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Documento BOE-A-2021-10341

Resolución de 10 de junio de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica la prórroga del Convenio con la Fundación ONCE, para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones educativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado Programa Reina Letizia para la Inclusión.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 2021, páginas 75192 a 75195 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2021-10341

TEXTO ORIGINAL

El Real Patronato sobre Discapacidad y la Entidad Colaboradora (F. ONCE) han suscrito el 2 de junio de 2021, la prórroga del Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Entidad Colaboradora (F. ONCE) para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones educativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Prórroga, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 10 de junio de 2021.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

ANEXO
Prórroga del Convenio entre el Real Patronato sobre Discapacidad y la Entidad Colaboradora (F. ONCE) para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones educativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión»

REUNIDOS

De una parte, don Ignacio Álvarez Peralta, Secretario de Estado de Derechos Sociales nombrado por Real Decreto 59/2020, de 14 de enero (BOE n.º 13, de 15 de enero), en calidad de Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, conforme a lo establecido en el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, aprobado por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, modificado por Real Decreto 1/2013, de 11 de enero.

Y de la otra, don Alberto Durán López, en nombre y representación de la Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad (en adelante Fundación ONCE), con domicilio social en la calle Sebastián Herrera, n.º 15, de la provincia de Madrid, CP 28012, y con CIF G-78.661.923. Actúa en su calidad de Vicepresidente primero Ejecutivo en virtud de las facultades que le fueron conferidas mediante escritura de elevación a público de acuerdos del Patronato otorgada ante el Notario de Madrid don Alberto Bravo Olaciregui en fecha 11 de septiembre de 2018 con el n.º 1.586 de su protocolo que le confieren facultades para suscribir convenios de colaboración con los organismos de la Administración General del Estado.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 25 de abril de 2019 se firmó el convenio con la Fundación ONCE para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado Programa Reina Letizia para la Inclusión y con fecha 3 de junio de 2019, se inscribió en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», iniciándose en esa fecha sus efectos.

Segundo.

Que, de conformidad con el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 asume las competencias del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Tercero.

Conforme lo establecido en la cláusula novena del convenio, éste tiene una duración de dos años, a partir del 3 de junio, pudiéndose prorrogarse por igual periodo de tiempo, mediante acuerdo expreso de las partes firmantes, de conformidad y con las condiciones establecidas en el artículo 49.h) de la citada norma.

Cuarto.

Que las obligaciones asumidas entre las partes firmantes de la prórroga del Convenio se entienden vigentes desde la fecha de su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

En consecuencia, con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho Convenio, las partes firmantes de esta prórroga, estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de dos años, de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la prórroga.

Que es voluntad de las partes firmantes del convenio, el Real Patronato sobre Discapacidad y la Fundación ONCE, para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones formativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado «Programa Reina Letizia para la Inclusión», proceder a la prórroga del mismo, por dos años más, sin que ello suponga la obligación de asumir por las partes, compromisos adicionales, sino tan solo una ampliación del plazo fijado de vigencia del mismo.

Por lo tanto, los efectos de la presente prórroga a este Convenio, se extenderán desde el día 3 de junio de 2021 hasta el 3 de junio de 2023.

Segunda. Obligaciones de las partes.

Las partes intervinientes, se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración. Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes, se entenderán vigentes hasta la extinción del Convenio de prórroga por el transcurso de los plazos.

En concreto, el Real Patronato sobre Discapacidad se compromete a:

– Dar a la entidad gestora las instrucciones necesarias la buena gestión del programa de ayudas «Programa Reina Letizia para la Inclusión».

Y la Fundación ONCE se compromete a:

– Prestar al Real Patronato sobre Discapacidad la ayuda y colaboración necesaria para la correcta en la gestión del programa lo que, en ningún caso, supondrá el ejercicio de competencias de carácter administrativo.

– Recibir del Real Patronato sobre Discapacidad la documentación aportada por los solicitantes de las ayudas, comprobar el cumplimiento de lo exigido en la convocatoria y remitir los correspondientes informes al Real Patronato.

– Realizar una gestión diligente de los fondos públicos percibidos.

– Mantener abierta la cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas otorgadas.

– Pagar a los beneficiarios las ayudas concedidas de acuerdo con los plazos y condiciones establecidos en las bases reguladoras del programa, en la convocatoria anual y en la resolución de concesión de éstas.

– Justificar ante el Real Patronato sobre Discapacidad que se ha efectuado el pago de las ayudas a los beneficiarios.

– Llevar un registro donde se detalle, como mínimo, los fondos recibidos para su entrega a los beneficiarios, los fondos entregados a estos, los reintegros que, en su caso, realicen los beneficiarios, los remanentes devueltos, en su caso, al Real Patronato sobre Discapacidad y los rendimientos financieros que hayan generado los fondos públicos. Los rendimientos financieros que generen los fondos públicos librados a la entidad colaboradora hasta el momento en que ésta realice el pago corresponden al Real Patronato sobre Discapacidad, debiendo quedar perfectamente identificados en la documentación.

– Asesorar y colaborar en la gestión y seguimiento del cumplimiento de los requisitos de las personas beneficiarias que no hayan justificado en tiempo y forma las ayudas concedidas.

– Devolver al Real Patronato sobre Discapacidad la documentación que hayan aportado los solicitantes y beneficiarios de las ayudas, una vez que haya finalizado el procedimiento de justificación.

– Devolver al Real Patronato sobre Discapacidad el remanente que resulte en el mes siguiente a que se determine la cantidad máxima que la entidad colaboradora debe distribuir entre los beneficiarios de las ayudas.

– Ingresar en el Real Patronato sobre Discapacidad los rendimientos financieros que generen los fondos públicos librados.

– Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de dichos fondos pueda efectuar el organismo, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando la información que le sea requerida para ello.

– Atender las instrucciones que se reciban desde el Real Patronato sobre Discapacidad para la adecuada colaboración en la gestión del programa.

Tercera. Compromisos económicos de la prorroga.

De acuerdo con la cláusula segunda del convenio y al amparo de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

El Real Patronato sobre Discapacidad se compromete a:

– Destinar a la entidad colaboradora en la gestión del programa una aportación económica de euros (249.500 €), el cuatro con noventa y nueve (4,99) por ciento del importe total anual del programa, con cargo a la aplicación 29.102.231F.226.487 del presupuesto de gastos del organismo para el año 2021. En cumplimiento de lo previsto en el apartado 3 del artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el abono de esta aportación económica se efectuará una vez justificadas las actuaciones previstas, en un solo pago, una vez comprobado que reúnen los requisitos, y se publique la Resolución definitiva correspondiente. El ingreso se realizará en la cuenta número ES71 2038 0626 0860 0013 3528. El abono se efectuará previo certificado suscrito por el Director del organismo acreditando la realización de las actuaciones y la conformidad con la justificación documental correspondiente.

– Entregar los fondos correspondientes a estas ayudas en un único pago anticipado, tal y como establece el punto séptimo de la Resolución de 14 de noviembre de 2018, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora. Estos fondos, en ningún caso, se considerarán integrantes del patrimonio de la entidad colaboradora.

Cuarta. Régimen jurídico.

Salvo lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que fuera de aplicación, esta prórroga se rige por lo dispuesto en la normativa de aplicación en el momento de la firma del Convenio.

En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman esta prórroga de convenio.–Por la Fundación ONCE, Alberto Durán López.–Por el Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

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