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Documento BOE-A-2021-15574

Resolución de 11 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 25 de septiembre de 2021, páginas 117370 a 117404 (35 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-15574

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Illes Balears han suscrito, con fecha 27 de agosto de 2021, un convenio para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 11 de septiembre de 2021.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 e Illes Balears para la ejecución de Proyectos con Cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia

REUNIDOS

Doña Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada por Real Decreto 235/2021, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Doña Fina Santiago Rodríguez, Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de conformidad con el Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 88, de 3 de julio) y con el Decreto 25/2003, de 24 de noviembre, del presidente de las Illes Balears por el que se delega en los titulares de las consejerías la firma de convenios de colaboración y acuerdos de cooperación (BOIB n.º 166, de 29 de noviembre).

Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

I. Que por Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por los que se reestructuran los departamentos ministeriales, y por Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, modificado por Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, corresponde al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de bienestar social, de familia, de protección del menor, de cohesión y de atención a las personas en situación de dependencia o con discapacidad.

Que, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, se ha dotado al presupuesto para el ejercicio 2021 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de una cantidad de 910,3 millones de euros para el eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Que, de estos 910,3 millones de euros, 730,8 serán ejecutados por las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales mediante proyectos que deberán corresponderse con determinados tipos de inversión en materia de servicios sociales, tal y como se establece en los Acuerdos reseñados en el apartado IV.

II. Que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de conformidad con su Estatuto de Autonomía, es competente en materia de servicios sociales y, en virtud de ello, ha presentado una serie de proyectos que se ajustan a los requisitos exigidos para el eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de mejorar los equipamientos para cuidados de larga duración, modernizar sus servicios sociales, establecer proyectos piloto de innovación en servicios sociales y la realización de actuaciones enmarcadas en el «Plan España país accesible».

III. Que el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia prevé una serie de instrumentos jurídicos para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos, entre los cuales están los convenios de colaboración.

De esta forma, los citados convenios se configuran como el instrumento a través del cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los proyectos, hitos y objetivos de los mismos, así como la financiación establecida para cada uno de ellos.

IV. Que el Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia alcanzó, el 15 de enero de 2021, un acuerdo sobre los criterios para la distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia.

Posteriormente, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de abril de 2021, se aprobó la propuesta de distribución territorial entre las Comunidades Autónomas y los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación, durante el período 2021-2023, de los distintos proyectos presentados por las Comunidades Autónomas, para su posterior aprobación en Consejo Territorial, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 44 del Real Decreto-ley 36/2020 y el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

V. Que, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que detalla las inversiones y reformas para el período 2021-2023 con la finalidad de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto contra-cíclico.

Para ello, el Plan de Recuperación articula una agenda coherente de reformas estructurales que responden al diagnóstico compartido por las instituciones europeas, el gobierno español y los principales agentes económicos y sociales, en ámbitos clave para reforzar la estructura económica y social del país; más concretamente, en el ámbito de los servicios sociales, aquellas necesarias para la implantación de un estado del bienestar moderno que proteja a los ciudadanos, garantice el cuidado de los mayores y dependientes, refuerce los servicios sociales y también proporcione oportunidades vitales a las nuevas generaciones.

VI. Que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó en fecha de 30 de abril de 2021 el Acuerdo para la distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicho Acuerdo se dispone que, para hacer efectiva la entrega de la financiación correspondiente a los proyectos presentados, considerando los criterios establecidos para su reparto, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 iniciará de inmediato los trámites para formalizar los convenios a suscribir con cada comunidad autónoma, recogidos en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En tales convenios se incluirá la concreción para cada Comunidad Autónoma del importe a percibir, así como de los proyectos, hitos y objetivos de los mismos y marco temporal de ejecución de conformidad con el precitado Acuerdo.

VII. Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, los créditos para financiar los proyectos presentados por las Comunidades Autónomas y que se realizará mediante la celebración de convenios con las Administraciones de las mismas.

Que, por su parte, Illes Balears, ha presentado una relación pormenorizada de proyectos de inversión a realizar y que serán financiados con cargo a los créditos aportados por la Administración General del Estado al resultar elegibles conforme a su marco regulatorio.

Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto acordar los proyectos a ejecutar por parte de Illes Balears con cargo a los Fondos Europeos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia los hitos y objetivos de los mismos, así como los importes necesarios para la financiación establecida para cada uno de ellos.

La relación de proyectos, los hitos y objetivos, así como los costes de cada uno de ellos, se recoge en los anexos I, II y III del presente convenio.

El objeto del convenio es, por tanto, determinar las obligaciones asumidas por cada una de las partes intervinientes para la realización de dichos proyectos.

Segunda. Compromisos económicos asumidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

1. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, de conformidad con los Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 15 de enero y 30 de abril de 2021, en el primer punto de su apartado común «Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia», denominado «Variables para la distribución de fondos y resultado de su aplicación en 2021 en sus puntos 1 y por el que se acuerdan los criterios de distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia, y por el que se aprueba la distribución territorial de los créditos para la financiación de proyectos de inversión del componente 22 «Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aportará en 2021 diecisiete millones ochocientos sesenta y seis mil novecientos treinta y seis euros con cincuenta y un céntimos de euro (17.866.936,51 euros) con cargo a las aplicaciones presupuestarias 50 230A 450 «Proyectos piloto de innovación en servicios sociales. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» y 50 230A 754: «Transferencias de Capital a CCAA. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia».

2. De acuerdo con la planificación prevista para la ejecución de estos proyectos, que se concreta en el Anexo I, las cantidades a aportar por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en 2022 y 2023, con cargo al Servicio 50, programa 230 A, artículo 45 y 75, serán las siguientes:

2022: Veintidós millones tres mil seiscientos dieciséis euros con treinta y nueve céntimos de euro (22.003.616,39 euros).

2023: Veinticuatro millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y dos euros con sesenta y siete céntimos de euro (24.448.462,67 euros).

Dichas aportaciones están condicionadas para los años 2022 y 2023 a contar previamente con las pertinentes aprobaciones tanto del Consejo de Ministros como del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Dependencia.

Tercera. Compromisos asumidos por Illes Balears en cuanto a la ejecución de los proyectos.

