al cierre temporal de los centros de investigación y la suspensión ordinaria de las actividades a desarrollar presencialmente, en el marco del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, las partes de mutuo acuerdo, y siguiendo el procedimiento interno correspondiente, que incluye el acuerdo del Patronato de la Fundación AECC, han decidido proceder a la modificación del convenio suscrito en su día.

Cuarto.

Que una vez evaluado favorablemente por la Fundación AECC el informe facilitado por el Investigador, en cuanto al impacto científico que ha tenido la paralización de la actividad presencial y valorados los objetivos del Proyecto, en consonancia con el límite máximo establecido en la disposición adicional sexta de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las Partes de mutuo acuerdo deciden ampliar la duración del Convenio durante tres meses adicionales, por lo que la ayuda finalizará el 9 de enero de 2022.

CLÁUSULAS

Primera.

Se acuerda prorrogar en tres meses el periodo de vigencia del convenio. El ISCIII se compromete a prorrogar durante tres meses del contrato del investigador desde la entrada en vigor de la presente adenda. Consecuentemente se amplía el importe económico de la ayuda en la parte proporcional correspondiente a la prórroga temporal de la ayuda (incluyendo costes de Seguridad Social), por lo que se acuerda otorgar la cantidad adicional de doce mil quinientos euros (12.500 €), que serán aportados por la AECC.

Segunda.

Las cláusulas restantes del Convenio permanecen inalteradas. El contenido de la presente adenda no supone una modificación del resto de condiciones expuestas en el Convenio, ni de los requisitos relativos a su seguimiento científico y económico, ni modifica las relaciones entre FAECC y el ISCIII, manteniéndose tal y como se indican en el Convenio quedando, por tanto, la Fundación AECC, indemne de cuantas circunstancias o acciones pudieran producirse, de acuerdo a lo indicado en el mismo.

Tercera.

La presente adenda se perfecciona el día de su firma y surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, se firma la presente Adenda al Convenio, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Fundación AECC, la Vicepresidenta, Nieves Mijimolle Cuadrado.–Por el ISCIII, el Director, Cristobal Belda Iniesta.

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