Está Vd. en

Documento BOE-A-2020-8390

Resolución de 21 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aprobados de las fases de oposición y concurso-oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública, convocado por Resolución de 6 de marzo de 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 23 de julio de 2020, páginas 56267 a 56269 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2020-8390

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública, convocadas por Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en la base decimonovena de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado,

Esta Subsecretaría acuerda:

Primero.

Hacer pública la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, por el sistema general de acceso libre y la fase de concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, por orden de puntuación obtenida, que figura en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.

Declarar, tras su comprobación, el cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, por parte de los aspirantes relacionados en el anexo I, salvo lo señalado en los apartados siguientes, de acuerdo con la información que consta en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Registros Nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado.

Tercero.

Los aspirantes señalados en el anexo II deberán aportar la documentación indicada en él y que aparece detallada a continuación, en los lugares y plazos señalados en el apartado quinto.

a) Copia auténtica del título de Ingeniero de Montes, el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, o certificación académica original que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Cuarto.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera deberán formular opción al comienzo del período de prácticas o del curso selectivo para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero.

Quinto.

Las personas indicadas en el apartado tercero deberán aportar ante la Administración, de acuerdo con lo establecido en la base decimonovena de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, la documentación requerida, en el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», dirigida a la Subdirección General de Recursos Humanos (calle Alcalá, 9, planta 4.ª, de Madrid) o en el Registro General del Ministerio de Hacienda, o bien en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Séptimo.

Por Resolución de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento, así como la fecha de inicio del curso selectivo determinado en la convocatoria.

Estos funcionarios deberán superar el referido curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante Resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo de prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Octavo.

La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el proceso selectivo.

Noveno.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del domicilio del interesado, a elección del mismo, en ambos casos a partir del día siguiente al de su notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa) y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Madrid, 21 de julio de 2020.–La Subsecretaria de Hacienda, Pilar Paneque Sosa.

ANEXO I
Relación de aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso-oposición del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública

Sistema de promoción interna

NOPS Apellidos y nombre DNI Fase oposición Fase concurso Nota final
1 Caicoya González, Alejandro. ***3355** 34,56 7,70 42,26

Sistema general de acceso libre

NOPS Apellidos y nombre DNI Nota final
1 Palacio Melchor, Fabiola. ***7351** 46,88
2 Pérez Terrazas, David. ***2788** 45,55
3 Martín Tomé, Javier. ***5397** 37,86
4 Burón Guerrero, Justo Antonio. ***7437** 36,25
5 García Calvo Rodríguez Malo, Carlos. ***2320** 34,72
ANEXO II
Relación de aspirantes que deben presentar documentación y documentación a presentar
DNI Apellidos y nombre Documentación que deben presentar
***2320** García Calvo Rodríguez Malo, Carlos. Copia auténtica de la titulación exigida.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/07/2020
  • Fecha de publicación: 23/07/2020
Referencias anteriores
  • PUBLICA relación de aprobados en la Resolución de 6 de marzo de 2019 (Ref. BOE-A-2019-3441).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid