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Documento BOE-A-2020-7065

Resolución de 19 de junio de 2020, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se declara concluido el procedimiento y desierta plaza de Catedrático de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 2 de julio de 2020, páginas 46179 a 46179 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2020-7065

TEXTO ORIGINAL

Convocada a concurso por Resolución de la Universitat Pompeu Fabra de 17 de julio de 2019 (BOE número 177 de 25 de julio de 2019), una plaza de Catedrático de Universidad, de promoción interna, del Departamento de Derecho del área de conocimiento de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales con perfil Derecho Internacional Público. Derecho de la Unión Europea.

De conformidad con la propuesta de la Comisión de Selección nombrada para juzgar el concurso, y una vez agotado el período de reclamación al acuerdo de dicha Comisión de fecha 20 de febrero de 2020; de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; y el artículo 52j) de los Estatutos de la Universitat Pompeu Fabra, resuelvo:

Declarar concluido el procedimiento y desierta la plaza de Catedrático de Universidad del Departamento de Derecho del área de conocimiento de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales con perfil Derecho Internacional Público. Derecho de la Unión Europea.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», según lo que establece la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las personas interesadas también podrán interponer potestativamente un recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en cuyo caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Barcelona, 19 de junio de 2020.–El Rector, Jaume Casals Pons.

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