1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021 como en el artículo 37.4 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación y Resiliencia, los ingresos percibidos por Illes Balears para la ejecución de proyectos objeto de financiación por estar incluidos dentro del ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia quedan legalmente afectados a financiar dichos proyectos, con la correlativa obligación del reintegro total o parcial de dichos ingresos en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos.

2. Los proyectos a realizar serán los recogidos en el anexo I y se ejecutarán de conformidad con los objetivos establecidos en el anexo III, debiéndose cumplir con los hitos intermedios y la calendarización de cada proyecto definidos en el anexo II.

3. Será responsabilidad de Illes Balears el seguimiento de la ejecución del coste estimado a través del seguimiento de la ejecución contable de los gastos imputados a proyectos o iniciativas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

4. Asimismo, será responsabilidad de Illes Balears la fiabilidad y el seguimiento de tales indicadores, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de los hitos y de los objetivos. Illes Balears realizará una memoria semestral del cumplimiento de los hitos y objetivos recogidos en el Anexo II, que será entregado en el formato y plazos establecidos por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

5. Si Illes Balears, en ejecución de líneas de medidas o proyectos integrados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiera otorgar financiación a destinarios finales, públicos o privados, establecerá mecanismos que aseguren que las medidas a desarrollar por estos últimos contribuyen al logro de los objetivos previstos y que aportan la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores. La financiación a terceros se vinculará al logro de los objetivos que se persiguen.

6. El coste estimado de los proyectos a ejecutar por las Illes Balears deberá ser actualizado a los dos años en caso de revisión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para tener en cuenta la asignación final del 30 %, que se calculará con los datos a 30 de junio de 2022.

Una revisión al alza en el coste estimado en una etapa posterior no constituye una circunstancia objetiva que pueda desencadenar la modificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

7. Si procede, los hitos y objetivos deberán ajustarse en función de la revisión del coste estimado, antes mencionada. Si Illes Balears necesitara realizar reprogramaciones de hitos y/u objetivos, se habría de valorar si tal reprogramación afectaría al coste estimado de la medida. Si el coste se viera afectado, el ajuste habría de realizarse consecuentemente. En todo caso, se seguirá el procedimiento que para la posible modificación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se determine por parte de la Administración General del Estado.

8. Cualquier ajuste a la baja en la financiación europea derivado de correcciones sobre el coste estimado o sobre la contribución financiera deberá ser asumido por Illes Balears, mediante la devolución de los créditos implicados.

Cuarta. Compromisos asumidos por Illes Balears en materia de información.

Illes Balears se compromete a:

1. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información relativa a indicadores, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria;

2. Cumplir las condiciones de suministro y publicación periódica de información en cuanto a ejecución del gasto en proyectos y medidas en relación al coste estimado, en los términos en los que se establezca por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria;

3. Mantener una adecuada pista de auditoría de las mediciones de los respectivos indicadores y la obligación al mantenimiento de la documentación soporte conforme a lo previsto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.

4. Presentar al final de la ejecución de la medida en un plazo que se establecerá posteriormente, una cuenta justificativa sobre la utilización de los fondos recibidos para la misma, incluyendo:

– Grado de cumplimiento de hitos y objetivos respecto de los fijados inicialmente o, en su caso, revisados.

– Coste real de la medida respecto del coste estimado inicialmente o revisado.

– Descripción de la medida y la manera de implementación, mecanismos de control aplicados en su ejecución.

5. Presentar una cuenta justificativa final para la liquidación del convenio, tanto en lo que respecta a los importes utilizados como a los hitos y objetivos conseguidos, tras el cierre del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, es decir, tras todos los posibles controles nacionales y comunitarios que sobre las medidas financiadas con él puedan recaer.

Quinta. Obligación de sometimiento, por parte de Illes Balears, a las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Al ser las Illes Balears la responsable de la ejecución de los proyectos objeto de financiación, ésta se compromete a cumplir la totalidad de las disposiciones comunitarias sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en particular, aunque no de manera exclusiva:

1. A cumplir con la obligación de aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.

2. Al cumplimiento de la normativa sobre Ayudas de Estado en general y, en particular, respecto a los controles que se han aplicar para garantizar que el diseño de inversiones cumple dicha normativa en las medidas que se ejecuten por Illes Balears, con especial referencia a los supuestos en los que vayan a participar varias administraciones públicas, en los que se deberá tener especial cuidado con las reglas de acumulación de ayudas y las de incompatibilidad entre ayudas comunitarias, así como con las intensidades máximas, procurando que las categorías de ayudas, en la medida de lo posible, no sean concurrentes sino complementarias y que los gastos elegibles no sean los mismos.

A tal efecto, si procede, tanto para el control del cumplimiento de lo anterior como para la prevención de la doble financiación, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, especialmente en lo relativo a las obligaciones de suministro de información de la misma.

3. A contribuir a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento de indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado en particular;

4. A guardar la trazabilidad de cada una de las medidas y cada uno de los perceptores finales de los fondos, así como de disponer de un sistema que permita calcular y seguir los objetivos cuyo nivel de consecución tiene que reportar a Illes Balears. Esta obligación de pista de auditoría alcanza a la relativa al cumplimiento de hitos y objetivos y medición de indicadores.

5. A comunicar y facilitar la información disponible sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

6. A someterse a las actuaciones de la autoridad de control, nacionales o comunitarias, o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.

Sexta. Participación de las Entidades Locales de Illes Balears.

1. De conformidad con lo dispuesto en los Acuerdos del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia sobre los criterios para la distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia, de 15 de enero de 2021 y 30 de abril de 2021, en el segundo punto de su apartado común «Distribución territorial de los fondos del Plan de Reconstrucción, Transformación y Resiliencia», denominado «Participación de las Entidades Locales», las entidades locales participarán en, al menos, el 15 % de los fondos asignados a Illes Balears, ya sea directamente o de forma compartida con la comunidad autónoma.

2. Para ello, Illes Balears establecerá con las entidades locales de su territorio los instrumentos de colaboración adecuados, de acuerdo con la realidad institucional de cada caso. Deberán especificarse los proyectos a los que se dirigirán estos fondos y su relación con los objetivos del eje de «Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión» del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia».

Séptima. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.

Correlativamente a las obligaciones asumidas en el presente convenio por parte de Illes Balears, se establecen las siguientes consecuencias en caso de incurrir en algún incumplimiento:

1. Cuando no se puedan lograr, en todo o en parte, los objetivos previstos, siempre y cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos por el Tesoro: reintegro por importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de Illes Balears.

