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Documento BOE-A-2020-6734

Orden APA/564/2020, de 15 de junio, por la que se concede el Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2019-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 25 de junio de 2020, páginas 44383 a 44384 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2020-6734

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo, se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.

Por Orden de 17 de septiembre de 2019, se convoca el premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2019-2020.

Vista la propuesta de resolución del Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2019-2020, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 6.2 de la Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Primero.

Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra, campaña 2019/2020:

Modalidad «Frutado Verde Amargo». Premio: Cortijo de Suerte Alta, S.L., de Albendín-Baena (Córdoba).

Modalidad «Frutado Verde Dulce». Premio: Olivapalacios, S.L., de Bolaños de Calatrava (Ciudad Real).

Modalidad «Frutado Maduro». Premio: Agricola i Caixa Agraria i Seccio Credit de Riudecanyes, S.C.C.L., de Riudecanyes (Tarragona).

Premio Especial Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra, campaña 2019/2020:

Aceite presentado por Cortijo de Suerte Alta, S.L., de Albendín-Baena (Córdoba).

Han resultado finalistas:

Modalidad «Frutado Verde Amargo»:

Finalista: Almazara de Muela, S.L., de Priego de Córdoba (Córdoba).

Finalista: S.C.A. SAN VICENTE, de Mogón (Jaén).

Modalidad «Frutado Verde Dulce»:

Finalista: Manuel Molina Muñoz e Hijos, S.L., de Almedilla (Córdoba).

Finalista: Aceites Finca La Torre, S.L.U., de Bobadilla (Málaga).

Modalidad «Frutado Maduro»:

Finalista: Pago Peñarrubia, S.L., de Albacete.

Finalista: Agricola i Caixa Agraria i Seccio Credit de La Selva del Camp-COSELVA, SCCL, de La Selva del Camp (Tarragona).

Segundo.

Aceptar el desistimiento y renuncia de las almazaras que lo han comunicado.

Tercero.

Desestimar el resto de solicitudes admitidas al concurso.

Cuarto.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse, potestativamente, en reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si hubiese recaído resolución expresa. Si el acto no fuere expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, se produzca el acto presunto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, si hubiese recaído resolución expresa, o de seis, si el acto no fuere expreso, también contados desde el día siguiente al de su publicación. No podrán simultanearse ambas vías de recurso.

Madrid, 15 de junio de 2020.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

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