El Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece, en su disposición adicional tercera, la suspensión de términos e interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.
No obstante, en los apartados 3 y 4 de la citada disposición se reconoce la posibilidad de exceptuar, mediante resolución motivada, tal suspensión en determinados supuestos. Así, el apartado 4 permite acordar la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o sean imprescindibles para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.
Precisamente, la protección del interés general justifica la continuación del procedimiento de convocatoria de las ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos.
En el ámbito de los sectores culturales y creativos, la innovación es una de las principales derivadas de la creatividad, y se concreta mediante la transformación del conocimiento y las ideas culturales en capacidad de introducir cambios y mejoras –en productos o procesos– que generen valor añadido en la oferta y una mayor gratificación en los ciudadanos.
La Comisión Europea otorga a las industrias culturales y creativas un papel estratégico en el crecimiento económico de los próximos años, derivado de su contribución al empleo de calidad y a la producción de alto valor añadido. Esta capacidad de desarrollo y progreso se asienta especialmente en su posicionamiento en el ámbito de la economía digital y en los efectos inducidos en otros sectores.
A través de esta línea de ayudas, el Ministerio de Cultura y Deporte apoya decididamente la creación, el desarrollo y la modernización de las industrias culturales y creativas como un sector de crecimiento dentro de un nuevo modelo económico basado en la innovación. El objetivo que se persigue es poder ofrecer productos y servicios culturales mediante nuevas tecnologías, impulsar la creación y difusión de la oferta cultural, formar gestores y emprendedores culturales, apoyar la creación y consolidación de empresas culturales y creativas, contribuir a la generación de empleo, favorecer la internacionalización del sector, y fomentar la participación y capacidad de decisión de los particulares y empresas en actividades culturales a través del mecenazgo.
Estos objetivos, y la integración plena de la tecnología en las industrias culturales y creativas, son especialmente relevantes en el contexto de las medidas de contención sanitaria provocadas por el COVID 19, en el que los espectáculos públicos sufren fuertes limitaciones, y, sin embargo, se fomenta cada vez más la oferta cultural en línea. Resulta necesario, por lo tanto, incentivar la creación, modernización e innovación digital en este momento a través la línea de ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos.
Además, hay que tener en cuenta que la tramitación de las ayudas supone la gestión y el análisis de un gran número de solicitudes, lo que aconseja su impulso lo antes posible para que la concesión definitiva no se aplace demasiado en el tiempo.
Este procedimiento de tramitación, ya iniciado, ha obtenido la aprobación del Ministerio de Hacienda, prevista en el apartado séptimo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2019, por el que establecen los criterios de prórroga para 2020 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2019, se formaliza la distribución por secciones y se aprueban medidas para reforzar el gasto público.
Por todo ello, resuelvo:
Acordar la continuación de la tramitación del procedimiento de convocatoria para 2020 de las ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos.
Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» en la forma y a los efectos que determina el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 8 de mayo de 2020.–La Subsecretaria de Cultura y Deporte, P.D., la Directora General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, Adriana Moscoso del Prado Hernández.
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