2. Cuando no pueda acreditarse el logro de los objetivos por falta de fiabilidad de los indicadores reportados, siempre y cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos por el Tesoro: reintegro por el importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de las Illes Balears.

3. Por la comisión de cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo su responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o comunitarias que recaiga sobre aquellas y que impida el retorno de fondos por el Tesoro: reintegro del importe del retorno no percibido en relación con las medidas de la responsabilidad de Illes Balears.

4. Por la no utilización de las cantidades recibidas para las medidas para las que se transfirieron: reintegro de fondos al Estado por el importe indebidamente utilizado.

Octava. Comisión de Seguimiento.

1. Para la vigilancia, control y resolución de cuantas cuestiones se susciten en torno a la interpretación y aplicación de la ejecución del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes.

Dicha Comisión se constituirá en el plazo de quince días contados desde la firma del presente convenio y dictará las normas internas de su funcionamiento, debiéndose reunir siempre que lo solicite alguna de las partes y, en todo caso, al menos una vez al año.

2. La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo dispuesto en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

3. La Comisión, que se deberá reunir al menos una vez durante la vigencia del convenio, será paritaria y estará integrada por los siguientes miembros:

Por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030:

– Dos representantes designados por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

Por parte de Illes Balears:

– Dos representantes designados por la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes:

1. Juan Manuel Rosa González, Director General de Planificación, Equipamientos y Formación.

2. Xavier Lluís Bacigalupe Blanco, Secretario General de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

4. Las funciones asignadas a la Comisión de Seguimiento seguimiento consistirán en la vigilancia, control y resolución de cuantas cuestiones se susciten en torno a la interpretación y aplicación de la ejecución del presente convenio.

Novena. Publicidad y difusión.

1. Illes Balears se compromete a destacar, en cuantas actividades realice para la difusión de las acciones previstas en el presente Convenio, la financiación efectuada por la Administración General del Estado, así como hacerlo constar en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la difusión o publicidad de los proyectos financiados, de acuerdo con lo establecido en el «Manual de imagen Institucional de la Administración General del Estado», aprobado por Orden de 27 de septiembre de 1999 en desarrollo del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, y por la Resolución de 28 de febrero de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la Administración General del Estado, aprobada por Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas.

2. Adicionalmente, se hará mención del origen de esta financiación y se velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU», en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación, que se incorpora al presente convenio como anexo IV.

3. Los instrumentos de colaboración que se formalicen con las Entidades Locales de Illes Balears en cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula sexta del presente convenio recogerán el compromiso de dichas Entidades Locales de cumplir con estas obligaciones de publicidad y difusión.

Décima. Vigencia.

El presente convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Undécima. Extinción.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución y, en concreto, por las causas establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

No obstante, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones que en ese momento estén iniciadas, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del convenio, podrán acordar su continuación hasta su completa terminación, justificación y liquidación conforme a las cláusulas contenidas en el mismo, conforme a lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En caso de resolución del convenio por incumplimiento total o parcial de sus obligaciones por parte de Illes Balears, éste deberá reintegrar al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 las cantidades que hubiera percibido como aportación económica del mismo, siendo a cargo de la citada Administración la financiación de las actividades que, en su caso, se hallen en curso.

Duodécima. Modificación.

La modificación del presente convenio requerirá acuerdo expreso de los firmantes, según el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público mediante la correspondiente Adenda de modificación, siguiendo la misma tramitación que para su suscripción.

Decimotercera. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir las exigencias previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. La citada obligación subsistirá aun después de terminado el proyecto. Asimismo, cuando proceda, vendrán obligados al cumplimiento de lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Decimocuarta. Régimen jurídico y jurisdicción competente.

Este convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada la naturaleza administrativa de éste, de acuerdo con las previsiones de los artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente convenio.–Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.–Por Illes Balears, Fina Santiago Rodríguez, Consejera de Asuntos Sociales y Deportes.

ANEXO I
Illes Balears

Relación de proyectos a ejecutar

N.º Nombre del Proyecto Línea de inversión Importe
2021 2022 2023 Total
1 CONSTRUCCIÓN DE PLAZAS RESIDENCIALES PARA PERSONAS CON NECESIDAD DE CUIDADOS DE LARGA DURACIÓN. I1 9.095.823,90 11.201.753,57 12.446.392,85 32.743.970,32
2 ALBERGUE PARA PERSONAS SIN HOGAR. I1 308.079,09 379.407,75 421.564,16 1.109.051,00
3 REFORMA DE RESIDENCIAS. I1 2.410.104,40 2.968.108,86 3.297.898,74 8.676.112,00
4 CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS CON NECESIDAD DE CUIDADOS DE LARGA DURACIÓN. I1 138.893,11 171.050,63 190.056,26 500.000,00
5 TELEASISTENCIA AVANZADA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA. I1 1.786.693,65 2.200.361,64 2.444.846,27 6.431.901,56
6 E-SERVICIOS SOCIALES (SISTEMA DE INFORMACIÓN). I2 2.064.479,72 2.542.462,71 2.824.958,57 7.431.901,00
7 RECURSOS ATENCIÓN MENORES Y JÓVENES EN SITUACIÓN DE DESPROTECCIÓN. I2 1.794.858,6 2.210.416,99 2.456.018,89 6.461.294,48
8 MODERNIZACIÓN DE ENTORNOS, PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA GARANTIZAR LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL. I3 268.004,04 330.054,24 366.726,93 964.785,22
   Total. 17.866.936,51 22.003.616,39 24.448.462,67 64.319.015,57
ANEXO II
Illes Balears

