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Documento BOE-A-2021-10679

Resolución de 14 de junio de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Asociación Artea, para la organización de proyectos culturales.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2021, páginas 77038 a 77045 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2021-10679

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y ARTEA han suscrito, con fecha 14 de junio de 2021, un Convenio para la organización conjunta de una serie de proyectos culturales, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de junio de 2021.–El Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Manuel J. Borja-Villel.

ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y ARTEA para la organización conjunta de una serie de proyectos culturales

En Madrid, a 14 de junio de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel J. Borja-Villel, Director del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía conforme al contrato de alta dirección en entidades del sector público estatal suscrito el 19 de enero de 2008, actuando en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 11 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 5 de octubre de 2011), y el artículo 9.2.c) del Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (BOE de 6 de abril de 2013). En adelante, MNCARS.

Y, de otra, doña Victoria Pérez Royo, actuando en nombre y representación de la Asociación ARTEA: investigación y creación escénica, con capacidad suficiente para intervenir en el presente Convenio, en su calidad de Presidenta de la citada asociación (según el artículo 11 de los estatutos de constitución de dicha asociación). En adelante, ARTEA.

Ambas partes, en el carácter en que intervienen, se reconocen recíprocamente plena capacidad jurídica para contratar y suscribir el presente Convenio, y

EXPONEN

I. El MNCARS es un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, entre cuyos objetivos se encuentra –conforme al artículo 3.a) de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía–, el de promover el conocimiento y el acceso del público al arte moderno y contemporáneo en sus diversas manifestaciones y favorecer la comunicación social de las artes plásticas, fotografía, audiovisuales, espectáculos en vivo y diseño.

II. Para la consecución de este objetivo, el MNCARS desarrolla como actividades principales la exhibición ordenada de sus colecciones en condiciones adecuadas a su contemplación y estudio; el desarrollo de programas de exposiciones temporales de arte moderno y contemporáneo; la realización de actividades de divulgación, de formación, didácticas y de asesoramiento en relación con sus contenidos; y el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones culturales, nacionales o extranjeras, para favorecer el intercambio de experiencias y conocimientos, y para la organización conjunta de proyectos culturales.

III. ARTEA es una asociación dedicada a la investigación en artes vivas siendo su objetivo generar contextos adecuados para su generación y comunicación así como diseñar y gestionar proyectos de investigación basados en la práctica.

Para la consecución de estos objetivos ARTEA realiza diferentes actividades: organización de encuentros, seminarios y otros foros de comunicación y debate para producir pensamiento y conocimiento, edición de publicaciones individuales y colectivas para la difusión de resultados de investigación, constitución de grupos de estudio e intercambio, procurando la comunicación entre comunidades académicas y no académicas, colaboración en la articulación de redes de investigación y producción internacionales, transferencia de resultados de investigación en forma de talleres, laboratorios, cursos de capacitación, etc.

IV. Que el MNCARS y ARTEA vienen colaborando estrechamente desde hace más de una década, en la concreción de diversos programas de estudio, actividades públicas, investigaciones en torno a las artes vivas, en particular: el máster de Práctica Escénica y Cultural Visual (dentro del Centro de Estudios del MNCARS), así como en colaboraciones dentro del programa de Artes en Vivo, las iniciativas vinculadas a la Cátedra transversal Teatralidades Expandidas (dentro del Centro de Estudios del MNCARS) así como en la investigación en torno a la inclusión de performance en la colección del Museo (dentro del proyecto europeo de L’Internationale y la Colección del museo).

V. En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio para concretar las obligaciones jurídicas y financieras respectivas en el desarrollo de una serie de programas culturales conjuntos, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto del presente Convenio es el de concretar las actividades y los respectivos compromisos del MNCARS y de ARTEA para el desarrollo conjunto de una serie de programas culturales vinculados con:

– El programa de Artes en Vivo: En los últimos cinco años ha ganado consistencia y presencia dentro de la oferta del MNCARS la programación de Artes en Vivo (danza, performance, sonido y música experimental), que incluye un conjunto de propuestas (desde actividades puntuales hasta formatos complejos reiterados año a año tales como Archipiélago y Estudio). Se trata de un programa de práctica y de reflexión en torno al mundo sonoro y de movimiento.

– La cátedra Teatralidades Expandidas: Esta iniciativa transversal situada en el Centro de Estudios del MNCARS analiza el pensamiento que habita las prácticas escénicas y performativas, e invita a escuchar y promover los diálogos que se dan entre las prácticas artísticas y los modos de teatralidad social, con el objetivo de incidir en la potencia política del teatro, la coreografía y el arte de acción, teniendo en cuenta aquello que les es inherente: los modos de producción colaborativa y la copresencia de los cuerpos, diferenciados y singularizados, convertidos en lugares de enunciación de discursos, de manifestación de disidencias y de emergencia del deseo como motor de vida. Supone tanto la realización sostenida de un grupo de estudios de frecuencia anual y duración semestral, como la organización de un gran evento anual que incluya tanto actividades públicas (concierto, performance, conferencia) como actividades destinadas a l+s estudiantes del máster y a la comunidad del Centro de Estudios.

