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Documento BOE-A-2021-1253

Resolución de 15 de enero de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Auditorio de Zaragoza, para la organización conjunta del Encuentro I-2021 de la Joven Orquesta Nacional de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2021, páginas 8599 a 8606 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-1253

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Auditorio de Zaragoza han suscrito, con fecha 31 de diciembre de 2020, un Convenio con motivo de la organización conjunta del Encuentro I-2021 de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE), por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 15 de enero de 2021.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Auditorio de Zaragoza para la organización conjunta del Encuentro I-2021 de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE)

En Madrid, a 31 de diciembre de 2020.

De una parte, doña Amaya de Miguel Toral, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en adelante INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la plaza del Rey, número 1 (28004) de Madrid, y NIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 856/2018, de 6 de julio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE número 306, de 20 de diciembre).

De otra, doña Sara María Fernández Escuer, en calidad de Vicealcaldesa y Consejera del Área de Cultura y Proyección Exterior y Vicepresidenta y Consejera Delegada de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., con N.I.F. número ***5899** y con domicilio social en Zaragoza, calle Torrenueva, número 25, edificio Torreón Fortea, 50003 de Zaragoza, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, Folio 182, Tomo 3524. Hoja Z-2329 del Libro de Sociedades, con CIF número A-50377787, en virtud del Acuerdo del Consejo de Administración, de fecha 23 de julio de 2019, elevado a escritura pública autorizada por la Notaria del Ilustre Colegio Notarial de Aragón, doña Teresa Cruz Gisbert, en escritura pública de veinticinco de septiembre de 2019, número tres mil trescientos cuarenta y seis.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar el presente Convenio.

EXPONEN

I. Que el INAEM es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, encargado de la consecución de los siguientes fines: La promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones; la proyección exterior de las actividades a que se refiere el apartado anterior; la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas en las materias propias del organismo, de acuerdo con ellas.

II. Que Zaragoza Cultural, S.A.U., es una sociedad mercantil creada por el Ayuntamiento de Zaragoza, dotada de un capital social exclusivamente municipal para la gestión de servicios culturales, regida por el derecho mercantil, sin presupuesto limitativo y sometida al Plan General de Contabilidad del Sector privado.

El objeto social de Zaragoza Cultural es la conservación y difusión del patrimonio artístico, científico, bibliográfico y documental de la ciudad de Zaragoza; la planificación, programación, gestión y difusión de actividades culturales, en cualquiera de sus manifestaciones, de forma directa o en colaboración con otras entidades; la convocatoria y concesión de subvenciones, ayudas, concursos, premios y becas en materia cultural; la dirección, gestión y explotación de equipamientos culturales, en especial el Auditorio-Palacio de Congresos de Zaragoza, tanto de carácter especializado como de carácter general, que le sean encomendados por el Ayuntamiento de Zaragoza; la colaboración con otras iniciativas públicas y privadas en proyectos culturales; la participación en Proyectos Europeos y de Cooperación Internacional, así como cualquier otra actividad que pudiera redundar en el fomento y desarrollo del tejido cultural de la ciudad de Zaragoza en los ámbitos de la creación, la producción, la formación y la difusión o cualquier actividad relacionada con las anteriores que el Ayuntamiento le pudiera asignar.

III. Que las partes están interesadas en colaborar para la organización del evento cultural Encuentro I-2021 de la Joven Orquesta Nacional de España en el Auditorio de Zaragoza y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este Convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante INAEM) y la sociedad municipal Zaragoza Cultural, S.A.U. (en adelante Zaragoza Cultural), con objeto de organizar conjuntamente la celebración del evento cultural Encuentro I-2021 de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE) en el Auditorio de Zaragoza por (en adelante auditorio) que se desarrollará entre los días 7 y 17 de enero de 2021.

Segunda. Actuaciones a realizar por las partes.

Las actuaciones que se realizarán en el Auditorio de Zaragoza consistirán en:

– Ensayos parciales y seccionales, tutelados por un equipo de profesores, entre los días 7 y 15 de enero de 2021.

– Ensayo general y conciertos los días 16 y 17 de enero de 2021, con el siguiente programa:

El programa de concierto será el siguiente:

– David Moliner (1991): Figuratio I. Concierto para percusión y orquesta (2019) – 12'.

Estreno absoluto. Obra compuesta por encargo de la Fundación SGAE y la AEOS, a propuesta de la JONDE.