Relación de hitos a alcanzar por línea y semestre

Línea de inversión Semestre Hito
I1 2.º Semestre 2021 1) Aprobación del proyecto de 160 plazas residenciales obra nueva. 2) Licitación de 120 plazas residenciales de obra nueva. 3) Aprobación de proyecto de reforma de 34 plazas residenciales. 4) Licitación de 120 plazas residenciales de reforma. 5) Aprobación de proyecto de reforma centro de día 30 plazas. 6) Licitación de 56 plazas otras instalaciones no residenciales. 6) Concertación o contratación de los servicios tecnológicos.
I1 1.er semestre 2022 1) Ejecución del 15 % de las obras de plazas residenciales de obra nueva licitadas en 2021. 2) Ejecución del 15 % de las obras de reforma de plazas residenciales licitadas en 2021. 3) Ejecución del 30 % de las obras otras instalaciones no residenciales licitados en 2021. 4) Contratación o concertación del 20 % de los servicios tecnológicos.
I1 2.º Semestre 2022 1) Aprobación del proyecto de 120 plazas residenciales obra nueva. 2) Licitación de 160 plazas residenciales obra nueva con proyecto aprobado en 2021. 3) Ejecución del 30 % de las obras de plazas residenciales de obra nueva licitadas en 2021. 4) Aprobación de proyecto de reforma de 30 plazas residenciales. 5) Licitación de reforma de 114 plazas residenciales (34 de las cuales con proyecto aprobado en 2021). 6) Ejecución del 30 % de las obras de reforma de plazas residenciales licitadas en 2021. 7) Licitación de 30 plazas proyecto reforma centro de día con proyecto aprobado en 2021. 8) Ejecución del 60 % de las obras de otras instalaciones no residenciales licitados en 2021. 9) Contratación o concertación del 60 % de los servicios tecnológicos. Seguimiento, control y evaluación del concierto o contrato.
I1 1.er Semestre 2023 1) Ejecución del 50 % de las obras de plazas residenciales de obra nueva licitadas en 2021. 2) Ejecución del 15 % de las obras de plazas residenciales de obra nueva licitadas en 2022. 3) Ejecución del 50 % de las obras de reforma de plazas residenciales licitadas en 2021. 4) Ejecución del 15 % de las obras de reforma de plazas residenciales licitadas en 2022. 5) Ejecución del 70 % de las obras de otras instalaciones no residenciales licitados en 2021. 6) Ejecución del 15 % de las obras de centro de día licitados en 2022. 7) Seguimiento, control y evaluación del concierto o contrato.
I1 2.º Semestre 2023 1) Licitación de 120 plazas residenciales de obra nueva. 2) Ejecución del 80 % de las obras de plazas residenciales de obra nueva licitadas en 2021. 3) Ejecución del 30 % de las obras de plazas residenciales de obra nueva licitadas en 2022. 4) licitación de reforma de 30 plazas residenciales con proyecto aprobado en 2021. 5) Ejecución del 30 % de las obras de reforma de plazas residenciales licitadas en 2022. 6) Ejecución del 100 % de las obras de reforma residenciales licitadas en 2021. Finalización obra. 7) Ejecución del 100 % de las obras en otras instalaciones no residenciales licitadas en 2021. Final de obra. 8) Ejecución del 30 % de las obras de centro de día licitadas en 2022. 9) Contratación o concertación del 100% de los servicios tecnológicos. Seguimiento, control y evaluación del concierto o contrato.
I2 2.º Semestre 2021 Sistema de información: 1) Expediente de contrato menor y adjudicación de la herramienta evaluación para entidades Tercer Sector. 2) Ejecución y seguimiento del modelo de evaluación. 3) Publicación del instrumento de evaluación. 4) Ejecución 100 % del proyecto de evaluación. 4): Ejecución de 13 % del total del proyecto de HSUEe a través de las encomiendas de gestión para el diseño del plan director para el desarrollo de la HSUe. Centro de acogida de menores extranjeros en Mallorca: 5) Elaboración de pliegos de compra de solar para construcción centro de acogida de menores extranjeros en Mallorca. Centro específico de atención personalizada para 15 jóvenes en Mallorca. 6) Licitación de las obras de un centro residencial de protección de menores en Mallorca. Vivienda de protección de 10 menores en Formentera: 7) Redacción del Proyecto de obras, Aprobación del Proyecto, exposición al público y Licitación de las obras. Compra de viviendas con 16 plazas para menores en Ibiza: 8)Licitación del contratos de adquisición.
I2 1.er semestre 2022 Sistema de información: 1) Ejecución de 25 % del total del proyecto a través de la contratación de la Historia Social única que comprende el diseño y la arquitectura de la HSUe. Centro de acogida de 20 menores extranjeros en Mallorca: 2) Adjudicación del contrato de compra del solar y elaboración de pliegos para la construcción del edificio. Centro específico de atención personalizada para 15 jóvenes en Mallorca: 3) Ejecución del 60 % de las obras. Vivienda de protección de 10 menores en Formentera. 4) Inicio de las obras. Compra de viviendas con 16 plazas para menores en Ibiza. 5) Adquisición 40 % de las viviendas de protección de menores. Adecuación y puesta en servicio del 40 %. 10 % de adjudicación de la vivienda. Reforma y adecuación edificio para servicio para menores en Menorca. 6) Realización de los proyectos (proyecto básico, proyecto de ejecución, proyecto de actividad y proyecto de instalaciones. Reforma de centro de preemancipación de menores en Ibiza. 7) Ejecución del 30 % de las obras. Compra de viviendas con 15 plazas para menores en Mallorca. 8) Adquisición 40 % de las viviendas. Adecuación y puesta en servicio del 40 %. 10 % de adjudicación de la vivienda.
I2 2.º Semestre 2022 Sistema de información: 1) Ejecución de 40 % del total del proyecto a través del contrato para la implementación de la arquitectura HSUe y diseño tecnológico. Centro de acogida de 20 menores extranjeros en Mallorca: 2) Ejecución del 20 % de las obras. Centro específico de atención personalizada para 15 jóvenes en Mallorca: 3) Adquisición del equipamiento. Vivienda de protección de 10 menores en Formentera:4) Finalización de las obras, redacción de pliegos y licitación equipamiento. Reforma de centro de preemancipación de menores en Ibiza: 5) Ejecución del 60 % de las obras.
I2 1.er Semestre 2023 Sistema de información: 1) Ejecución de 50 % del total del proyecto a través del contrato para la implementación de la arquitectura HSUe y diseño tecnológico. Centro de acogida de 20 menores extranjeros en Mallorca: 2) Ejecución del 60 % de las obras. Vivienda de protección de 10 menores en Formentera: 3) Equipamiento y puesta en funcionamiento. Reforma y adecuación edificio para servicio para menores en Menorca: 4) Ejecución del 20 % de las obras.
I2 2.º Semestre 2023 Sistema de información: 1) Ejecución de 55 % del total del proyecto a través del contrato para la implementación de la arquitectura HSUe e integración tecnológica y el 45 % restante a 2023. Centro de acogida de 20 menores extranjeros en Mallorca: 2) Ejecución del 100 % de la obra Centro específico de atención personalizada para 15 jóvenes en Mallorca. 3) Ejecución 100 % de las obras 3. Compra de viviendas con 16 plazas para menores en Ibiza. 4) Adquisición de los 60 % de las viviendas. Adecuación y puesta en servicio del 60 %. 100 % de adjudicación de la vivienda. Reforma y adecuación edificio para servicio para menores en Menorca. 5) Ejecución del 100 % de las obras. Compra de viviendas con 15 plazas para menores en Mallorca: 6) Adquisición de los 60 % de las viviendas. Adecuación y puesta en servicio del 60 %. 100 % de adjudicación de la vivienda. Reforma de centro de preemancipación de menores en Ibiza. 7) Ejecución del 100 % de las obras.
I3 2.º Semestre 2021 1) Publicación convocatoria; 2) Concesión y adjudicación; 3) Pago anticipado primera anualidad.
I3 1.er semestre 2022 1) Primera justificación del año 2021; 2) Comprobación 3) Pago importe segunda anualidad.
I3 2.º Semestre 2022 Seguimiento técnico de las actuaciones.
I3 1.er Semestre 2023 1) Justificación del año 2022; 2) Comprobación 3) Pago importe tercera anualidad.
I3 2.º Semestre 2023 1) Seguimiento técnico de las actuaciones; 2) Liquidación; 3) Informe de cierre por importe de 964.785,21 euros.
ANEXO III
Descripción de los proyectos a desarrollar por la Comunidad Autónoma: Illes Balears
Proyecto n.º 1 Construcción de plazas residenciales para personas con necesidad de cuidados de larga duración. Línea: C22.I1
a) Descripción de la inversión.