– La investigación, junto con el Departamento de Colecciones del MNCARS de la colección de Artes, incluyendo la participación en el grupo de trabajo sobre artes vivas del Dpto. de Colecciones y el grupo de trabajo «collections» de L’Internationale | Our Many Europes y su proyecto editorial; y la documentación, acompañamiento y apoyo técnico en el proyecto «Loreto Troncoso» del programa Fisuras.

El grupo de trabajo sobre artes vivas del Dpto de colecciones tiene como finalidad reflexionar sobre las prácticas y metodologías en la inclusión en la colección de arte contemporáneo obras que incluyen piezas de artes en vivo, a partir del análisis de casos de estudio que plantean la problemática de cómo conservar materialmente unas prácticas que son efímeras por propia naturaleza. El grupo se compone con varios miembros: los cargos responsables de Colecciones del Museo Reina Sofía, de Actividades Públicas del Museo Reina Sofía, las conservadoras del departo de colecciones del ámbito de artes performativas, y el grupo de expertos de ARTEA.

El grupo de trabajo «collections» de L’Internationale | Our Many Europes está incluido y descrito en el proyecto Our Many Europes, que cuenta con financiación de la Agencia Europea de Educación, Cultura y (EACEA) – número de contrato 2018-2086. Los objetivos y componentes de este grupo de trabajo están incluidos en este programa, bajo el número de actividad número 40: se trata de un grupo de trabajo compuesto por conservadores y expertos en obras de arte contemporáneo, concretamente en prácticas de performance, pertenecientes a los siete museos de arte moderno y contemporáneo que forman parte del consorcio Our Many Europes, con el objetivo de poner en común las metodologías y protocolos de colección de artes performativas y plasmar esta puesta en común en una publicación online y un seminario.

Segunda. Compromisos del MNCARS.

2.1 En virtud del presente Convenio, el MNCARS asume las siguientes obligaciones con relación a cada proyecto a desarrollar:

2.1.1 Programa de actividades públicas dentro del Programa de Artes en Vivo (danza, performance, música):

– Definición y transmisión de las grandes líneas-fuerza que articulan la Programación de Artes en Vivo y la vinculan con el plan rector de la dirección artística del museo, así como con el resto de las actividades públicas, exposiciones temporales y construcción de la colección.

– Coordinación, producción y difusión de actividades, encuentros y festivales incluidos en el programa de Artes en vivo.

– Puesta al día del archivo y memoria institucional de estas actividades.

– Promover la comunidad del Centro de Estudios como espacio abierto de investigación y mediación con otros saberes y procesos con la participación de l+s estudiantes y egresad+s.

2.1.2 Cátedra transversal «Teatralidades Expandidas».

– Definición y transmisión de las grandes líneas de trabajo del Centro de Estudios del MNCARS.

– Coordinación técnica, producción y difusión del evento anual de la cátedra en el Centro de Estudios del MNCARS, en su dimensión pública (conferencia/performance) y en su articulación con l+s estudiantes del máster (a través de talleres y/o seminarios).

– Coordinación, producción y difusión del grupo de estudio anual asociado a esta cátedra.

2.1.3 Proyecto de investigación sobre la colección de Artes Vivas del Dpto. de Colecciones y participación en el grupo de trabajo de performance de L’Internationale |Our Many Europes.

– Acceso a documentos y obras del MNCARS que permitan desarrollar la investigación de determinados casos de estudio para dicha investigación.

– Organización de reuniones y calendario de trabajo, informes, y presentaciones públicas asociadas a la investigación sobre la colección de Artes Vivas del Dpto. de Colecciones en el marco del grupo de trabajo de performance de L’Internationale | Our Many Europes.

– Organización y coordinación de las entrevistas a los artistas incluidos en los casos de estudio de la investigación sobre la colección de Artes Vivas del Dpto. de Colecciones en el marco del grupo de trabajo de performance de L’Internationale | Our Many Europes.

– Revisión de los textos producidos conjuntamente con ARTEA durante el desarrollo de la investigación sobre la colección de Artes Vivas del Dpto. de Colecciones en el marco del grupo de trabajo de performance de L’Internationale | Our Many Europes.