– Raquel García-Tomás (1984): Sonic Canvas (2020) – 18'.

Estreno absoluto. Obra compuesta por encargo de la Fundación SGAE y la AEOS, a propuesta de la JONDE.

– Johannes Brahms (1833-1897): Sinfonía n.º 2 en re mayor, op. 73 (1877) – 40'.

Los conciertos tendrán lugar a las 20:15 h el sábado 16 de enero de 2021 y a las 11,30 h del domingo 17 de enero de 2021.

Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID 19, las fechas de las actuaciones dispuestas en la presente clausula podrían estar sujetas a cambios en función de la evolución de la mencionada crisis y las medidas de prevención que puedan acordarse. Este cambio de fechas se realizará en el marco de la vigencia del Convenio y mediante acuerdo de las partes en la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta.

Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

I. Obligaciones

a. Zaragoza Cultural.

Zaragoza Cultural cederá el uso de sus instalaciones para los ensayos y conciertos de la JONDE desde el día 7 de enero hasta el día 17 de enero de 2021.

En cualquier tipo de publicación o publicidad escrita que generen actividades previstas en el presente Convenio, tales como programas de mano, carteles o anuncios, deberán figurar los logotipos del Gobierno de España, Ministerio de Cultura y Deporte, Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, y Joven Orquesta Nacional de España.

Será responsabilidad de Zaragoza Cultural, los daños y/o pérdidas (si hay negligencia por parte del Auditorio) de los materiales pertenecientes a la JONDE desde el momento su descarga hasta la carga de los mismos en los camiones, una vez concluidos los conciertos.

El INAEM no será responsable de los posibles accidentes que pudieran acontecer a cualquier persona afecta a Zaragoza Cultural, salvo que sean consecuencia directa de un daño imputable al personal del INAEM.

Zaragoza Cultural declara haber suscrito los seguros necesarios para la cobertura de los riesgos relativos a las representaciones del espectáculo en su aforo. Será responsabilidad de EL ORGANIZADOR los daños y/o pérdidas de los materiales pertenecientes a la JONDE necesarios para dichas representaciones (vestuario, decorados, atrezzo, material eléctrico y sonido), tanto en su transporte como durante la estancia en los teatros y en los espacios escénicos, asegurándose la obtención de los correspondientes seguros.

En el anexo que acompaña a este Convenio se recogen las necesidades específicas de personal de apoyo que el contratista deberá aportar en el caso de que fuese necesario.

Zaragoza Cultural garantizará a la JONDE cuarenta localidades en lugar preferente para cada uno de los conciertos.

Zaragoza Cultural se compromete a comunicar al INAEM cualquier patrocinio o colaboración para las actuaciones mencionadas en la cláusula primera.

b. INAEM.

El INAEM será responsable de los salarios, Seguridad Social y aseguradora privada de accidentes de todos los componentes de la JONDE. En caso de accidente laboral que afectase a cualquiera de sus miembros, el INAEM se compromete a realizar los trámites legales correspondientes a través de sus aseguradoras.

El INAEM será responsable de las formalidades y liquidaciones de sus propias cargas sociales y fiscales. A estos efectos, el INAEM se compromete a entregar a Zaragoza Cultural los documentos que lo acrediten, sí esta lo solicita.

La JONDE se compromete a cumplir todas las instrucciones dictadas por Zaragoza Cultural según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y todas las disposiciones relacionadas con la misma, así como hacer cumplir a sus empleados el precepto legal anteriormente mencionado.

II. Compromisos económicos

Del presente Convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

a. Precio.

El INAEM no percibirá ninguna cantidad de la recaudación total de la taquilla, siendo la totalidad de la misma para Zaragoza Cultural.

El organizador se hará cargo del alojamiento de la JONDE en Zaragoza hasta un importe máximo de 10.000 euros (IVA incluido). Este importe se pagará directamente a Globalia Corporate Travel, previa presentación de la factura.

b. Carga y descarga.

Zaragoza Cultural pondrá a disposición de la JONDE personal para la carga, descarga del material e instrumental, montaje y desmontaje de escenario entre los días 4 y 17 de enero de 2019, ambos incluidos, de acuerdo con las especificaciones contempladas en el anexo.

c. Otros cargos.

Zaragoza Cultural se hará cargo de los gastos de los programas de mano, anuncios, carteles y cualquier otro gasto de publicidad, así como cualquier gasto derivado del concierto.