Construcción de 400 plazas residenciales para personas con necesidad de cuidados de larga duración con el fin de:

– poder ofrecer una atención a las personas dependientes ajustada a sus necesidades desde una perspectiva integral según el modelo de Atención Centrada en la Persona (ACP), atendiendo a sus necesidades biomédicas, psicológicas, sociales y ambientales.

– formar parte de un modelo de atención a las personas dependientes en su entorno familiar, que potencie el desarrollo y el mantenimiento de la autonomía personal, retrase el deterioro individual, y contribuya a la integración y la permanencia de las personas en su entorno habitual.

– Ofrecer la alternativa de la atención residencial al tiempo que se favorece la permanencia en el entorno de las personas mayores con necesidad de atención y apoyo a través de una atención individual.

– Acercarse a los objetivos de cobertura de atención residencial marcados por la Organización Mundial de la Salud para garantizar una correcta atención de las personas envejecidas a la vez que se contribuye a paliar el déficit de plazas que presenta Baleares respecto a la media de Estado.

– Ampliar la cobertura residencial en las diferentes zonas de las Islas Baleares para responder a las particularidades sociodemográficas del territorio, ofreciendo una alternativa residencial de proximidad, evitando así el desarraigo y la desconexión del entorno.

La inversión prevista tiene como objetivo el aumento de 400 plazas públicas residenciales, de las cuales 300 se construirán en Mallorca, 60 en Menorca y 40 en Ibiza.

b) Implementación de la inversión.

Anualidad 2021

• Concreción de los proyectos. Generación de protocolos de disponibilidad de los terrenos y delimitación de los solares.

• Declaración de Interés Autonómico según Decreto ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

• Inclusión el el plan de infraestructuras de la Comunidad Autónomas.

Cada una de las construcciones que se vaya a llevar a cabo se tramitará de forma independiente, teniendo que pasar cada una de ellas por todas las etapas que se plantean a continuación.

• Creación de las bases para el diseño de los inmuebles según los criterios de atención centrada en las personas y a la transición energética.

• Selección de los equipos técnicos.

• Aprobación de los anteproyectos.

• Aprobación de los proyectos básicos.

• Autorizaciones sectoriales.

Anualidad 2022

• Aprobación de los proyectos ejecutivos.

• Autorización para el inicio de contratación.

• Contratación de las obras.

• Acta de replanteo.

• Inicio de los trabajos, cimentación y estructura.

Anualidad 2023

• Finalización de las obras.

• Mobiliario.

• Tramitación de la apertura del centro.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 9.095.823,90 euros.

2022: 11.201.753,57 euros

2023: 12.446.392,85 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

1. Infraestructuras

2. Adquisición de equipamientos

Proyecto n.º 2 Albergue para personas sin hogar. Línea: C22.I1
a) Descripción de la inversión.

Construcción de un centro residencial y social polivalente de 56 plazas residenciales, que permita acoger, en una primera etapa, a personas en situación de exclusión social sin hogar de la isla de Ibiza, así como trabajar con ellas en el camino hacia la inserción e inclusión social. El centro está planificado para poder afrontar situaciones de emergencia y al mismo tiempo atender las necesidades sociales de las personas residentes.

El trabajo en el centro se encaminará hacia:

– Atender a las necesidades básicas de las personas alojadas.

– Elaborar un plan individual de intervención de la persona acogida.

– Facilitar procesos de apoyo a la inserción laboral y la inclusión social.

Este equipamiento se enmarca dentro del Plan ISE de impulso social y económico del Consell de Eivissa para paliar los efectos de la crisis del coronavirus.

La idea es establecer el primer eslabón, un lugar de referencia para los colectivos sin hogar y a partir de ahí conseguir actuaciones personalizadas sobre cada uno de ellos, según su casuística.

El edificio es un proyecto modular para permitir conseguir un diseño versátil y adaptable a las necesidades sociales que surjan, tanto en el volumen como en los diferentes perfiles, personalizar la instalación.

Un centro inicial, de referencia, donde realizar las actuaciones que permitan desarrollar y dignificar a los usuarios:

• Potenciar la autonomía de las personas.

• Fomentar un clima de convivencia.

• Disponer de un lugar para la realización de las actividades básicas de las personas, desde las higiénicas hasta los hábitos alimentarios.

• Realizar planes específicos:

➢ Tratar adicciones.

➢ Asistir en temas de salud mental.