– Participación en las presentaciones públicas, junto con ARTEA, con los resultados de la investigación sobre la colección de Artes Vivas del Dpto. de Colecciones en el marco del grupo de trabajo de performance de L’Internationale | Our Many Europes.

– Organización de reuniones y calendario de trabajo de la presentación del proyecto «Loreto Troncoso» en el Programa Fisuras.

– Revisión de los textos producidos conjuntamente con ARTEA para la presentación del proyecto «Loreto Troncoso» en el Programa Fisuras.

2.2 El coste estimado de los costes asumidos por el MNCARS en virtud de esta cláusula se detalla en el anexo (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto, su distribución por anualidades y su imputación al presupuesto correspondiente del MNCARS.

Tercera. Compromisos de ARTEA.

3.1 En virtud del presente Convenio, ARTEA asume las siguientes obligaciones con relación a cada proyecto a desarrollar:

3.1.1 Programa de actividades públicas en Artes en Vivo (danza, performance, música):

– Comisariado de la programación en Artes en Vivo en las áreas de danza, performance y música.

– Planificación anual de la programación de Artes en vivo siguiendo las líneas fuerzas del departamento de Actividades Públicas y las líneas generales de trabajo del Museo Reina Sofía.

– Elaborar un conjunto de propuestas de programación de Artes en Vivo (danza, performance, música y sonido) para el Departamento de Actividades Públicas.

– Acompañamiento a cada propuesta, presentación de las actividades y moderación de las conversaciones.

– Adecuación espacial de las piezas encargadas a los espacios del museo.

– Elaboración de textos de difusión, hojas de sala y las publicaciones que sean requeridas en cada caso.

– Desarrollar líneas de trabajo en diálogo con el departamento de Actividades Públicas y puesta en marcha de proyectos de investigación referidos a las Artes en Vivo junto con el personal del Museo Reina Sofía e incluyendo a otras y otros agentes.

– Evaluar de propuestas externas dirigidas al museo.

– Activar labores de curaduría y mediación con los artistas.

– Articular la programación de Artes en Vivo, el Máster de Prácticas Escénicas y Cultura Visual y la Cátedra de Teatralidades Expandidas del Centro de Estudios.

– Articulación entre la programación de Artes en Vivo y el Departamento de Educación para actividades pedagógicas y talleres.

– Diálogo con la Biblioteca y Centro de Documentación del museo de cara a propuestas de adquisición de libros y archivos.

– Interlocución con artistas, compañías, festivales y agencias de reserva.

– Disponibilidad para la asistencia a reuniones y asesoría en consultas de distintos departamentos del museo.

3.1.2 Cátedra transversal «Teatralidades Expandidas».

– Coordinación académica y artística de la cátedra, presentando una propuesta de programa a consensuar con el museo el año anterior a su realización en el Centro de Estudios del MNCARS, en su dimensión pública (conferencia/performance) y en su articulación con l+s estudiantes del máster (a través de un taller y/o seminario). El evento anual se organizará en torno a la invitación a un artista de prestigio internacional, que impartirá una conferencia pública en el Museo y participará en seminarios con artistas locales y estudiantes del MPECV. En paralelo, y en función del perfil de cada artista, se podrán organizar otras actividades públicas tales como conciertos, performances, ciclos de cine, etc.

– Dirección académica del grupo de estudio anual asociado a esta cátedra: presentación del programa y texto introductorio para difusión, coordinación de las sesiones de trabajo, resultados y avances en formatos publicables, etc. El grupo de estudio tiene una continuidad anual en torno a un tema que se renueva cada año, asociado a los proyectos de investigación promovidos por ARTEA, y articulados con las líneas fuerza del departamento de Actividades Públicas del MNCARS. La asistencia al grupo es limitada y los participantes son seleccionados por los equipos del MNCARS y ARTEA a partir de sus CV y cartas de presentación. La actividad podrá tener un formato virtual, presencial o bien híbrido para facilitar la coexistencia de una comunidad local y una comunidad internacional.

3.1.3 Proyecto de investigación sobre la colección de Artes Vivas del Dpto. de Colecciones y participación en el grupo de trabajo de performance de L’Internationale | Our Many Europes.

– Participación, junto al Departamento de Colecciones, en las reuniones de trabajo del grupo performance de L’Internationale | Our Many Europes y preparación de los documentos necesarios para dichas reuniones.

– Redacción, junto al Departamento de Colecciones, de los textos sobre la colección de Artes Vivas del MNCARS y otras colaboraciones, incluidas en la publicación editada por el grupo de trabajo de performance de L’Internationale | Our Many Europes.

– Participación y asesoría, junto al Departamento de Colecciones, en las presentaciones públicas derivadas de la investigación sobre la colección de Artes Vivas del Dpto. de Colecciones en el marco del grupo de trabajo de performance de L’Internationale | Our Many Europes.

