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Documento BOE-A-2021-15177

Corrección de errores del Decreto-ley 15/2021, de 6 de julio, de creación del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Catalunya.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 20 de septiembre de 2021, páginas 114638 a 114639 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2021-15177
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/dl/2021/07/06/15/corrigendum/20210920

TEXTO ORIGINAL

Habiendo observado unos errores en el texto del Decreto-ley mencionado, publicado en el BOE núm. 198, de 19 de agosto de 2021, se detalla la oportuna corrección:

En los artículos 1.1, 2 y 3, donde dice:

«... de esta Ley...»

Debe decir:

«... de este Decreto ley...»

En el artículo 6.1, donde dice:

«6.1 El Departamento competente en materia de finanzas debe realizar las actuaciones correspondientes para la dotación de los recursos económicos necesarios para el FCRGC.»

Debe decir:

«6.1 El Departamento competente en materia de finanzas debe realizar las actuaciones correspondientes para la dotación de los recursos económicos necesarios para el FCRCAT.»

En el Anexo, en el punto 4 del Modelo de solicitud a presentar a la entidad gestora del Fondo, donde dice:

«... En caso de que resulte condenado con sentencia firme, me comprometo a devolver los gastos e intereses correspondientes a esta cantidad.»

Debe decir:

«... En caso de que resulte condenado con sentencia firme en los términos establecidos en el artículo 5.1 del Decreto ley 15/2021, de 6 de julio, me comprometo a devolver los importes garantizados, así como los gastos e intereses correspondientes a esta cantidad.»

En el Anexo, en la parte final del Modelo de solicitud a presentar a la entidad gestora del Fondo, donde dice:

«En todos los casos, siempre puede efectuar la reclamación pertinente ante el delegado de protección de datos del ICF (o de la entidad gestora correspondiente) dpoICF@icf.cat o de la Agencia Catalana de Protección de Datos (www.apdcat.cat).»

Debe decir:

«En todos los casos, siempre podéis efectuar la reclamación pertinente ante el delegado de protección de datos del ICF (o de la entidad gestora correspondiente) dpoICF@icf.cat o de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (www.apdcat.cat).»

En el Anexo, en el último párrafo del Modelo de declaración responsable sobre el cumplimiento de las condiciones legales, donde dice:

«Autorizo a la Generalitat de Catalunya y al órgano gestor del fondo a fin de que pueda solicitar, si procede, la información necesaria para el control y seguimiento de la solicitud y realizar las consultas necesarias para comprobar la acreditación de estos hechos.»

Debe decir:

«Autorizo a la Generalitat de Catalunya y el órgano gestor del fondo a fin de que puedan solicitar, si procede, la información necesaria para el control y seguimiento de la solicitud y realizar las consultas necesarias para comprobar la acreditación de estos hechos.»

(Publicado en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 8453.ª, de 8 de julio de 2021)

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/09/2021
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 2/2022, de 3 de marzo (Ref. BOE-A-2022-4209).
  • Fecha de derogación: 08/03/2022
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Decreto-ley 15/2021, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2021-14039).
Materias
  • Aval
  • Cataluña
  • Fondos de dinero
  • Formularios administrativos
  • Función Pública
  • Gobierno
  • Responsabilidad Civil

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