➢ Favorecer programas de inserción.

➢ Talleres grupales.

• Orientar a las personas.

• Desarrollar la autoestima, rebajar la soledad.

• Actuar en los momentos de crisis.

b) Implementación de la inversión.

Anualidad 2020

– Contratación para la realización de un edificio modular polivalente (Expediente 2020/6697R). Octubre 2020.

Anualidad 2021

– Finalización prevista del proyecto Marzo 2021.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 308.079,09 euros.

2022: 379.407,75 euros.

2023: 421.564,16 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. Infraestructuras y equipamientos.
Proyecto n.º 3 Reforma de residencias. Línea: C22.I1
a) Descripción de la inversión.

Reforma de 264 plazas de residencias públicas de Baleares para poder dar una atención a las personas dependientes de acuerdo a las recomendaciones del modelo de Atención Centrada en la Persona (ACP) con el objetivo de:

– poder ofrecer una atención a las personas dependientes ajustada a sus necesidades desde una perspectiva integral según el modelo de atención centrado en la persona, atendiendo a sus necesidades biomédicas, psicológicas, sociales y ambientales.

– formar parte de un modelo de atención a las personas dependientes en su entorno familiar, que potencie el desarrollo y el mantenimiento de la autonomía personal, retrase el deterioro individual, y contribuya a la integración y la permanencia de las personas en su entorno habitual.

– mejorar la alternativa de la atención residencial al tiempo que se favorece la permanencia en el entorno de las personas mayores con necesidad de atención y apoyo a través de una atención individual.

– poder llegar a contar con residencias organizadas en unidades de convivencia independientes que permitan una atención personalizada al tiempo que faciliten espacios de interacción social así como medios tecnológicos adecuados para poder mantener la comunicación de las personas residentes a través de herramientas digitales.

– adaptarse a la normativa:

• Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el que se establecen los principios generales del Registro Unificado de Servicios Sociales de las Illes Balears y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular.

• Decreto 123/2001, de 19 de octubre, de definición y regulación de las condiciones mínimas de apertura y funcionamiento de los centros y servicios para personas mayores tanto públicos como privados de las Illes Balears. Publicado en el BOIB núm. 130 de 30 de octubre de 2001.

• Decreto 110/2010 de 15 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas

La inversión prevista tiene como objetivo la reforma de 264 plazas públicas residenciales, de las cuales 95 se reformarán en Mallorca, 9 en Menorca y 160 en Ibiza.

b) Implementación de la inversión.

Anualidad 2021:

– Concreción de los proyectos, determinación de nuevas plazas.

– Implementación de las bases para el diseño según los criterios de atención centrada en las personas y la transición energética. Elaboración de los anteproyectos.

– Aprobación de los proyectos básicos. Autorizaciones sectoriales.

Anualidad 2022:

– Aprobación de los proyectos ejecutivos.

– Autorización para el inicio de contratación.

– Contratación de las obras. Acta de replanteo. Inicio de los trabajos.

Anualidad 2023:

– Finalización de las obras, mobiliario y tramitación de la apertura del centro.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 2.410.104,40 euros.

2022: 2.968.108,86 euros.

2023: 3.297.898.74 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. Infraestructuras, equipamientos.
Proyecto n.º 4 Centro de día para personas con necesidad de cuidados de larga duración. Línea: C22.I1
a) Descripción de la inversión.

Construcción de 30 plazas de centro de día para personas con necesidad de cuidados de larga duración con el fin de:

– poder ofrecer una atención a las personas dependientes ajustada a sus necesidades desde una perspectiva integral según el modelo de atención centrado en la persona, atendiendo a sus necesidades biomédicas, psicológicas, sociales y ambientales.

– formar parte de un modelo de atención a las personas dependientes en su entorno familiar, que potencie el desarrollo y el mantenimiento de la autonomía personal, retrase el deterioro individual, y contribuya a la integración y la permanencia de las personas en su entorno habitual.

– paliar el déficit de plazas que presenta Baleares respecto a la media de Estado.

– Ampliar la cobertura asistencial en la zona en la que se pretende ubicar esta instalación, ofreciendo una alternativa de proximidad, evitando así el desarraigo y la desconexión del entorno y favoreciendo.

– Favorecer la diversificación de los apoyos para que las personas en situación de dependencia puedan desarrollar su vida en su entorno.

– Prevenir la institucionalización innecesaria de personas con una alternativa habitacional adecuada puedan seguir viviendo en su entorno.

b) Implementación de la inversión.

Anualidad 2021:

• Concreción de los proyectos. Generación de protocolos de disponibilidad de los terrenos y delimitación de los solares.

• Declaración de Interés Autonómico según Decreto ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

• Inclusión el el plan de infraestructuras de la Comunidad Autónomas.

• Creación de las bases para el diseño de los inmuebles según los criterios de atención centrada en las personas y a la transición energética.

• Selección de los equipos técnicos.

• Aprobación de los anteproyectos.

• Aprobación de los proyectos básicos.

• Autorizaciones sectoriales.

Anualidad 2022:

• Aprobación de los proyectos ejecutivos.

• Autorización para el inicio de contratación.

• Contratación de las obras.

• Acta de replanteo.

• Inicio de los trabajos, cimentación y estructura.

Anualidad 2023:

• Finalización de las obras.

• Mobiliario.

• Tramitación de la apertura del centro.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 138.893,11 euros.

2022: 171.050,63 euros.

2023: 190.056,26 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

3. Infraestructuras.

4. Adquisición de equipamientos.

Proyecto n.º 5 Teleasistencia avanzada y nuevas tecnologías para la promoción de la autonomía. Línea: C22.I1
a) Descripción de la inversión.

Refuerzo del servicio de teleasistencia domiciliaria con la introducción de dispositivos de teleasistencia domiciliaria y promoción de la autonomía, así como de los servicios necesarios para su funcionamiento con el fin de favorecer la permanencia de las personas dependientes en su domicilio habitual.

La participación en el programa de teleasistencia domiciliaria se lleva a cabo a propuesta del profesional previo análisis de la situación de necesidad que establecerá de manera personalizada el tipo de dispositivos adecuados a cada caso.

Además de los servicios de teleasistencia básica que la persona usuaria necesite, incluye los apoyos tecnológicos complementarios dentro o fuera del domicilio, o en ambos casos, así como la interconexión con los servicios de información y profesionales de referencia en los sistemas sanitario y social, desarrollando procesos y protocolos de actuación en función de la situación de necesidad de atención detectada.