– Participación, junto al Departamento de Colecciones, en la investigación sobre la colección de Artes Vivas del MNCARS, incluyendo 4 entrevistas a artistas como casos de estudio particulares.

– Documentación, acompañamiento y apoyo técnico durante el desarrollo y la presentación del proyecto «Loreto Troncoso» en el Programa Fisuras.

3.2 El coste estimado de los costes asumidos por ARTEA en virtud de esta cláusula se detalla en el anexo (Presupuesto económico), que es parte integrante del presente Convenio y en el que se desglosan los conceptos de gasto y su distribución por anualidades.

Cuarta. Imagen y difusión.

4.1 Todos los materiales de difusión y comunicación que se editen con motivo de los proyectos culturales mencionados en la cláusula precedente, incluirán mención y el logotipo del MNCARS y de ARTEA como entidades coorganizadoras.

4.2 A tal fin, la parte encargada de su edición remitirá a la otra con suficiente antelación las pruebas de tales materiales, previamente a su difusión, para ser revisados y obtener la autorización expresa de la otra parte.

4.3 Las partes podrán incluir en tales materiales de difusión los logotipos de otras instituciones, públicas y/o privadas, terceros patrocinadores o colaboradores, que participen en la celebración de las actividades objeto del presente Convenio, previa revisión y aprobación del referido material por la otra parte. Será motivo para denegar dicha aprobación el posible conflicto con patrocinadores o colaboradores propios, por motivos de exclusividad o de pertenencia a un mismo sector de actividad.

Quinta. Vigencia.

El presente Convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publicará asimismo en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Permanecerá en vigor durante un plazo de 3 (tres) años. Finalizado el plazo de vigencia, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, que será tramitada conforme a lo previsto en el artículo 50 de la citada Ley 40/2015.

Sexta. Modificaciones.

El presente Convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de este Convenio deberá ser efectuada por escrito y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública prevista en el artículo 50.2.c) de la misma ley.

Séptima. Causas de extinción.

7.1 El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

7.2 Son causas de resolución del presente Convenio:

a) El transcurso de su plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo mutuo entre las partes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, la parte afectada podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. La resolución del Convenio por esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados teniendo en cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos por la parte perjudicada a consecuencia del incumplimiento y hasta el momento de resolución del Convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en las leyes.

Octava. Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.

8.1 Se constituirá una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento para la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que del presente Convenio pudieran derivarse. La citada Comisión, de composición paritaria, estará integrada por dos representantes del MNCARS y dos de ARTEA, designados al efecto por cada parte:

– Miembros por parte del MNCARS: Directora de Actividades Públicas, coordinador del Centro de Estudios, Directora de Colecciones.

– Miembros por parte de ARTEA: Presidenta y dos representantes.

8.2 La Comisión de Seguimiento se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico, respecto a lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena. Fuerza mayor.

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato cuando dicho incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor, es decir, cuando el incumplimiento derive de un acto, acontecimiento, omisión, circunstancia o ausencia de circunstancia que esté más allá de su control razonable.

Décima. Protección de datos.

Cualquier tratamiento sobre los datos personales al que las partes puedan proceder en el desarrollo de este Convenio se someterá a la normativa de protección de datos personales, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Undécima. Legislación aplicable y jurisdicción competente.

11.1 El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

11.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la comisión prevista en la cláusula octava. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el MNCARS, Manuel J. Borja-Villel.–Por ARTEA, Victoria Pérez Royo.

El presente Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado con fecha de 30 de marzo de 2021 y autorizado por el Ministerio de Hacienda con fecha de 4 de junio de 2021.

ANEXO
Presupuesto Económico del Convenio (2021-2023)

(Importe en euros, IVA incluido)

Ejercicio económico 2021 2022 2023
Concepto y aplicación presupuestaria. ARTEA

MNCARS

24.302.333A.227.06

ARTEA

MNCARS

24.302.333A.227.06

ARTEA

MNCARS

24.302.333A.227.06

Investigación y generación de nuevo conocimiento en torno a las Artes en Vivo (L’Internationale/ Colección). 1.500 6.000 2.000 10.000 1.500 6.000

Programación de Artes en Vivo

(AP: Artes en Vivo).

10.000 22.000 10.000 39600 10.000 39.600

Pedagogías críticas

(AP: CdeE).

25.000 6.600 25.000 6.600 25.000 6.600
Gastos difusión. 2.000 0 2.000 0 2.000 0
 Total por año. 38.500 34.600 39.000 56.200 38.500 52.200
Totales generales ARTEA 116.000 €

MNCARS

24.302.333A.227.06

143.000 €

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