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Documento BOE-A-2020-8972

Orden JUS/751/2020, de 7 de julio, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 1 de agosto de 2020, páginas 62476 a 62478 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2020-8972

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en el artículo 17 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, se anuncia la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuya descripción se especifica en el anexo de la presente convocatoria con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Participantes.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de la categoría primera y de la categoría segunda que lleven al menos diez años en el Cuerpo, y como mínimo hayan estado cinco años en puestos de segunda categoría, y que se encuentren en situación de servicio activo o en cualesquiera otras que comporten la reserva del puesto de trabajo, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No podrán participar los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

El Secretarios Coordinadores que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuviera desempeñando su segundo o posterior mandato, no podrá optar a la renovación para el mismo puesto, conforme a la disposición transitoria 4.ª 3 de la mencionada Ley Orgánica.

Segunda. Presentación de solicitudes.

Los interesados deberán presentar sus solicitudes, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto al que aspiren, así como indicar los méritos que aleguen, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes se dirigirán al Sr. Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, y deberán tener entrada en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle La Bolsa, 8 (28071 Madrid), o en la forma prevista en la normativa de procedimiento administrativo vigente.

Dentro del plazo de presentación de solicitudes y con carácter obligatorio se deberá remitir copia de la solicitud con el sello de registro y documentación correspondiente, a la siguiente dirección de correo electrónico: letradosaj@mjusticia.es. En los diez días siguientes, los interesados deberán presentar toda la documentación que quieran hacer valer, junto con la copia sellada de su solicitud, en la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia que corresponda al puesto de Secretario Coordinador para cuya cobertura participan.

Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas, sin perjuicio de lo establecido en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con la solicitud no es necesario adjuntar copia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, entre los que se pueden encontrar el conocimiento del idioma y derecho foral propio de la Comunidad Autónoma en la que radique el puesto de trabajo que se solicita, pero en cualquier momento la documentación original puede ser requerida por el Secretario de Gobierno o el Ministerio de Justicia.

Junto con la documentación se presentará:

– Curriculum Vitae en formato europass

(https://europass.cedefop.europa.eu/editors/es/cv/compose)

– Una memoria firmada en la que, en una extensión no superior a diez folios, el candidato realizará un análisis de las tareas del puesto solicitado, condiciones y medios necesarios para su desempeño, propuesta de mejora en el desarrollo de las funciones y todas aquellas cuestiones que el aspirante considere de interés o importancia en relación con las funciones del puesto.

El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas podrán realizar una entrevista personal a los solicitantes.

Tercera. Procedimiento para el nombramiento.

1. Transcurrido el plazo correspondiente para la presentación de las solicitudes y examinadas y valoradas todas ellas, el Secretario de Gobierno propondrá al candidato que considere más idóneo para desempeñar el cargo de Secretario Coordinador, que será nombrado por el Ministerio de Justicia. Para los puestos de trabajo de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos, la propuesta de los Secretarios de Gobierno, deberá realizarse de acuerdo con la Comunidad Autónoma correspondiente.

2. Junto con la propuesta los Secretarios de Gobierno remitirán al Ministerio de Justicia en formato electrónico la documentación relacionada con las solicitudes tramitadas.

3. Antes del nombramiento se oirá al Consejo del Secretariado sobre el candidato que ha de ser nombrado por el Ministerio de Justicia.

Cuarta. Resolución y adjudicación de destino.

La resolución de la presente convocatoria se llevará a cabo mediante Orden del Ministro de Justicia.

El mandato del Secretario Coordinador se extenderá a un plazo de cinco años, renovable, en su caso, por un solo periodo igual, no pudiendo ocuparse más de diez años el mismo puesto de Secretario Coordinador conforme a lo dispuesto en el artículo 466.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El Secretario Coordinador que fuere nombrado en esta convocatoria y que a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, estuviera desempeñando el puesto para el que ahora es reelegido, no podrá optar a la reelección para el mismo puesto cuando trascurran los 5 años de este segundo mandato, conforme a lo establecido en el precepto citado.

Al Letrado de la Administración de Justicia que sea nombrado Secretario Coordinador se les reservará, durante el tiempo que ocupare dicho cargo, la plaza que viniere ocupando con anterioridad a dicho nombramiento, conforme a lo establecido en el artículo 466.4 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio.

La plaza ofertada podrá declararse desierta.

Quinta. Recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición de Recurso potestativo de Reposición, ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 7 de julio de 2020.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/696/2015, de 16 abril), el Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Francisco de Borja Vargues Valencia.

ANEXO

I. Características del puesto.

Puesto de trabajo: Secretario Coordinador Provincial de Huesca.

Localidad: Huesca.

Forma de Provisión: Libre designación.

II. Funciones:

Las funciones que corresponde ejercer en los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria son las establecidas en los artículos 467 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 18 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre.

III. Requisitos de participación:

Cuerpo: Letrados de la Administración de Justicia.

Categoría: Primera categoría o al menos cinco años de antigüedad en la categoría segunda.

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