Servicios en el domicilio:

– Telemonitorización preventiva (supervisión remota) que integra al servicio de TAD sensores que se conectan a los enchufes de las diferentes habitaciones de los hogares y se programan para generar alarmas automáticas cuando los sistemas detectan un desvío sobre un patrón de vida determinado, previamente configurado.

– Detección de situaciones de riesgo o emergencia por incidencias en el domicilio (fuga de gas, de agua, de fuego y humo).

– Detección de incidencias en la actividad de la persona usuaria en el domicilio (por ejemplo, caídas). La detección de estas incidencias puede alertar sobre una situación que requiera atención.

Servicios fuera del domicilio:

– Supervisión remota y detección de situaciones de riesgo o emergencia, que permita identificar nivel de urgencia y tipo de atención a prestar y que no esté comprendido en el supuesto de supervisión remota en el domicilio.

– Teleasistencia móvil con geolocalización, que permita un sistema de alarmas de zona de seguridad.

– Detectores de caídas, fugues de gas, de agua, de fuego, convulsiones, enuresis y otras.

– Pulsera que contemple como funciones principales la localización y alertas de zona de seguridad.

– Dispositivo móvil específico que integre las funcionalidades de la pulsera y añada la posibilidad de emisión y recepción de comunicaciones. Tienen que permitir la geolocalización y ia trazabilidad de los itinerarios de las personas.

– Aplicación móvil de Teleasistencia (app) para gestionar ios servicios contemplados por parte de los cuidadores, enviando mensajes SMS o alertas.

– Otros dispositivos y/o soluciones tecnológicas que puedan facilitar los servicios descritos en los apartados anteriores.

– Aplicación web con dos entornos de acceso y un diseño modular basado en dos tipos de plugins que hacen posible un enfoque integral del tratamiento.

➢ Videojuegos: se desarrollan de forma conjunta por personal técnico y clínico con el objetivo de trabajar el componente cognitivo del proceso rehabilitador y la motivación del paciente.

➢ Métodos de interacción: permiten a los pacientes interactuar con los videojuegos y trabajar el componente físico. Son dispositivos controladores de videojuegos sencillos de utilizar y fáciles de encontrar en el mercado a bajo coste.

b) Implementación de la inversión.

Anualidad 2021

– Concertación o contratación de los servicios.

Anualidad 2022

– Contratación del 20 %-60 % de los equipos tecnológicos.

Anualidad 2023

– Contratación hasta el 100 % de los equipos tecnológicos.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 1.786.693,65 euros.

2022: 2.200.361,64 euros.

2023: 2.444.846,27 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. Equipamientos tecnológicos e implantación del servicio.
Proyecto n.º 6 E-Servicios sociales (Sistema de información). Línea: C22.I2
a) Descripción de la inversión.

Desarrollo e implantación de la Historia Social Única Electrónica (HSUe). El presente proyecto tiene como objetivo la «Transformación Digital», muy especialmente enfocada a resolver el reto de «Refuerzo de las estructuras del sistema de servicios sociales, y mejora y modernización de los sistemas de información de los distintos niveles de los servicios sociales». Este proyecto nos va a permitir avanzar de manera fiable y eficaz hacia iniciativas relacionadas con la prestación de los servicios del sistema de servicios sociales, poniendo al ciudadano en el centro de los procesos y aplicando la Inteligencia del Dato (Big Data y analítica avanzada), incorporándolo dentro de sus procesos de mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos y ciudadanas, reforzando su protección social y económica.

Permitirá, como principal objetivo, disponer de un Historial Social único digitalizado, accesible por todos los actores del sistema de servicios sociales, que aportará importantes mejoras en la calidad asistencial que reciben los ciudadanos.

Adicionalmente, la HSUe incorporará una herramienta informática estándar realizada en la primera fase del proyecto –que puede empezar a funcionar previo a su integración en la HSUE– para la confección y revisión de la memoria económica para la entidades que presten servicios concertados para conseguir una mejora en la calidad de los servicios y una eficiencia presupuestaria de acuerdo al artículo 3 de la LSAP que establece los principios con los que las administraciones públicas de las Illes Balears han de ajustar la acción concertada con terceros para la prestación de servicios sociales a las personas. Esta herramienta permitirá la:

• Liquidación del módulo.

• Comparación del módulo liquidado con el modulo estándar fijado por la administración.

• Relación de ingresos y gastos incluidos en la liquidación del módulo.

Finalmente, se procederá a la elaboración de una guía/manual común para la realización de auditorias económicas.

b) Implementación de la inversión.

Las principales premisas de diseño de esta plataforma se resumen en:

– Disponer de una única herramienta tecnológica ágil y flexible que se adapte a las nuevas necesidades.

– Basada en una Arquitectura de referencia basada en estándares de mercado y cloud.

– Que garantice la seguridad y trazabilidad de la información.

– Que Incorpore una plataforma de interoperabilidad interna y externa.

– Dotarla de motores de reglas de negocio (BRMS) y de motores de procesos (BPM) y casos de uso analíticos.

– Facilitar la interacción a través de dispositivos móviles e IoT.

– Facilitar y agilizar las tareas diarias a todos los agentes implicados.

– Que permita evaluar el servicio prestado tanto a nivel estratégico como operativo.

– Que permita supervisar el cumplimiento de objetivos y planificar los recursos para satisfacer la demanda existente.

– Que permita la transparencia con la ciudadanía.

Las fases del proyecto:

Anualidad 2020

Fase de inversión (2020). Planificación del proyecto, seguimiento y realización de la inversión de la herramienta informática para la confección y revisión de la memoria económica para entidades Tercer Sector.

Anualidad 2021 - Implementación de herramienta informática para la memoria económica de las entidades concertadas con la administración autonómica (Conselleria d’Afers Socials i Esports).

– Preparación del trabajo de campo del proyecto conjuntamente con los responsables de las unidades de los diferentes colectivos que intervienen en el ciclo de provisión de información sobre los servicios sociales (Conselleria, administración local y entidades).

– Análisis de la situación actual de los sistemas informativos.

– Realización de entrevistas (funcional y técnico).

