En la página web de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla se publicará el texto íntegro (que será publicado asimismo en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía») de las bases por las que se regirá la convocatoria para la provisión, por acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, de quince plazas de Profesor del Instituto de Idiomas de las áreas de Alemán, Chino, Francés e Inglés, en régimen laboral con carácter fijo, correspondientes al Grupo I del Convenio colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
Dichas plazas se distribuyen de la siguiente forma:
N.º de plazas | Área | Código |
---|---|---|
2 | Alemán. | 151 |
1 | Chino. | 152 |
4 | Francés. | 153 |
8 | Inglés. | 154 |
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en aquel boletín oficial, ya sea «Boletín Oficial del Estado» (BOE) o «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (BOJA) que publique en último lugar la convocatoria o anuncio de la misma.
Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán inscribirse telemáticamente, cumplimentando la solicitud (modelo 761) a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página web de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla, adjuntando la documentación requerida en la convocatoria.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria se publicarán únicamente en la página web de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla, de conformidad con lo establecido en las bases que rigen esta convocatoria.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma, y cuantos actos administrativos se deriven de ella, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Sevilla, 22 de junio de 2021.–El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
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