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Documento BOE-A-2020-6953

Decreto de 24 de junio de 2020, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de Seguridad Vial en la Fiscalía Provincial de Valencia a don Eduardo Olmedo de la Calle.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 1 de julio de 2020, páginas 45700 a 45701 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2020-6953

TEXTO ORIGINAL

El 12 de marzo de 2020, el Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial remitió a la Inspección Fiscal propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. Sr. D. Eduardo Olmedo de la Calle, como Delegado de Seguridad Vial en la citada Fiscalía, cómo consecuencia de ser nombrada Delegada de Protección de Datos la anterior Delegada de la Especialidad la Fiscal Ilma. Sra. Da.María Teresa Soler Moreno.

Con, motivo de cesar la anterior Fiscal Delegada de Seguridad Vial citada, quedó vacante el cargo de Fiscal Delegado de la Especialidad en la Fiscalía Provincial de Valencia. Para cubrirlo, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Se presentaron tres solicitantes, Ilmo/as. Sr/as. D. Eduardo Olmedo de la Calle, D.ª Mara Furió Peris y D.a Cristina Clavería Portillo. El Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia en fecha 26 de febrero de 2020 formuló propuesta de designación en favor del Sr. D. Eduardo Olmedo de la Calle, por su acreditada experiencia y formación en la especialidad, y por haber formado parte de la Sección Especializada de Seguridad Vial de esa Fiscalía entre los años 2001 a 2007. De la propuesta se dio traslado para alegaciones a los tres aspirantes, sin que formularan alegación alguna.

En fecha 2 de marzo de 2020, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia elevó la propuesta a la Unidad Especializada de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado.

Mediante informe de fecha 10 de marzo de 2020, el Fiscal de Sala de la Unidad de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado no formuló objeción a su designación, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (art 3.4 RD 437/1983).

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4), lo que ha sido debidamente cumplimentado.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá el mismo procedimiento de designación también en los casos en los que el Delegado Provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano, como sucede en este caso.

Esta misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala Coordinador, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente, trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Valencia está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

1. Nombrar al Ilmo. Sr. D. Eduardo Olmedo de la Calle, Fiscal Delegado de Seguridad Vial en la Fiscalía Provincial de Valencia.

2. Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Poner de manifiesto que contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.° 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley

Madrid, 24 de junio de 2020.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.

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