– Informe sobre necesidades básicas a cubrir y características del futuro Sistema información.

– Elaboración informe conclusiones.

Anualidad 2022

Diseño y elaboración

– Definición del principios rectores del diseño.

– Definición modelo sistema información social (modular, integral y / o único). Combinación entre un sistema integral combinado con una aplicación única.

– Identificación y priorización de iniciativas.

– Desarrollo de las fichas de proyecto.

– Elaboración del Plan de desarrollo.

– Elaboración del Plan de formación.

– Elaboración del Plan económico.

Anualidad 2023

– Despliegue de la plataforma implementación de la Plataforma Social de Atención Primaria + el RUUSS (Repositorio Único de Usuarios de Servicios Sociales) + CORE, con las herramientas transversales, como el motor de reglas, el aplicativo de cita previa, la aplicación de formularios, seguridad, alertas, punto de interoperabilidad eNI + Herramienta para la realización de la memoria económica para las entidades del Tercer Sector.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 2.064.479,72 euros.

2022: 2.542.462,71 euros.

2023: 2.824.958,57 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación.

Contratación de servicios de desarrollo de software para el análisis y desarrollo de las tres aplicaciones informáticas indicadas y la configuración de los entornos tecnológicos necesarios para la implantación de la Historia Social Única Electrónica.

Gastos de capítulo 2 en concepto de asesoría técnica para la realización de la Herramienta para la realización de la memoria económica para entidades del Tercer Sector.

Proyecto n.º 7 Recursos atención menores y jóvenes en situación de desprotección. Línea: C22.I2
a) Descripción de la inversión.

Creación de plazas residenciales y recursos de atención para menores de edad en situación de desprotección mediante la construcción, adquisición o reforma de infraestructuras y jóvenes egresados del sistema de protección y reforma en el territorio de las Illes Balears.

Las inversiones previstas permitirán la diversificación de centros para ajustarse a las necesidades de diferentes perfiles de menores en situación de desprotección y mayores de edad procedentes del sistema de protección y reforma; incluyen centros para menores de 12 años, otros para jóvenes de entre 13 y 17, otros específicamente para menores en situación de pre-emancipación, un recurso específico para menores extranjeros no acompañados así como el incremento de plazas residenciales para los jóvenes ex-tutelados.

Así mismo, los centros planificados contribuirán a la diversificación territorial y permitirán el mantenimiento de los menores y los jóvenes en su entorno ya que todas las islas aumentarán su número de plazas.

Finalmente, todos los centros planificados se dotarán de los elementos necesarios para que los menores y los jóvenes puedan llevar la vida lo más normalizada posible trabajando así para minimizar los efectos de la institucionalización. Para ello, cualquiera alternativa residencial contará con la infraestructura adecuada y adaptada a las necesidades de los residentes, e irá acompañada de una intervención socio educativa. En los casos de las viviendas de emancipación, debe poder vivirse una experiencia lo más parecida posible a la vida independizada, similar a la de un piso compartido. Las personas usuarias deben organizarse, aunque siempre bajo la supervisión del profesional responsable, que velará para que vayan adquiriendo lo más rápidamente posible las habilidades para la vida independiente, más allá de los recursos instituciones.

b) Implementación de la inversión.

Anualidad 2021

– Concreción de los proyectos, determinación de nuevas plazas.

– Determinación de las características que tienen que cumplir los inmuebles, fase de concurso para la adquisición de las viviendas, en el caso de las plazas de emancipación para ex-tutelados.

– Implementación de las bases para el diseño según los criterios de atención centrada en los menores y la transición energética. Elaboración de los anteproyectos.

– Aprobación de los proyectos básicos. Autorizaciones sectoriales.

Anualidad 2022

– Aprobación de los proyectos ejecutivos.

– Autorización para el inicio de contratación.

– Contratación de las obras.

– Acta de replanteo.

– Inicio de los trabajos.

– Proyecto de Reforma de la vivienda para jóvenes ex-tutelados con el objetivo de adecuar las características a las necesidades de los jóvenes, incluyendo las condiciones climáticas: aislamiento térmico y ahorro energético de las instalaciones. Obtención de licencia de obras.

Anualidad 2023

– Finalización de las obras, mobiliario.

– Tramitación de la apertura del centro.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 1.794.858,60 euros.

2022: 2.210.416,99 euros.

2023: 2.456.018,89 euros.

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. Infraestructuras, reformas, equipamientos.
Proyecto n.º 8 Modernización de entornos, productos y servicios para garantizar la accesibilidad universal. Línea: C22.I3
a) Descripción de la inversión.

Promoción de la adecuación de entornos, productos y servicios de las corporaciones locales a las exigencias de calidad y accesibilidad universal para mejorar el acceso efectivo de las personas usuarias de los servicios públicos y personal de la Administración Pública, en particular de las personas con discapacidad, de acuerdo con la Ley 13/1982, de 7 de abril, que establece el amparo especial y unas medidas de equiparación para garantizar los derechos de las personas con discapacidad que les permita llevar una vida normal en su entorno.

b) Implementación de la inversión.

Anualidad 2021

– Análisis de las necesidades de las corporaciones locales en cuanto a la promoción y asesoramiento de la accesibilidad en sus entornos, productos y servicios.

– Análisis de las modalidades de gestión más adecuadas para la promoción y asesoramiento de la accesibilidad según las necesidades detectadas.

– Convocatoria para la promoción y asesoramiento de la accesibilidad entre las corporaciones locales siguiendo la modalidad de gestión establecida en la fase anterior (Subvenciones/ Convenio/ Contrato).

– Revisión de propuestas/ documentación y concesión de los importes acordados para la promoción y asesoramiento sobre accesibilidad.

Anualidad 2022

– Seguimiento técnico de las actuaciones.

– Pago del importe de la segunda anualidad.

Anualidad 2023

– Seguimiento técnico de las actuaciones.

– Pago del importe de la tercera anualidad.

– Liquidación e informe de cierre.

c) Presupuesto total y distribución temporal (2021-2023).

2021: 268.004,04 euros.

2022: 330.054,24 euros.

2023: 366.726,93 euros

d) Descripción de los elementos principales del presupuesto para los que se pide financiación. – Transferencias a través de subvenciones, convenio o contratos para la realización de reformas duraderas en entornos, productos y servicios de la administración local.
ANEXO IV

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