El coste de la manutención de todos los miembros de la JONDE que se desplacen para las citadas representaciones será por cuenta del INAEM.

Será responsabilidad de Zaragoza Cultural el pago de los Derechos de Autor que se deriven de la comunicación pública que correspondan a la Sociedad General de Autores, así como todos aquellos que afecten a derechos de propiedad intelectual para cualquier explotación del Concierto.

EL INAEM se compromete a la organización del evento y a la contratación de los artistas y colaboradores necesarios para llevar a cabo actividad propuesta.

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de ciento ochenta y cinco mil EUROS (185.000€), IVA incluido.

Cuarta. Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de las actividades.

En toda la promoción y difusión de las actividades que son objeto del presente Convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula segunda deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa de la JONDE. A tal efecto, y con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de la JONDE las pruebas de los referidos materiales.

Quinta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente Convenio así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que estará integrada por la Directora Artística de la JONDE o persona en quien delegue y por Zaragoza Cultural, el Director Artístico del Auditorio de Zaragoza o persona en quien delegue.

Sexta. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

Zaragoza Cultural certifica que cumple con los requisitos que establecen la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asume el compromiso de comunicar al INAEM, los riesgos que su trabajo en las dependencias de los espacios escénico en que se desarrollarán las actividades señaladas en la cláusula segunda pueda generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

Séptima. Régimen de modificación y plazo de vigencia.

El presente acuerdo se perfecciona en la fecha en la que firme el último de los signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 17 de enero de 2021 incluido.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente Convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.h), 2.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la prórroga del Convenio podrá acordarse por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Octava. Extinción y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente Convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente Convenio, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

En caso de resolución anticipada, las actuaciones previstas en la cláusula segunda que se encontraran en curso de ejecución, deberán ser finalizadas en el plazo improrrogable que fijen las partes en el momento de la resolución, y los ingresos distribuidos de acuerdo con lo señalado en la cláusula cuarta, en los términos establecidos en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Novena. Régimen jurídico.

El presente Convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 47.1.

Décima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente Convenio.

Undécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Duodécima. Información al Ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este Convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Decimotercera. Protección de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal que figuran en este Convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya finalidad es la tramitación y gestión de los Convenios y protocolos generales de actuación de los que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del Convenio o Protocolo y en su ejecución.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.

Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el INAEM en plaza del Rey, 1, 28004, Madrid o a través de la sede electrónica www.culturaydeporte.gob.es

Decimocuarta. Competencias.

Este Convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, por triplicado y a un solo efecto.–En representación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Directora General, Amaya de Miguel Toral.–En representación de Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., la Vicepresidenta y Consejera-Delegada de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.U., Sara María Fernández Escuer.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Auditorio de Zaragoza para la organización conjunta del Encuentro I-2021 de la Joven Orquesta Nacional de España (JONDE)

Plan de trabajo

Día Horario Concepto
4-1-2021 17:00 19:00 Descarga del camión en el Auditorio de Zaragoza. 4 personas.
  19:00 21:30 Montaje de salas.
5-1-2021 9:00 14:00 Montaje de salas.
7-1-2021 16:00 19:30 Clases.
8-1-2021 10:00 13:30 Clases.
16:00 19:30 Clases.
9-1-2021 10:00 13:30 Clases.
16:00 19:30 Clases.
10-1-2021 10:00 13:30 Clases.
13:30 15:30 Traslado instrumentos y Montaje de sala (2 personas).
16:00 19:30 Lectura.
20:30 22:00 Desmontaje Sala, Traslado de instrumentos y montaje de Aulas (2 personas).
11-1-2021 10:00 13:30 Clases.
13:30 16:00 Traslado instrumentos y Montaje de sala Mozart (2 personas).
17:00 20:30 Libre.
12-1-2021 10:00 13:30 Tuttis.
16:00 19:30 Tuttis.
13-1-2021 10:00 13:30 Tuttis.
16:00 19:30 Tuttis.
14-1-2021 10:00 13:30 Tuttis.
16:00 19:30 Tuttis.
15-1-2021 10:00 13:30 Tuttis.
16:00 19:30 Tuttis.
16-1-2021 10:00 13:30 Ensayo general.
20:00 21:20 Concierto (A. Zaragoza).
17-1-2021 11:45 13:00 Concierto (A. Zaragoza).
13:00 16:00 Carga del camión (4 personas).

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