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Documento BOE-A-2020-5205

Resolución de 11 de mayo de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E., para regular la colaboración o cooperación en el Plan de formación de becarios del Programa de becas de la Red Exterior del CDTI en la Red Exterior de Oficinas Económicas y Comerciales, así como la instalación de dichos becarios en la Red.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 21 de mayo de 2020, páginas 33885 a 33887 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2020-5205

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria de Estado de Comercio y la Secretaria General de Innovación, en su calidad de Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E, han suscrito una Adenda de modificación al convenio para regular la colaboración o cooperación en el Plan de formación de becarios del Programa de becas de la Red Exterior del CDTI en la Red Exterior de Oficinas Económicas y Comerciales, así como la instalación de dichos becarios en la Red.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 11 de mayo de 2020.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Antonio J. Hidalgo López.

ANEJO
Adenda de modificación al convenio entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Secretaría de Estado de Comercio) y el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E. del Ministerio de Ciencia e Innovación para regular la colaboración o cooperación en el Plan de formación de becarios del Programa de Becas de la Red Exterior del CDTI en la Red Exterior de Oficinas Económicas y Comerciales, así como la instalación de dichos becarios en la red

En Madrid, a 9 de marzo de 2020.

REUNIDAS

De una parte, doña Xiana Margarida Méndez Bértolo, Secretaria de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 649/2018, de 22 de junio, en ejecución de la competencia material prevista en el artículo 3.1.º) del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, respecto a la gestión económico-financiera y técnica de la red de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior, en adelante, OFECOMES, la inspección técnica de las mismas, la evaluación de su funcionamiento, organización y rendimiento, así como la elaboración y desarrollo de acciones que permitan la mejora de dicha red de oficinas.

Y por otra, doña Teresa Riesgo Alcaide, Secretaria General de Innovación, designada en virtud del Real Decreto 587/2018, de 18 de junio, en su calidad de Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E., en adelante CDTI, en uso de la facultad que le confiere el apartado 1 del artículo 10 del Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del CDTI, y en ejecución de las competencias que derivan del artículo 3 del referido Reglamento.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal para formalizar el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 15 de octubre de 2019 se firmó un Convenio, publicado en el BOE de 12 de diciembre de 2019, entre la Secretaría de Estado de Comercio y el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) para el uso de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior por parte de los becarios del programa de becas de la Red Exterior del CDTI que prevé una vigencia desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2020.

Segundo.

Que en noviembre de 2019 ha surgido la necesidad de albergar en la Oficina Económica y Comercial de Dubái (Emiratos Árabes Unidos) a la becaria de la red exterior de CDTI, ubicada actualmente en la Oficina Económica y Comercial de España en Argel, al haber decaído mucho la actividad en Argelia debido a la situación política y preverse un importante incremento de actividad en Emiratos Árabes Unidos. Esto facilitará un mejor aprovechamiento de su período de formación.

Tercero. 

Que en el anexo al convenio figura la relación por zonas y país de las oficinas económicas y comerciales donde se proporcionará espacio para la instalación de los becarios del CDTI.

Cuarto.

Que en el mencionado Convenio se establece en su cláusula decimocuarta que cualquiera de las partes, en el seno de la Comisión de Coordinación e Información regulada en la cláusula decimotercera, podrá proponer la modificación del mismo.

Quinto.

Que, en atención a todo lo manifestado, ambas partes en el seno de la citada Comisión de Coordinación e Información en su reunión del día 16 de diciembre deciden acordar la modificación del Convenio mediante la pertinente adenda de modificación a fin de recoger esta circunstancia y su consiguiente repercusión económica conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del Anexo.

El anexo del convenio se modifica excluyendo en la zona África, el país Argelia del destino asignado para la instalación de los becarios del CDTI y consignando en su lugar, dentro de la zona Asia, el país Emiratos Árabes Unidos (Dubái) para la aplicación de las disposiciones del convenio.

Tras esta sustitución, la relación de oficinas económicas y comerciales en el exterior que podrán ser utilizadas para la instalación de los becarios según lo establecido en el convenio de 15 de octubre de 2019 son las que se relacionan en el cuadro que se incorpora a esta adenda como anexo.

Segunda Compromisos del CDTI.

Como consecuencia de esta inclusión CDTI asumirá los costes de la beca, los gastos de viaje y otros costes derivados de la actividad de la becaria en Dubái.

Tercera. Entrada en vigor.

La entrada en vigor de esta adenda de modificación tendrá lugar una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad, se firma la presente adenda, por duplicado, en el lugar y fecha que se indican en su encabezamiento.–La Secretaria de Estado de Comercio, Xiana Margarida Méndez Bértolo.–La Secretaria General de Innovación y Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E., Teresa Riesgo Alcaide.

ANEXO
Zona País (Ciudad) Metros cuadrados
ÁFRICA Egipto (El Cairo). Zona becarios (est. 8 m2).
ÁFRICA Marruecos (Rabat). Zona becarios (est. 8 m2). 
AMÉRICA USA (Los Ángeles). Zona becarios (est. 8 m2).
AMÉRICA USA (Miami). Zona becarios (est. 8 m2).
AMÉRICA Brasil (Sao Paulo). Zona becarios (est. 8 m2). 
AMÉRICA Chile (Santiago). Zona becarios (est. 8 m2). 
AMÉRICA Colombia (Bogotá). Zona becarios (est. 8 m2).
AMÉRICA México (Ciudad de México). Zona becarios (est. 8 m2).
AMÉRICA Perú (Lima). Zona becarios (est. 8 m2).
AMÉRICA Argentina (Buenos Aires). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA Emiratos Árabes Unidos (Dubái). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA China (Shanghái)/(Pekín). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA Australia (Sídney). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA Taiwán (Taipéi). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA Singapur. Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA Malasia (Kuala Lumpur). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA India (Delhi). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA Indonesia (Yakarta). Zona becarios (est. 8 m2).
ASIA Tailandia (Bangkok). Zona becarios (est. 8 m2).
EUROPA Rusia (Moscú). Zona becarios (est. 8 m2).
EUROPA Suiza (Ginebra) (CERN). Zona becarios (est. 8 m2).
EUROPA Holanda (La Haya) (ESTEC). Zona becarios (est. 8 m2).

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