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Documento BOE-A-2020-6890

Resolución de 25 de junio de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural del año 2020, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 29 de junio de 2020, páginas 45438 a 45439 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2020-6890

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, modificado por la disposición final tercera, del Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, esta Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2020 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Emisión Fecha subasta Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado (%)
Bonos del Estado a 3 años al 0,00%, vto. 30.04.2023 18.06.2020 -0,242
Bonos del Estado a 5 años al 0,00%, vto. 31.01.2025 18.06.2020 -0,075
Obligaciones del Estado a 10 años al 1,25%, vto. 31.10.2030 18.06.2020 0,528
Obligaciones del Estado a 15 años al 1,85%, vto. 30.07.2035 04.06.2020 0,945
Obligaciones del Estado a 30 años al 1,00%, vto. 31.10.2050 07.05.2020 1,673

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 63 y 91 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2020 son el -0,194 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el -0,060 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 0,422 por 100 para el plazo de diez años, el 0,756 por 100 para el plazo de quince años y el 1,338 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

3. No obstante lo anterior, si se trata de deuda pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2020 son el -0,097 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el -0,030 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 0,211 por 100 para el plazo de diez años, el 0,378 por 100 para el plazo de quince años y el 0,669 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

Madrid, 25 de junio de 2020.-El Secretario General del Tesoro y Financiación Internacional, Carlos San Basilio Pardo.

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